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Administración Provincial de Recursos Hídricos
AGUA POTABLE -
“ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y
ADMINISTRATIVAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y REGULACIÓN DEL USO DE DOBLE
CAÑERÍA COMO SISTEMA DE PROVISIÓN DOMICILIARIA DE AGUA”
Resolución General (APRH) 64/18. Del 30/10/2018. B.O.:
12/11/2018. Agua Potable. Aprobación de “Especificaciones Técnicas y
Administrativas para la Implementación y Regulación del Uso de Doble
Cañería como Sistema de Provisión Domiciliaria de Agua”.
Córdoba, 30 de Octubre 2018.
VISTO: el Expediente Nº 0733-015246/2018 en el que se
tramita la aprobación del marco normativo denominado “ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y REGULACIÓN DEL USO
DE DOBLE CAÑERÍA COMO SISTEMA DE PROVISIÓN DOMICILIARIA DE AGUA”.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante Nota agregada como Folio Único N° 2, el
Área Explotación del Recurso eleva a consideración el Informe Técnico
denominado “Sistema de Provisión con Doble Red” (fs. 2/20), y el
consecuente Proyecto de Normativa propiciado a tales efectos (fs.
23/30). Todo con el objeto de “…reducir el impacto ambiental que los
sistemas de potabilización generan, propiciar el uso racional y
sustentable del recurso hídrico subterráneo y morigerar el posible costo
económico de los sistemas de tratamiento” (fs. 1).
Que a los fines de fundamentar dicha propuesta, la
precitada Área Técnica manifiesta haber considerado “…la posibilidad
que, en algunos casos y sectores de la Provincia, se permita el
suministro de agua a partir de la instalación de doble cañería, una de
ellas con agua potable para el consumo humano y otra con agua de
inferior calidad para el resto de los usos, como ser sanitarios,
limpieza y riego” (fs. 3 – F.U. N° 2).
Que el Área Estudios y Proyectos Estratégicos de Agua
Potable expide el Informe Técnico agregado a fojas 5/6 por medio del
cual y bajo ciertas consideraciones, concluye afirmando que “…para
aquellos casos cuando la única fuente de extracción económicamente
razonable sea agua subterránea con alto contenido de sales una buena
solución económica es la ejecución de doble red de distribución, una
destinada para el consumo de bebida y cocina con cualquiera de los
tratamientos indicados y otra para el resto…”.
Que habiendo tomado intervención la Subdirección de
Jurisdicción de Estudios y Proyectos se expide en informe técnico de
fojas 8/13 manifestando que “…se considera indispensable emitir un marco
normativo como instrumento de regularización para la implementación del
uso de sistema de provisión de agua domiciliaria en Doble Cañería, en
vista de la problemática creciente planteada en materia de cantidad
disponible de agua con calidad físico - químico admisible”. Asimismo,
pone de manifiesto que la implementación del sistema propiciado “…
redundará en beneficios ambientales, en vista a que mitiga el impacto
del tratamiento y corrección necesaria de las aguas que no cumplen con
las condiciones químicas y por otra parte impulsa el uso racional del
recurso hídrico…”, sin perjuicio de consignar que además, dicha
implementación, estima generaría “…beneficios socio-económicos
importantes, en razón de la disminución de costos de tratamiento y
transporte de agua y en el impulso inherente al desarrollo habitacional
e industrial que la mayor disponibilidad o mejor uso del recurso hídrico
conlleva”.
Que en el precitado informe, la Subdirección de
Jurisdicción de Estudios y Proyectos (fs. 8/13) ha incorporado el
proyecto de normativa denominado: “Especificaciones Técnicas y
Administrativas para la Implementación y Regulación del Uso de Doble
Cañería como Sistema de Provisión Domiciliaria de Agua”. El mismo cuenta
con el Visto Bueno otorgado por el Ing. Pablo Wierzbicki en su calidad
de Vocal del Directorio.
Que a fojas 16 el señor Presidente otorga el Visto Bueno
a la aprobación de las “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS
PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y REGULACIÓN DEL USO DE DOBLE CAÑERÍA COMO
SISTEMA DE PROVISIÓN DOMICILIARIA DE AGUA”, cuyo proyecto luce agregado
a fojas 14/15.
POR ELLO, constancias de autos, dictamen de la Jefatura
de Área de Asuntos Legales Nº 333/2018 obrante a fojas 17 y facultades
conferidas por Ley Nº 9.867; el
Directorio de la ADMINISTRACION PROVINCIAL DE RECURSOS
HIDRICOS (APRHI) en pleno
R E S U E L V E
Artículo1°: APROBAR las “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y
ADMINISTRATIVAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y REGULACIÓN DEL USO DE DOBLE
CAÑERÍA COMO SISTEMA DE PROVISIÓN DOMICILIARIA DE AGUA” las que
compuesto de Dos (2) fojas y que como ANEXO ÚNICO forman parte de la
presente.
Artículo 2°: DISPONER la comunicación a todos los
Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba, instándolos a observar
las “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS PARA LA
IMPLEMENTACIÓN Y REGULACIÓN DEL USO DE DOBLE CAÑERÍA COMO SISTEMA DE
PROVISIÓN DOMICILIARIA DE AGUA”
Artículo 3°: PROTOCOLÍCESE. Publíquese en el Boletín
Oficial. Notifíquese a todos los Colegios Profesionales con incumbencia
en la materia. Pase a la Subdirección de Jurisdicción de Estudios y
Proyectos a sus efectos. Archívese.
ANEXO (formato PDF) |