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Oficina Nacional de
Control Comercial Agropecuario
PRODUCCION DE PORCINOS -
CLASIFICACION OFICIAL - SELLOS INDENTIFICATORIOS
Disposición (ONCCA)
1988/05. Del 20/5/2005. B.O.: 24/5/2005. Apruébase el modelo de sellos
identificatorios de la Clasificación Oficial u porcentaje magro de reses
porcinas, establecido por la Resolución Nº 144/2005 de la Secretaría de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.
Bs. As., 20/5/2005
VISTO el Expediente Nº
S01:0061953/2005 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,
PESCA Y ALIMENTOS, la Ley Nº 21.740, el Decreto Nº 1343 de fecha 27 de
noviembre de 1996, la Resolución Nº 400 de fecha 31 de julio de 2001 de
la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del ex
– MINISTERIO DE ECONOMIA y la Resolución Nº 144 de fecha 16 de marzo de
2005 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y,
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 1º de la
citada Resolución Nº 144/2005 instituyó el sistema de Clasificación
Oficial de reses porcinas de cumplimiento obligatorio para todos los
establecimientos faenadores de la especie mencionada, contemplando,
además, sus respectivas categorías comerciales y siglas identificatorias.
Que a los efectos de su
implementación y su estandarización se hace necesario establecer las
especificaciones a que deberán ajustarse los nuevos sellos de
clasificación destinados a ser estampados en las reses porcinas por los
operadores habilitados.
Que la Coordinación Jurídica
de esta Oficina Nacional ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es
competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo
dispuesto por Decreto Nº 1343 de fecha 27 de noviembre de 1996 y en la
Resolución Nº 835 de fecha 16 de diciembre de 1996 de la ex-SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION del entonces MINISTERIO
DE ECONOMIA Y DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
DISPONE:
Artículo 1º — Apruébase el
modelo de sellos identificatorios de la Clasificación Oficial u
porcentaje de magro de reses porcinas establecido por el artículo 1º de
la Resolución Nº 144 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y
ALIMENTOS de fecha 16 de marzo de 2005 que, identificado como Anexo,
forma parte de la presente Disposición.
Art. 2º — Los
establecimientos faenadores de la especie porcina deberán disponer de
los sellos por la presente aprobada a los efectos de proceder con la
clasificación y/o tipificación establecida mediante Resolución Nº
144/2005 mencionada.
Art. 3º — El incumplimiento
de lo normado precedentemente hará pasible a los infractores de la
aplicación de las sanciones previstas en el Capítulo IX de la Ley Nº
21.740.
Art. 4º — La presente
Disposición comenzará a regir a partir de los DIEZ (10) días al de su
publicación en el Boletín Oficial.
Art. 5º — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Marcelo H. Rossi.
ANEXO

(Nota Ecofield: por art. 3°
de la Resolución N° 1626/2010 de la
Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario B.O. 14/6/2010 se
incorpora al presente anexo, un sello con la sigla "MEI" de iguales
dimensiones que el establecido para las categorías Chanchas y Capones.
Vigencia: desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial y tendrá UN (1) año de vigencia contados a partir de esa fecha)
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