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Poder Legislativo Provincial
DEFENSA DEL CONSUMIDOR –
AUTORIDAD DE APLICACIÓN LEYES
19511 y 24240 – MODIFICACION LEY 2268
Ley N° 3.211. Sanción: 30/10/2019. B.O.: 8/11/2019.
Defensa del Consumidor. La Dirección Provincial de Protección al
Consumidor es autoridad de aplicación de las Leyes nacionales 19511 y
24240, y sus modificatorias, y del Decreto de Necesidad y Urgencia
274/19, de Lealtad Comercial, con las particularidades de la presente
ley”.
POR CUANTO:
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN SANCIONA CON
FUERZA DE LEY:
Artículo 1º: Se modifica el artículo 3º de la Ley 2268,
de adhesión a la Ley nacional 24240 Defensa del Consumidor, el que queda
redactado de la siguiente manera:
“Artículo 3º: La Dirección Provincial de Protección al
Consumidor, dependiente del Ministerio de Ciudadanía, o el organismo que
la remplace, es autoridad de aplicación de las Leyes nacionales 19511 y
24240, y sus modificatorias, y del Decreto de Necesidad y Urgencia
274/19, de Lealtad Comercial, con las particularidades de la presente
ley”.
Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
Provincial del Neuquén, a los nueve días de octubre de dos mil
diecinueve. |