VISTO el expediente
2436-19.738/10 por el cual la Dirección de Usos y Aprovechamiento del
Recurso Hídrico y Coordinación Regional gestiona la instrumentación de
los mecanismos de regularización de la documentación técnica a presentar
en la solicitud de permisos de perforación, explotación y vuelco, ello a
los efectos de no interferir con las prestadoras de los servicios
públicos de agua y cloacas, y
CONSIDERANDO:
Que existen en el
ámbito territorial de la provincia de Buenos Aires distintos modos de
prestación de servicios sanitarios públicos;
Que se advierte la
diversidad de condiciones fijadas en los contratos de concesión de los
servicios sanitarios en manos de prestadores privados;
Que otros servicios
son prestados por empresas mixtas estatales-privadas;
Que muchos
municipios mantienen bajo su órbita los servicios sanitarios;
Que también las
cooperativas de prestación de servicios son proveedoras en un número
importante de localidades bonaerenses;
Que la presente se
dicta en mérito a las facultades conferidas por la Ley Nº 12.257;
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA
AUTORIDAD DEL AGUA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Fijar
como recaudo general para todas las tramitaciones que impliquen
solicitudes de permisos de perforación, explotación y vuelco, que las
mismas deberá contener en su inicio una constancia que acredite la
imposibilidad de la prestación cuyo permiso se gestiona por parte de la
entidad responsable del servicio sanitario del distrito o localidad.
ARTÍCULO 2º. Dejar
aclarado que dicha constancia deberá ser presentada por el interesado
para ser agregada en el expediente respectivo, previo a la realización
de trámite técnico interno alguno por parte de la Autoridad del Agua.
ARTÍCULO 3º.
Establecer que en el caso de que el interesado no presentare la
constancia que motiva el dictado de la presente, la Autoridad del Agua
solicitará la misma vía administrativa.
ARTÍCULO 4º.
Registrar, comunicar a las Direcciones de Administración, Finanzas y
Recursos Humanos y de Planificación, Control y Preservación de los
Recursos Hídricos, a la Sección Mesa de Entradas y Archivo y a la Unidad
Auditoría Interna. Cumplido, gestionar su publicación en el Boletín
Oficial y el SINBA. Hecho, girar a la Dirección de Usos y
Aprovechamiento del Recurso Hídrico y Coordinación Regional para su toma
de razón y demás efectos.