|
|
|
| |
| ecofield |
ecofield
ecofield
|
Dirección Provincial de Recursos Hídricos RECURSOS HIDRICOS - CLASIFICACIÓN DE USOS INDUSTRIALES Disposición (DPRH) 54/09. Del 28/4/2009. B.O.: 8/5/2009. Reemplázase el Anexo II de la Disposición DPRH Nº 186/06 “Clasificación de Usos Industriales”, por el Anexo I de la presente. Neuquén, 28 de abril de 2009 VISTO: El Expediente Nº 4807- 001046/09 del Registro de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de la Secretaría de Recursos Naturales, a través de la cual se tramita la modificación de la Clasificación de Usos Industriales y de sus coeficientes asociados; y CONSIDERANDO: Que por Decreto 2313/08 se fija el valor del Canon Básico para uso y aprovechamiento de aguas públicas con fines industriales, a partir de enero del año 2008, en la suma de treinta y cinco centavos de pesos ($0.35) por metro cúbico extraído o concesionado; Que si bien la actualización realizada del valor del Canon Básico se efectuó en virtud de la notoria alteración de la totalidad de las variables económicas ocurridas desde el año 1998, momento en que se había fijado el valor anterior; Que surge necesario efectuar un reagrupamiento de las actividades industriales en función de los requerimientos de control que requieren las mismas, habida cuenta de la complejidad de los procesos, los peligros potenciales de contaminación a los recursos hídricos involucrados relacionados con las características y/o insumos del proceso, o de la sensibilidad del entorno; Que a su vez se está propiciando la compatibilización de tramitaciones y exigencias a cumplimentar, con las otras jurisdicciones de las cuencas hídricas involucradas y que integra la Provincia del Neuquén; Que de mantenerse los valores de los coeficientes asociados con los distintos usos industriales actualmente vigentes, surgen diferencias significativas en los valores a abonar por metro cúbico consumido en las distintas jurisdicciones, por lo cual se considera necesario tender a su compatibilización, exceptuando aquellas situaciones en que la Provincia involucrada haya establecido un valor “simbólico”, tendiente a su promoción; Que el Artículo 5º del Decreto 2714/02 delega en la Autoridad de Aplicación del Código de Aguas, la facultad de aprobar la metodología de cálculo del canon, definir el precio por unidad de medida y fijar la fecha de vencimiento de las obligaciones de pago por el uso de aguas públicas con fines industriales; Por ello, y en uso de sus atribuciones: LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS DISPONE: Artículo 1º: Reemplázase el Anexo II de la Disposición DPRH Nº 186/06 “Clasificación de Usos Industriales”, por el Anexo I de la presente. Artículo 2º: De forma. ANEXO I CLASIFICACIÓN DE LOS USOS INDUSTRIALES Y COEFICIENTE U .1 . Refrigeración Industrial U 1.1. Refrigeración consuntiva 0,4 U 1.2. Refrigeración de bajo consumo 0,25 U 1.3. Refrigeración no consuntiva con retorno a la fuente de origen y/o equivalente, quedando el agua captada a disponibilidad de otros usuarios sin perder su aptitud 0,10 U .2 .- Exploración Hidrocarburífera U 2.1 Perforación de pozos exploradores y productores 1 U .3.- Explotación Hidrocarburífera: U 3.1 Inyección para Recuperación Secundaria 1 U 3.2 Plantas de Tratamiento Gas/ Petróleo 1 U 3.3 Refrigeración 0,8 U 3.4 Otros Usos en Instalaciones Hidrocarburíferas 1 U .4.- Industrias Alimenticias U 4.1 Industrias Alimenticias tipo I (conservas, sidra, jugos, bodegas, mataderos y frigoríficos, lácteas, piscifactorías, chocolaterías) 0,40 U 4.2 Industrias Alimenticias tipo II (frigoríficos de fruta, empaque, deshidratadoras de frutas y verduras, moliendas de fruta) 0,40 U 4.3 Industrias Alimenticias tipo III (criaderos de cerdos y aves, chacinados, galletitas y alfajores, fideos, alimentos balanceados) 0,40 U 4.4 Industrias Alimenticias tipo IV (agua, agua gasificada, soda y equivalentes) 2,7 U .5.- Otros Usos U 5.1 Industrias Químicas 0,60 U 5.2 Industrias Metalúrgicas 0,60 U 5.3 Curtiembres, Saladeros y Lavaderos de Lana 0,60 U 5.4 Industrias Papeleras y de Pulpa Moldeada 0,60 U 5.5 Servicio Automotor, Talleres Mecánicos y Electromecánicos 0,60 U 5.6 Laboratorios Fotográficos 0,60 U 5.7 Fabricas de Cerámicos, Mosaicos y Bloques 0,50 U 5.8 Lavaderos de Botellas y Trapos 0,60 U 5.9 Otras Industrias no Clasificadas 1 |
|
-o- |
|
|