Resolución (OCEBA) 170/14. Del 29/10/2014. B.O.: 2/11/2014.
Aprobar los contenidos básicos para la elaboración de los
Sistemas de Gestión ante la Emergencia por parte de las empresas
concesionarias EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA
SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEA S.A.), EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA
NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN S.A.), EMPRESA DISTRIBUIDORA DE
ENERGÍA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA EDES S.A.) y EMPRESA DISTRIBUIDORA
LA PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDELAP S.A.) que, como Anexo, forma
parte integrante de la presente Resolución.
La Plata, 29 de
octubre de 2014.
VISTO el Marco Regulatorio de la actividad Eléctrica de la
Provincia de Buenos Aires, conformado por la Ley 11.769 (T.O.
Decreto N° 1.868/04), su Decreto Reglamentario N° 2.479/04, el
Decreto Provincial N° 1.937/02, las Resoluciones OCEBA N°
0292/04, N° 0604/06, N° 0701/06, N° 0599/07, Nº 338/12 y N°
125/13, lo actuado en el expediente N° 2429-5044/2014, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 11.769 sienta los principios básicos referidos a la
prestación adecuada del servicio, en condiciones de calidad,
confiabilidad y seguridad, otorgando al Organismo de Control la
facultad de velar por la calidad de servicio en la operación del
sistema de distribución de energía eléctrica;
Que los concesionarios del servicio público de distribución de
energía eléctrica deben adoptar las medidas necesarias para
asegurar la provisión y disponibilidad de energía eléctrica, a
fin de satisfacer la demanda en tiempo oportuno de conformidad
con el nivel de calidad establecido en los respectivos Contratos
de Concesión, debiendo, a tales efectos, asegurar las fuentes de
aprovisionamiento (artículo 28 inciso g) Contrato de Concesión
Provincial y artículo 31 inciso g) del Contrato de Concesión
Municipal;
Que a fin de afrontar situaciones críticas en el abastecimiento
de energía eléctrica y asegurar el aprovisionamiento y la
continuidad del servicio público de electricidad, es menester
que los concesionarios del servicio de distribución de energía
eléctrica realicen una planificación y adopten Sistemas de
Gestión ante la Emergencia;
Que, precisamente, la planificación y los Sistemas de Gestión
ante la Emergencia son las herramientas necesarias para adoptar
previsiones, organizar los recursos, tomar decisiones en tiempo
y forma y dar respuesta en el menor tiempo, con los más bajos
costos, en aras del restablecimiento inmediato del servicio
público;
Que resultan de fundamental importancia las acciones que las
empresas concesionarias del servicio público adopten ante las
emergencias, entendidas como situaciones imprevistas que
provoquen interrupciones relevantes del servicio, de modo de
garantizar la continuidad del mismo;
Que, los concesionarios deben poner a disposición del Organismo
de Control todos los documentos e información que este le
requiera, necesarios para verificar el cumplimiento de los
contratos de concesión y toda norma aplicable, sometiéndose a
los requerimientos que a tal efecto el mismo realice;
Que conforme lo establece el Marco Regulatorio Eléctrico los
concesionarios están obligados a operar y mantener sus
instalaciones y equipos de forma que aseguren la continuidad y
calidad del servicio de energía eléctrica y a cumplir los
reglamentos y resoluciones que se emitan al efecto;
Que, consecuentemente, OCEBA se encuentra facultado para
requerir a los agentes de la actividad eléctrica la
documentación e información necesarias para el adecuado
cumplimiento de su cometido;
Que es prioritario establecer los lineamientos básicos de los
Sistemas de Gestión ante la Emergencia, que sirvan de guía, de
marco de referencia y que contribuyan a la toma de decisiones en
forma rápida, consoliden las capacidades existentes y
efectivicen de la mejor manera el uso de los recursos;
Que es menester que OCEBA a fin de homogeneizar el tratamiento
de las situaciones de crisis, establezca los aspectos esenciales
que deben cumplir los Sistemas de Gestión ante la Emergencia;
Que dado que los Concesionarios Provinciales no solo tienen a su
cargo la prestación del servicio público dentro de su área de
concesión, sino también la prestación del servicio público a los
concesionarios municipales que por su tamaño o consumo no pueden
acudir al MEM, así como la operación de redes de subtransmisión,
la implementación de los Sistemas de Gestión ante la Emergencia
se torna obligatoria para EDEN S.A., EDES S.A., EDEA S.A y
EDELAP S.A;
Que no obstante ello, los Concesionarios Municipales
comprendidos en el Decreto N° 1.937/02 y en la Resolución OCEBA
N° 125/13 se encuentran facultados para la implementación de los
Sistemas de Gestión ante la Emergencia en los mismos términos
que los Concesionarias Provinciales, debiendo comunicar al
Organismo tal circunstancia;
Que los Sistemas de Gestión ante la Emergencia deben estar
integrados por un Diagnóstico, una Evaluación de las causas que
afectan la continuidad del servicio, un Manual General y los
Procedimientos e Instructivos, con sus respectivos Registros y
objetivos;
Que asimismo, en procura de la excelencia de la gestión resulta
conveniente que los Sistemas de Gestión ante la Emergencia sean
certificados bajo Normas ISO 9001:2008 y auditados por
autoridades técnicas de reconocido prestigio e independencia,
especializadas en el Control de la Calidad;
Que resulta necesario que OCEBA fije los plazos para la
implementación de los mencionados Sistemas de Gestión por parte
de los concesionarios comprendidos;
Que la falta de acatamiento a lo ordenado en la presente
Resolución, dará lugar a la aplicación de las sanciones
previstas en los respectivos Contratos de Concesión;
Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el artículo 62 incisos a), b), c), n), r) y x) de la Ley
11.769 y el Decreto N° 2.479/04;
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL
ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar los contenidos básicos para la elaboración
de los Sistemas de Gestión ante la Emergencia por parte de las
empresas concesionarias EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA
ATLÁNTICA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEA S.A.), EMPRESA DISTRIBUIDORA DE
ENERGÍA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN S.A.), EMPRESA
DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA EDES S.A.) y
EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDELAP S.A.)
que, como Anexo, forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2º. Facultar a los Concesionarios Municipales que por
Decreto Provincial N° 1.937/02 han ingresado en la Etapa de
Régimen y a los que por Resolución OCEBA N° 125/13 han hecho lo
propio respecto del Régimen de Calidad Específico, a implementar
los Sistemas de Gestión ante la Emergencia en los mismos
términos que los Concesionarios Provinciales, debiendo comunicar
su adhesión a OCEBA dentro del plazo de diez (10) días de
notificada la presente.
ARTÍCULO 3°. Ordenar a los Concesionarios Provinciales EMPRESA
DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEA S.A.),
EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN
S.A.), EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDES
S.A.) y EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDELAP
S.A.) y a aquellos Concesionarios Municipales que adhieran a su
implementación, a que dentro del plazo de treinta (30) días
corridos contados desde la notificación de la presente
Resolución, presenten ante OCEBA el Diagnóstico con la
descripción de las contingencias de falla, no subsanables
mediante maniobras operativas inmediatas, la Evaluación de las
causas que afectan la continuidad del servicio y el Manual
General del Sistema de Gestión ante las Emergencias que deberán
respetar los lineamientos incluidos en el Anexo de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 4°. Establecer que dentro del plazo de doscientos
cuarenta (240) días corridos, contados desde la notificación de
la presente Resolución, los concesionarios mencionados en el
Artículo 3º precedente, deberán contar con el Sistema de Gestión
ante la Emergencia completo, compuesto por el diagnóstico de
contingencias, la evaluación de las causas que afectan la
continuidad del servicio, el manual general y los procedimientos
e instructivos correspondientes y presentar ante OCEBA las
constancias de la certificación y auditorías externas,
realizadas por una entidad técnica de reconocido prestigio e
independencia, especializada en control de calidad de sistemas
de gestión bajo Normas ISO 9001: 2008.
ARTÍCULO 5°. Establecer que los Sistemas de Gestión ante la
Emergencia deberán ser actualizados y revalidados anualmente por
las correspondientes entidades certificadoras, debiendo las
Distribuidoras presentar ante OCEBA las actualizaciones y las
constancias de recertificación correspondientes antes del último
día hábil del mes de noviembre de cada año.
ARTÍCULO 6º. Determinar que para el año 2014 y sin perjuicio de
los plazos establecidos para el envío de la información exigida
en la presente Resolución, las Distribuidoras deberán remitir la
información ordenada por las Resoluciones OCEBA Nº 599/07 y Nº
338/12 dentro de los plazos previstos en las mismas.
ARTÍCULO 7º. Establecer que la falta de acatamiento a lo
ordenado por los artículos precedentes, dará lugar a la
aplicación de las sanciones establecidas por el punto 6.7,
Subanexo D, de los respectivos Contratos de Concesión Provincial
y Municipal.
ARTÍCULO 8°. Instruir a la Gerencia de Control de Concesiones
para que ejecute las acciones necesarias para implementar el
cumplimiento de la presente Resolución.
ARTÍCULO 9°. Registrar. Publicar. Dar al Boletín Oficial y al
SINBA. Notificar a las empresas distribuidoras de energía
eléctrica de la provincia de Buenos Aires, con concesión
provincial y con concesión municipal. Pasar a conocimiento de la
Gerencia de Control de Concesiones. Cumplido, archivar.
ANEXO
CONTENIDOS
BÁSICOS DE LOS SISTEMAS DE GESTIÓN ANTE LA EMERGENCIA
1.- OBJETO:
El objeto de un Sistema de Gestión ante la Emergencia es
planificar y gestionar el accionar oportuno y adecuado de las
Distribuidoras de Energía Eléctrica ante contingencias que
provoquen cortes relevantes del servicio, tal como se define en
la Resolución OCEBA N° 599/0
En estas situaciones las decisiones deben tomarse con celeridad
y pericia, por lo tanto es fundamental su análisis y
planificación previa para que resulten eficaces y eficientes.
Quienes tengan la responsabilidad de gestionar las emergencias,
deben tener los criterios básicos bien definidos, los recursos
humanos preparados para reconocer y afrontar estas situaciones,
de manera expeditiva y segura, los equipos y materiales
necesarios disponibles y ordenados y los procedimientos
adecuados y evaluados.
Los Sistemas de Gestión ante la Emergencia deben cumplir los
siguientes Criterios básicos:
a) El Sistema debe ser claro, concreto, realista y actualizado
mediante mejora continua.
b) Identificar las hipótesis de causas que afecten la
continuidad del servicio, evaluar su naturaleza, probabilidad,
magnitud, oportunidad, ubicación, duración, y probable evolución
en caso de emergencia.
c) Analizar la vulnerabilidad de la población, su ubicación,
distribución y las consecuencias de un probable impacto en áreas
más sensibles. Fijar prioridades de restauración a efectores de
salud, servicios sanitarios, usuarios electrodependientes,
alumbrado público e industrias peligrosas.
d) Planificar e instrumentar un sistema eficiente de fuentes
alternativas de abastecimiento de energía eléctrica en forma
temporaria hasta que se supere la contingencia.
Proponer alternativas y prioridades
e) Desarrollar procedimientos de recepción de la información,
identificación, clasificación de eventos y metodologías de
alerta temprana.
f) Organizar a las distribuidoras adecuadamente para gestionar
situaciones de crisis, definiendo las responsabilidades y
funciones de actores ante la emergencia, asegurándole los
recursos humanos propios o contratados debidamente capacitados,
los equipamientos y materiales necesarios y los procesos de
compras y/o contrataciones ágiles ante contingencias.
g) Acordar y coordinar la colaboración y apoyo de otras empresas
u organismos, privadas o públicas, para mejorar la celeridad en
el restablecimiento y preservación del servicio público de
distribución de energía eléctrica.
h) Diseñar planes de comunicación que permitan informar al
personal de las distribuidoras que deben gestionar las
contingencias, a las autoridades gubernamentales, a los medios
de comunicación y a los usuarios afectados.
i) Proponer programas educacionales y de participación de la
población e instituciones intermedias, en situaciones de riesgo
por la falta de servicio, que contemplen desde el conocimiento
hasta la adopción de medidas de autoprotección individual o
colectiva.
j) Revisar y actualizar el Sistema de Gestión con procesos de
mejora continua, incorporando las situaciones no consideradas,
las no conformidades y las nuevas amenazas.
2.- ALCANCE:
El sistema de Gestión ante la Emergencia comprenderá el espacio
físico donde potencialmente se pueden producir perjuicios como
consecuencia de interrupciones del suministro.
Para las distribuidoras abarcará su área de concesión
independientemente de cuál haya sido la causa o el causante de
la interrupción.
El mismo deberá contemplar todos los eventos que puedan dar
lugar a interrupciones importantes del servicio eléctrico, como
ser:
Temperaturas extremas.
Huracanes.
Tornados.
Terremotos.
Inundaciones.
Sudestadas.
Tormentas.
Accidentes.
Incendios.
Sabotajes
Conflictos laborales.
Fallas graves del sistema eléctrico de distribución.
Fallas graves del sistema eléctrico de transporte, o generación.
Pérdida total o parcial del suministro desde el Sistema
Argentino de Interconexión.
Todo otro evento que provoque interrupciones relevantes del
servicio.
3.- DEFINICIONES:
Se deberán definir, entre otros, todos los términos, funciones,
características particulares que sean utilizados en la
documentación del Sistema de Gestión ante la Emergencia.
4.- DOCUMENTACIÓN INTERNA Y EXTERNA:
4.1.- Se detallarán las Normas, procedimientos, instructivos y
registros internos de las distribuidoras aplicables a las
contingencias, emergencias, medidas preventivas y predicativas,
gestión del impacto ambiental, evaluación y calificación de
contratistas, subcontratistas y proveedores.
4.2.- Se detallarán las leyes, decretos, reglamentaciones,
resoluciones, normas técnicas y normas laborales aplicables.
5.- DESARROLLO DEL SISTEMA DE GESTIÓN ANTE LA EMERGENCIA
El mismo estará compuesto por:
a) Diagnóstico
b) Análisis de causas de cortes o interrupciones relevantes.
c) Manual General
d) Procedimientos, instrucciones y registros
5.1.- DIAGNÓSTICO
a) Tipificar las instalaciones y equipos de los sistemas de
distribución de energía eléctrica que ante contingencias de
falla, no puedan ser subsanadas mediante maniobras operativas
inmediatas, ocasionando un corte de energía eléctrica
prolongado.
b) Describir la magnitud y duración previsibles del corte de la
demanda que en cada caso ocasionaría la falla debida a problemas
en sus instalaciones de distribución o de las líneas de
transporte o equipos de generación.
5.2.- ANÁLISIS DE CAUSAS QUE AFECTAN LA CONTINUIDAD DEL
SERVICIO.
Tiene como objetivo evaluar las condiciones de continuidad del
servicio, vinculando las causas de las interrupciones del mismo,
que pueden ser tecnológicas, climáticas, humanas, operativas,
entre otras con las consecuencias que producen. Además de
estimar y reducir causas de interrupciones, priorizar
inversiones orientadas a mejorar la calidad de servicio,
planificar respuestas ante emergencias y cumplir con las
normativas vigentes.
La causa de un evento que provoque cortes relevantes estará
caracterizado por la magnitud de las consecuencias en relación
con su probabilidad de ocurrencia y su nivel determinará las
acciones de emergencia a adoptar. Para su análisis se debe tener
en cuenta la siguiente clasificación:
a) Clasificación en función de la magnitud y de las
consecuencias del evento.
Éstas no dependen solamente de las causas del incidente, sino
también de la cantidad de usuarios afectados, lugar geográfico,
condiciones de acceso y el tiempo estimado de restablecimiento
del servicio.
b) Clasificación por probabilidad de ocurrencia.
Cada evento que afecte el suministro eléctrico puede ser
calificado, basándose en su probabilidad de ocurrencia y en los
riesgos vinculados a las instalaciones en sí, en, por ejemplo,
“poco probable”, “esporádico”, “probable”, “frecuente”, “muy
frecuente”.
Se deberán describir programas de prevención de daños que
permitan disminuir la probabilidad de ocurrencia del riesgo o
detectarlos con suficiente antelación para evitar o disminuir
consecuencias.
5.3.- MANUAL GENERAL.
Los contenidos mínimos que se deben presentar serán:
1) Metodología de recepción y canalización de la información,
identificación y clasificación del evento, asegurando la gestión
rápida y adecuada de las llamadas relativas a emergencias
provenientes de usuarios, agentes de la distribuidora u otras
fuentes.
2) Determinación de los niveles de alerta y aprestos para la
emergencia.
3) Conformación del Centro de Operaciones de Emergencias, formas
de activación, organigrama en la emergencia, responsabilidades,
ubicación geográfica, sistema de comunicación a utilizar,
servicios accesorios.
Conformación de Comité de Emergencias, personas que lo forman,
tareas y responsabilidades, dependencias jerárquicas,
fundamentalmente máximos responsables de la Gestión, de las
decisiones técnicas y de las comunicaciones ante la emergencia.
4) Descripción de disponibilidad de personal, equipos,
herramientas y materiales necesarios para emergencias, propios,
a contratar o por convenios con otras distribuidoras u
organismos públicos, para contar con capacidad suficiente para
sobrellevar los efectos de una crisis o erradicar peligros
potenciales.
5) Descripción de la metodología de evaluación de la información
de daños y trabajos requeridos, evaluación de necesidades y
métodos técnicos, fijación de prioridades para el
restablecimiento del suministro eléctrico a servicios
sanitarios, hospitalarios, usuarios electro-dependientes, e
industrias peligrosas, y distribución de responsabilidades para
la implementación de acciones.
6) Metodología de restablecimiento del servicio, monitoreo del
avance de las acciones. Coordinación de personal, materiales y
equipamientos.
7) Sistemas de comunicaciones.
a) Formalización de la relación y coordinación con organismos
provinciales, municipales u otras entidades.
b) Comunicación de la activación del Centro de Operaciones.
c) Comunicación a personal propio, contratistas o empresas de
servicios con convenios de cooperación.
d) Comunicación con organismos gubernamentales.
e) Comunicación con medios.
f) Comunicación con usuarios críticos, peligrosos y
electro-dependientes.
g) Comunicación con usuarios en general.
h) Diseño de un programa educacional para usuarios y público en
general ante emergencias que provoquen interrupciones relevantes
del servicio eléctrico.
8) Sistemas de evaluación e informes post emergencia.
a) Elaboración de un informe general del incidente,
cuantificando daños, describiendo consecuencias humanas,
económicas y medioambientales.
b) Diseñar un sistema de monitoreo de reclamos de usuarios,
seguimiento de las tareas pendientes de solución de los mismos y
creación de indicadores.
9) Metodología de tratamiento de no conformidades, acciones
preventivas y correctivas, revisión anual del sistema de gestión
y de la dirección, actualización del análisis de riesgos ante
nuevas y potenciales amenazas, optimización de planes o sistema
de gestión, plan de auditorias internas y externas.
10) Desarrollar procesos abreviados de compras de materiales y
contratación de terceros o de equipamientos.
11) Desarrollar procesos de capacitación e instrucciones
generales sobre la misión, políticas y objetivos de la
organización para emergencias.
a) Desarrollar procesos de entrenamientos y simulacros ante la
emergencia.
b) Capacitaciones en operaciones.
c) Capacitaciones en Seguridad en la vía pública, higiene y
primeros auxilios.
12) Elaboración de Anexos:
a) Organigrama general de la empresa y organigrama funcional
ante la emergencia.
b) Listado de recursos humanos, materiales en stock y
equipamientos críticos con que cuenta la distribuidora ante la
emergencia.
c) Listado similar para contratistas y subcontratistas.
d) Listado similar de otras empresas de servicios,
distribuidoras u organismos con los cuales se acordó
colaboración ante la emergencia
e) Listado de funcionarios específicos, con su forma de contacto
(teléfono, correo electrónico).
f) Listado de Organismos estatales (fuerzas de seguridad,
hospitales, organismo de control, municipalidades), contactos
con su teléfono y correo electrónico.
g) Listado de usuarios electro dependientes o críticos.
h) Diagrama de Guardias activas y pasivas.
i) Documentación técnica de la red eléctrica.
5.4 PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN ANTE LA
EMERGENCIA
5.4.1 PROCEDIMIENTOS DE GESTIÓN
Procedimiento de Control de documentos.
Procedimiento de Control de Registros e Instructivo de
realización de Back Up.
Procedimiento de tratamiento de No Conformidades y Acciones
Correctivas.
Procedimiento de Acciones preventivas y de mejoras.
Procedimiento de Auditorias Internas.
Procedimiento de Medición de la satisfacción del usuario.
Procedimiento de la revisión de la Dirección.
5.4.2 PROCEDIMIENTOS DE APOYO
Procedimiento de Capacitación en sistemas de gestión de calidad
y Normas ISO.
Procedimiento de Capacitación de actuación ante la emergencia
Procedimiento de Compras ante la emergencia y sus instructivos
de compras abreviadas de materiales, contratación de
contratistas y contratación de equipos de detección de fallas en
cables subterráneos.
Procedimiento de Evaluación de Proveedores
5.4.3 PROCEDIMIENTOS DE REALIZACIÓN
Procedimiento de recepción, canalización y registro de la
información. Identificación y clasificación del evento.
Procedimiento de detección de niveles de alerta y aprestos para
la emergencia.
Procedimiento de activación del Centro de operaciones.
Procedimiento de evaluación y estimación de daños.
Procedimiento de restablecimiento de servicios y fijación de
prioridades.
Procedimiento de comunicaciones e instructivos de comunicación
con personal propio, contratista, empresas de servicios, con
organismos gubernamentales, con medios, con usuarios críticos y
electro dependientes, con usuarios en general.
Procedimiento de confección de informe de post emergencia,
seguimientos, monitoreo.
Determinación de indicadores y objetivos.
Procedimiento de cortes preventivos para minimizar riesgos.
Procedimientos de reposición del servicio.
Procedimiento para la detección y reparación de líneas y/o
cámaras subterráneas.