ECOFIELD - Argentina, Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Ley N° 6.046.

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Argentina/ Ciudad Autónoma de Buenos Aires

- modifica y/o complementa a: ley 451 (t.o. ley 6017), ley 3361.

- modificada y/o complementada por:

Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

CODIGO DE FALTAS – COMERCIALIZACION DE BEBIDAS ALCOHOLICAS

Ley N° 6.046. Sanción: 15/11/2018. B.O.: 18/12/2018. Código de Faltas. Se derogan artículos de la Ley 3361 - Comercialización de bebidas alcohólicas. Se deroga artículo del Capítulo “Actividades lucrativas no permitidas o ejercidas en infracción”.

Buenos Aires, 15 de noviembre de 2018

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Deróganse los artículos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11 de la Ley 3361 (Texto Consolidado por Ley 6017).

Art. 2°.- Derógase el artículo 4.1.17.1 del Capítulo I “Actividades lucrativas no permitidas o ejercidas en infracción” de la Sección 4°, del Libro II del Anexo A del “Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires”, aprobado por la Ley 451 (Texto Consolidado por Ley 6017).

Art. 3°.- De forma.

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