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Autoridad del Agua
AGUA POTABLE - RECURSOS
HIDRICOS - PRORROGA RESOL. 198/15 ADA
Resolución (ADA) 3/2016. Del
26/1/2016. B.O.: 15/2/2016. Recursos Hídricos. Agua Potable.
Prorrogar el plazo establecido en el artículo 2º de la Resolución
ADA Nº 198/15 por trescientos sesenta y cinco (365) días desde la
publicación de la presente, a fin de que las Empresas comprendidas
en su artículo 1º soliciten turno para su inscripción en el
B.U.D.U.R.H.
La Plata, 25 de enero de 2016.
VISTO el expediente Nº 2436-11048/15
mediante el cual se dictó la Resolución ADA Nº 198/15, y
CONSIDERANDO:
Que la citada Resolución establece que
aquellas pequeñas y medianas empresas que tengan como máximo un
consumo diario menor a los 15 m3 de agua, deberán, a los efectos de
su inscripción en el Banco Único de Datos de Usuarios de los
Recursos Hídricos (B.U.D.U.R.H.), presentar la declaración jurada
simplificada acompañada de la documentación establecida en el Anexo
I, de la Resolución ADA Nº 198/15;
Que en su artículo 2º se fijó un plazo de
vigencia de sesenta días, contados a partir de la fecha de
publicación, para que las empresas encuadradas soliciten turno a fin
de inscribirse en el B.U.D.U.R.H.;
Que habiendo transcurrido el plazo de
caducidad establecido, se vislumbran resultados positivos de la
misma, atento el importante número de inscripciones ingresadas por
empresa PyMES, y se concluye que este procedimiento de fácil y
rápida registración permitió cumplir el objetivo de regularizar gran
parte de este ámbito empresarial;
Que, no obstante lo expuesto, resulta
necesario prorrogar la vigencia de la Resolución de referencia, a
los efectos de permitir la inscripción al B.U.D.U.R.H. a una mayor
cantidad de establecimientos con las características mencionadas;
Por ello, y en mérito de las atribuciones
conferidas por la Ley Nº 12.257;
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD DEL AGUA DE
LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Prorrogar el plazo
establecido en el artículo 2º de la Resolución ADA Nº 198/15 por
trescientos sesenta y cinco (365) días desde la publicación de la
presente, a fin de que las Empresas comprendidas en su artículo 1º
soliciten turno para su inscripción en el B.U.D.U.R.H.
ARTÍCULO 2º: Dejar establecido que con el
dictado del presente acto administrativo, sigue en plena vigencia la
Resolución ADA Nº 198/15, con excepción de lo establecido en el
artículo 2º.
ARTÍCULO 3º: Registrar, publicar en el
Boletín Oficial y en la página web de ADA. Cumplido, pasar a las
Direcciones de Administración, Finanzas y Recursos Humanos; de Usos
y Aprovechamiento del Recurso Hídrico y Coordinación Regional; y de
Planificación, Control y Preservación de los Recursos, a la Unidad
Gestión Regulatoria y al Departamento de Asuntos Legales para su
toma de razón, comunicaciones y demás efectos. Hecho, archívese en
la Sección Administrativa del Directorio. |