Provincias / Buenos Aires, Argentina

- modifica y/o complementa a: resolución 19/09 OPDS.

Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible

ARANCELES - SERVICIOS Y VALORES - MODIFICACIONES

Resolución (OPDS) 128/10. Del 29/3/2010. B.O.: 4/6/2010. Medio Ambiente. Aranceles. Modificar los códigos 15.2 y 15.3 del Anexo Único de la Resolución N° 19/09, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:

La Plata, 29 de marzo de 2010.

VISTO el expediente N° 2145-985/10, la Ley N° 13.757, el Decreto Nº 4677/97, la Resolución del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible N° 19/09, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 19/09 se adecuaron los valores de los servicios arancelados contemplados en el Anexo I del Decreto Nº 4677/97 "Listado de Servicios y Valores para la determinación de Aranceles";

Que se expidió la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental considerando necesaria la adecuación de los aranceles a abonar en concepto de servicios prestados por este Organismo Provincial vinculados con la instalación y funcionamiento de equipos generadores de radiaciones no ionizantes en el rango de frecuencias mayores a 300 khz;

Que la modificación arancelaria impulsada, conforme lo informado por el área técnica con incumbencia, encuentra sustento en la evaluación de la complejidad de las tareas y controles a realizar y las distancias a cubrir en el territorio de la provincia de Buenos Aires;

Que dictaminó favorablemente la Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.757 y por el artículo 9º del Decreto Nº 4677/97;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANISMO PROVINCIAL

PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE, RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Modificar los códigos 15.2 y 15.3 del Anexo Único de la Resolución N° 19/09, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:

 

15.2 En concepto de tasa por verificación y control, por año o fracción de vigencia del permiso, por cada sitio o por cada titular o razón social localizada en una misma estructura

 

a) Sitios de comunicaciones

$ 1.100

b) Sitios de Radio FM

$ 1.500

c) Sitios de Radio AM y Televisión

$ 3.500

d) Sitios de Telefonía Básica y Celular

$ 6.000

15.3 Por otorgamiento de Permiso de Instalación y Funcionamiento para generadores de Radiaciones No Ionizantes; por cada sitio o por cada titular o razón social localizada en una misma estructura

 

a) Sitios de Comunicaciones

$ 1.500

b) Sitios de Radio FM

$ 2.000

c) Sitios de Radio AM y Televisión

$ 3.500

d) Sitios de Telefonía Básica y Celular

$ 5.500

 

ARTÍCULO 2°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a la Dirección General de Administración. Cumplido, archivar.

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