ECOFIELD - Argentina, Provincia de Córdoba - Resolución (MAAySP) 29/17.

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Argentina/ Provincia de Córdoba

- modifica y/o complementa a: ley 10208.

- modificada y/o complementada por:

Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos

MEDIO AMBIENTE - EFLUENTES - RESIDUOS PECUARIOS

Resolución (MAAySP) 29/17. Del 20/3/2017. B.O.: 28/4/207. Medio Ambiente. Estándares Ambientales, de Emisión o de Efluentes y Estándares Tecnológicos para la Gestión y Aplicación Agronómica de Residuos Pecuarios de la Provincia de Córdoba. Aprobación.

VISTO:

El Expediente N° 0660-009654/2017; y

CONSIDERANDO:

Que obra nota de la Sra. Secretaria General del Consejo de Desarrollo Sustentable, Dra. Marta Juliá, mediante la cual eleva Dictamen elabora­do por la Comisión de “Uso Agronómico de Residuos Agropecuarios” que contiene el “Proyecto de Norma de Gestión y Aplicación Agronómica de Residuos Pecuarios de la Provincia de Córdoba”, tratado y aprobado el día 14 de diciembre de 2016 por el citado Consejo.

Que entre los instrumentos prioritarios de política y de gestión ambien­tal establecidos en el artículo 8, inciso g de la Ley de Política Ambiental Provincial N° 10.208 se establece la fijación de estándares y normas.

Que en la mencionada Ley se reconocen tres tipos de estándares: am­bientales, de emisión o de efluentes y tecnológicos.

Que existen un conjunto de actividades que realizan las personas fí­sicas o jurídicas, que deben ajustarse a nuevos estándares y normas que fijan reglas técnicas para evitar efectos perjudiciales sobre el ambiente como consecuencia de su actividad.

Que la trascendencia de una correcta gestión de los Residuos Pecua­rios de origen animal, junto a otros aspectos ambientales, es esencial para transmitir a la sociedad en general, y a los consumidores en particular, sobre la producción animal como actividad respetuosa del medio ambiente.

Que la dispersión de normas, criterios y datos, discrepantes en cier­tas ocasiones y con imprecisiones en otras, hacen necesario establecer un Protocolo Normalizado de Trabajo para la aprobación de los Planes de Aplicación de Residuos Pecuarios, que en definitiva se convierta en la herramienta común que sirva para unificar criterios en todo el territorio provincial.

Que es necesario dar precisión y fundamento a la gestión de los re­siduos provenientes de sistemas de producción intensiva de animales, te­niendo en cuenta que los residuos pecuarios estabilizados son un recurso de materia orgánica y nutrientes.

Que este Ministerio es la autoridad de aplicación de la Ley Provincial de Política Ambiental N°10.208, siendo de su competencia la fijación e im­plementación de los estándares establecidos en el artículo 51 de dicha Ley.

Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por Decreto Provincial N° 247/2015, Decreto Provincial N° 847/2016, Ley Pro­vincial N° 9.306 y lo dictaminado por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el Nº 28/2017;

El Ministro de Agua, Ambiente y Servicios Públicos resuelve:

Art. 1º - Aprobar los “Estándares Ambientales, de Emisión o de Efluentes y Estándares Tecnológicos para la Gestión y Aplicación Agronó­mica de Residuos Pecuarios de la Provincia de Córdoba”, los que como Anexo compuesto de (5) fojas útiles forma parte integrante de la presente.

Art. 2° - De forma.

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