ECOFIELD - Provincias - Neuquén, Argentina - Ley N° 3.425.

 

 

Provincias, Neuquén (Argentina)

- modifica y/o complementa a: ley 2044.

- modificada y/o complementada por:

Poder Legislativo Provincial

TRABAJO - TASAS - MODIFICA LEY 2044

Ley N° 3.425. Sanción: 17/2/2024. B.O.: 06/3/2024. Trabajo. Modifica la Ley 2044. Tasas a abonar por los servicios que preste la Subsecretaría de Trabajo.

POR CUANTO:

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1°: Se modifica el artículo 1° de la Ley 2044, el que queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 1°: Los servicios que preste la Subsecretaría de Trabajo o la que en el futuro la reemplace, previstos en las leyes nacionales, provinciales, decretos y resoluciones y/o los que en el futuro establezca la autoridad de aplicación abonarán una tasa de conformidad a las disposiciones de la presente ley”.

Artículo 2º: Se modifica el artículo 3° de la Ley 2044, el que queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 3°: Los servicios enunciados en el artículo 1° abonarán las siguientes tasas, determinadas en la unidad de medida jus, vigente al momento de la liquidación correspondiente, de acuerdo al valor que establece mediante Acuerdo del Tribunal Superior de Justicia de la provincia del Neuquén: 

a) En el caso de que se presenten hojas móviles para rubricar el valor de la tasa, se fijará en 0,5 jus por cada 50 hojas. A partir de la hoja 51 la tasa se aumentará en 0,25 jus por cada 50 hojas.

b) Rúbrica del libro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ................................................... 1,5 jus

c) Rúbrica del libro de contaminantes ......................................................................................................... 1,5 jus

d) Inscripción en el Registro de Obras en Construcción ................................................................................ 1,5 jus

e) Inscripción en el Registro Provincial de Médicos Especialistas en Medicina Laboral .........................………… 5 jus

f) Inscripción en el Registro Provincial de Graduados Universitarios en Seguridad e Higiene …............................ 3 jus

g) Inscripción en el Registro Provincial de Técnicos en Seguridad e Higiene ........................................…….…... 3 jus

h) Visado de exámenes pre y posocupacionales .………………...………………………………………….........… 0,25 jus

i) Pago a terceros (por cada orden de pago) ................................................................................................ 0,5 jus

j) Certificaciones de firmas en DDJJ............................................................................................................. 0,5 jus

k) Inscripción en Registro Especial ................................................................................................................ 3 jus

l) Certificación de antecedentes ..................................................................................................................... 3 jus

m)Rúbrica libreta de trabajo ........................................................................................................................ 0,5 jus

n) Registración de empleadores:

Las empresas que posean de 1 a 5 trabajadores abonarán la suma de 1 jus.

Las empresas que posean de 6 a 10 trabajadores abonarán la suma de 2 jus.

Empresas a partir de 11 trabajadores abonarán 5 jus.

ñ) Autorización para la participación de niñas y niños menores de 16 años en representaciones artísticas …....... 2 jus

Para el caso de homologaciones de acuerdos transaccionales se establecerá que el pago de la tasa será equivalente al 2% del monto total del acuerdo.

El mínimo por dicho servicio será de 1 jus.

Los servicios no detallados en el presente o que en el futuro los reemplacen podrán ser reglamentados por la autoridad de aplicación, la que además fijará el valor de la tasa que deberá abonarse por dicho concepto”.

Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura Provincial del Neuquén, a los diecisiete días de febrero de dos mil veinticuatro.

Registrada bajo número: 3425

Neuquén, 04 de marzo de 2024.

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese y dese al Registro y Boletín Oficial y archívese.

DECRETO Nº 0205/2024.

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