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Ministerio de Planificación
Federal, Inversión Pública y Servicios
ENERGIA -
PROGRAMA DE ENERGIA TOTAL - PRORROGA
Resolución (MPFIPyS)
121/08. Del 3/3/2008. B.O.: 13/3/2008. Prorrógase la vigencia del
Programa de Energía Total. Modificación de la Resolución Nº
459/2007 del Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
Bs. As., 3/3/2008
VISTO el Expediente Nº
S01:0071809/2008 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de la
Resolución Nº 459 de fecha 12 de julio de 2007, el MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha creado en su
ámbito de aplicación, el PROGRAMA DE ENERGIA TOTAL.
Que el Programa mencionado,
tuvo como objeto sustituir el consumo de gas natural y/o energía
eléctrica de red por combustibles alternativos, destinados a las
empresas que utilizaban dichos combustibles, como insumos.
Que se hace necesario
incorporar al citado Programa nuevos objetivos, de tal manera que se
garantice el abastecimiento de los recursos energéticos tanto líquidos
como gaseosos, tal como lo requiere el permanente grado de expansión que
se manifiesta en el conjunto de la economía en un todo de acuerdo con
las políticas implementadas por el Gobierno Nacional.
Que como consecuencia de lo
mencionado precedentemente, deviene necesario garantizar al aparato
productivo, así como al conjunto de la población, un adecuado
abastecimiento en materia energética, contribuyendo de esta manera con
la continuidad del crecimiento de los sectores industriales del país.
Que resulta adecuado
prorrogar la vigencia otorgada al PROGRAMA DE ENERGIA TOTAL hasta el 31
de diciembre de 2008.
Que dentro de las funciones
asignadas al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, se encuentran las de estudiar y analizar el comportamiento de
los mercados energéticos, elaborando el planeamiento estratégico en
materia de energía eléctrica, hidrocarburos y otros combustibles,
promoviendo políticas que incrementen y tornen eficientes la asignación
de los recursos.
Que a los fines indicados, es
necesario ampliar los objetivos del PROGRAMA DE ENERGIA TOTAL 2007, para
el año 2008, a los efectos de obtener un correcto volumen tanto de gas
natural cuanto de energía eléctrica y combustibles alternativos (fuel
oil, gas oil, entre otros), a fin de atender la creciente demanda
productiva.
Que los recursos económicos
que permitan la implementación de este Programa tienen su origen, en las
retenciones que percibe la República Argentina en concepto de derecho de
exportación de combustibles líquidos y gaseosos.
Que resulta necesario ampliar
las facultades asignadas a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE
GESTION, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS, en su carácter de UNIDAD EJECUTORA, a los fines de
cumplir con los nuevos objetivos previstos en el Artículo 2º del
Programa mencionado.
Que será de aplicación al
presente la Ley 24.156, y lo dispuesto en la Resolución Nº 268 de fecha
11 de mayo de 2007 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en lo que respecta a la necesidad de
diseñar una adecuada rendición de cuentas para el programa.
Que los créditos
presupuestarios destinados a cubrir el cumplimiento de los objetivos del
presente Programa, serán atendidos con las partidas presupuestarias
correspondientes al Servicio Administrativo Financiero 354 – MINISTERIO
DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la SECRETARIA DE ENERGIA
dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, en su calidad de autoridad de aplicación de la Ley Nº 17.319,
y en uso de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 180 de fecha 13
de febrero de 2004, prestará a la UNIDAD EJECUTORA la asistencia y
colaboración necesaria para la ejecución del Programa.
Que, asimismo, corresponde
hacer saber del dictado de la presente medida a la SECRETARIA DE
COMERCIO INTERIOR dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION en
atención a la temática involucrada.
Que la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la
intervención de su competencia.
Que las facultades para el
dictado de la presente medida se encuentran conferidas por lo dispuesto
en la Ley de Ministerios Nº 22.520 - (texto ordenado por Decreto Nº 438
de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Prorrógase,
hasta el 31 de diciembre de 2008 la vigencia del PROGRAMA DE ENERGIA
TOTAL, creado por la Resolución Nº 459
de fecha 12 de julio de 2007 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Art. 2º — Modifícase el
artículo 1º de la Resolución Nº 459
de fecha 12 de julio de 2007, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
"ARTICULO 1º — El PROGRAMA DE
ENERGIA TOTAL, creado en el ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, tendrá como objetivos:
garantizar el abastecimiento de los recursos energéticos ya se trate de
combustibles líquidos o gaseosos, que sean demandados tanto por el
aparato productivo como por el conjunto de la población, durante el año
2008, en todo el territorio de la República Argentina, debiendo también
continuar incentivando la sustitución del consumo de gas natural y/o
energía eléctrica, por el uso de combustibles alternativos para las
diferentes actividades productivas y/o la autogeneración eléctrica."
Art. 3º — Amplíanse las
facultades asignadas a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE
GESTION, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS, en su carácter de UNIDAD EJECUTORA, a los fines de
cumplir con los nuevos objetivos previstos en el Programa mencionado en
el Artículo 1º.
Art. 4º — Facúltese a la
UNIDAD EJECUTORA citada ut supra, para que establezca las condiciones
generales en las que se ejecutarán las acciones tendientes al
cumplimiento de los nuevos objetivos del presente Programa, así como a
determinar los procedimientos, las responsabilidades y metodología de
ejecución, liquidación, rendición de cuentas y auditorías, respecto de
las transferencias que se aprueben y a realizar todas las acciones
presupuestarias necesarias con el objeto de la implementación de la
presente.
Art. 5º — Autorízase a la
UNIDAD EJECUTORA a gestionar las modificaciones presupuestarias que se
requieran, a los efectos de cumplir con los objetivos dispuestos en el
artículo 2º de la presente.
Art. 6º — El gasto que
demande el desarrollo del presente Programa será atendido con las
partidas presupuestarias correspondientes al Servicio Administrativo
Financiero 354 – MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA
Y SERVICIOS.
Art. 7º — Será de aplicación
al presente, la Ley Nº 24.156 y lo dispuesto por la Resolución Nº 268 de
fecha 11 de mayo de 2007 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Art. 8º — Instrúyese a la
SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en su calidad de autoridad de
aplicación de la Ley Nº 17.319,
y en uso de las facultades otorgadas por el Decreto Nº
180 de fecha 13 de
febrero de 2004, a prestar a la UNIDAD EJECUTORA la asistencia y
colaboración necesaria para la ejecución del Programa.
Art. 9º — Hágase saber de la
presente resolución a la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR dependiente del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Art. 10. — La presente
Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
Art. 11. — De forma. |