Autoridad del Agua
AUTORIDAD DEL AGUA -
NOMENCLADOR DE ACTIVIDAD Y VALOR GUÍA DE RIESGO Y MAYOR
CONTROL
Resolución (ADA) 371/12. Del
7/6/2012. B.O.: 3/7/2012. Sustituir el Anexo I de la Resolución
A.G.O.S.B.A. N° 288/90, el artículo 7° de la Resolución A.G.O.S.B.A. N°
661/90, y el artículo 2 y su Anexo II de la Disposición de la Dirección
de Recursos Hídricos y Saneamiento N° 003/99, por el Nomenclador de
Actividad y Valor Guía de Riesgo y Mayor Control, que como Anexo I forma
parte integrante de la presente.
La Plata, 7 de junio de 2012.
VISTO el expediente 2436-26.484/12
por el cual se propicia la modificación de la Codificación de Ramas
Industriales y Valores Guías de Riesgo y Necesidad de Mayor Control de
Cada Rama Industrial, las Resoluciones A.G.O.S.B.A. N°s 288/90 y 661/90
y la Disposición N° 003/99 de la Dirección de Recursos Hídricos y
Saneamiento, y
CONSIDERANDO:
Que los Departamentos Evaluación de
Proyectos, Control e Inspección y la División Informática de esta A.D.A.
han elevado a la Dirección de Administración, Finanzas y Recursos
Humanos un trabajo que han elaborado conjuntamente, referido al
Nomenclador de Actividades y Valor Guía de Riesgo y Mayor Control, para
lo cual han tomado como base el nivel de riesgo actual vigente el
indicado por los actos administrativos ut- supra mencionados;
Que se ha utilizado como base el
Nomenclador de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de
todas las Actividades Económicas (C.I.I.U.) elaborada por el
Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas,
que asimismo es el utilizado por la Administración Federal de Ingresos
Públicos (A.F.I.P.) en su Nomenclador de Actividades – Resolución
General A.F.I.P. N° 485/99;
Que se ha incluido a este
Nomenclador, la categorización del riesgo que los efluentes que genera
esa actividad tienen respecto del impacto en el medio ambiente;
Que en virtud de permitir una mayor
eficiencia en la clasificación y asignación de niveles de riesgo
industrial y una elaboración detallada de una base de datos, los cuales
serán plenamente compatibles con los de la A.F.I.P., pudiéndose obtener
la afinidad de las actividades declaradas en los dos Organismos, la
Dirección de Administración, Finanzas y Recursos Humanos propicia la
modificación de la Codificación de Ramas Industriales y Valores Guías de
Riesgo y Necesidad de Mayor Control de Cada Rama Industrial;
Por ello, y en mérito de las
atribuciones conferidas por la Ley N° 12.257;
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD DEL
AGUA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituir el Anexo I
de la Resolución A.G.O.S.B.A. N° 288/90, el artículo 7° de la Resolución
A.G.O.S.B.A. N° 661/90, y el artículo 2 y su Anexo II de la Disposición
de la Dirección de Recursos Hídricos y Saneamiento N° 003/99, por el
Nomenclador de Actividad y Valor Guía de Riesgo y Mayor Control, que
como Anexo I forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°. Registrar, dar al
Boletín Oficial, publicar en la página web de A.D.A., comunicar, a las
Direcciones de Administración, Finanzas y Recursos Humanos,
Planificación, Control y Preservación de los Recursos Hídricos, de Usos,
Aprovechamiento del Recurso Hídrico y Coordinación Regional y a la
Unidad Auditoría Interna. Cumplido, archivar.
ANEXO I (formato PDF,
2401,58 KB)
NOMENCLADOR DE ACTIVIDAD Y VALOR
GUÍA DE RIESGO Y MAYOR CONTROL