Poder Legislativo Provincial AGROQUÍMICOS Ley N° 8.062. Del 2/7/1991. B.O.: 1/8/1991. Productos agroquímicos - Modificación del art. 6º de la ley 6629. Artículo 1º - Agrégase al art. 6º de la ley 6629 el siguiente texto: "En ningún caso se autorizará la comercialización y/o uso de aquellos productos cuya utilización se encuentre vedada en sus respectivos países de origen". Art. 2° - De forma. |
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