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Resolución
(ENRE) 13/97. Anexo.
GUÍA PRACTICA PARA LA
PREPARACIÓN DE LAS EVALUACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL ATMOSFÉRICO.
ANEXO a la RESOLUCIÓN ENRE N° 13/97
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
GUÍA PRACTICA PARA LA PREPARACIÓN DE LAS
EVALUACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL ATMOSFÉRICO
E.I.A.A.
AREA MERCADOS ELÉCTRICOS- SECTOR AMBIENTAL
DICIEMBRE 1996
ÍNDICE
Introducción
I. Marco legal a considerar por el peticionante
I.1 Contaminantes a evaluar
I.2 Límites de calidad de aire
II. Definiciones
II.1 Concentraciones de fondo
II.2. Concentración total
II.3 Receptor
II.4 Terreno simple o complejo
II.5 Estabilidad atmosférica
II.6 Altura efectiva de emisión
II.7 Altura de la capa de mezcla
III. Etapas de elboración de la E.I.A.A
III.1 Consideraciones comunes a las dos etapas
III.1.1. Valores de concentración de fondo a consignar
III.1.2 Características de las fuentes emisoras
III.1.3. Caracterísitcas del terreno
III.1.4. Selección de la topografía : Urbana o Rural
III.1.5. Consideración del efecto de remoción por edificios
III.1.6. Selección de receptores
III.1.7. Tratamiento del material particulado. Suspensión y Deposición.
III.1.8. Escenarios de emisión a considerar
IV. Aspectos específicos para la Etapa I
IV.1. Cálculo de las concentraciones horarias máximas para detectar la condición
atmosférica de peor caso.
IV.1.1. Matriz clase de estabilidad- Velocidad de viento
IV.1.2. Altura de capa de mezcla
IV.1.2.1. Condiciones neutrales e inestables
IV.1.2.2. Condiciones estables
IV.1.3. Material Particulado
IV.2. Determinación de las concentraciones máximas
IV.2.1 Concentración media horaria máxima
IV.2.2 Concentraciones máximas para promedios de corto plazo
IV.2.3 Concentraciones máximas para promedios de largo plazo
IV.3 Presentación de Resultados
IV.3.1. Concentración horaria máxima
IV.3.2. Concentraciones medias máximas
IV.3.3. Anexo de información intermedia
V. Aspectos específicos de la Etapa II
V.1. Información meteorológica de superficie
V.2. Altura de la capa de mezcla
V.3. Determinación de contaminantes en el aire
V.3.1. Concentraciones medias en la grilla receptora
V.3.2. Concentraciones medias para períodos menores a una hora
V.3.3 Valor máximo de la concentración media
V. 4 Presentación de Resultados
V.4.1. Concentraciones máximas para promedios de corto plazo
V.4.2. Concentraciones máximas para promedios de largo plazo
VI. Apéndices
Apéndice VI.1 : Descripción de los contaminantes a evaluar
Apéndice VI.2.: Clases de estabilidad atmosférica
Apéndice VI.3.: Estaciones de medición del Servicio Meteorológico
Nacional
Apéndice VI.4.: Selección de Modelos
Apéndice VI.5.: Referencias Bibiográficas
GUÍA PRÁCTICA PARA LA PREPARACIÓN DE
EVALUACIONES DE IMPACTO AMBIENTAL ATMOSFÉRICO
INTRODUCCIÓN
La Resolución S.S.E. N° 149/90, aprobó el Manual de Gestión
Ambiental de Centrales Térmicas Convencionales el que tuvo el objetivo de
"proporcionar un marco de referencia para la oportuna y adecuada consideración de
las implicancias ambientales asociadas a tales implantaciones" .
Entre los aspectos que el Manual establece como prioritarios es el
análisis de la incidencia que las emisiones gaseosas de la central, pueden ejercer sobre
la calidad del aire en las proximidades de su emplazamiento.
La presente Guía propone constituirse igualmente en un documento de
consulta para quienes deben preparar las Evaluaciones Ambientales requeridas por la
Resolución SEE N° 149/90 , deban observar los límites de emisiones a la atmósfera
establecidos por la Resolución S.E. 182/95 y estén sometidos a la jurisdición nacional
por ser agentes del Mercado Eléctrico Mayorista.
Las normas mencionadas en el párrafo anterior constituyen el marco
legal vigente en los aspectos ambientales aplicable a los generadores térmicos por vía
convencional, dentro del contexto de la Ley 24065.
La dispersión de contaminantes atmosféricos es un proceso complejo
para cuya interpretación es frecuente recurrir a la aplicación de modelos .Tanto la
selección del modelo para cada situación en particular, así como la utilización de los
datos apropiados que los alimenten,constituyen una tarea especializada que debe ser
realizada por profesionales con experiencia en el tema.
Si bien existen numerosas publicaciones que desarrollan con profundidad
los procedimientos para seleccionar y aplicar estos modelos en las evaluaciones
ambientales atmosféricas, el ENRE ha creído conveniente elaborar esta Guía a los
efectos de protocolizar el manejo de los datos, la selección de los modelos adecuados y
la presentación de resultados en contenido y forma.
Esta Guía toma como base el documento elaborado por la Comisión
Nacional de Energía Atómica (Referencia 17 ), dentro del marco del Convenio de
Asistencia Técnica firmado entre la Fundación José Balseiro,el ENRE y la CNEA y en el
que tuvo participación muy activa la Asociación de Generadores de Electricidad de la
República Argentina ( AGEERA ) . Al mismo se le han realizado solamente modificaciones de
forma manteniendo lo sustancial, al sólo efecto de facilitar su interpretación.
EL PRESENTE DOCUMENTO DESARROLLA LAS SIGUIENTES PARTES:
I .- MARCO LEGAL A CONSIDERAR POR EL PROPONENTE
II.- DEFINICIONES
III.- ETAPAS DE ELABORACIÓN DE LA E.I.A. ATMOSFÉRICA (E.I.A.A.)
IV. ASPECTOS ESPECÍFICOS PARA LA ETAPA I
V. ASPECTOS ESPECÍFICAS PARA LA ETAPA II
I. MARCO LEGAL A CONSIDERAR POR EL PROPONENTE
I.1.- CONTAMINANTES A EVALUAR
Los agentes del Mercado Eléctrico Mayorista que deseen instalar y
operar una central térmica de generación por vía convencional o ampliar o modificar las
instalaciones de generación que tengan en operación, deben preparar su Diagnóstico
Ambiental ( D.A.) o su Evaluación de Impacto Ambiental ( E.I.A.), siguiendo lo
preceptuado por la Resolución S.E.E. N° 149/90. En lo específicamente relacionado con
las emisiones gaseosas, la Secretaría de Energía, en su Resolución No
182/95, fijó los límites máximos de concentraciones de gases y de material particulado
en centrales térmicas. Hasta el momento, los límites permisibles han sido fijados para
los siguientes parámetros:
Dióxido de Azufre (SO2)
Óxidos de Nitrógeno (NOx)
Material Particulado (MP)
para distintos combustibles y discriminados según se trate de unidades
turbovapor o turbogas.
Como parte integrante del Documento de E.I.A., el peticionante, debe
identificar la normativa ambiental promulgada por otros organismos ( sean nacionales,
provinciales o municipales ) y a los efectos de la aplicación de esta Guía ,
deberá
extaer de ella lo atinente a la emisiones gaseosas y a las condiciones a preservar en la
calidad del aire circundante al sitio de emplazamiento de la instalación.
Los compuestos que deberán ser motivo de análisis al elaborar la
E.I.A.A. son los que se encuentran regulados por la Resolución S.E. 182/95, o la que la
suplante en el futuro, mas los que estuvieren relacionados con los estándares de calidad
de aire que el organismo ambiental nacional y/o los similares provinciales hubieren fijado
para el area de emplazamiento de la Central y que pudieran ser modificados por compuestos
presentes en las emisiones gaseosas de ésta.
En el APÉNDICE VI.1 : DESCRIPCIÓN DE LOS CONTAMINANTES A EVALUAR, se
pueden consultar los criterios bajo los cuales se tendrán en cuenta los compuestos
regulados por la Resolución S.E. N° 182/95.
En caso que otras disposiciones establezcan límites máximos de emisión mas
restrictivos que los fijados por dicha Resolución o bien fijen límites máximos para
otros compuestos, la E.I.A.A. los deberá tener en cuenta.
No deberá perderse de vista que el objetivo ambiental que debe perseguir la
Evaluación , es la de analizar para cada uno de los escenarios de operación de la
Central la observancia en primer lugar de los estándares de calidad del aire, aunque esto
implique en algunos casos tener que efectuar emisiones en condiciones mas restrictivas que
las establecidas en los estándares de emisión.
I.2.- LÍMITES DE CALIDAD DEL AIRE
La E.I.A.A. deberá calcular para cada contaminante las concentraciones
atmosféricas para todos los períodos promedio que indica la normativa correspondiente.
Los límites de calidad del aire constituyen el marco de referencia para evaluar la
situación ambiental asociada a la presencia de la o las centrales termoeléctricas en
consideración.
II. DEFINICIONES
Las definiciones que se incorporan a continuación, se refieren a
conceptos utilizados en la aplicación de los modelos de calidad de aire.
II.1 CONCENTRACIÓN DE FONDO
La concentración ambiental de un contaminante debida al aporte de
otras fuentes distintas a las analizadas se denomina concentración de fondo. Esta
concentración puede ser fruto del aporte de fuentes naturales, otras fuentes
identificadas que contribuyen a la contaminación ambiental en la zona de aporte de las
fuentes en estudio y posibles fuentes no identificadas.
II.2 CONCENTRACIÓN TOTAL
En los estudios de evaluación de impacto atmosférico, la comparación
con los valores estándar de calidad de aire debe hacerse considerando la concentración
total, es decir la suma de la concentración de fondo y de la concentración proveniente
del aporte relativo de las fuentes en cuestión.
II.3. RECEPTOR
Se conoce como receptor a la localización (en coordenadas x,y,z) en la
cual se miden o estiman las concentraciones ambientales de los contaminantes de interés.
Si bien algunas de estas definiciones están incorporadas en los
manuales de utilización de los modelos, se ha creído conveniente la inclusión de las
que consideramos mas generales.
II.4 TERRENO SIMPLE O COMPLEJO
La ubicación de receptores con respecto al terreno puede considerarse
dentro de dos tipos principales: terreno simple o terreno complejo. En el terreno simple
todos los receptores se hallan entre la altura de la base y el tope de la chimenea,
mientras que en el terreno complejo algunos receptores se encuentran por encima del tope
de la chimenea.
II.5. ESTABILIDAD ATMOSFÉRICA
La turbulencia de la atmósfera se caracteriza en base a un parámetro
que se denomina clase de estabilidad, que es función de la turbulencia térmica y de la
turbulencia mecánica.
Para condiciones atmosféricas inestables las clases de estabilidad
pueden ser A, B o C, para condiciones neutras D, y para condiciones estables pueden ser E
o F ( Ver Apéndice VI.2 ).
II.6 ALTURA EFECTIVA DE EMISIÓN
Entre las definiciones más utilizadas para la altura efectiva de
emisión, las dos siguientes se encuentran entre las más fáciles de aplicar (referencia
4).
1. La altura a la cual una pluma no se eleva más (para condiciones
estables).
2. La altura de una pluma por encima del punto en el que se verifica la
concentración máxima a nivel del suelo (la más práctica para condiciones neutras o
inestables).
II.7. ALTURA DE LA CAPA DE MEZCLA
La altura de la capa de mezcla es la altura de la capa de la atmósfera
dentro de la cual es relativamente irrestricta la mezcla vertical, debida al calentamiento
radiativo de la superficie terrestre.
III. ETAPAS DE ELABORACIÓN DE LA E.I.A.A.
La presente Guía, si bien trata los requerimientos necesarios para una
adecuada modelación del proceso de dispersión de contaminantes en la atmósfera, no
pretende ser un compendio de la tecnología de la modelación de la calidad del aire. En
tal sentido, es insuficiente para el análisis pormenorizado de cada situación, el que
requiere del criterio y la experiencia de profesionales expertos. Sirve a todas las partes
interesadas, para identificar aquéllas técnicas y bases de datos disponibles y de
reconocida performance.
En esta primera versión de esta Guía, se ha considerado conveniente
alentar la aplicación de modelos evaluados y aprobados por la Agencia Ambiental de EEUU (
E.P.A.) , ya que el conjunto de modelos reconocidos por esta Agencia , cubren con
suficientemente aproximación los distintos tipos de situaciones que pueden darse en
nuestro país.
A fin de balancear el esfuerzo necesario para la realización de la
E.I.A.A, se adopta a los fines regulatorios un procedimiento en dos etapas, una de sondeo
O DE SCREENING y otra más detallada, que se mencionan a continuación. Este procedimiento
es coincidente con el propuesto por la Referencia 7
En la ETAPA I, se aplicará un procedimiento de sondeo para
determinar si las fuentes en cuestión superan o no los límites de calidad del aire. El
análisis de sondeo sugerido sirve para determinar de manera aproximada las
concentraciones esperables en las condiciones más desfavorables.
Si las concentraciones ambientales totales de los contaminantes en
estudio no sobrepasan el 50% de los valores correspondientes fijados por la regulación
vigente, no será necesario proseguir con el análisis. En caso contrario, se impone un
análisis más detallado indicado en la Etapa II.
La etapa II excluye el uso de modelos de sondeo, y requiere el
uso de información meteorológica horaria para los modelos detallados.
Si bien a este nivel se debe acceder cuando los resultados del estudio
de la etapa 1 indican la existencia de un problema potencial para la calidad del aire, es
posible realizar el estudio comenzando con la Etapa II, sin encarar un análisis de
sondeo.
III.1.- CONSIDERACIONES COMUNES A LAS DOS ETAPAS.
La preparación de la E.I.A.A. requiere de la selección y procesamiento de
información , que es necesaria tanto para quien le fuera suficiente con el desarrollo de
la ETAPA I , como para los que deban presentar los resultados de la ETAPA II.
Por ello se incorporan en este punto, los aspectos comunes a ambas Etapas.
III.1.1.- VALORES DE CONCENTRACIÓN DE FONDO A CONSIGNAR.
Resulta conveniente considerar dos situaciones diferentes en el momento
de consignar valores de concentración de fondo.
1. La central o centrales en estudio están relativamente aisladas de
otras fuentes.
2. La central o centrales en estudio se encuentran en la vecindad de
otras fuentes.
Los valores de fondo a consignar corresponden a las concentraciones
críticas promediadas, considerando los períodos correspondientes a la normativa vigente.
Es importante tomar en cuenta las zonas de interacción entre las
fuentes vecinas y las fuentes en estudio. Los receptores de interés se ubican en el área
de máximo impacto de las fuentes en estudio, el área de máximo impacto de las fuentes
vecinas y el área donde ambos tipos de fuentes se combinan para provocar un impacto
conjunto máximo.
La dificultad para evaluar la concentración de fondo radica en la disponibilidad de
información concerniente tanto a los datos de calidad de aire como a los datos de
características de emisión de las fuentes vecinas.
El proponente deberá seleccionar e indicar en la presentación, las concentraciones de
fondo que utilizó para la preparación de la E.I.A.A. Esta selección deberá realizarla
en base a un proceso metodológico, que deberá ser indicado en la documentación.
La metodología podrá basarse en la obtención de datos de monitoreos especialmente
diseñados a este fin, o bien en base a inventario de emisiones propias y de terceros,
entre otras.
En todos los casos el proponente deberá consultar a la autoridad ambiental de la
jurisdicción , acerca de la existencia de datos históricos de calidad de aire y acerca
de la adopción por parte de la o las autoridades ambientales competentes, de una
concentración de fondo a utilizar en la Evaluación.
III.1.2.- CARACTERÍSTICAS DE LAS FUENTES EMISORAS
La Tabla 1, en sus secciones 1 y 2 contiene todos los datos necesarios
para caracterizar físicamente cada una de las fuentes de emisión de las centrales en
consideración.
Tabla 1: Información sobre las características físicas de cada fuente
de emisión
-
IDENTIFICACIÓN DE LA CHIMENEA
|
|
|
Código o Nombre:
|
|
|
Localización (*) : Coordenadas
x(m), y (m): |
|
-
CARACTERÍSTICAS FÍSICAS
|
|
|
Altura de la Chimenea (m):
|
|
|
Elevación de la Base de la
Chimenea (m): |
|
|
Diámetro Interior(m) o
Sección del Tope de la Chimenea (m2): |
|
(*) El centro del eje de coordenadas debe
coincidir con la ubicación de alguna de las chimeneas en estudio.
Las fuentes emisoras deben aparecer ubicadas en un mapa que abarque la
zona de influencia, definida por un radio del orden de dos veces la distancia entre el
foco emisor y la zona donde se producen las máximas concentraciones. En dicho mapa se
deberán consignar la escala y la ubicación del Norte geográfico.
La Tabla 2 reúne la información referente a los regímenes de
operación, y deberá ser completada para cada uno de ellos, para cada chimenea. Como
mínimo cada fuente será modelada para la situación de plena carga. Hará falta
considerar también situaciones especiales que impliquen mayores emisiones como los casos
de soplado, cambio de combustible y cambio de carga.
Si bien la sección 2 de dicha tabla no contiene información
estrictamente necesaria, constituye una referencia útil para verificar los criterios
empleados en la generación de los datos de la sección 1.
Tabla 2: Información asociada a cada régimen de operación
-
CARACTERÍSTICAS DE EMISIÓN POR RÉGIMEN DE OPERACIÓN
|
|
Código o Nombre de la Chimenea:
|
|
|
Régimen de Operación Considerado:
|
|
|
Meses del Año Correspondientes al Régimen
de Operación: |
|
|
Horas Diarias Correspondientes al Régimen
de Operación: |
|
|
Caudales Másicos de Emisión de Cada
Contaminante (g/s) |
|
|
SO2:
|
|
|
NOx:
|
|
|
MP: |
|
|
Velocidad de Salida del Efluente (m/s):
|
|
|
Temperatura del Efluente (K):
|
|
-
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
|
|
|
Caudal de Emisión, Húmedo (Nm3/h):
|
|
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Caudal de Emisión, Seco (Nm3/h):
|
|
|
Concentración de Cada Contaminante, Base
Seca (mg/Nm3) |
|
|
SO2:
|
|
|
NOx:
|
|
|
MP: |
|
|
Combustible Utilizado (%)
|
|
|
Gas Natural:
|
|
|
Fuel Oil: |
|
|
Carbón: |
|
|
Otros (especificar):
|
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|
Energía Generada (MWh): Período: 1 hora
|
|
III.1.3.- CARACTERÍSTICAS DEL TERRENO.
Si la central o las centrales están ubicadas en una zona donde sea
necesario tomar en cuenta la presencia de costa o de terreno complejo, se especificará,
por ejemplo, la ubicación y dimensiones de los espejos de agua cercanos, altura y
ubicación de las elevaciones cercanas, así como otras consideraciones geográficas que
resulten determinantes en la elección del proceso de modelación a seguir.
En el caso de terreno simple se deben consignar la ubicación y la
elevación de aquellos receptores donde es posible que existan concentraciones mayores a
las de nivel de la base de la chimenea.
III.1.4.- SELECCIÓN DE LA TOPOGRAFÍA: URBANA O RURAL.
De los diversos criterios para la selección de la condición urbana o
rural (rugosidad de la superficie, uso de la tierra, densidad de población), se adopta el
procedimiento basado en el uso de la tierra. Este procedimiento determina el empleo de
parámetros de dispersión urbanos en aquellos casos para los cuales el uso de la tierra
para más del 50 por ciento de la zona de influencia, corresponde a zonas alta o
medianamente industriales, comerciales o de residencias multifamiliares (referencia 9).
Dicha zona de influencia queda determinada por un círculo de 3 kilómetros de radio con
centro en el foco emisor y por la dirección respectiva del viento.
En aquellas situaciones para las cuales la distinción entre zona
urbana o rural sea poco clara, deberán analizarse ambas posibilidades.
Algunas localizaciones pueden presentar condición urbana para algunas
direcciones de viento y rural para otras.
III.1.5.- CONSIDERACIÓN DEL EFECTO DE REMOCIÓN POR EDIFICIOS CERCANOS.
Los edificios ubicados en las inmediaciones de una chimenea influyen de
manera diferente en el desarrollo de la pluma de acuerdo a la relación entre su altura y
su ancho. Se define entonces la altura de buen diseño técnico (hBDT)
(referencia 11) como:

donde Hedif , es la altura del edificio y L es la menor
dimensión entre: el ancho proyectado en la dirección del viento y la altura. Se
considera que los edificios cercanos modifican el desarrollo de la pluma si la altura de
la chimenea es menor que hBDT. En este caso será necesario considerar los
efectos de remoción, y se deberán especificar las dimensiones de estos edificios,
consignándose también su ubicación en el mismo mapa donde se localizaron las chimeneas.
III.1.6.- SELECCIÓN DE RECEPTORES
La selección de receptores debe proveer un adecuado muestreo de la
zona de influencia. Se deberá utilizar una grilla de paso 50m x 50m en las zonas de
máxima concentración esperable, con el objetivo de asegurar la presencia de receptores
en dichas áreas.
Existen algunas circunstancias bajo las cuales, para el cálculo de las
concentraciones máximas esperables, será necesario considerar ubicaciones especiales de
receptores denominados críticos. Ejemplos de estas situaciones son el caso de terreno
simple con elevaciones cercanas menores a la altura de las chimeneas, y la presencia de
algún edificio más alto que el resto de la edificación que rodea a la central en
estudio.
III.1.7.- TRATAMIENTO DEL MATERIAL PARTICULADO. SUSPENSIÓN Y DEPOSICIÓN.
Las partículas sólidas están sometidas en forma simultánea a los
efectos gravitatorio y dispersivo en la atmósfera turbulenta. El fenómeno dispersivo es
predominante para partículas pequeñas, mientras que las partículas grandes se ven
sometidas al proceso dispersivo y al efecto gravitatorio. Además al tomar contacto con la
superficie las partículas pequeñas tienden a ser totalmente reflejadas, en tanto que las
grandes pueden ser parcial o totalmente retenidas. De acuerdo entonces al tamaño de las
partículas emitidas por la chimenea, existirá una concentración de partículas en
suspensión, y una concentración de partículas depositadas en la superficie terrestre.
Para el cálculo de las concentraciones de partículas depositadas y en
suspensión resulta necesario contar con la información de la distribución del tamaño
de las partículas emitidas por la chimenea. En caso de no contar con esta información se
sugiere utilizar los datos consignados en la Tabla 3 (referencia 13).
Cuando el combustible quemado es gas natural no es necesario realizar
el estudio de material particulado discriminando por tamaño, debido a su baja emisión.
Tabla 3. Distribución de tamaño de partículas por tipo de combustible
utilizado.
|
Tipo de combustible |
Diámetro medio de la
partícula
d [
m m] |
Fracción másica
(%) |
|
|
0
£
d < 2,5 |
29 |
|
Carbón |
2,5
£
d < 6,0 |
21 |
|
|
6,0
£
d < 10,0 |
17 |
|
|
d
³
10,0 |
33 |
|
|
0
£
d < 2,5 |
52 |
|
Fuel Oil |
2,5
£
d < 6,0 |
6 |
|
|
6,0
£
d < 10,0 |
13 |
|
|
d
³
10,0 |
29 |
La velocidad de deposición de las partículas se calculará en base a
la fórmula de Stokes, que se indica a continuación.

donde:
vs : velocidad de deposición de la partícula,
r : densidad de la partícula,
g : aceleración de la gravedad,
d : diámetro medio de la partícula. En el caso de utilizar la Tabla 5
se debe colocar el valor medio para cada uno de los rangos consignados y
m : viscosidad dinámica del aire (m
@ 1,83 10-4 g/cm s).
III.1.8. ESCENARIOS DE EMISIÓN A CONSIDERAR
Tanto para la Etapa I como para la Etapa II, se deberán aplicar los modelos a los
escenarios posibles de emisión de cada una de las chimeneas de la Central. Como mínimo
deberán analizarse los siguientes escenarios:
*condiciones normales de operación a máxima carga de cada unidad
*soplado de calderas
(frecuencias y duración de cada operación )
* posibilidades de cambios de combustible
* arranque de la unidad o brusco cambio de carga
*situaciones anormales ( mal funcionamiento de quemadores, etc. )
Cada uno de estos escenarios tendrán asociados , condiciones de las emisiones,
frecuencias y duración estimada de cada tipo de situación. Estos escenarios deberán
reflejarse en la Tabla 2 del ítem III.1.2
IV. ASPECTOS ESPECÍFICOS PARA LA ETAPA I.
El análisis de sondeo adoptado para la Etapa I
adopta dos
recaudos para asegurar que se están considerando las peores condiciones posibles en la
evaluación de la concentración máxima total para cada uno de los períodos promedio
fijados por la normativa correspondiente.
-
Por un lado la evaluación del aporte relativo de las emisiones de la central está
basado en un barrido de condiciones atmosféricas que permite identificar la situación
ambientalmente más desfavorable.
-
El otro factor de seguridad para esta etapa se basa en el hecho de referenciar cada
concentración máxima total calculada a la mitad del valor correspondiente fijado por la
normativa en vigencia.
Los modelos a utilizar son los de sondeo indicados en el Apéndice VI.4
(puntos 4.1 y 4.2 de dicho apéndice) y los modelos detallados incluidos en la versión de
la "Guideline on Air Quality Models, Revised" (referencia 9) actualizada a la
fecha de realización del estudio, según se indica en los puntos 4.3. y 4.4 del Apéndice
VI.4, con el empleo de la meteorología de peor caso. ( ver sección IV.1.)
IV.1 CÁLCULO DE LAS CONCENTRACIONES HORARIAS MÁXIMAS PARA DETECTAR LA CONDICIÓN
ATMOSFÉRICA DE PEOR CASO
Para detectar las condiciones atmosféricas de peor caso, es decir
aquéllas que implican la concentración horaria más alta, se deben tener en cuenta todas
las combinaciones posibles de clase de estabilidad - velocidad de viento - altura de la
capa de mezcla.
IV.1.1 MATRIZ CLASE DE ESTABILIDAD - VELOCIDAD DE VIENTO
En la Tabla 4 (referencia 12, sección 3.2) se indican las
combinaciones clase de estabilidad - velocidad de viento a considerar en el cálculo de
las concentraciones horarias. Cada celda de la matriz tendrá asociada una o más alturas
de capa de mezcla como se indica en la sección IV.1.2.
Tabla 4. Combinaciones de velocidades de viento y clases de estabilidad
|
Clase de |
Velocidad de
viento (m/s) |
|
estabilidad |
1 |
1,5 |
2 |
2,5 |
3 |
3,5 |
4 |
4,5 |
5 |
8 |
10 |
15 |
20 |
|
A |
* |
* |
* |
* |
* |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
B |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
|
|
|
|
|
C |
|
|
* |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
|
D |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
|
E |
|
|
* |
* |
* |
* |
* |
* |
* |
|
|
|
|
|
F |
* |
* |
* |
* |
* |
|
|
|
|
|
|
|
|
IV.1. 2. ALTURA DE LA CAPA DE MEZCLA
IV. 1.2.1 CONDICIONES NEUTRALES E INESTABLES
Para determinar la situación de peor caso bajo condiciones inestables
y neutras (clases A, B, C y D), es necesario realizar un análisis tomando como parámetro
las alturas de capa de mezcla, calculadas en base a la altura efectiva de cada una de las
chimeneas en estudio.
Se deberá calcular la altura efectiva de emisión para cada una de las
chimeneas, para todas las velocidades de viento indicadas en la Tabla 4. Para cada una de
las velocidades de viento, se asocia a cada chimenea en estudio un valor para la altura de
la capa de mezcla de un metro por encima de la altura efectiva de emisión
correspondiente.
Para la evaluación de la concentración máxima horaria, resulta
conveniente distinguir los casos en los que se está en presencia de una o más chimeneas.
Cada celda de la Tabla 4 tiene asociada entonces una combinación de
clase de estabilidad (A, B, C o D) - velocidad de viento - altura de capa de mezcla. Se
calcula la concentración máxima horaria para cada una de estas combinaciones.
En este caso, cada celda de la Tabla 4 tiene asociada una combinación
de clase de estabilidad (A, B, C o D) - velocidad de viento y tantas alturas de capa de
mezcla como chimeneas en estudio.
Para cada celda, no se puede definir a priori qué combinación de
chimeneas y alturas de capa de mezcla provoca la máxima concentración horaria. El
análisis debe asegurar el barrido de todas estas combinaciones. Para tal fin conviene
realizar un procedimiento ordenado de cálculo. Por ejemplo, se puede comenzar con la
menor altura de capa de mezcla y el sólo aporte de la chimenea correspondiente. El
análisis continúa incorporando, una a una, las sucesivas alturas de capa de mezcla en
orden creciente. De esta manera, en cada paso se calcula el aporte conjunto de las
chimeneas analizadas previamente más el aporte de la chimenea asociada a la altura de la
capa de mezcla recientemente incorporada. Este procedimiento termina con el cálculo del
aporte conjunto de todas las chimeneas para la máxima altura de capa de mezcla. Se
detecta de este modo, para cada celda, la combinación altura de capa de mezcla, velocidad
de viento, clase de estabilidad y chimeneas para la cual la concentración horaria es
máxima.
IV. 1.2.2 CONDICIONES ESTABLES
Para condiciones estables se considera una altura de capa de mezcla de
10.000 m, para representar mezcla ilimitada.
En este caso el procedimiento resulta más sencillo y se limita al
cálculo la concentración máxima horaria para cada una de las combinaciones clase de
estabilidad (E o F) - velocidad de viento (ver Tabla 4) para todas las chimeneas en
conjunto.
IV.1.3 MATERIAL PARTICULADO.
Para el cálculo de la concentración de partículas en suspensión se
considerará que todas las partículas son totalmente reflejadas en la superficie
terrestre, mientras que para calcular la concentración de partículas sedimentables se
considerará que todas ellas son totalmente retenidas.
IV.2 DETERMINACIÓN DE LAS CONCENTRACIONES MÁXIMAS
La evaluación de la concentración máxima para promedios de corto
plazo (hasta 24 horas) y de largo plazo (mensual, estacional o anual), se realiza en base
al cálculo de las concentraciones horarias máximas asociadas a cada combinación clase
de estabilidad - velocidad de viento - altura de mezcla, indicado en la sección IV.1.
IV.2.1 CONCENTRACION MEDIA HORARIA MÁXIMA
Para el cálculo de la concentración media horaria máxima, el
procedimiento adoptado en la sección IV.1 es válido para cada una de las direcciones de
viento. Es conveniente distinguir dos situaciones posibles para discriminar si es
necesario rastrear todas las direcciones de viento.
En este caso la concentración media horaria máxima para una
única dirección de viento, es representativa de todas las direcciones. La concentración
media horaria máxima está dada por el máximo de los valores consignados en las celdas
de la Tabla 4, obtenidos siguiendo el procedimiento indicado en la sección IV.1.2.
Se debe aplicar el procedimiento indicado en la sección IV.1.2.
para ocho direcciones de viento (N, NE, E, SE, S, SO, O y NO). El valor máximo para cada
dirección se obtiene explorando la Tabla 4, como en el caso de tener una sola chimenea.
La concentración media horaria máxima corresponde al mayor de los ocho valores.
En aquellas circunstancias en las que sea necesario considerar
receptores críticos se deberá calcular la concentración media horaria en esos puntos.
Se seleccionará el máximo entre estos valores y el calculado anteriormente, para obtener
el valor de la concentración media horaria máxima.
IV.2.2 CONCENTRACIONES MÁXIMAS PARA PROMEDIOS DE CORTO PLAZO
En aquellas situaciones para las cuales la normativa indica los
límites máximos admisibles de corto plazo para períodos diferentes a una hora, se
pueden obtener los valores de concentración máxima promedio de acuerdo a la expresión:
Cmáx(D t) = Cmáx(60)
(D t / 60)- 0.20
donde
D t: es el período promedio regulado (minutos).
IV.2.3 CONCENTRACIONES MÁXIMAS PARA PROMEDIOS DE LARGO PLAZO
La evaluación de las concentraciones máximas para períodos de largo
plazo se realiza utilizando la información sobre la frecuencia de direcciones de viento,
para el sitio en cuestión, publicada por el Servicio Meteorológico Nacional (referencia
7). El cálculo de la concentración de largo plazo, para cada dirección de viento, se
realiza en base a la concentración máxima promedio de 8 horas según se indica a
continuación.
Cmáxima/ Largo plazo/ Dirección =
¦
relativa/Largo plazo/ Dirección Cmáxima/ 8 horas/Dirección
donde:
Largo plazo: corresponde al período fijado por la normativa (mensual,
anual, etc.).
Dirección: es la dirección de viento, según las ocho direcciones
informadas por el Servicio Meteorológico Nacional, en la referencia 7.
Cmáxima/ Largo plazo/ Dirección : concentración
máxima para el período en consideración.
¦ relativa/Largo plazo/ Dirección :
frecuencia relativa para el período de largo plazo estipulado para la dirección de
viento correspondiente
Cmáxima/ 8 horas/Dirección : concentración máxima
promedio de 8 horas, para cada una de las direcciones del viento. En el caso de analizar
una única chimenea, existe una única concentración máxima promedio, representativa de
todas las direcciones :
(Cmáxima/ 8 horas/Dirección(1chimenea) = Cmáxima/ 8
horas).
Cuando se tienen dos o más chimeneas, la Cmáxima/ 8
horas/Dirección proviene del cálculo de la concentración horaria máxima para la
correspondiente dirección de viento.
La concentración máxima de largo plazo es el máximo valor de las Cmáxima/
Largo plazo/ Dirección calculadas anteriormente, y, en los casos que corresponda,
la calculada en los receptores considerados críticos.
IV.3 PRESENTACIÓN DE RESULTADOS.
El informe de E.I.A.A. de esta Etapa I , deberá integrarse a la E.I.A. ( Resolución
S.E. 149/90) y estará organizada según se detalla a continuación:
IV.3.1. CONCENTRACIÓN HORARIA MÁXIMA
Se organiza la información a presentar de manera similar a la
estructura del cálculo. Se distinguen entonces dos situaciones
En caso de analizar una única chimenea se debe consignar la siguiente
información:
-
Valor de la concentración horaria máxima proveniente del aporte relativo de la
chimenea en estudio.
-
Valor de la concentración horaria máxima total (ver punto I.4).
-
La localización (x,y,z) donde se encuentra la concentración horaria máxima.
-
La velocidad de viento para la cual se produce la concentración horaria máxima.
-
La clase de estabilidad para la cual se produce la concentración horaria máxima.
-
La altura efectiva de la chimenea que da origen a la concentración horaria máxima.
Se debe consignar la información del punto anterior para cada una de
las ocho direcciones analizadas.
IV.3.2 CONCENTRACIONES MEDIAS MÁXIMAS
En caso que la legislación fije concentraciones medias de corto plazo
distintas de 1 hora, se presentarán las concentraciones medias máximas de interés
calculadas de acuerdo al punto IV.2.2. En el caso de tener que informar concentraciones de
largo plazo se consignará la concentración máxima para cada una de las ocho direcciones
del viento generada de acuerdo a lo indicado en el punto IV.2.3.
Se consignarán asimismo las concentraciones máximas totales
correspondientes.
IV.3.3. ANEXO DE INFORMACIÓN INTERMEDIA
A efectos de la verificación de los resultados presentados, en la
presentación se deberá agregar un anexo con la siguiente información que se obtiene,
como valores intermedios, a lo largo del proceso de cálculo.
Presentar el perfil de la concentración media horaria vs. distancia a
la base de la chimenea, para las condiciones atmosféricas bajo las cuales se produce la
máxima concentración horaria. La distancia a lo largo de la cual se consigna el perfil
debe ser del orden del doble de la distancia entre la chimenea y el punto de máxima
concentración.
Presentar los ocho perfiles de la concentración media horaria vs.
distancia a lo largo de las semirrectas que unen la chimenea de referencia (el origen de
coordenadas), con los puntos respectivos de máxima concentración horaria para las
condiciones atmosférica bajo las cuales se produce cada una de las mismas. La distancia
deberá consignarse hasta un valor del orden del doble de la distancia entre la chimenea
considerada como centro, y el punto de máxima concentración.
V. ASPECTOS ESPECÍFICOS DE LA ETAPA II
La Etapa II se debe encarar empleando exclusivamente modelos
detallados, los que deberán seleccionarse entre aquéllos incluidos en la versión de la
"Guideline on Air Quality Models, Revised" (referencia 9) actualizada a la fecha
de realización del estudio.
V.1. INFORMACIÓN METEOROLÓGICA DE SUPERFICIE
Para la utilización de estos modelos es necesario disponer de
información meteorológica horaria, adecuadamente consistida, durante un período
suficientemente representativo. Se deberá entonces contar con datos meteorológicos
horarios de superficie en un período no inferior a los 5 años. El Servicio
Meteorológico Nacional realiza un control de la calidad de la información, orientado a
la utilización de los datos para fines climatológicos. Para el estudio de la dispersión
de contaminantes es necesario realizar consistencias más cuidadosas de los datos, según
se detalla en las referencias 1, 2, 5 y 12.
Se deben consignar la estación meteorológica seleccionada, su altura
sobre el nivel del mar y las alturas del termómetro y del anemómetro respecto de la
superficie. Asimismo se debe presentar la metodología seguida para consistir los datos
meteorológicos. De las distintas alternativas que se encuentran en la bibliografía para
calcular las clases de estabilidad, sugerimos aquí dos de ellas: una a partir de datos de
velocidad de viento, radiación solar global y nubosidad nocturna, y otra utilizando datos
de la velocidad de viento, la nubosidad y la altura de las nubes (ver Apéndice VI.2).
Con la información meteorológica horaria empleada en el estudio se
deberá elaborar la Tabla 5. En ella se incluye la matriz de frecuencia relativa de
ocurrencia de una dada combinación intervalo de velocidades de viento - clase de
estabilidad discriminada para cada una de las dieciséis direcciones del viento (N, NNE,
NE, ENE, E, ESE, SE, SSE, S, SSO, SO, OSO, O, ONO, NO, NNO). Los períodos de calma se
consignan al pie.
Tabla 5: Matriz de frecuencias relativas de ocurrencia clases de
estabilidad - velocidad de viento
|
Intervalo de velocidades del
viento (m/s) |
CLASE DE
ESTABILIDAD |
|
(a 10 m de
altura) |
A |
B |
C |
D |
E |
F |
|
v < 2 |
|
|
|
|
|
|
|
2
£ v < 3 |
|
|
|
|
|
|
|
3
£ v < 5 |
|
|
|
|
|
|
|
5
£ v < 6 |
|
|
|
|
|
|
|
v
³ 6 |
|
|
|
|
|
|
Frecuencia de calma:
A los fines de una evaluación rápida de posibles situaciones
conflictivas es conveniente disponer de una matriz resumen de la anterior que indique la
frecuencia relativa de ocurrencia de estabilidad - velocidad de viento para todas las
direcciones de viento en conjunto.
V.2 ALTURA DE LA CAPA DE MEZCLA
Para la evaluación de la altura de la capa de mezcla, se recomienda el
empleo de dos procedimientos alternativos. El primero se basa en los datos
correspondientes a los perfiles de temperatura en función de la altura (referencia 3),
mientras que el segundo evalúa la altura de la capa de mezcla, en base a parámetros
tales como la velocidad de fricción, el parámetro de Coriolis y la longitud de
Monin-Obukhov (referencias 15 y 16).
Para el primer procedimiento se debe contar con datos de radiosondeos
de las estaciones de altura del Servicio Meteorológico Nacional, que se enumeran en el
Apéndice 2, para un período de tiempo coincidente con los datos de la estación de
superficie considerada. Estos datos son válidos para el caso de terreno simple (llano,
sin grandes espejos de agua intermedios) en un radio de aproximadamente 250 km. Los datos
de altura a utilizar son los perfiles de temperatura vs. altura, los que deben ser
consistidos (ver referencia 14) y modificados con los datos de temperatura de superficie
local cuando corresponda. En base a ellos, es posible calcular las alturas de capa de
mezcla correspondientes a la hora y el día en cuestión. La generación de la valores
horarios de la altura de la capa de mezcla se puede realizar utilizando las temperaturas
horarias de superficie locales.
El segundo procedimiento se basa en el cálculo de la altura de la capa
de mezcla a partir de las siguientes expresiones.
Para condiciones atmosféricas neutrales:

Para condiciones atmosféricas inestables:

donde h es la altura de la capa de mezcla, u* es la velocidad de fricción,
L la longitud de Monin-Obukhov, a es un parámetro igual a
0,35, f es el valor absoluto del parámetro de Coriolis, que a su vez se obtiene de la
expresión:

donde
w es la velocidad de rotación terrestre y f es la latitud.
V.3 DETERMINACION DE LAS CONCENTRACIONES DE CONTAMINANTES EN AIRE
V.3.1 CONCENTRACIONES MEDIAS EN LA GRILLA RECEPTORA
Para el período completo de datos meteorológicos y para cada
escenario de emisión propuesto, se calcularán los valores de concentración media en la
grilla receptora, para cada uno de los períodos de promedio requeridos por la
legislación correspondiente.
V.3.2 CONCENTRACIONES MEDIAS PARA PERÍODOS MENORES A UNA HORA
Cuando la legislación en vigencia indica estándares de corto plazo
para períodos menores a una hora, se puede utilizar la expresión indicada en el punto
IV.2.2. para obtener la correspondiente concentración media
V.3.3 VALOR MÁXIMO DE LA CONCENTRACIÓN MEDIA
El valor máximo de la concentración media es el valor supremo de
todas las concentraciones medias calculadas para la grilla de receptores. El valor máximo
de la concentración total media es la suma del valor máximo de la concentración media
calculado y la correspondiente concentración de fondo.
V.4 PRESENTACION DE RESULTADOS
V.4.1 CONCENTRACIONES MÁXIMAS PARA PROMEDIOS DE CORTO PLAZO
-
Para cada contaminante y para cada escenario de emisión, si en ningún caso, el valor
máximo de la concentración total media supera el 80% del correspondiente valor límite
fijado por la normativa en vigencia, sólo se debe consignar la información que a
continuación se detalla.
1. El valor máximo de la concentración media.
2. El valor máximo de la concentración total media.
3. La localización (x,y,z) donde se encuentra el valor máximo de la
concentración media
4. La velocidad del viento para la cual se produce el valor máximo de
la concentración media.
5. La clase de estabilidad a la cual se produce el valor máximo de la
concentración media
6. La altura de la capa de mezcla a la cual se produce el valor máximo
de la concentración media.
-
Para cada contaminante y para cada escenario de emisión propuesto, toda vez que la
concentración total media máxima supere el 80% del correspondiente valor límite fijado
por la normativa en vigencia en por lo menos un punto receptor, se deberá consignar la
siguiente información.
1. La concentración media máxima.
2. La concentración total media máxima.
3. La localización (x,y,z) donde se encuentra la concentración media
máxima.
4. Fecha y período horario de ocurrencia.
5. El área dentro de la cual se supera el 80% del correspondiente
valor límite.
Tabla 6 : Número de ocurrencia de altas concentraciones
|
|
Número de ocurrencias |
|
0,8 CL£ <0,9 CL |
|
|
0,9 CL£ <1,0 CL |
|
|
1,0 CL£ <1,1 CL |
|
|
1,1 CL£ . <1,2 CL |
|
|
³
1,2 CL |
|
CL límite máximo admisible establecido por la legislación
vigente
concentración total media máxima
También se deberá presentar una tabla que contenga el número de
ocurrencias para cada intervalo de altas concentraciones, definidas como aquellas que
superan el 80% del valor límite, según se indica en la Tabla 6. Asimismo se deberá
presentar el número total de ocurrencia de altas concentraciones.
V.4.2 CONCENTRACIONES MÁXIMAS PARA PROMEDIOS DE LARGO PLAZO
Para cada contaminante y para cada escenario de emisión propuesto, se
deberá presentar un mapa de isopletas de concentración.
-
Si en ningún caso, el valor máximo de la concentración total media supera el 80% del
correspondiente valor límite fijado por la normativa en vigencia, sólo se debe consignar
la información que a continuación se detalla.
1. El valor máximo de la concentración media.
2. El valor máximo de la concentración total media.
3. La localización (x,y,z) donde se encuentra el valor máximo de la
concentración media
1. La concentración media máxima.
2. La concentración total media máxima.
3. La localización (x,y,z) donde se encuentra la concentración media
máxima.
4. El área dentro de la cual se supera el 80% del correspondiente
valor límite.
5. El período en el cual se supera el valor límite fijado por la
normativa en vigencia.
También se deberá presentar un resumen del número de ocurrencias de
altas concentraciones, definidas como aquellas que superan el 80% del valor límite, de la
misma manera que lo indicado en la Tabla 6.
APENDICE VI.5 :REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
1. Abbot, P.F., Guidelines on the Quality Control of Surface Climatological Data,
WMO, TD N° 111, 1986.
2. Filippov, V.V., Quality Control Procedures for Meteorological Data, WMO, P.R. N°
26, 1968.
3. Holzworth, G.C.,Mixing Heights, Wind Speeds, and Potential for Urban
Pollution Throughout the Contiguous United States, Office of Air Programs Ap-101, U.S.EPA,
(NTIS PB 207 103), 1972.
4. Irwin, J.S. Estimating Plume Dispersion - A recommended Generalized
Scheme. 4th Symposium on Turbulence, Diffusion and Air Pollution, Reno, Nevada,
EE.UU., 1979.
5. Necco, G.V., El Estudio del Clima sobre la Base de las
Estadísticas. Métodos de Análisis de Series Climáticas. Curso Internacional de
Posgrado en Climatología, Facultad de Ciencias Exactas y Naturales - Universidad de
Buenos Aires, 1984.
6. Robinson, N., Solar Radiation, Elsevier Publishing Company, 1966.
7. Servicio Meteorológico Nacional, Estadísticas Climatológicas 1981
- 1990, Serie B - N° 37, Primera Edición, Buenos Aires, 1992.
8. U.S. Environmental Protection Agency. Compilation of Pollutant
Emission Factors. AP-42, Septiembre 1985.
9. U.S. Environmental Protection Agency. Guideline on Air Quality
Models, Revised, (EPA-450/2-78-027R), Julio 1986.
10. U.S. Environmental Protection Agency. Screening Procedures for
Estimating the Air Quality Impact of Stationary Sources, Revised, (EPA-450/R-92-019),
Octubre 1992.
11. U.S. Environmental Protection Agency. Guideline for Determination
of Good Engineering Practice Stack Height (Technical Support Document for the Stack Height
Regulations), (EPA-450/4-80-023), 1984.
12. U.S. Environmental Protection Agency. SCREEN2 Model Users
Guide (EPA-450/4-92-006), Septiembre 1992.
13. U.S. Environmental Protection Agency. Volatile Organic Compound
(VOC) / Particulate Matter (PM) Speciate Data System, Version 1.5, (EPA-450/4-91-027),
Octubre 1992.
14. Velasco, I. y Necco, G., Aplicación de Métodos Objetivos de
Control de Datos de Radiosondeos en Estaciones Argentinas, GEOACTA, Vol. 11 N°2 (207 -
218), 1982.
15. Zilintinkevich, S.S., On the Determination of The Height of the
Ekman Boundary Layer, Boundary Layer Meteorology, 3 (141 - 145), 1972.
16. Zilintinkevich, S.S., Resistance Laws and Prediction Equations for
the Depht of the Planetary Boundary Layer, Journal Atmospheric Science , 32 (741 - 753),
1975.
17. Guía Metodológica para la Evaluación de Impacto Ambiental
Atmosférico. Unidad de Actividad Química - CNEA. L.Dawidowski,D.Gomez y S.Reich -
Octubre de 1996.
APENDICE VI.1. DESCRIPCIÓN DE LOS CONTAMINANTES A EVALUAR
I.1. ÓXIDOS DE AZUFRE (SOX)
Cerca del 98% en peso de los óxidos de Azufre emitidos corresponden a
dióxido de Azufre (SO2), siendo el resto trióxido de Azufre (SO3).
Durante la dispersión a partir de la fuente emisora, esta proporción cambia debido a la
oxidación del SO2 a SO3, mediante diferentes procesos. También
existe remoción de los óxidos de Azufre por precipitación dependiendo de
diversas condiciones de humedad, intensidad de iluminación, y reacción con otros
compuestos químicos presentes en la atmósfera.
A los efectos regulatorios, se considera únicamente el impacto
asociado a la dispersión de todo el SO2 emitido, sin entrar en consideraciones
sobre su tiempo de residencia en la atmósfera. Es decir se lo considera un compuesto
estable.
I.2. ÓXIDOS DE NITRÓGENO (NOx)
Inmediatamente después del enfriamiento del efluente gaseoso, la mayor
parte de los óxidos de nitrógeno formados, están presentes como monóxido (NO). Esta
especie se oxida a dióxido (NO2) durante su residencia en la atmósfera. A los
efectos regulatorios se adopta el criterio de considerar todos los NOx emitidos
en chimenea como NO2. Cabe mencionar que los factores de emisión adoptados en
los EE.UU. por la agencia regulatoria EPA adoptan el mismo criterio (referencia 8).
I.3. MATERIAL PARTICULADO (MP)
La dispersión de partículas sólidas de tamaño suficientemente
grande como para que sus velocidades de asentamiento resulten significativas, difiere de
la dispersión de tipo gaseoso del material particulado pequeño. Las partículas grandes
se depositan en la superficie por el proceso combinado de la turbulencia atmosférica y el
asentamiento gravitacional. Deberá entonces discriminarse cuando la legislación lo
indique, entre material particulado en suspensión (MPS) y partículas sedimentables.
El material particulado será evaluado independientemente de su
composición química. En los casos en que la legislación vigente así lo requiera
deberá discriminarse de acuerdo a su tamaño entre material particulado total y material
particulado respirable, que corresponde a aquel cuyas partículas tienen un diámetro
inferior a 10 µm, también conocido como PM10.
APÉNDICE VI.2 : CLASES DE ESTABILIDAD ATMOSFÉRICA
El siguiente cuadro sintetiza la definición de las clases de
estabilidad para condiciones diurnas y nocturnas, según la radiación solar incidente,
para todos los rangos de velocidades de viento:
|
|
Día |
Noche (1) |
|
Velocidad del |
Radiación solar
incidente |
|
|
|
viento (m/s) a
10 m de altura |
Fuerte
(mayor que 50 cal/cm2 h) |
Moderada (entre 25 y 50
cal/cm2 h) |
Débil
(menor que 25 cal/cm2 h) |
4/8
£
Nubosidad £ 7/8 |
Nubosidad£
3/8 |
|
< 2 |
A |
A - B |
B |
F |
F |
|
2 - 3 |
A - B |
B |
C |
E |
F |
|
3 - 5 |
B |
B - C |
C |
D |
E |
|
5 - 6 |
C |
C - D |
D |
D |
D |
|
> 6 |
C |
D |
D |
D |
D |
(1) La noche se define como el período desde una hora después de la
puesta de sol, hasta una hora antes de la salida del mismo.
Para cielos totalmente cubiertos, tanto para el día como para la
noche, debe asumirse clase de estabilidad D.
En base a la información de la cantidad y la altura de las nubes, y
calculando el ángulo de elevación solar (referencia 6), se puede calcular el nivel de
radiación solar incidente, como se muestra en el siguiente cuadro.
|
Nubosidad |
Angulo de
elevación solar (a ) |
|
|
60° <
a |
35° <
a £ 60° |
15° <
a £ 35° |
|
Nubosidad
£ 4/8
ó
Nubosidad a más de 4.800m |
Radiación fuerte |
Radiación moderada |
Radiación Débil |
|
5/8
£
Nubosidad £ 7/8
y
Nubosidad entre los 2.100 y los 4.800 m |
Radiación moderada |
Radiación Débil |
Radiación Débil |
|
5/8
£
Nubosidad £ 7/8
y
Nubosidad por debajo de los 2.100m |
Radiación Débil |
Radiación Débil |
Radiación Débil |
APÉNDICE VI.3 : ESTACIONES DE MEDICIÓN DEL SERV. METEOROL. NACIONAL
3.1.- Estaciones de medición de superficie
El Servicio Meteorológico Nacional tiene en sus registros históricos
datos de superficie horarios, tri-diurnos y cuatri-diurnos. Para los análisis de calidad
de aire que se indican en este instructivo, los datos de interés son los horarios. A
partir del año 1992 el SMN realiza un control automático de la calidad en tiempo real
para fines de pronóstico de aquellos datos correspondientes a las estaciones de
observación horaria indicadas en la tabla AP-2.1.
Tabla AP-2.1 Estaciones del SMN de datos horarios con control
automático de la calidad
|
Nombre de la Estación |
Latitud |
Longitud |
Período de datos
disponibles |
|
Tartagal Aero |
22.39 |
63.49 |
51-92 94-96 |
|
Jujuy Aero |
24.23 |
65.05 |
67-92 94-96 |
|
Salta Aero |
24.51 |
65.29 |
49-92 94-96 |
|
Iguazú Aero |
25.44 |
54.28 |
53-92 94-96 |
|
Tucumán Aero |
26.51 |
65.06 |
81-92 94-96 |
|
Santiago del Estero Aero |
27.46 |
64.18 |
49-92 94-96 |
|
Presidencia R.S.Peña Aero |
26.49 |
60.27 |
49-92 94-96 |
|
Resistencia Aero |
27.27 |
59.03 |
64-92 94-96 |
|
Formosa Aero |
26.12 |
58.14 |
62-92 94-96 |
|
Posadas Aero |
27.22 |
55.58 |
51-92 94-96 |
|
La Rioja Aero |
29.23 |
66.49 |
49-92 94-96 |
|
Reconquista Aero |
29.11 |
59.42 |
49-92 94-96 |
|
Paso de los Libres Aero |
29.41 |
57.09 |
52-92 94-96 |
|
San Juan Aero |
31.34 |
68.25 |
66-92 94-96 |
|
Córdoba Aero |
31.19 |
64.13 |
49-92 94-96 |
|
Sauce Viejo Aero |
31.42 |
60.49 |
58-92 94-96 |
|
Paraná Aero |
31.47 |
60.29 |
49-92 94-96 |
|
Concordia Aero |
31.18 |
58.01 |
62-92 94-96 |
|
Mendoza Aero |
32.50 |
68.47 |
49-92 94-96 |
|
San Luis Aero |
33.16 |
66.21 |
49-92 94-96 |
|
Villa Reynolds Aero |
33.44 |
65.23 |
50-92 94-96 |
|
Rio Cuarto Aero |
33.07 |
64.14 |
49-92 94-96 |
|
Marcos Juárez Aero |
32.42 |
62.09 |
53-92 94-96 |
|
Rosario Aero |
32.55 |
60.47 |
49-92 94-96 |
|
Nombre de la Estación |
Latitud |
Longitud |
Período de datos
disponibles |
|
Gualeguaychú Aero |
33.00 |
58.37 |
49-92 94-96 |
|
Malargüe Aero |
35.30 |
69.35 |
49-92 94-96 |
|
San Rafael Aero |
34.55 |
68.24 |
49-92 94-96 |
|
Junín Aero |
34.33 |
60.55 |
58-92 94-96 |
|
San Fernando |
34.27 |
58.35 |
94-96 |
|
Don Torcuato Aero |
34.29 |
58.37 |
63-92 94-96 |
|
El Palomar Aero |
34.36 |
58.36 |
49-92 94-96 |
|
Ezeiza Aero |
34.49 |
58.32 |
49-92 94-96 |
|
Aeroparque Buenos Aires |
34.34 |
58.25 |
49-92 94-96 |
|
Buenos Aires |
34.35 |
58.29 |
49-92 94-96 |
|
Santa Rosa Aero |
36.34 |
64.16 |
51-92 94-96 |
|
Bolívar Aero |
36.12 |
61.04 |
5 al 12 / 89 94-96
|
|
Tandil Aero |
37.14 |
59.15 |
49-92 94-96 |
|
Mar del Plata Aero |
37.56 |
57.35 |
51-92 94-96 |
|
Neuquén Aero |
38.57 |
68.08 |
56-92 94-96 |
|
Bahia Blanca Aero |
38.44 |
62.10 |
49-92 94-96 |
|
Bariloche Aero |
41.09 |
71.10 |
51-92 94-96 |
|
San Antonio Oeste Aero |
40.47 |
65.06 |
91-92 94-96 |
|
Viedma Aero |
40.51 |
63.01 |
67-92 94-96 |
|
Esquel Aero |
42.56 |
71.09 |
49-92 94-96 |
|
Trelew Aero |
43.12 |
65.16 |
49-92 94-96 |
|
Perito Moreno Aero |
46.31 |
71.01 |
49-92 94-96 |
|
Comodoro Rivadavia Aero |
45.47 |
67.30 |
49-92 94-96 |
|
Lago Argentino Aero |
50.20 |
72.18 |
49-92 94-96 |
|
San Julián Aero |
49.19 |
67.47 |
49-92 94-96 |
|
Rio Gallegos Aero |
51.37 |
69.17 |
49-92 94-96 |
|
Usuhaia Aero |
54.48 |
68.19 |
49-92 94-96 |
3..2.- Estaciones de medición de datos de altura
-
Las estaciones de medición de datos de altura del Servicio Meteorológico Nacional
están ubicadas en las siguientes ciudades: Salta , Resistencia , Córdoba , Mendoza ,
Buenos Aires , Santa Rosa , Neuquén , Río Gallegos , Comodoro Rivadavia y Río Grande
APÉNDICE VI.4: SELECCIÓN DE MODELOS
4.1 MODELOS DE SONDEO PARA TERRENO SIMPLE
De los modelos existentes de sondeo para terreno simple, el llamado
SCREEN se adecua al procedimiento adoptado en la etapa 1 (referencias 9, 10 y 12).
4.2 MODELOS DE SONDEO PARA TERRENO COMPLEJO
En el capítulo 5 de la referencia 9 figuran las recomendaciones a
seguir cuando se espera que las condiciones problemáticas estén vinculadas con aquellas
situaciones donde la pluma impacta contra el terreno a alturas que superan la altura de
emisión en condiciones atmosféricas estables. Las recomendaciones mencionadas no
contemplan fenómenos tales como fumigación, cambio en la dirección del viento,
remoción por edificios o inducida por el terreno, precipitación, transformaciones
químicas, trayectorias variables de la pluma y transporte para largas distancias.
La selección de receptores ubicados en un terreno complejo requiere
una atención especial ya que a menudo las altas concentraciones están asociadas a
condiciones muy estables cuando una pluma está cerca o impacta sobre el terreno. En estas
circunstancias la pluma puede ser muy estrecha en el sentido vertical de modo que
pequeñas diferencias en la localización de los receptores pueden afectar
significativamente las concentraciones calculadas.
La tabla AP-3.1 presenta los modelos de sondeo recomendados para
terreno complejo. Estos están organizados de acuerdo a un orden creciente de detalle y,
si bien algunos de ellos pueden emplearse en un rango de situaciones un poco más amplio,
en la tabla se consignan aquellas condiciones para las cuales fueron desarrollados y para
las cuales la agencia EPA de los EE.UU. no pide procedimientos especiales para demostrar
su aplicabilidad. Los modelos VALLEY, COMPLEX, SHORTZ, LONGZ y RTDM deben ser usados
solamente para estimar concentraciones en receptores cuya elevación iguala o supera a la
altura de la fuente de emisión. Para los receptores que se encuentran a una altura menor
a la de la fuente de emisión, debe emplearse un modelo para terreno simple. El modelo
CTSCREEN puede ser empleado para estimar concentraciones en todas las clases de
estabilidad atmosférica para receptores que se encuentran por encima de la fuente de
emisión. El cálculo de concentraciones para aquellos receptores ubicados entre la altura
de la fuente de emisión y la altura media de la pluma deberá ser considerado caso por
caso.
Tabla AP-3.1 (: Modelos de sondeo para terreno complejo
|
Nivel de Detalle |
Período Promedio |
Tipo de Área |
Modelo Recomendado |
|
Primero |
24 horas |
Rural y urbana |
VALLEY(1) |
|
Segundo |
1 hora(2) |
Rural y urbana |
CTSCREEN |
|
|
Corto y largo plazo |
Rural |
COMPLEX |
|
|
Corto plazo |
Urbana |
SHORTZ |
|
|
Largo plazo |
Urbana |
LONGZ |
|
Tercero |
Corto y largo plazo |
Rural |
RTDM (Modo sondeo)
|
(1)
Como alternativa pueden emplearse los
modelos COMPLEX y SCREEN con la opción equivalente al modelo VALLEY.
(2)
El cálculo se basa en concentraciones horarias, se
pueden generar otras concentraciones promedio mediante el empleo de factores tal como se
hace con el modelo SCREEN.
4.3 MODELOS DETALLADOS DE USO PREFERENCIAL
La "Guideline on Air Quality Models" (referencia 9) incluye
alrededor de cuarenta modelos detallados para evaluar la dispersión de contaminantes en
la atmósfera. La propia agencia EPA tuvo a su cargo el desarrollo de alrededor de 10
modelos para ser aplicados en situaciones reguladas en los EE.UU.; asimismo más de 20
modelos, desarrollados fuera de la agencia, fueron puestos a consideración para ser
incluidos en la guía. Estos modelos fueron organizados para su uso en ocho categorías:
rural, urbana, complejo industrial, contaminantes reactivos, fuentes móviles, terreno
complejo, visibilidad, y transporte a larga distancia. Fueron sometidos a un intenso
proceso de evaluación que continúa en la actualidad.
Un modelo es seleccionado como "de preferencia" dentro de
cada categoría cuando, a través del proceso de evaluación, se encuentra que es más
adecuado que los restantes. Los modelos de uso preferencial así seleccionados se incluyen
en el Apéndice A.. Los modelos no recomendados dentro de cada categoría se detallan en
el Apéndice B. se los considera de uso alternativo.
Tabla AP-3.2: Modelos detallados de uso preferencial
|
|
|
|
Tipo de Área |
|
Período Promedio |
Tipo de Fuente |
Terreno |
Rural |
Urbana |
|
Corto plazo |
Única |
Simple |
CRSTER |
RAM |
|
(1 a 24 horas) |
Múltiple |
Simple |
MPTER |
RAM |
|
|
Fuentes complicadas(1) |
Simple |
ISCST |
ISCST |
|
|
Fuentes lineales y puntuales con empuje
térmico en sus emisiones |
Simple |
BLP |
- |
|
|
Fuentes ubicadas sobre el agua cerca de una
costa |
Simple |
OCD |
- |
|
|
Múltiple |
Complejo |
CTDMPLUS |
CTDMPLUS |
|
Largo plazo |
Única |
Simple |
CRSTER |
RAM |
|
(mensual, estacional y
anual) |
Múltiple |
Simple |
MPTER |
CDM ó RAM(2)
|
|
|
Fuentes complicadas(1) |
Simple |
ISCLT |
ISCLT |
|
|
Fuentes lineales y puntuales con empuje
térmico en sus emisiones |
Simple |
BLP |
- |
|
|
Múltiple |
Complejo |
CTDMPLUS |
CTDMPLUS |
(1)
Fuentes complicadas son aquellas que
presentan problemas especiales tales como remoción aerodinámica, precipitación de
partículas, fuentes areales y de volumen.
(2)
Si sólo se modelan unas pocas fuentes en un área urbana debe usarse el
modelo RAM
Las recomendaciones de la guía para la selección de modelos
detallados se enumeran a continuación.
-
Si se requiere de un modelo detallado para un estudio particular, dicho modelo debe ser
seleccionado entre los del Apéndice A. Estos modelos pueden ser empleados sin ninguna
demostración formal de aplicabilidad siempre que se usen de acuerdo a las indicaciones
correspondientes.
-
Los modelos de uso preferencial deben se empleados con las opciones inherentes a su uso
regulador.
4.4 MODELOS DETALLADOS DE USO ALTERNATIVO
Cuando ningún modelo del Apéndice A es aplicable al caso en estudio,
puede emplearse un modelo detallado alternativo siempre que se tengan en cuenta las
siguientes consideraciones.
-
Se debe demostrar que el modelo es aplicable al problema en cuestión.
-
Se debe realizar una evaluación del modelo en base a datos de calidad de aire y los
resultados de dicha evaluación deben demostrar que el desempeño del modelo alternativo
es mejor que el del modelo comparable del Apéndice A.
-
En caso de no existir modelo de preferencia, pero de todas maneras se requiera de un
modelo detallado para llevar a cabo el análisis.
En el Apéndice B de la guía figuran modelos alternativos aplicables a
situaciones especiales. Sin embargo, la inclusión en dicho apéndice no implica ninguna
prioridad frente a otros modelos desarrollados o a ser desarrollados.
A continuación se presenta la lista de los modelos alternativos
incluidos en el Apéndice B de la mencionada guía, aplicables a centrales térmicas de
generación de electricidad.
|
AQDM |
Modelo extendido de calidad
de aire. Modelo estacionario climatológico de pluma gaussiana, que estima las
concentraciones medias aritméticas anuales de SO2 y material particulado a
nivel del suelo en áreas urbanas. |
|
COMPTER |
Modelo estacionario de
pluma gaussiana que calcula concentraciones máximas para 24 horas, 3 horas y 1 hora.
Típicamente se utiliza para áreas rurales con terrenos de levemente ondulados. |
|
IMPACT |
Modelo euleriano
tridimensional diseñado para calcular el impacto de contaminantes inertes o reactivos, en
terreno simple o complejo, emitidos desde fuentes puntuales o de área. |
|
LONGZ |
Modelo gaussiano de largo
plazo, de pluma estacionaria, para áreas urbanas o rurales en terreno simple o complejo. |
|
PPSP |
Modelo gaussiano aplicable
a chimeneas altas en terreno simple, en áreas rurales o urbanas. |
|
3141 y 4141 |
Modelos gaussianos de
estado estacionario para áreas rurales y urbanas,, modificaciones del CRSTER, aplicables
a terreno complejo. |
|
MULTIMAX |
Modelo gaussiano aplicable
a áreas urbanas y rurales, aplicable para calcular las concentraciones más altas y las
segundas más altas, para diferentes tiempos de promedio y para hasta 100 fuentes ubicadas
arbitrariamente. |
|
SCSTER |
Modificación del modelo
CSTER, que permite el tratamiento de fuentes múltiples |
|
PLUME5 |
Modelo gaussiano de estado
estacionario aplicable a áreas urbanas y rurales, para terreno simple, que puede
considerar hasta 10 fuentes de hasta 15 chimeneas cada una, y hasta 500 receptores. |
|
PAL-DS |
Modelo gaussiano para
calcular concentraciones aéreas y deposición de contaminantes no reactivos, para fuentes
puntuales y de área. |
|
RADM |
Modelo de dispersión
lagrangeano que utiliza métodos estocásticos para simular la dispersión atmosférica,
aplicable para fuentes puntuales o de área. Las concentraciones pueden ser calculadas
para cualquier tiempo de promedio. |
|
RPM-II |
Modelo para estimar las
concentraciones de corto plazo de contaminantes primarios y secundarios, provenientes de
fuentes puntuales o de área. |
|
SHORTZ |
Modelo gaussiano de corto
plazo, de pluma estacionaria, para áreas urbanas o rurales en terreno simple o complejo. |
|
TCM-2 |
Modelo gaussiano de estado
estacionario para determinar promedio de largo plazo de contaminantes no reactivos |
|
TEM-8 |
Modelo gaussiano de estado
estacionario para determinar promedio de corto plazo de contaminantes no reactivos |
|
AVACTA II |
Modelo gaussiano para
promedios de corto plazo, que permite simular condiciones de calma, y puede ser utilizado
para contaminantes primarios y secundarios |
|
SDM |
Modelo gaussiano que
calcula el impacto de la pluma en las horas del año que se esperan condiciones de
fumigación, y utiliza el modelo MPTER para el resto de las horas. Puede ser utilizado
para fuentes puntuales ubicadas en el mar, áreas rurales o urbanas, terreno simple, para
distancias menores a 50 km, y para promedios entre 1 hora y 1 año. |
|
WYNDvalley |
Modelo reticulado euleriano
multicapas, que permite flexibilidad en definir los bordes del área a ser modelada, las
condiciones límites de esos bordes, las intensidades y ubicación de las fuentes de
emisión y los vientos y difusividades que afectan la dispersión. Puede ser utilizado
para estimar las concentraciones en los períodos de estancamiento del aire durante 24
horas o más en los valles. |
4.4 DISPONIBILIDAD DE MODELOS
En la Tabla AP-3.3 se enumeran los programas disponibles a través de
la Agencia de Protección Ambiental de los EE.UU. cuyo acceso es público, en calidad de
usuario anónimo, por medio de un servidor con protocolo de transferencia de archivos en
las siguientes direcciones de la red Internet:
ttnftp.rtpnc.epa.gov
ttnbbs.rtpnc.epa.gov
También en la misma dirección es posible acceder a las referencias 8
a 12. Una fuente alternativa para los códigos y la documentación respectiva de estos y
otros modelos es:
Computer Products
National Technical Information Service (NTIS)
U.S. Department of Commerce
Springfield, VA 22161
EE. UU. de Norteamérica
At.: Mildred Johnson
Fax: (1-703) 321 - 8547 Tel: (1-703) 487 - 4753
Tabla AP-3.3: Modelos disponibles a través de Internet - Junio de 1996
|
Modelos de sondeo
|
Modelos de uso preferencial(1)
|
Modelos de uso alternativo(2)
|
|
COMPLEX1 |
BLP |
DEGADIS21 |
|
CTSCREEN |
CALINE3 |
MESOPUFF II |
|
LONGZ |
CDM2 |
PLUVUE II |
|
RTDM |
CTDMPLUS |
RPM IV |
|
SCREEN2, SCREEN3 |
CRSTER |
SDM |
|
SHORTZ |
ISC2, ISC3 |
|
|
VALLEY |
MPTER |
|
|
|
OCD |
|
|
|
RAM |
|
|
|
UAM |
|
(1)
Apéndice A, Referencia 9:
BLP Buoyancy Line and Point Source Dispersion Model
(Modelo de dispersión aplicable a fuentes de tipo punto y línea con empuje térmico)
CALINE3 Dispersion Model for Predicting Air Pollution Levels Near Highways and Arterial
Streets
(Modelo de dispersión para predicción de niveles de contaminación atmosférica en la
vecindad de rutas y autopistas)
CDM2 Climatological Dispersion Model
(Modelo climatológico de dispersión)
CTDMPLUS Complex Terrain Dispersion Model Plus Algorithm for Unstable Situations
(Modelo de dispersión para terreno complejo con algoritmo para situaciones inestables)
CRSTER Single Source Model
(Modelo para fuentes aisladas de tipo punto).
ISC2, ISC3 Industrial Source Complex
(Modelo complejo para fuentes industriales)
MPTER Multiple Point Gaussian Dispersion Algorithm with Terrain Adjustment
(Algoritmo de dispersión Gaussiana para fuentes múltiples con ajuste de terreno)
OCD Offshore and Coastal Dispersion Model
(Modelo de dispersión para emisiones localizadas mar adentro y en zonas costeras)
RAM Gaussian-Plume Multiple Source Air Quality Algorithm
(Algoritmo Gaussiano de calidad de aire aplicable a fuentes múltiples)
UAM Urban Airshed Model
(Modelo de dispersión en celdas urbanas)
(2)
Apéndice B, Referencia 9:
DEGADIS21 Dense Gas Dispersion Model (Modelo de dispersión para gases densos)
MESOPUFF II Mesoscale Puff Model (Modelo de mesoescala para fuentes instantáneas)
PLUVUE II Plume Visibility Model (Modelo de visibilidad de la pluma)
RPM IV Reactive Plume Model (Modelo de dispersión de contaminantes reactivos)
SDM Shoreline Dispersion Model (Modelo de dispersión para fuentes
localizadas mar adentro).
|