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Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
SANIDAD ANIMAL Y VEGETAL - CONTROLES
FITOSANITARIOS
Resolución (SENASA) 135/26. Del 10/2/2026. B.O.: 11/2/2026. Sanidad
Animal y Vegetal. Puestos de Control Zoofitosanitario Interno.
Aprobación. Abroga la Resolución 532/07 SENASA.
Ciudad de Buenos Aires, 10/02/2026
VISTO el Expediente N° EX-2026-12653654- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley N°
27.233; los Decretos Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus
modificatorios; la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del
10 de diciembre de 2018 y sus modificatorias; las Resoluciones Nº 532
del 24 de agosto de 2007 y 402 del 10 de septiembre de 2014, ambas del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.233 se declara de interés nacional la sanidad de
los animales y los vegetales, así como la prevención, el control y la
erradicación de las enfermedades y de las plagas que afecten la
producción silvoagropecuaria nacional, la flora y la fauna, la calidad
de las materias primas producto de las actividades silvo-agrícolas,
ganaderas y de la pesca, la producción, inocuidad y calidad de los
agroalimentos, los insumos agropecuarios específicos y el control de los
residuos químicos y contaminantes químicos y microbiológicos en los
alimentos y el comercio nacional e internacional de dichos productos y
subproductos.
Que, en tal sentido, el Artículo 3° de la referida ley establece la
responsabilidad primaria e ineludible de los actores de la cadena
agroalimentaria de velar y responder por la sanidad, inocuidad, higiene
y calidad de su producción, de conformidad con la normativa vigente,
extendiendo dicha responsabilidad a quienes produzcan, elaboren,
fraccionen, conserven, depositen, concentren, transporten,
comercialicen, expendan, importen o exporten animales, vegetales,
alimentos, materias primas, aditivos alimentarios, material
reproductivo, alimentos para animales y sus materias primas, productos
de la pesca y otros productos de origen animal y/o vegetal, que actúen
en forma individual, conjunta o sucesiva, en la cadena agroalimentaria.
Que, de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 5° de la referida
norma, el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA)
es la autoridad de aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y
controlar el desarrollo de las acciones allí previstas.
Que, a los fines del cumplimiento de las responsabilidades que le fueran
asignadas en la aludida ley, el SENASA tiene las competencias y las
facultades que específicamente le otorga la legislación vigente,
encontrándose facultado, asimismo, para establecer los procedimientos y
los sistemas para el control público, adecuando los sistemas de
fiscalización y certificación higiénico-sanitaria actualmente
utilizados.
Que, en ese sentido, mediante el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de
1996 y sus modificatorios se establece que el aludido Servicio Nacional
tiene la responsabilidad de ejecutar las políticas nacionales en materia
de sanidad y calidad animal y vegetal, verificando el cumplimiento de la
normativa vigente en la materia.
Que a través del Artículo 3° del mencionado decreto se estatuye que el
mentado Organismo tendrá competencia sobre el control del tráfico
federal, importaciones y exportaciones de los productos, subproductos y
derivados de origen animal y vegetal, productos agroalimentarios,
fármaco-veterinarios y agroquímicos, fertilizantes y enmiendas.
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de
diciembre de 2018 y sus modificatorias se establece la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del SENASA, en donde se
delimitan las misiones de la Dirección Nacional de Operaciones y de sus
Direcciones de Centro Regional dependientes, estableciendo sus
responsabilidades y funciones.
Que mediante la Resolución N° 532 del 24 de agosto de 2007 del aludido
Servicio Nacional se establecen los Puestos de Control Zoofitosanitario
del Noroeste Argentino (NOA) que se detallan en su Anexo y que
funcionarán bajo la dependencia, conforme el ámbito geográfico
correspondiente, de las Direcciones de Centro Regional NOA Norte y NOA
Sur.
Que a través de la Resolución N° 402 del 10 de septiembre de 2014 del
citado Servicio Nacional se establece y se aprueba, en el ámbito de
dicho Organismo, la caracterización de los puestos de control de
fronteras.
Que, en atención a la evolución de los mecanismos de fiscalización y la
incorporación de herramientas tecnológicas de monitoreo, trazabilidad y
control no presencial, que complementan la inspección física
tradicional, se requiere ampliar la caracterización de los Puestos de
Control Interno, mencionados en la normativa citada.
Que la adopción de medidas tendientes a asegurar la calidad, la sanidad
y la correcta conservación y manipulación de los vegetales, sus partes o
frutos, productos y subproductos de origen animal y animales vivos, y
aquellas medidas preventivas de plagas de carácter cuarentenario o no
cuarentenario reglamentado, constituyen acciones de crucial importancia
para garantizar el adecuado cumplimiento de las nuevas exigencias
internacionales y proteger el estatus zoofitosanitario nacional.
Que la nueva tecnología permite adoptar mecanismos ágiles y seguros para
que los puestos puedan realizar el control correspondiente, con mayor
seguridad, rapidez, intercambio y comunicación.
Que, asimismo, el Puesto de Control resulta ser el lugar idóneo para
controlar y conocer el origen y el tránsito de los agroproductos, y de
los envases o los medios en los cuales se los transporta, posibilitando
además de la identificación de los productores, reconocer el origen de
las plagas de los productos transportados y, por medio de estas
actividades, adoptar las medidas conducentes a la prevención y/o
eliminación de las plagas.
Que es facultad del SENASA adoptar todas aquellas medidas necesarias
para la protección zoofitosanitaria de la producción agropecuaria, en
todo el Territorio Nacional.
Que la adaptación a la nueva tecnología de control y seguimiento y la
adopción de mecanismos que faciliten el control en cuestión, sumadas al
beneficio que traerá el reordenamiento de los Puestos de Control
Interno, tornan indispensable la reglamentación de un nuevo
procedimiento de control del tránsito en la REPÚBLICA ARGENTINA
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Artículo 8°, incisos e), f) y h), del Decreto N° 1.585
del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.
Por ello,
LA PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Puestos de Control Zoofitosanitario Interno. Aprobación.
Se aprueban los Puestos de Control Zoofitosanitario Interno del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) que se detallan
en el Anexo (IF-2026-14194547-APN-DNO#SENASA), que forma parte
integrante de la presente resolución, y que se desempeñarán bajo la
órbita de la Dirección Nacional de Operaciones del citado Servicio
Nacional, conforme al ámbito geográfico correspondiente de las
Direcciones de Centro Regional dependientes de ella.
ARTÍCULO 2°.- Facultades de los Puestos de Control Zoofitosanitario
Interno. Se faculta a los Puestos de Control Zoofitosanitario Interno,
establecidos en el Artículo 1° de la presente resolución, a inspeccionar
pasajeros y su equipaje, y los medios de transporte que trasladen
productos, subproductos y derivados de animales y vegetales,
zooterápicos, agroquímicos, fertilizantes, productos biológicos y
patológicos de origen animal, animales vivos, plantas, flores,
materiales de reproducción y/o propagación y cualquier otra forma
precursora de vida y artículos reglamentados, que puedan ser
transportados por pasajeros o cargas comerciales que realicen tráfico
federal en la REPÚBLICA ARGENTINA
ARTÍCULO 3°.- Definiciones. A los efectos de la presente resolución, se
entiende por:
Inciso a) Puesto de Control Zoofitosanitario Interno (PCI): unidad del
SENASA ubicada en el interior del país, con ubicación definida o móvil,
de conformidad con el análisis de riesgo y la factibilidad operativa.
Tiene como objeto la fiscalización sanitaria durante el movimiento
dentro del territorio nacional, el control del traslado entre
jurisdicciones, la verificación documental de mercancías, de productos,
subproductos y derivados de animales y vegetales, zooterápicos,
agroquímicos, fertilizantes, productos biológicos y patológicos de
origen animal, animales vivos, plantas, materiales de reproducción y/o
propagación y cualquier otra forma precursora de vida y de artículos
reglamentados, que puedan ser transportados por pasajeros o cargas
comerciales que realicen tráfico federal en la REPÚBLICA ARGENTINA. Los
PCI pueden ser terrestres o aeroportuarios, y se subdividen en las
siguientes categorías:
Apartado I) Puesto de Control Cuarentenario: unidad con ubicación fija
establecida destinada al control y a la inspección física y documental
de mercancías previos al ingreso o dentro de áreas libres, protegidas o
reglamentadas, de conformidad con el análisis de riesgo sanitario.
Apartado II) Puesto de Control de Tráfico Federal: unidad con ubicación
fija destinada al control e inspección física y documental del tráfico
federal de mercancías, especialmente en zonas de ingreso/egreso a
mercados concentradores o rutas de alto tránsito de mercancías.
Apartado III) Patrulla Móvil: unidad de control sin ubicación fija,
utilizada para complementar los controles del tráfico federal y los
puestos cuarentenarios, cuya función principal es el control y la
inspección física y documental del tráfico federal de mercancías.
Apartado IV) Puesto de Control Remoto: sistema de control basado en
tecnologías de vigilancia, monitoreo y control del tráfico federal de
mercancías, sin inspección física permanente.
ARTÍCULO 4°.- Facultad. Se faculta a la Dirección Nacional de
Operaciones del SENASA, por intermedio de la Coordinación General de
Fronteras y Barreras Sanitarias, a actualizar la presente resolución a
fin de mejorar la operatividad del sistema, en resguardo de las medidas
zoofitosanitarias implementadas en los Puestos de Control
Zoofitosanitario Interno aprobados en la presente norma.
ARTÍCULO 5°.- Abrogación. Se abroga la Resolución N° 532 del 24 de
agosto de 2007 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 6°.- Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a
partir de los TREINTA (30) días hábiles de su publicación en el Boletín
Oficial.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
ANEXO
Puestos de Control Zoofitosanitario Interno
Los Puestos de Control Zoofitosanitario Interno (PCI) habilitados para
el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 1º de la presente
resolución son los siguientes:
1. PCI Noroeste Argentino (NOA)
1.1. Puestos de Control Cuarentenario
1.1.1. Provincia de TUCUMÁN
1.1.1.1. Puesto de Control La Florida:
Ubicación: Ruta Nacional N° 9, kilómetro 1224, La Florida (límite entre
las Provincias de TUCUMÁN y de SANTIAGO DEL ESTERO).
1.1.1.2. Puesto de Control Las Cejas:
Ubicación: Ruta Provincial N° 303, kilómetro 54, Las Cejas.
1.1.1.3. Puesto de Control Los Mistoles:
Ubicación: Ruta Nacional N° 157, Taco Ralo (límite entre las Provincias
de TUCUMÁN y de SANTIAGO DEL ESTERO).
1.1.1.4. Puesto de Control Árboles Grandes:
Ubicación: Ruta Nacional N° 157, Arboles Grandes (límite entre las
Provincias de TUCUMÁN y de SANTIAGO DEL ESTERO).
1.1.1.5. Puesto de Control Huacra:
Ubicación: Ruta Nacional N° 38, kilómetro 671, Rumi Punco (límite entre
las Provincias de TUCUMÁN y de CATAMARCA).
1.1.1.6. Puesto de Control 7 de Abril:
Ubicación: Ruta Nacional N° 34, kilómetro 896, 7 de Abril.
1.1.2. Provincia de CATAMARCA
1.1.2.1. Puesto de Control San Martín:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 60, cruce con Ruta Provincial Nº 33, San
Martín.
1.1.2.2. Puesto de Control Bañado de Ovanta:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 64, kilómetro 136, Bañado de Ovanta.
1.1.2.3. Puesto de Control Chumbicha:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 38, cruce con Ruta Nacional Nº 60,
Chumbicha.
1.1.3. Provincia de SALTA
1.1.3.1. Puesto de Control El Naranjo:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 9 y Ruta Nacional Nº 34, kilómetro 1446, El
Galpón (entre las Localidades de Rosario de la Frontera y de San José de
Metán).
1.1.3.2. Puesto de Control Quebrachal:
Ubicación: Ruta Provincial Nº 16, kilómetro 580, El Quebrachal.
1.1.3.3. Puesto de Control Fortín Dragones:
Ubicación: Ruta Nacional N° 81, kilómetro 1797, Dragones.
1.1.3.4. Puesto de Control Tolombón:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 40, a 17 kilómetros al sur de Cafayate y a 8
kilómetros del límite con la Provincia de TUCUMÁN (Paraje Huallinchay).
1.1.4 Provincia de JUJUY
1.1.4.1 Puesto de control Pampa Blanca:
Ubicación: Ruta Nacional N° 34, kilómetro 1150, Pampa Blanca.
1.1.4.2 Puesto de Control Yuto:
Ubicación: Ruta Nacional N° 34, kilómetro 1286, Yuto.
1.2. Puesto de Control de Tráfico Federal
1.2.1. Provincia de SALTA
1.2.1.1. Puesto de Control Aunor:
Ubicación: Ruta Nacional N° 9, kilómetro 1588, paraje La Lagunilla.
1.2.1.2. Puesto de Control Senda Hachada:
Ubicación: Ruta Provincial Nº 81, kilómetro 1752, Embarcación.
1.2.1.3. Puesto de Control Aguaray:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 34, kilómetro 1466, Aguaray.
1.3. Patrulla Móvil
1.3.1. Provincia de SALTA
1.3.1.1. Patrulla Móvil El Gallinato:
Ubicación: cruce entre Ruta Nacional Nº 9 y Ruta Provincial Nº 11, La
Caldera.
1.3.2. Provincia de JUJUY
1.3.2.1. Patrulla Móvil Palma Sola:
Ubicación: Gobernador Tello Nº 536, San Pedro de Jujuy.
1.3.2.2. Patrulla Móvil Humahuaca:
Ubicación: Jujuy N° 393, Humahuaca.
2. PCI Barrera Patagónica
2.1. Puesto de Control Cuarentenario
2.1.1. Provincia de BUENOS AIRES
2.1.1.1. Puesto Kilómetro 714:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 3, kilómetro 714, Médanos.
2.1.1.2. Puesto Pradere:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 3, kilómetro 811, Juan A. Pradere.
2.1.2. Provincia de LA PAMPA
2.1.2.1. Puesto 25 de Mayo:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 151, kilómetro 155,5, 25 de Mayo
2.1.2.2. Puesto La Adela:
Ubicación: intersección de Rutas Nacionales Nros. 154 y 22, La Adela.
2.1.3. Provincia de RÍO NEGRO
2.1.3.1. Puesto Pichimahuida:
Ubicación: Ruta Provincial Nº 57, kilómetro 79, Pichimahuida.
2.1.3.2. Puesto La Japonesa:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 232, kilómetro 0, La Japonesa.
2.1.3.3. Casa de Piedra:
Ubicación: Ruta Provincial Nº 6, kilómetro 104.
2.1.3.4. Dique Catriel:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 151, kilómetro 152, Catriel.
2.1.3.5. Río Colorado:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 22, kilómetro 858, Río Colorado.
2.1.3.6. Puente Vecinal Río Colorado:
Ubicación: Calle Expedicionarios del Desierto Nº 285, Río Colorado.
2.1.3.7. Aeropuerto Gobernador Edgardo Castello:
Ubicación: Ruta Provincial N° 51, kilómetro 7, Viedma.
2.1.3.8. Aeropuerto Internacional Teniente Luis Candelaria:
Ubicación: Ruta Provincial Nº 80, San Carlos de Bariloche.
2.1.4. Provincia del NEUQUÉN
2.1.4.1. Puesto Pata Mora:
Ubicación: acceso al kilómetro 114, Ruta Provincial Nº 6, Rincón de los
Sauces.
2.1.4.2. Puesto Barrancas:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 40, kilómetro 557, Barrancas.
2.1.4.3. Aeropuerto Rincón de los Sauces:
Ubicación: Ruta Provincial N° 5, Neuquén.
2.1.4.4. Aeropuerto Aviador Carlos Campos:
Ubicación: Ruta Nacional N° 40, kilómetro 22, San Martín de los Andes.
2.1.4.5. Aeropuerto Internacional Juan Domingo Perón:
Ubicación: San Martín N° 5901, Neuquén.
2.2. Patrulla Móvil.
2.2.1. Provincia de RÍO NEGRO
2.2.1.1. Patrulla Móvil Valle Medio:
Ubicación: Curru Leuvu Nº 23, Choele Choel.
2.2.1.2. Patrulla Móvil Alto Valle:
Ubicación: Lisandro de la Torre N° 560, General Roca.
2.2.1.3. Patrulla Móvil Confluencia:
Ubicación: Lisandro de la Torre N° 560, General Roca.
3. PCI Región Cuyo
3.1. Puesto de Control Cuarentenario
3.1.1. Provincia de SAN JUAN
3.1.1.1. Puesto Vallecito:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 141, kilómetro 180, Vallecito, Departamento
Caucete.
3.1.1.2. Puesto El Encón:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 20, kilómetro 470, El Encón, Departamento 25
de Mayo.
3.1.1.3. Puesto El Encón Sur:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 142, kilómetro 112, El Encón, Departamento
25 de Mayo.
3.1.1.4. Puesto San Carlos:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 40, kilómetro 3379, San Carlos, Departamento
Sarmiento.
3.1.1.5. Puesto Barreal:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 149, kilómetro 94, Barreal, Departamento
Calingasta.
3.1.1.6. Puesto Valle de Calingasta:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 149, kilómetro 151 (ex Ruta Provincial Nº
12), Calingasta, Departamento Calingasta.
3.1.1.7. Puesto Huaco:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 150, kilómetro 125, Huaco, Departamento
Jachal.
3.1.1.8. Puesto Villanueva:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 412, kilómetro 80, Departamento Calingasta.
3.1.1.9. Puesto Las Flores:
Ubicación: Ruta Nacional N° 150, kilómetro 297.
3.1.1.10. Puesto Santa Clara:
Ubicación: Ruta Nacional N° 40, kilómetro 3718.
3.1.1.11. Puesto San Carlos:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 40, kilómetro 90, Departamento San Carlos.
3.1.1.12. Aeropuerto Las Chacritas:
Ubicación: Ruta Nacional N° 20, kilómetro 12, Las Chacritas,
Departamento 9 de Julio.
3.1.2. Provincia de MENDOZA
3.1.2.1. Puesto San José:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 40, kilómetro 77, Departamento Lavalle.
3.1.2.2. Puesto El Puerto:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 142, kilómetro 111, Departamento Lavalle.
3.1.2.3. Puesto Desaguadero:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 7, kilómetro 866, Departamento La Paz.
3.1.2.4. Puesto La Horqueta:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 146, kilómetro 221,5, Departamento
Malargüe.
3.1.2.5. Puesto Canalejas:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 188, kilómetro 684, Departamento General
Alvear.
3.1.2.6. Puesto Cochicó:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 143, kilómetro 488, Departamento Puelén,
Provincia de LA PAMPA (límite con la Provincia de MENDOZA).
3.1.2.7. Puesto Zapata:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 40, kilómetro 3226, Departamento San Martín.
3.1.2.8. Puesto Tupungato – Los Cerrillos:
Ubicación: Ruta Provincial Nº 86, kilómetro 24, Departamento Tupungato.
3.1.2.9. Puesto El Sosneado:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 40, kilómetro 300, Departamento Malargüe.
3.1.2.10. Puesto Ñacuñán:
Ubicación: Ruta Provincial N° 153, kilómetro 85, Departamento de Santa
Rosa.
3.1.2.11. Aeropuerto Internacional Gobernador Francisco Gabrielli “El
Plumerillo”:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 40 y Ruta Provincial Nº 52.
3.1.2.12. Aeropuerto San Rafael:
Ubicación: Ruta Nacional N° 143 S/Nº, San Rafael.
3.1.2.13. Aeropuerto Malargüe:
Ubicación: Ruta Nacional N° 40 sur, Malargüe.
3.2. Patrulla Móvil San Juan:
Ubicación: Alvear Nº 247 Norte, Capital, Departamento Capital.
4. PCI Región Patagonia Sur
4.1.Puesto de Control Cuarentenario
4.1.1. Provincia del CHUBUT
4.1.1.1. Aeropuerto Internacional Brigadier General Antonio Parodi:
Ubicación: Ruta Nacional N° 40, kilómetro 21, Esquel.
4.1.1.2. Aeropuerto Internacional Almirante Marcos A. Zar:
Ubicación: Ruta Nacional N° 3, Trelew.
4.1.1.3. Aeropuerto Puerto Madryn - El Tehuelche:
Ubicación: Ruta Nacional N° 3, Puerto Madryn.
4.1.1.4. Aeropuerto Internacional General Enrique Mosconi:
Ubicación: Camino Vecinal Doctor Mariano González, kilómetro 9, Comodoro
Rivadavia.
4.1.2. Provincia de SANTA CRUZ
4.1.2.1. Aeropuerto Internacional Piloto Civil Norberto Fernández:
Ubicación: Ruta Nacional N° 3, kilómetro 8, Río Gallegos.
4.1.2.2. Aeropuerto Internacional Comandante Armando Tola:
Ubicación: Ruta Provincial N° 11, kilómetro 20, El Calafate.
4.1.3. Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO
SUR
4.1.3.1. Aeropuerto Internacional Gobernador Ramón Trejo Noel:
Ubicación: Ruta Nacional Nº 3, Acceso Aeropuerto S/Nº (V9420), Río
Grande.
4.1.3.2. Aeropuerto Internacional de Ushuaia - Malvinas Argentinas:
Ubicación: Pasarela Aeropuerto (V9410). |