Secretaría de Energía
ENERGÍA ELECTRICA - PROCEDIMIENTOS PARA LA PROGRAMACIÓN DE LA
OPERACIÓN, EL DESPACHO DE CARGAS Y EL CÁLCULO DE PRECIOS - MODIFICACIÓN
Resolución (SE) 180/00. Del 5/7/2000. B.O.: 14/7/2000. Energía Eléctrica.
Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el
Cálculo de Precios. Fondo de Estabilización. Precio Estacional de la Energía
para Distribuidores. Modifica la Resolución 137/92 SE.
Bs. As., 5/7/2000
VISTO el Expediente Nº 750-002006/2000 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA,
y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 24.065 define como los objetivos esenciales de la política
nacional en materia de abastecimiento, transporte y distribución de electricidad
la promoción de la adecuada protección de los derechos de los usuarios y la
competitividad de los mercados de producción y demanda de electricidad.
Que el Artículo 36 de la misma ley impone a la SECRETARIA DE ENERGIA dictar una
Resolución con las normas de despacho económico para las transacciones de
energía y potencia en el Mercado Spot, respetando como criterio que los
distribuidores paguen una tarifa uniforme, estabilizada cada NOVENTA (90) días,
medida en los puntos de recepción, que incluya el precio spot a generadores y
los costos de transporte entre los puntos de suministro y recepción.
Que en cumplimiento de tales disposiciones se aprobó mediante Resolución ex
SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Nº 61 del 29 de abril de 1992 y sus similares
modificatorias los "Procedimientos para la Programación de la Operación, el
Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista" la
metodología para la definición del Precio de Mercado, el que, afectado por los
factores de nodo, permite definir para cada distribuidor el precio estacional de
compra del distribuidor que se traslada a los usuarios finales.
Que el Factor de Nodo Estacional (FNE) de un distribuidor se calcula sobre la
base de la operación prevista del sistema para la estación siguiente y, por
tanto, depende de las hipótesis asumidas en tal previsión.
Que con la evolución del mercado se advierte la conveniencia de corregir el
apartamiento entre el monto que paga un distribuidor por sus compras de energía
en el Mercado Spot al precio estabilizado y el que le hubiera correspondido
valorizando la energía según el factor de nodo real en su nodo de compra.
Que la compensación del apartamiento, cuando corresponda, se hará efectiva en la
fijación del precio estacional del distribuidor para el período estacional
siguiente al que se hubiera registrado tal apartamiento, incrementando, dentro
de los principios regulatorios legalmente impuestos, la equidad en los
mecanismos de socialización de los costos contenidos en la normativa vigente.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por
el Artículo 37 de la Ley Nº 15.336, los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065 y
el Artículo 8º del decreto Nº 186 del 25 de julio de 1995.
Por ello,
EL
SECRETARIO DE ENERGIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Sustituir el título y texto de los puntos 2.4.5. "FONDO DE
ESTABILIZACIÓN", y 2.4.6. "PRECIO ESTACIONAL DE LA ENERGÍA PARA DISTRIBUIDORES"
de los "Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de
Cargas y el Cálculo de Precios" (LOS PROCEDIMIENTOS) aprobados como Anexo I de
la Resolución de la ex-SECRETARIA DE ENERGIA Nº 137 del 30 de noviembre de 1992
y sus modificatorias y complementarias por el texto de igual numeración y
denominación que se incluye en el Anexo I que forma parte de la presente
Resolución.
Art. 2º — La presente Resolución entrará en vigencia desde su publicación en el
Boletín Oficial.
Art. 3º — Notifíquese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA
ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) y al ENTE REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE).
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese.
ANEXO (formato PDF) -
Puntos
2.4.5. "FONDO DE ESTABILIZACIÓN", y 2.4.6. "PRECIO ESTACIONAL DE LA ENERGÍA PARA
DISTRIBUIDORES" de los "Procedimientos para la Programación de la Operación, el
Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios" (LOS PROCEDIMIENTOS)