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Ministerio de Ambiente y Control del
Desarrollo Sustentable
RESIDUOS PELIGROSOS -
RESIDUOS PETROLEROS
Resolución (MAyCDS) 15/07. Del 5/11/2007.
B.O.: 13/11/2007. Residuos peligrosos. "Registro provincial de
generadores, generadores eventuales, transportistas y operadores de
residuos petroleros". Habilitación. Requisitos para la inscripción y/o
renovación.
Visto: El Decreto 993/2007, y el Expediente
N° 1620/2007 - MAyCDS; y
Considerando:
Que mediante el Decreto citado en el Visto se
incorporó el Anexo III, "Gestión Integral de los Residuos Petroleros"
(G.I.R.P.), como reglamentación parcial del Titulo VI "De los Residuos
Peligrosos" de la Ley N° 5439;
Que el referido Decreto determina que resulta
conveniente crear el Registro Provincial de Residuos Petroleros, y abrir
las categorías correspondientes dentro de los mismos, que contemplen
específicamente a los Generadores, Generadores Eventuales,
Transportistas y Operadores de la actividad petrolera;
Que el Ministerio de Ambiente y Control del
Desarrollo Sustentable, tendrá a cargo, en su carácter de Autoridad de
Aplicación, el dictado de las reglamentaciones pertinentes a tal efecto;
Que la Asesoría Legal ha tomado intervención
en el presente trámite;
Por ello: El Ministro de Ambiente y Control
del Desarrollo Sustentable resuelve:
Art. 1° - Habilitar a partir del día de la
fecha el "Registro Provincial de Generadores, Generadores Eventuales,
Transportistas y Operadores de Residuos Petroleros" de conformidad con
lo establecido en el Anexo III "Gestión Integral de los Residuos
Petroleros" (G.I.R.P.), del Decreto Provincial N° 993/07 como
Reglamentación parcial del Titulo VI "De los Residuos Peligrosos" de la
Ley N° 5439.
Art. 2° - El Registro mencionado en el
Artículo precedente, estará a cargo de la Dirección General Comarca
Senguer - San Jorge dependiente de la Subsecretaria de Regulación y
Control Ambiental del Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo
Sustentable.
Art. 3° - Aprobar el Listado de Requisitos
Básicos para la inscripción y/o renovación para el Registro de
Generadores, Generadores Eventuales, Transportistas y Operadores de
Residuos Petroleros, que como Anexo I forma parte de la presente
Resolución.
Art. 4° - Los datos establecidos en el Anexo
I para la Inscripción en el Registro tendrán carácter de Declaración
Jurada, debiendo ser presentados por los interesados en soporte papel y
magnético.
Art. 5° - La presente Resolución será
refrendada por los Señores Subsecretarios de Gestión Ambiental y
Desarrollo Sustentable y Regulación y Control Ambiental.
Art. 6° - De forma.
ANEXO I
Generadores de Residuos Petroleros
La información solicitada para la inscripción
o renovación de las empresas Generadoras de Residuos Petroleros es:
1. Datos Identificatorios:
1.1. N° C.U.I.T.
1.2. Fecha inicio actividad.
1.3. Nombre / Razón Social.
1.4. Domicilio Real: Calle y Número.
1.5. Piso.
1.6. Oficina.
1.7. Localidad y Código Postal.
1.8. Provincia.
1.9. Teléfono y fax.
1.10. Domicilio Constituido: Calle y Número.
1.11. Piso.
1.12. Oficina.
1.13. Localidad y Código Postal.
1.14. Provincia.
1.15. Teléfonos.
1.16. E-mail.
1.17. Representante Legal Apellido y Nombres.
1.18. N° de C.U.I.T/ C.U.I.L.
1.19. Tipo y Número de Documento.
1.20. Poder en original o copia debidamente
certificada por autoridad competente. En caso de presentar poder de un
escribano de otra jurisdicción, realizar el trámite de legalización
correspondiente ante el Colegio de Escribanos de la Provincia.
1.21. Representante Técnico: Apellido y
Nombres.
1.22. N° de C.U.I.T/ C.U.I.L.
1.23. Tipo y Número de Documento.
1.24. Título habilitante.
2. Autoridades Societarias:
2.1. Apellido y Nombres.
2.2. Tipo y Número de Documento.
2.3. N° de C.U.I.T / C.U.I.L.
2.4. Cargo asignado en actas.
3. Administradores de la Sociedad:
3.1. Apellido y Nombres.
3.2. Tipo y Número de Documento.
3.3. N° de C.U.I.T / C.U.I.L.
3.4. Cargo designado en actas.
4. Actividades:
5. Unidad Mínima de Aplicación de la Norma /
Planta (Unidad Generadora):
5.1. Ubicación.
5.1.1. Coordenadas / Georreferenciación.
5.1.2. Provincia.
5.1.3. Teléfono y fax.
5.2. Descripción de Equipamientos y Procesos
Productivos.
5.3. Memoria Técnica. Características
edilicias.
6. Información de Residuos:
6.1. Descripción de Residuos Petroleros.
6.2. Identificación de los Residuos.
6.2.1. Tipo.
6.2.2. Nombre.
6.2.3. Cantidades totales anuales de acuerdo
a las siguientes precisiones:
a) Humedad
b) Concentración
6.2.4. Tratamiento en planta.
6.2.5. Almacenaje.
6.2.6. Transporte y Tratamiento en planta
externa, de ser el caso.
6.3. Medidas para minimizar la generación de
residuos.
6.3.1. Sustitución de Materias Primas.
6.3.2. Cambio de Tecnología.
6.3.3. Recuperación y Reciclaje.
6.3.4. Separación corrientes de Residuos
Petroleros.
6.3.5. Otros.
6.4. Procedimiento de extracción de muestras.
6.4.1. Tipo de Muestra.
6.4.2. Procedimiento.
6.4.3. Sitio de extracción.
6.5. Descripción del Proceso de tratamiento
del residuo generado.
6.6. Método de análisis.
6.6.1. Lixiviado. Estándares para su
evaluación.
6.7. Materias primas.
6.7.1. Compuesto químico.
6.7.2. Cantidad.
6.7.3. Unidad de medida.
6.7.4. Estado físico.
7. Documentación que adjunta:
7.1. Contrato Social o Estatuto Inscripto.
7.2. Actas Societarias.
7.3. Copias de documentos de identidad.
7.4. Copias de inscripción en CUIT / CUIL.
7.5. Manifiesto donde consta la disposición
final de los residuos petroleros.
La documentación adjunta deberá presentarse
en original o copia debidamente certificada por autoridad competente.
Transportistas externos de residuos
petroleros
La información solicitada para la inscripción
o renovación de empresas Transportistas es:
1. Datos Identificatorios:
1.1. N° C.U.I.T.
1.2. Fecha inicio actividad.
1.3. Nombre / Razón Social.
1.4. Domicilio Real Calle y Número.
1.5. Piso.
1.6. Oficina.
1.7. Localidad y Código Postal.
1.8. Provincia.
1.9. Teléfonos y fax.
1.10. Domicilio Constituido Calle y Número.
1.11. Piso.
1.12. Oficina.
1.13. Localidad y Código Postal.
1.14. Provincia.
1.15. Teléfonos y fax.
1.16. E-mail.
1.17. Representante Legal Apellido y Nombres.
1.18. N° de C.U.I.T/ C.U.I.L.
1.19. Tipo y Número de Documento.
1.20. Poder original o copia debidamente
certificada por autoridad competente. En caso de presentar poder de un
escribano de otra jurisdicción, realizar el trámite de legalización
correspondiente ante el Colegio de Escribanos de la Provincia.
1.21 Representante Técnico: Apellido y
Nombres.
1.22 N° de C.U.I.T. / C.U.I.L.
1.23 Tipo y Número de Documento.
1.24 Título habilitante.
2. Autoridades Societarias:
2.1. Apellido y Nombres.
2.2. Tipo y Número de Documento.
2.3. N° de C.U.I.T / C.U.I.L.
2.4. Cargos asignados en actas.
3. Administradores de la Sociedad:
3.1. Apellido y Nombres.
3.2. Tipo y Número de Documento.
3.3. N° de CUIT / CUIL.
3.4. Cargo designado en actas.
4. Vehículos:
4.1. Dominio.
4.2. Marca.
4.3. Tipo.
4.4. Modelo.
4.5. Año.
4.6. Motor: Tipo.
4.7. Número de Identificación del motor.
4.8. Modelo del motor.
4.9. Carrocería: Tipo.
4.10. Número de Identificación de la
carrocería.
4.11. Modelo de la carrocería.
4.12. Tipo de caja.
4.13. Tipo de Tacógrafo.
4.14. Número de Identificación del Tacógrafo.
4.15. Revisión técnica vehicular. Fecha de
Vencimiento.
4.16. Número de Registro Unico del Transporte
Automotor (RUTA).
4.17. Clase de carga.
4.18. Compañía aseguradora emisora de la
póliza.
4.19 Póliza de Seguro número. Cobertura
adicional de las categorías de control y constituyentes transportadas y
por el daño contra las personas, las cosas y el ambiente.
4.20. Fecha de vencimiento de la póliza.
4.21. Número de recibo de pago de la póliza
de seguro.
4.22. Tipo de Tráfico.
4.23. Vínculo jurídico entre el titular del
dominio y persona física o jurídica que solicite la inscripción.
4.24. Habilitación Provincial de Transporte
para cargas peligrosas, de acuerdo a las Leyes Provinciales N° 3467 y N°
4165 de adhesión a la Ley Nacional N° 24.449.
5. Contenedores:
5.1. Tipo de Contenedor.
5.2. Fijo / Móvil.
5.3. Capacidad en cm3.
5.4. Identificación.
5.5. Observaciones.
6. Lugar de lavado de vehículos.
6.1. Empresa.
6.2. N° de C.U.I.T.
6.3. Calle y número.
6.4. Localidad.
6.5. Provincia.
7. Información sobre residuos:
7.1. Condiciones de transporte.
8. Memoria Técnica: Descripción de las
características físico - químicas de los Residuos Petroleros:
9. Plan de contingencia:
9.1. Equipos a ser empleados.
9.2. Fichas de intervención específicas de
los residuos a transportar.
9.3. Manual de procedimiento a ser llevado en
la unidad transportadora.
9.4. Registro de accidentes foliado a ser
llevado en la unidad transportadora.
10. Documentación que adjunta:
10.1. Contrato Social o Estatuto inscripto.
10.2. Actas Societarias.
10.3. Copias de documentos de identidad.
10.4. Copias de certificados de inscripción
C.U.I.T / C.U.I.L.
10.5. Inscripción en el R.U.T.A. y
Habilitación/es correspondientes.
10.6. Planilla de Coordinación y Seguridad
Vial.
10.7. Respuestas ante emergencias.
Acreditación sobre capacitación para proveer respuesta en caso de
emergencia en el transporte.
10.8. Licencia Nacional Habilitante y
planilla área psicofísica.
10.9. Certificado de revisión técnica.
10.10. Constancia transmisión móvil.
10.11. Certificado de Estanqueidad o
hermeticidad, si correspondiere.
10.12. Póliza de Seguro
10.13. Suplemento de póliza con cobertura
adicional.
10.14. Habilitación expedida por autoridad
naval (sólo en transporte naval).
La documentación adjunta deberá presentarse
en original o copia debidamente certificada por autoridad competente.
Operadores de Planta de Tratamiento y/o
Disposición final
La información solicitada para la inscripción
o renovación de Operadores es:
1. Datos Identificatorios:
1.1. N° C.U.I.T.
1.2. Fecha inicio actividad.
1.3. Nombre / Razón Social.
1.4. Domicilio Real: Calle y número.
1.5. Piso.
1.6. Oficina.
1.7. Localidad y Código Postal.
1.8. Provincia.
1.9. Teléfonos y fax.
1.10 Domicilio Constituido Calle y número.
1.11. Piso.
1.12. Oficina.
1.13. Localidad y Código Postal.
1.14. Provincia.
1.15. Teléfonos y fax.
1.16. E-mail.
1.17. Representante Legal: Apellido y
Nombres.
1.18. N° de CUIT / CUIL.
1.19. Tipo y N ° de Documento.
1.20. Poder original o copia debidamente
certificada por autoridad competente. En caso de presentar poder de un
escribano de otra jurisdicción, realizar el trámite de legalización
correspondiente ante el Colegio de Escribanos de la Provincia.
1.21. Representante Técnico: Apellido y
Nombres.
1.22. N° de CUIT / CUIL.
1.23. Tipo y N ° de Documento.
1.24. Título habilitante.
2. Autoridades Societarias:
2.1. Apellido y Nombres.
2.2. Tipo y Número de Documento.
2.3. N° de CUIT / CUIL.
2.4. Cargo asignado en actas.
3. Administradores de la Sociedad:
3.1. Apellido y Nombres.
3.2. Tipo y Número de Documento.
3.3. N° de CUIT / CUIL.
3.4. Cargos designados en actas.
4. Planta:
4.1. Ubicación.
4.1.1. Calle y número.
4.1.2. Piso.
4.1.3. Oficina.
4.1.4. Localidad y Código Postal.
4.1.5. Provincia.
4.1.6. Teléfonos y fax.
4.2. Datos.
4.2.1. Nomenclatura Catastral.
4.2.2. Habilitación/es correspondiente/s.
4.2.3. Autorización de la tecnología a
utilizar otorgado por la Autoridad de Aplicación.
5. Documentación que adjunta:
5.1. Contrato Social o Estatuto inscripto.
5.2. Actas Societarias.
5.3. Copias de documentos de identidad.
5.4. Copias de certificados de inscripción
CUIT.
5.5. Inscripción en el Registro de la
Propiedad Inmueble.
5.6. Copias de Habilitación/es
correspondiente/s y documentación que acredite la Nomenclatura
Catastral.
5.7. Presentación de memoria técnica.
5.7.1. Descripción de la instalación donde se
va a tratar el residuo petrolero. Características edilicias.
5.7.2. Características del equipamiento.
5.7.3. Descripción de las instalaciones de
almacenamiento del residuo petrolero.
5.7.4. Descripción de las operaciones de
carga y descarga del residuo petrolero.
5.7.4.1. Capacidad de diseño y unidad de
medida.
5.7.5. Descripción de las operaciones de
almacenamiento transitorio del residuo petrolero.
5.7.5.1. Capacidad de diseño y unidad de
medida.
5.7.6. Descripción de las operaciones de
tratamiento del residuo petrolero.
5.7.6.1. Capacidad de diseño y unidad de
medida.
5.7.7. Descripción del tratamiento a seguir
del envase contenedor del residuo petrolero.
5.7.7.1. Capacidad de diseño y unidad de
medida.
5.8. Especificación del tipo de residuos a
ser tratados y dispuestos. Estimación de la cantidad anual y análisis
previstos para determinar la factibilidad de su tratamiento
especificando humedad y concentración promedio de los residuos a tratar.
5.9. Descripción de los estudios de
factibilidad de tratamiento y/o disposición final para cada tipo de
residuo.
5.10 Manual de higiene y seguridad.
5.11. Planes de contingencias y
procedimientos para su registro, si correspondiere.
5.12. Plan de monitoreo para aguas
subterráneas, si correspondiere.
5.13. Plan de monitoreo para aguas
superficiales, si correspondiere.
5.14. Plan de monitoreo de calidad de aire,
si correspondiere.
5.15. Planes de capacitación para el
personal.
5.16. Estudio del impacto ambiental.
5.17. Solo para plantas de disposición final:
5.17.1. Antecedentes y experiencia en la
metodología a aplicar.
5.17.2. Plan de cierre y restauración de
área.
5.17.3. Descripción de los contenedores.
5.17.4. Adjuntar la información solicitada en
artículo 36 de la Ley N° 24.051 y artículo 36 de su Decreto
Reglamentario N° 831/93.
5.17.5. Descripción del sitio de ubicación de
la planta.
5.17.6. Soluciones técnicas a adoptarse
frente a casos de inundación o sismo.
5.17.7. Estudios hidrogeológicos y
procedimientos exigibles para evitar o impedir el drenaje o el
escurrimiento.
5.18. Póliza según corresponda.
La documentación adjunta deberá presentarse
en original o copia debidamente certificada por autoridad competente.
Operador por almacenamiento
La información solicitada para la inscripción
o renovación de Operadores por Almacenamiento es:
1. Presentación de requisitos de operador de
planta de tratamiento descriptos en los ítem 1.1 a 1.24, 2.1 a 2.4, 3.1.
a 3.4., 4.1 a 4.2.2, 5.1 a 5.6 y 5.18.
2. Memoria técnica que contendrá la siguiente
información:
2.1. Identificación del o de los generadores
de los residuos que se encuentran en su poder.
2.2. Condiciones de infraestructura apropiada
para cada tipo de residuo petrolero almacenado.
2.3. Plan de contingencia.
2.4. Identificación del acto, hecho o
convenio mediante el cual los residuos petroleros obran en su poder.
2.5. Medidas observadas para proteger la
salud humana y el medio ambiente.
2.6. Envasado, empaque y rotulado de los
residuos petroleros.
2.7. Declaración del tiempo de permanencia en
el establecimiento que quedará sujeto a la aprobación de la Autoridad de
Aplicación, la cual podrá solicitar planes de monitoreo y confinamiento.
La documentación adjunta deberá presentarse
en original o copia debidamente certificada por autoridad competente.
Operador con equipo transportable
La información solicitada para la inscripción
o renovación de Operadores con Equipo Transportable es: 1. Presentación
de requisitos de operador de planta de tratamiento descriptos en los
ítem 1.1 a 1.24, 2.1 a 2.4, 3.1. a 3.4., 4.2.3, 5.1 a 5.4 y 5.18.
2. Memoria técnica que contendrá la siguiente
información:
2.1. Acreditar idoneidad en la aplicación de
la tecnología propuesta y planes de capacitación.
2.2. Descripción de la metodología.
2.3. Fundamentos científico-técnicos.
2.4. Antecedentes nacionales e
internacionales sobre su aplicación.
2.5. Equipamientos e insumos.
2.6. Manual de Higiene y Seguridad y Planes
de Contingencia.
2.7. Descripción de las corrientes de los
residuos y categorización de los mismos.
2.8. Forma de limpieza de los equipos.
2.9 Registro de Operaciones Permanentes.
3. Memoria descriptiva del Trabajo:
Para el tratamiento de los residuos
petroleros, el generador y el operador con equipo transportable deberán
presentar en forma conjunta una memoria descriptiva del trabajo a
realizar, según los siguientes requisitos para la aprobación de la
operación "in situ":
A. Administrativos
-Solicitud de autorización firmada en forma
conjunta (generador y operador).
-El generador deberá encontrarse inscripto, o
en su defecto acreditar haber iniciado el trámite de inscripción en el
Registro Provincial de Generadores, Transportistas y Operadores de
Residuos Petroleros.
-El generador y el operador con equipos
transportables deberán presentar copia del documento que acredite la
relación contractual entre ambos.
B. Técnicos
-Memoria descriptiva de las operaciones a
realizar.
-Estimación de impactos ambientales y medidas
para su mitigación, a requerimiento de la autoridad de aplicación.
-Cantidad de residuos y caracterización de
los mismos.
-Duración de las operaciones o cronograma de
obras.
-Manejo previsto de los residuos generados,
si lo hubiere, como consecuencia de la propia operación de tratamiento.
-Planes de monitoreo ambiental específico
para las operaciones.
-Normas de Higiene y seguridad y planes de
contingencia correspondientes a la operación a realizar.
-Almacenamiento de residuos en el predio
generador (lugar, características, capacidad, métodos, instalaciones).
-Habilitación otorgada por la autoridad local
para la operación.
-Registro de Operaciones Permanentes.
-Instalaciones para la guarda de los equipos,
y la correspondiente habilitación del depósito.
4. Informe de cierre de las operaciones con
los siguientes contenidos:
4.1. Monitoreos realizados.
4.2. Certificados de destrucción de residuos.
4.3. Estado ambiental final del área afectada
por las operaciones.
-Contar para los vehículos con una
Habilitación Provincial de Transporte, de acuerdo a lo establecido en
las Leyes Provinciales N° 3467 y N° 4165 de adhesión a la Ley Nacional
N° 24.449.
La documentación adjunta deberá presentarse
en original o copia debidamente certificada por autoridad competente.
Generador eventual de residuos petroleros
La información solicitada para la inscripción
de empresas que eventualmente generaron residuos petroleros es:
1. De los requisitos del Generador, dar
cumplimiento a los siguientes ítems del 1 al 4 inclusive, 6.1 al 6.2.6
inclusive, 6.4.1 al 6.4.3 inclusive y 7.1 al 7.5 inclusive.
2. Realizar una descripción del lugar en
donde eventualmente se generó el residuo petrolero.
La documentación adjunta deberá presentarse
en original o copia debidamente certificada por autoridad competente.
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