ECOFIELD - Argentina, Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Decreto (PECIBA) 243/24.

 

Argentina/ Ciudad Autónoma de Buenos Aires

- modifica y/o complementa a: ley 5920, deroga decreto 695/09 PECIBA.

- modificada y/o complementada por:

Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires

SEGURIDAD - PLAN DIRECTOR DE EMERGENCIAS

Decreto (PECIBA) 243/24. Del 11/6/2024. B.O.: 12/6/2024. Seguridad. Aprueba el Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CIUDAD DE BUENOS AIRES, 11 de Junio de 2024

Visto

Las Leyes Nros 5.920 (texto consolidado por Ley Nº 6.588) y 6.684, los Decretos Nros. 695/09 y 387/23 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 22150182-GCABA-SSEMERG/24, y

Considerando

Que mediante Decreto Nº 695/09 se aprobó el Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicho Plan Director consiste en la participación de todas las áreas eventualmente involucradas ante el acaecimiento de una determinada situación de emergencia;

Que por Ley N° 5.920 se creó el Sistema de Autoprotección de aplicación obligatoria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consistente en un conjunto de acciones y medidas destinadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, para proporcionar una respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia;

Que el artículo 8º de la Ley Nº 5.920 establece que todos los organismos competentes en casos de emergencias, catástrofes y/o desastres deberán efectuar, en forma conjunta con las empresas prestadoras de servicios públicos, prácticas de simulacros a efectos de generar una respuesta automática, coordinada y efectiva ante las posibles situaciones contempladas en la Ley;

Que por la Ley de Ministerios N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando en su artículo 20 al Ministerio de Seguridad, entre cuyos objetivos se encuentran el de implementar un sistema coordinado y único de emergencias, catástrofes y siniestros;

Que mediante el Decreto N° 387/23 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánica funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Subsecretaría de Emergencias dependiente de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad;

Que entre las responsabilidades primarias de la mencionada Subsecretaría, se encuentran las de entender en los planes de respuesta ante emergencias dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, generar un programa de mejora continua del sistema coordinado y único de emergencias y planificar, diseñar e implementar políticas, planes, procedimientos y metodologías de control y vigilancia de emergencia y comunicarlos a la ciudadanía;

Que en virtud de ello, atento el tiempo transcurrido desde la aprobación del Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y teniendo en cuenta la nueva estructura orgánica funcional, la Subsecretaría de Emergencias propicia una actualización del mencionado Plan;

Que mediante su actualización, el Plan Director constituye el marco de referencia para que todas las áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires den respuesta ante situaciones de amenazas a la comunidad; sean de origen natural o por acciones gestadas por los seres humanos, en las cuales la seguridad, la vida de las personas y el ambiente puedan quedar expuestos al peligro;

Que en tal sentido, el nuevo Plan Director contribuye a la participación de todos los sectores involucrados como así también, si fuera necesaria la eventual intervención de instituciones pertenecientes a otras jurisdicciones, incluyendo las del ámbito privado, basándose sus aspectos centrales en la planificación de las acciones a realizar ante cada una de las amenazas previstas;

Que, conforme lo expuesto, corresponde derogar el Decreto Nº 695/09, aprobar un nuevo Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, designando a la Subsecretaría de Emergencias, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad, o el organismo que en el futuro la reemplace, como autoridad de aplicación de la presente norma;

Que asimismo, resulta oportuno facultar a la citada Subsecretaría a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias para la implementación del Plan Director de Emergencias;

Que conforme lo expresado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Derogar el Decreto N° 695/09.

ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo Anexo (IF-2024-22191946-GCABA-SSEMERG), forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 3°.- Designar a la Subsecretaría de Emergencias, dependiente de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad, o el organismo que en el futuro la reemplace, como autoridad de aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 4°.- Facultar a la Subsecretaría de Emergencias dependiente de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad o el organismo que en el futuro la reemplace, a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias para la implementación del Plan Director de Emergencias que se aprueba por el presente Decreto.

ARTÍCULO 5°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Emergencias dependiente de la Secretaría de Seguridad del Ministerio de Seguridad. Cumplido, archívese.

ANEXO (formato PDF) - Plan Director de Emergencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Fundamentos

I - Listado de Amenazas

II – Estructura y Organización del Plan Director

III – Componentes Esenciales de los Planes de Emergencia

IV – Áreas vinculadas al Desarrollo de Planes Operativos conforme a la Clasificación de las Amenazas

V – Incumbencias de las distintas Áreas involucradas en el Plan Director

VI – Consideraciones Finales

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