|
- modificada y/o complementada por: derogada por resolución 88/17 MAyDS |
Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable RESIDUOS PELIGROSOS - CERTIFICADO AMBIENTAL ANUAL Resolución (SRNyDS) 185/99. Del 15/3/1999. B.O.: 22/3/1999. Residuos Peligrosos. Establécense los requisitos para la obtención del Certificado Ambiental Anual para Operadores con equipos transportables. Anexos. Artículo 1º - Se consideran Operadores con equipos transportables a aquellos cuya tecnología y equipamiento les permitan instalarse en el predio del Generador, por un tiempo determinado, a los fines del tratamiento "in situ" de los residuos peligrosos. Art. 2º - Para la obtención del Certificado Ambiental Anual el Operador con equipos transportables deberá presentar a esta SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION una declaración jurada, debiendo completar en su aspecto técnico lo indicado en el Anexo I, que forma parte de la presente resolución. Art. 3º - Para el tratamiento de los residuos peligrosos, el Generador y el Operador con equipos transportables deberán presentar en forma conjunta una memoria descriptiva del trabajo a realizar, según lo indicado en el Anexo II, que forma parte de la presente resolución. Art. 4º - Las actuaciones referentes a los pedidos de aprobación de operaciones (Anexo II) se archivarán en el expediente del Generador, quien deberá presentar el Registro de Operaciones Permanentes y un Informe de Cierre de las Operaciones, según lo indicado en el Anexo III, que forma parte de la presente resolución. Art. 5º - La SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION podrá requerir información técnica complementaria cuando a su juicio resulte necesaria. Art. 6º - La documentación requerida en la presente resolución no obsta la presentación de la documentación de orden legal especificada en el artículo 34 de la Ley 24.051. Art. 7º - De forma. Anexo I REQUISITOS PARA LA OBTENCION DEL CERTIFICADO AMBIENTAL ANUAL PARA OPERADORES CON EQUIPOS TRANSPORTABLES
Anexo II REQUISITOS PARA LA OBTENCION DE LA APROBACIÓN DE LA OPERACIÓN "IN SITU" A - Administrativos
B - Técnicos
Anexo III INFORME DE CIERRE DE LAS OPERACIONES Deberá contener:
|
|
-o- |