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Subsecretaría de Trabajo y
Seguridad Social
CALDERAS Y AFINES -
GENERADORES DE VAPOR - INSPECCION TECNICA - REGISTRO
Resolución (SSTySS)
2136/02. Del 2/7/2002. B.O.: 12/7/2002. Registro de calderas y afines.
Obligación del responsable jurídico o del propietario de calderas o
generadores de vapor de solicitar la inspección técnica que habilite su
funcionamiento y la inscripción en aquel registro antes de su
utilización.
Art. 1° - (texto art. s/
resolución 1066/06 SSTySS) Antes de
poner en marcha las calderas o generadores de vapor, el propietario o
responsable jurídico de los mismos, deberá al momento de iniciar el
trámite, acompañar la Habilitación Municipal de las instalaciones en
donde se encuentren los equipos. En el supuesto de aparatos sometidos a
presión interna que requieran el uso de gas para su encendido, deberán
acompañar la habilitación correspondiente emanada del organismo de
contralor. Munido de dicha documentación, deberá mediante nota solicitar
la inspección técnica que habilite su funcionamiento y la
inscripción en el Registro de Calderas y Afines, adjuntando el
formulario que como Anexo I forma parte de la presente.
Art. 2° - Presentada la
solicitud por Mesa de Entradas del Organismo, se formará expediente que
será girado a la División Inspección y Vigilancia, sección Higiene y
Seguridad. Ingresado el Expediente los Inspectores controlarán el
cumplimiento de las formalidades requeridas por el Dcto. 5475/71, la
presente y concordantes, emplazando al solicitante a que subsane las
omisiones en que pudiere haber incurrido en el término de cinco (5) días
hábiles. Cumplidos los requisitos se procederá a la realización de la
inspección técnica pertinente a través del Organismo, verificando la
procedencia de la habilitación.
Art. 3° - Cumplidas las
exigencias del Dcto. 5475/71 y cctes. el Organismo otorgará la
autorización habilitando la puesta en marcha de las calderas y aparatos
afines y extenderá la correspondiente certificación por Resolución de
esta Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social.
Art. 4° - En la sección
Higiene y Seguridad de la División Inspección y Vigilancia funcionará el
Registro de Calderas y Afines, el que se formará en libro rubricado y
foliado en el que constará la lista de calderas que funcionan en los
distintos establecimientos de la Provincia y sus especificaciones
conforme a los antecedentes que obren en los expedientes por los que se
hubiere peticionado la solicitud de habilitación, atendiendo al
Formulario oportunamente presentado a dichos efectos.
Art. 5° - Creáse a cargo de
la sección Higiene y Seguridad de la División Inspección y Vigilancia el
Registro de Calderistas, en el que deberán inscribirse quienes pretendan
desempeñarse como tales. A estos efectos los aspirantes deberán
solicitar por nota en Mesa de entradas la inscripción, acompañando
constancias que acrediten los siguientes requisitos:
a) ser mayor de 21 años,
b) poseer enseñanza primaria
completa,
c) certificado médico de
examen psicofísico laboral que acredite que el aspirante no padece
dolencias físicas o síquicas adquiridas o congénitas que dificulten o
entorpezcan su desempeño, y que goza de buena salud,
d) certificado de buena
conducta,
f) certificado de
capacitación para las funciones inherentes al manejo de calderas y
aparatos sometidos a presión.
Ingresada la petición se
formará expediente que será girado a la sección de higiene y seguridad,
División Inspección y Vigilancia, en donde los inspectores actuantes
fiscalizarán el cumplimiento de todas las formalidades, emplazando en
cinco (5) días a subsanar aquellas omisiones en que se hubiere
incurrido. Cumplidos los requisitos antes mencionados, se citará al
aspirante a fin de que preste el examen teórico-práctico cuyo contenido
determina el Dcto. 5475/71 por ante la sección Higiene y Seguridad de la
Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social, debiendo ser notificado con
una antelación no menor a cinco (5) días hábiles a la fecha determinada
para el examen. Aprobado que sea el examen, la sección Higiene y
Seguridad, informará acerca de la procedencia de la habilitación e
inscripción, elevando el mismo a consideración de la Dirección de
Asuntos Jurídicos y Técnicos, la que oportunamente girará la pieza
administrativa para Resolución de la Subsecretaría de Trabajo y
Seguridad Social. Emitida la resolución que ordena la habilitación e
inscripción de la misma se tomará razón en el registro de calderistas,
con notificación al interesado, expidiendo certificado que acredite la
inscripción correspondiente.
Art. 6° - En relación a los
responsables técnicos de los establecimientos, conforme a la legislación
vigente, deberán acreditar mediante certificado expedido por Consejo
Profesional la idoneidad técnica específica en la materia, debiendo
inscribirse en el Registro regulado por Resolución 319/92/STSS, y en su
caso adjuntar a la inscripción que ya detentaran las constancias que
acrediten haber adquirido dicha especialización. Los responsables
técnicos, o en su caso, los propietarios, administradores o quienes de
algún modo sean responsables del establecimiento, deberán comunicar a la
Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social las reparaciones o montajes
de importancia en las calderas, que hagan necesaria la presencia de un
Inspector de la repartición para el control técnico pertinente. De igual
manera los mencionados deberán solicitar cada dos años la repetición de
prueba hidráulica tal como lo determina el art. 8 del Dcto. 5475/71,
bajo apercibimiento de que al vencimiento de dicho término caducará
automáticamente la autorización otorgada. Igual obligación les compete
en los supuestos estipulados por el art. 9 del citado cuerpo legal, bajo
apercibimiento de caducidad de la autorización anteriormente otorgada.
La renovación de la prueba hidráulica será certificada por el Inspector
actuante del Organismo, visado por la Subsecretaría de Trabajo y
Seguridad Social, tomando razón de las mismas en el Registro de
Calderas, a fin de controlar el cumplimiento del Decreto Provincial
antes mencionado.
Art. 7° - Las presentaciones
que a consecuencia de la presente se realicen en las Delegaciones
departamentales deberán ser giradas a la Sede Central de la
Subsecretaría de Trabajo, a efectos de cumplir el procedimiento antes
mencionado, hasta tanto las Delegaciones reúnan las condiciones
suficientes para cumplir las funciones pertinentes, dictándose
oportunamente resolución que en tal sentido las autorice.
Art. 8° - Los Registros
creados por la presente deberán ser rubricados por el Jefe de la
División Inspección y Vigilancia, guardando en todo momento las
prescripciones que en relación a foliatura y conservación determina la
Ley 3909.
Art. 9° - De forma.
ANEXO I - RES. 2136/01/STSS
N°00000000001
SOLICITUD DE INSPECCION
TECNICA E INSCRIPCION DE CALDERA
RESPONSABLE JURIDICO DE LA
CALDERA:
PROPIETARIO (............)
ADMINISTRADOR DE CONSORCIO (............) OTROS (............)
NOMBRE Y APELLIDO DEL
PROPIETARIO: .........................................................
DOMICILIO REAL:
...................................................................................................
DOCUMENTO DE IDENTIDAD:
..............................................................................
OBSERVACIONES:
.................................................................................................
..................................................................................................................................
ESPECIFICACIONES DE LA
CALDERA:
MARCA Y PROCEDENCIA:
....................................................................................
..................................................................................................................................
CLASE DE CALDERA:
FIJA (............) VERTICAL
(............) HUMOTUBULAR (............) COMBINADA (............)
LOCOMOVIL (............)
HORIZONTAL (............) ACUOTUBULAR (............)
AÑOS DE USO: ............
SUPERFICIE DE CALEFACCION: ............ M2/POTENCIA: ........ H.P.
LUGAR EN DONDE SE ENCUENTRA
UBICADA: ..............................................
..............................................................................................................................
APARATOS DE SEGURIDAD QUE
POSEE: ......................................................
..............................................................................................................................
..............................................................................................................................
USO A QUE ESTA DESTINADA:
CALEFACCION (............)
VAPORIZACION (............) FUERZA MOTRIZ (............)
OBSERVACIONES:
............................................................................................
..............................................................................................................................
RESPONSABLE TECNICO:
NOMBRE Y APELLIDO:
......................................................................................
DOMICILIO REAL:
..............................................................................................
DOCUMENTO DE IDENTIDAD:
............MATRICULA: .......................................
INSCRIPCION RES. 319/92:
............CERTIFICACION CONSEJO PROFESIONAL (............)
CALDERISTAS:
NOMBRE Y APELLIDO:
......................................................................................
DOMICILIO REAL:
...............................................................................................
DOCUMENTO DE IDENTIDAD:
............AUTORIZACION RES./STSS: .............
CERTIFICACION CAPACITACION:
....................................................................
NOMBRE Y APELLIDO:
.......................................................................................
DOMICILIO REAL:
................................................................................................
DOCUMENTO DE IDENTIDAD:
............AUTORIZACION RES./STSS: ..............
CERTIFICACION CAPACITACION: :
...................................................................
FIRMA:
.................................................................................................................
ACLARACION: :
...................................................................................................
DOCUMENTO DE IDENTIDAD:
..........................................................................
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