Provincias / Buenos Aires, Argentina

- derogada por Resolución 19/09 OPDS.

Secretaría de Política Ambiental

Resolución (SPA) 592/98. Listado de servicios y valores para la determinación de aranceles.

VISTO el expediente N° 2145-7612/98 por el cual se gestiona la modificación del Anexo I del Decreto N° 4677/97; y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 9° del Decreto N° 4677/97 faculta a esta Secretaría de Estado a resolver la adecuación de los valores de los servicios arancelados y a incorporar aquellos servicios que por evolución científica o tecnológica, desarrollo de su capacidad operativa para su ejecución o actualización de los procedimientos reglamentarios hagan aconsejable su introducción;

Que se han incorporado en el listado de servicios y aranceles, actualizado por la presente, los valores correspondientes a los Manifiestos de Transportes de Residuos Patogénicos y de Residuos Especiales;

Que asimismo deviene necesario ajustar los valores de ciertos ítems, conjugando servicios, costos y actualidad económica

Que en tal sentido se ha expedido a fojas 7 la Asesoría General de Gobierno;

Por ello,

EL SECRETARIO DE POLÍTICA AMBIENTAL

R E S U E L V E:

Artículo 1°: Sustituir el Anexo I del Decreto N° 4.677/97 "Listado de Servicios y Valores para la determinación de Aranceles" el que quedará redactado de la siguiente manera:

ANEXO I

LISTADO DE SERVICIOS Y VALORES PARA LA DETERMINACIÓN DE ARANCELES

1. Artefactos sometidos a presión:

Por servicios de control de ensayos no destructivos, de medición de espesores, de durezas, control de ensayos de rendimiento térmico, prueba hidráulica, inspección interior y exterior, control de válvulas de seguridad, manómetros, control de radiografías, control de análisis físico-químico de chapas y/o aprobación de planos, memoria de cálculo y entrega de registros:

1.1. En la fabricación y extensión de vida útil de calderas:

1.1.1. de 1 a 10 m2 de superficie de calefacción

$0,79/m2

1.1.2. de 11 a 100 m2 de superficie de calefacción

$1,18/m2

1.1.3. de 101 a 300 m2 de superficie de calefacción

$1,57/m2

1.1.4. de 301 a 500 m2 de superficie de calefacción

$631,20

1.1.5. mayores de 500 m2 de superficie de calefacción

$789

1.2. En la fabricación y extensión de vida útil en recipiente a presión sin fuego:

1.2.1. hasta 500 lts. de capacidad

$15,78.-

1.2.2. de 501 a 2.000 lts. de capacidad

$0,032/lts.-

1.2.3. del 2.001 a 10.000 lts. De capacidad

$0,034/lts.-

1.2.4. de 10.001 a 500.000 lts. de capacidad

$345.-

1.2.5. mayores de 500.000 lts. de capacidad

$394,50.-

1.3. En la habilitación y renovación de habilitación de calderas:

Hasta 20 m2

$20.-

Mas de 20 m2

$ 1.-/m2.-

1.4. En la habilitación de tanques, renovación por prueba hidráulica, por ensayo periódico anual y otros:

1.4.1. de hasta 500 lts. de capacidad

$7,89

1.4.2. de 501 a 50.000 lts. de capacidad

$0,016/litro

1.4.3. mayores de 50.000 lts. de capacidad

$870.-

1.5. Por exámenes de aptitud de foguistas:

1.5.1. Examen tomado en sede de la Secretaría Política Ambiental

$31,60

1.5.2. Examen tomado en fábrica

$47,40

1.5.3. Examen tomado a foguistas de la Administración Pública Provincial

Sin Cargo

1.6 Habilitación de taller para certificación de válvulas de seguridad

1.6.1. Habilitación

$236,70

1.6.2. Renovación de la habilitación anual

$39,45

 

1.7 Actas de Habilitación

1.7.1. Por cada Caldera

$47,34

1.7.2. Por cada Recipientes sin Fuego

$7,89

1.7.3. Por cada válvula de seguridad (certificación)

$7,89

 

2. Inscripción de Profesionales, Técnicos, Consultoras y Organismos Privados

 

2.1 Profesionales y/o Técnicos (válida por un año)

$15,78

2.2 Consultoras y Organismos Privados (válida por un año)

$78,90

 

3. Matafuegos y Cilindros

3.0 Estampillas de Fabricación de Matafuegos

$0,20

3.0.1 Tarjeta de Identificación y

Estampillas de Recarga de Matafuegos (Ambos)

$1,58

3.0.2 Tarjeta de Identificación del agente extintor por 25 Kg.

$0,79

3.0.3 Estampilla de recarga de matafuegos de 1Kg. de capacidad. (Por unidad)

$0,79

3.0.4 Inscripción en los registros de fabricantes y/o recargadores

de equipos contra incendio. Centros para ensayos de prueba

hidráulica. Fabricantes de agentes extintores en sus distintos tipos

$197,25

3.0.5 Revalida de la inscripción del punto anterior

$39,45

3.0.6 Inscripción en el Registro de Responsable Técnico

$15,78

3.0.7 Inscripción en los Registros de fabricantes, productores,

llenadores, adecuadores, trasvasadores, comercializadores

e importadores de cilindros

$197,25

3.0.8 Revalida de la inscripción del punto anterior

$39,45

3.0.9 Estampilla de fabricación de cilindros

$0,40

3.10 Estampilla de adecuación y revisión periódica de cilindros

$0,79

 

3.1 Por la ejecución de los siguientes servicios en el laboratorio de matafuegos y cilindros de la Secretaría de Política Ambiental

 

3.1.1 Ensayo de Rotura de recipientes por unidad

$7,89

3.1.2 Ensayo de Prueba hidráulica, por unidad

$3,94

3.1.3 Ensayo de niebla salina por ensayo

$118,35

3.1.4 De Alta temperatura (30 días) por ensayo

$118,35

3.1.5 De Alta temperatura (4 horas) por ensayo

$15,78

3.1.6 De baja temperatura (30 días) por ensayo

$118,35

3.1.7 De baja temperatura (4 horas) por ensayo

$15,78

3.1.8 Ensayos físicos de muestras de polvo químico

$78,90

3.1.9 Ensayo de muestra de polvo químico en Puffer, por muestra

$7,89

 

3.2. Verificación de cumplimiento de Normas IRAM vigentes y/o normas particulares con o sin extensión del certificado correspondiente a requerimiento

 

3.2.1 Matafuegos sobre ruedas de 50 litros o Kg. de capacidad y menores de 50 litros o Kg.:

 

Por un extintor

$78,90

Por más de un extintor

$43,39c/u

 

3.2.2 Matafuegos sobre ruedas de 150 litros o Kg. de capacidad y menores de 150 litros o Kg. de capacidad:

 

Por un extintor

$118,35

Por más de un extintor

$63,12c/u

 

 

Matafuegos sobre ruedas de 150 litros o Kg. de capacidad y mayores

Por un extintor

$142,02

Por más de un extintor

$98,62c/u

3.3 Ensayo de prueba hidráulica por unidad de cilindros

$15,78

3.3.1 Medición de espesores cilindros

$3,95

3.3.2 Prueba de disco de seguridad de cilindros

$3,95

 

4. Evaluación Ambiental

 

Por análisis y evaluación de impacto ambiental de estudios

no comprendidos en procedimientos en los cuales se expida la

Certificación de Aptitud Ambiental de la Ley 11.459

$1.183,50

 

5. Control de Fuentes:

5.1. Estudio y compaginación de documentación técnica:

 

5.1.1. En planta

$39,45

5.1.2. En sede central

$23,67

 

5.2. Entrega de permisos de descarga o vuelco de efluentes

$197,25

6. Residuos Patogénicos

 

6.1 Solicitud de Autorización de Unidades de Tratamiento

$197,25

6.2 Certificado de Inscripción de Centro de Tratamiento

$789

6.3 Certificado de Inscripción de Centro Despacho

$394,50

6.4 Autorización de transportista renovable

$789

 

6.6 Inspección de Horno

 

· Hornos que traten de 0 a 50 toneladas mensuales

Por cada tonelada recibida:

$ 9,47

· Hornos que traten de 51 a 100 toneladas mensuales,

Por cada tonelada recibida:

$ 8,68

· Hornos que traten de 101 a 150 toneladas mensuales

Por cada tonelada recibida:

$ 7,89

 

7. Fiscalización:

 

7.1 Por inspecciones reiteradas que deban realizarse por incumplimiento o mora después de una primera intimación u observación

$47,34

7.2 Por rubricación de libros reglamentarios

$7,89

 

8. Asistencia Técnica y Capacitación

8.1 Cursos específicos de la temática del área de incumbencia por cada 50 hs./ cátedra

$394,50

8.2 Publicaciones

 

8.2.1. Hasta 20 fojas

$ 3,79

8.2.2. Hasta 100 fojas

$ 18,95

8.2.3 Más de 100 fojas

$ 37,90

8.3 Fotocopias de documentación obrante en actuaciones originales, por hoja oficio y doble faz

$0,40

8.4 Manifiestos de Transporte de Residuos Especiales y de Residuos Patogénicos (por unidad)

$ 0,32

9. Recargos:

Por distancia, en días no laborables, feriados u horarios nocturnos, los aranceles se incrementarán en los porcentajes que a continuación en cada caso se indican:

Desde 50 Km. y hasta 100 Km. De La Plata

10%

Desde 101 Km. y hasta 200 Km. de La Plata

20%

Desde 201 Km. y hasta 300 Km. de La Plata

30%

Desde 301 Km. y hasta 500 Km. de La Plata

40%

Desde 501 Km. En adelante de La Plata

50%

Horario nocturno, días no laborables y feriados

50%

Artículo 2°: De forma.

-o-

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