ECOFIELD - Provincias - Chubut, Argentina - Ley XIX N° 79.

 

Provincias / Chubut (Argentina)

- modifica y/o complementa a: ley nacional 27287.

- modificada y/o complementada por:

Poder Legislativo Provincial

SISTEMA NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL - ADHESIÓN

Ley XIX N° 79/18. Sanción: 14/6/2018. Gestión del Riesgo y la Protección Civil. Adhesión a la Ley N° 27287 que crea el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil.

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1º.- Adhiérase la Provincia del Chubut a la Ley Nacional N° 27.287, que crea el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil.

Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo determinará la Autoridad de Aplicación por vía del correspondiente decreto reglamentario, el que será dictado en un plazo no mayor a diez (10) días a partir de la promulgación de la presente Ley.

Artículo 3º.- Dicha reglamentación establecerá el tiempo y las modalidades de aplicación de la presente norma, de forma de posibilitar la coordinación de las labores con los organismos nacionales habilitados al efecto, reservándose el Gobierno Provincial el pleno ejercicio de sus competencias originarias.

Artículo 4º.- Créase el Consejo Provincial para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil, cuyas funciones son las enumeradas en el artículo 11° de la Ley Nacional N° 27.287, aplicadas a la jurisdicción provincial.

Artículo 5º.- El Consejo funcionará en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, será presidido por el Ministro de Coordinación y se integrará con:

-     Un representante del Ministerio de Gobierno.

-     Un representante del Ministerio de la Familia y Promoción Social.

-     Un representante del Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos.

-     Un representante de cada Municipio y Comisiones de Fomento.

-     Un representante de cada Comuna Rural.

Artículo 6º.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO.

RAWSON, 23 JUL 2018

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por el imperio de lo prescripto por el artículo 140° de la Constitución Provincial ha quedado automáticamente promulgado el proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 14 de junio de 2018 referente a adhesión a la Ley Nacional N° 27287, de Creación del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil;

POR ELLO:

Téngase por Ley de la Provincia: XIX N° 79

Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial

DECRETO N° 540

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