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Ministerio de Agroindustria
AGROQUIMICOS - USO ALTERNATIVO DEL REMITO
Resolución (MA) 236/17. Del 7/12/2017. B.O.: 20/12/2017. Agroquímicos.
Establecer el uso alternativo del remito para todas las categorías
toxicológicas cumpliendo con las características y exigencias
contempladas en los artículos 40 y 41 del Decreto 499/91, reglamentario
de la Ley 10.699, hasta tanto esta Jurisdicción defina los sistemas
informáticos a aplicar mencionados en el considerando de la presente.
LA
PLATA, BUENOS AIRES
Jueves
7 de Diciembre de 2017
Referencia: 22500-37369/2016 Agroquímicos Deroga la Resolución 8-E
VISTO:
La Ley 10.699, el Decreto 499/91, la Ley 14.828, las resoluciones 87/01,
161/14, 99/17, 8-E y
CONSIDERANDO:
Que
son objetivos de la Ley 10.699 la protección de la salud humana, los
recursos naturales y la producción agrícola a través de la correcta y
racional utilización de los fitosanitarios;
Que la
Ley 14.828 crea el “PLAN ESTRATÉGICO DE MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES”;
Que en
el marco de dicho plan y con el fin de lograr un nuevo modelo de gestión
de los recursos públicos sustentado en la planificación y control, en el
proceso de reforma de los sistemas administrativos, a fin de lograr una
administración orientada a los resultados, y a la transparencia y
control ciudadano en la gestión pública esta Jurisdicción está llevando
adelante sistemas informáticos tendientes a lograr dicho fin;
Que
los mencionados sistemas informáticos se están coordinando con los
distintos organismos de esta Provincia con el fin de relevar información
relevante al efecto;
Que
las razones operativas necesarias para lograr estos sistemas
informativos mencionados precedentemente requieren de un plazo mayor por
la complejidad de los mismos;
Que el
remito permite individualizar a las personas intervinientes en el
mercado de los operadores;
Que es
conveniente la implementación de dicho remito acorde a las necesidades
de los operadores del mercado y al propio Ministerio de Agroindustria
hasta tanto esta Cartera Ministerial armonice los sistemas informáticos
con los otros organismos del estado provincial;
Que el
suscripto es competente para el dictado del presente acto según lo
establecido por la Ley 10.699, el Decreto 499/91
Por
ello;
EL
MINISTRO DE AGROINDUSTRIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. (art. sustituido por
resolución 567/25 MDA) Establecer el uso del remito como
alternativa a la Receta Agronómica de adquisición, en adelante “A
Remito” para aquellos establecimientos que expendan agroquímicos en la
provincia de Buenos Aires.
El ”A Remito” será válido como sustituto de la Receta Agronómica de
adquisición, en los términos de los artículos 40 y 41 del Decreto N°
499/91, reglamentario de la Ley N° 10.699, siempre que el mismo sea
comunicado a través del SIGIRAO, implementado por el artículo 1° de la
Resolución N° 161/14 del ex Ministerio de Asuntos Agrarios y
modificatoria, al que deberá acceder como usuario/a del sistema el
asesor o asesora o director técnico o directora técnica de la
expendedora.
ARTÍCULO 2°. Derogar la Resolución 8-E/2017 de este Ministerio de
Agroindustria.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, dar al Boletín Oficial, cumplido
archivar. |