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Organismo para el
Desarrollo Sostenible
EXTINTORES -
MOFICACIONES A LA RESOLUCION 19/9 OPDS
Resolución (OPDS)
90/10. Del 22/2/2010. B.O.: 26/3/2010. Modificar los códigos 3.0.1 y
3.0.2 de la Resolución N° 19/09.
La Plata, 22 de febrero
de 2010.
VISTO el expediente N°
2145-22981/09, la Ley N° 13.757, la Resolución del Organismo Provincial
para el Desarrollo Sostenible N° 19/09, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes
autos tramita la solicitud de adecuación de la Resolución N° 19/09 por
la cual se gestionó la actualización de aranceles del “Listado de
servicios y valores para la determinación de aranceles” establecido por
Decreto N° 4677/97 y sus modificatorias;
Que dicha Resolución
contiene un error material al consignar los valores de $1,20 en los
códigos 3.0.1 y 3.0.2 correspondientes a obleas para la fabricación de
extintores de más de 1 kg y para la recarga de extintores de 1 kg
(vehicular) respectivamente, cuando debería haber establecido un valor
de $2,00 en ambos códigos;
Que la Asesoría General
de Gobierno intervino dictaminando que nada obstaría a que se proceda al
dictado del pertinente acto administrativo por el cual se adecuen los
valores de dichos códigos en el sentido propuesto;
Que tomó intervención en
los presentes la Dirección Provincial de Gestión Jurídica expresando
que, conforme a lo dictaminado por el Organismo Asesor, la Dirección
Ejecutiva estaría en condiciones de dictar el acto administrativo por el
cual se rectifiquen los códigos 3.0.1 y 3.0.2 de la Resolución N° 19/09
de este Organismo Provincial;
Que atento con lo
actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente en
ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N°
13.757;
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DEL ORGANISMO PROVINCIAL
PARA EL DESARROLLO
SOSTENIBLE, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Modificar
los códigos 3.0.1 y 3.0.2 de la Resolución N° 19/09 los cuales quedarán
redactados de la siguiente manera:
3.0.1.Para la
fabricación de extintores de más de 1 Kg. (modelo Resolución Nº 522/07)
$2,00
3.0.2 Tarjeta, oblea,
troquel y cobertura holográfica para la recarga de extintores de 1 Kg.
(vehicular) $2,00
ARTÍCULO 2°. De forma. |