Ecofield.com.ar - Manejo del Fuego -  Ley N° 27.353.

 

Argentina, Política Ambiental / Manejo del Fuego 

- modifica y/o complementa a: ley 26815.

- modificada y/o complementada por: decreto 346/17 PEN (promulgación).

Poder Ejecutivo Nacional

MANEJO DEL FUEGO – SISTEMA FEDERAL DE MANEJO DEL FUEGO – BOSQUES NATIVOS

Ley N° 27.353. Sanción: 26/4/2017. Promulgación: 18/5/2017. B.O.: 19/5/2017. Manejo del Fuego. Incendio de superficie de Bosques Nativos. Modifica Ley N° 26.815.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1°— Incorpórase al capítulo IV de la ley 26.815, de Manejo del Fuego - Sistema Federal de Manejo del Fuego, el siguiente artículo:

Artículo 22 bis: En caso de incendios de superficies de bosques nativos, cualquiera sea el titular de los mismos, no podrán realizarse modificaciones en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio, de acuerdo a las categorías de conservación asignadas por el ordenamiento territorial de los bosques nativos de la jurisdicción correspondiente, elaborado conforme a la ley 26.331. Los bosques no productivos abarcados por la ley 13.273 serán asimismo alcanzados por la restricción precedente.

ARTÍCULO 2°— Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

— REGISTRADA BAJO EL N° 27353 —

Poder Ejecutivo Nacional

MANEJO DEL FUEGO – SISTEMA FEDERAL DE MANEJO DEL FUEGO – LEY 26.815 – PROMULGACION

Decreto (PEN) 346/17. Del 18/5/2017. B.O.: 19/5/2017. Manejo del Fuego. Sistema Federal de Manejo del Fuego. Promulgación de la Ley N° 27.353, sancionada por el Honorable Consejo de la Nación en su sesión del día 18 de Mayo de 2017.

Ciudad de Buenos Aires, 18/05/2017

En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCION NACIONAL, promúlgase la Ley Nº 27.353 (IF-2017-09228944-APN-MAD), sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION en su sesión del día 26 de abril de 2017.

Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y comuníquese al MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE. Cumplido, archívese.

 

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