Poder
Legislativo Nacional
ENERGIA
ELECTRICA - SERVICIOS PUBLICOS DE ELECTRICIDAD
INTERCONECTADOS – JURISDICCION
Ley N°
26675. Sanción: 13/4/2011. Promulgación: 11/5/2011. B.O.: 18/5/2011. Ley
N° 14.772. Declaración de jurisdicción nacional respecto de los
servicios públicos de electricidad interconectados.
El Senado y Cámara
de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan
con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — La
declaración de jurisdicción nacional establecida por el artículo 1° de
la Ley 14.772 respecto de los servicios públicos de electricidad
interconectados ubicados en numerosos partidos del Gran Buenos Aires
está referida exclusivamente al territorio ocupado a la fecha de sanción
de la ley por las redes de distribución de las empresas antecesoras de
SEGBA S.A., más una expansión razonable de las mismas.
ARTICULO 2º
— Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL
MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL ONCE.
— REGISTRADA BAJO
EL Nº 26.675 —