Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires
TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL –
CODIGO DE TRANSITO -
LICENCIA DE CONDUCIR PROFESIONAL - EXAMEN
Ley N° 5.910. Sanción: 30/11/2017. B.O.: 21/12/2017.
Tránsito y Seguridad Vial. Licencia de conductor profesional.
Obligatoriedad de aprobar examen práctico de idoneidad.
CIUDAD DE BUENOS AIRES, 30 de noviembre de 2017
Boletín Oficial, 21 de diciembre de 2017
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza
de Ley:
ARTÍCULO 1°.- Derógase el artículo 3.2.12 del Código
de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
aprobado mediante Ley 2148.
ART. 2°.- Sustitúyese el texto del inciso b) del
artículo 3.2.14 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, aprobado mediante Ley 2148, que quedará
redactado de la siguiente manera:
"b) Los mayores de sesenta y cinco (65) años que
obtengan por primera vez licencia de conductor profesional deberán
aprobar examen práctico de idoneidad conductiva en los términos del
inc. j) del art. 3.2.8, en todos los casos. En el caso de renovación
de la misma, se debe analizar, previo examen psicofísico, cada caso
en particular. En todos los casos, la actividad profesional debe
ajustarse en lo pertinente a la legislación y reglamentación sobre
Higiene y Seguridad en el Trabajo."
ART. 3°.- De forma.