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Poder Legislativo Provincial
TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL –
MODIFICA LEY 2178
Ley N° 3.126. Sanción: 28/6/2018. Promulgación:
20/7/2018. B.O.: 3/8/2018. Tránsito y Seguridad Vial. Circulación con
niños menores de 12 años. Condiciones.
POR CUANTO:
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
NEUQUÉN SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º: Se incorporan los Artículos 12, 13, 14 y 15
a la Ley 2178 -de adhesión a la Ley nacional 24449, de Tránsito-, los
que quedan redactados de la siguiente manera:
“Artículo 12: Se prohíbe circular en automotor o en
cualquier otro medio de transporte particular con niños o niñas menores
de doce (12) años, ya sea en brazos o con el cinturón de seguridad
puesto, en los asientos delanteros.
Artículo 13: Los niños y niñas menores de doce (12) años
de estatura igual o menor a uno coma cincuenta (1,50) metros, deben
utilizar un sistema de retención infantil en el asiento trasero, que se
adecue a su peso y altura, y que, asimismo, debe estar homologado según
las normas IRAM 3680-1, 3680-2 y 3680-3 (República Argentina), Unecer
44/04 (Unión Europea), FMVSS213 (Estados Unidos de América), AS/NZS 1754
(Mancomunidad de Australia/Nueva Zelanda) e Inmetronbr 14.400 (República
Federativa de Brasil).
Artículo 14: El Poder Ejecutivo, a través del organismo
correspondiente, debe establecer, por vía reglamentaria, las excepciones
y exigencias correspondientes a los Artículos 12 y 13 de la presente
ley.
Artículo 15: La autoridad de aplicación, en materia de
comprobación de las contravenciones que se generen por el incumplimiento
de los Artículos 12 y 13 de esta norma, debe proceder según el Artículo
3º de la presente ley”.
Artículo 2º: El Poder Ejecutivo, a través del área
correspondiente, debe difundir y concientizar a la población acerca del
uso de los sistemas de retención infantil.
Artículo 3º: Se invita a los municipios de la Provincia
a adecuar la normativa en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones.
Artículo 4º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
Provincial del Neuquén, a los veintiocho días de junio de dos mil
dieciocho.
Poder Ejecutivo Provincial
Decreto (PEP) 1072/18. Del 20/7/2018. B.O.: 3/8/2018.
Promulga la Ley N° 3.126. |