Secretaría de Agricultura,
Ganadería y Pesca
COMISION NACIONAL ASESORA DE
BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA - FORMULARIO
Resolución (SAGyP) 177/13. Del
30/4/2013. B.O.: 7/5/2013. Comisión Nacional Asesora de
Biotecnología Agropecuaria. Formulario para la importación de
animales genéticamente modificados de uso no agropecuario.
Bs. As., 30/4/2013
VISTO el Expediente Nº S01:0245308/2012 del Registro del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 763 de fecha 17 de agosto de 2011 del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se establecen los
lineamientos a que deberán ajustarse las actividades que
involucren la liberación al agroecosistema de ORGANISMOS
GENETICAMENTE MODIFICADOS (OGM) en la REPUBLICA ARGENTINA.
Que por el Artículo 3°, inciso a) de la citada Resolución Nº
763/11, la evaluación de riesgo, el diseño de las medidas de
bioseguridad y del manejo de riesgos, en las distintas fases de
evaluación, se encomienda a la COMISION NACIONAL ASESORA DE
BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA (CONABIA), ejerciendo la Dirección de
Biotecnología su Secretaría Ejecutiva.
Que por la Resolución Nº 819 de fecha 10 de noviembre de 2011
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, se establecieron las condiciones
sanitarias para autorizar la importación de animales de
laboratorio con destino a investigación a la REPUBLICA
ARGENTINA.
Que en el Artículo 4°, inciso c) de la citada norma se contempla
el asesoramiento de la CONABIA, cuando proceda, en lo referido a
los “requisitos técnicos y de bioseguridad que deben reunir los
materiales genéticos obtenidos por procedimientos
biotecnológicos (animales transgénicos)”.
Que en virtud de ello resulta menester aprobar el Formulario que
los interesados deberán presentar ante la CONABIA para los casos
de importación de animales transgénicos en los casos en que el
referido Servicio Nacional lo considere procedente.
Que asimismo y a fin de establecer un mecanismo uniforme de
presentación y evaluación, corresponde dejar establecido que
dicho Formulario será de aplicación para la solicitud de opinión
técnica de la CONABIA para la importación de especies que no
sean de uso agropecuario y respecto de las cuales el citado
Servicio Nacional considere necesaria dicha opinión, sin
perjuicio de las facultades de aquélla de solicitar información
adicional en base al criterio de evaluación caso por caso.
Que se comparte el criterio de elevación del presente expediente
por parte de la Dirección de Biotecnología de la SUBSECRETARIA
DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS TECNOLOGIAS de la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le
compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en
virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de
febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios y en la
Resolución Nº 763 de fecha 17 de agosto de 2011 del MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
RESUELVE:
Artículo 1° — Establécese que la solicitud de opinión técnica de
la COMISION NACIONAL ASESORA DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA (CONABIA)
para la importación de ORGANISMOS ANIMALES GENETICAMENTE
MODIFICADOS de especies que no sean de uso agropecuario y
respecto de las cuales el del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, considere
necesaria dicha opinión será efectuada conforme lo establecido
por la presente medida.
Art. 2° — Los interesados deberán presentar el “Formulario para
la Importación de Animales GM de Uso No Agropecuario - CONABIA”
en los casos en que así lo requiera el citado Servicio Nacional.
Art. 3° — El citado Servicio Nacional, de estimar necesaria la
opinión de la CONABIA, remitirá el mencionado Formulario a la
Dirección de Biotecnología de la SUBSECRETARIA DE AGREGADO DE
VALOR Y NUEVAS TECNOLOGIAS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA,
GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
PESCA.
Art. 4° — Una vez recibido el Formulario, la citada Dirección de
Biotecnología, en ejercicio de la Secretaría Ejecutiva de la
CONABIA, procederá a incluirlo en el orden del día de la
siguiente reunión. Tanto la CONABIA como la citada Dirección de
Biotecnología podrán requerir al interesado todas las
ampliaciones y aclaraciones que consideren menester.
Art. 5° — En caso de que el interesado alegue confidencialidad
respecto de determinada información, la citada Dirección de
Biotecnología y la CONABIA arbitrarán los mecanismos específicos
para su efectivo resguardo. Sin perjuicio de ello, no podrá
considerarse confidencial aquella información esencial para
llevar adelante el proceso evaluatorio desde el punto de vista
técnico-científico.
Art. 6° — Una vez efectuada la evaluación correspondiente, el
Director de Biotecnología, ejerciendo la Secretaría Ejecutiva de
la CONABIA, procederá a consignar al pie de dicho Formulario la
existencia o no de observaciones, junto con su firma y sello. De
existir observaciones, las mismas se volcarán en un informe
técnico anexo.
Dicho Formulario así como el Informe Técnico Anexo, si lo
hubiera, serán inmediatamente remitidos al SENASA, para ser
agregados al trámite respectivo, reservándose UNA (1) copia para
archivo en la citada Dirección.
Art. 7° — Apruébase el “Formulario para la Importación de
Animales GM de Uso No Agropecuario - CONABIA” que, identificado
como Anexo, forma parte integrante de la presente medida.
Art. 8° — La presente resolución comenzará a regir a partir del
día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese.
ANEXO
Formulario para la Importación de
Animales GM de Uso No Agropecuario - CONABIA
INSTITUCION SOLICITANTE DEL PERMISO DE IMPORTACION:
Domicilio:
Teléfono:
Correo electrónico:
Nombre completo y Nº de DNI de la persona física responsable de
la actividad:
Teléfono:
Correo electrónico:
Domicilio/s donde se realizarán las actividades (consignar todos
los lugares físicos donde se realizarán actividades,
independientemente de su cantidad y relevancia):
Fecha prevista para la importación:
ORIGEN DEL MATERIAL A IMPORTAR:
País:
Organización exportadora:
Domicilio legal:
Teléfono:
Correo electrónico:
CARACTERISTICAS DEL MATERIAL QUE SE PRETENDE IMPORTAR:
1. Especie y raza/línea.
2. Descripción de la modificación genética y fenotipo esperado.
3. Información relevante a los fines de estimar la capacidad de
supervivencia fuera del Iaboratorio/bioterio.
4. Información relevante a los fines de evaluar la posibilidad
de cruzamientos con individuos de poblaciones ferales o
domésticas, en un hipotético caso de escape.
5. Número de individuos a ingresar al país.
6. De corresponder, programa de reproducción y población máxima
prevista en el laboratorio/bioterio.
7. Medidas de contención que se aplicarán para evitar el escape
de los animales al agroecosistema.
8. Medidas de identificación y trazabilidad que se aplicarán a
los animales y, de corresponder, metodología de registro y
contabilidad de las poblaciones.
9. Medidas de contención que se aplicarán al transporte de
animales vivos.
10. Medidas de disposición final de animales muertos.
11. Toda otra información que se estime relevante.
Declaro bajo juramento reconocer y aceptar que el presente
Formulario es únicamente de aplicación para la evaluación de
casos en los que no ocurrirá una liberación de animales
genéticamente modificados al agroecosistema, los que se rigen
por su normativa específica. Asimismo, declaro bajo juramento
que los datos volcados en el presente formulario son verdaderos
y ciertos a mi leal saber y entender y que toda modificación de
las circunstancias aquí expresadas será comunicada en forma
inmediata al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, a la Dirección de
Biotecnología de la SUBSECRETARIA DE AGREGADO DE VALOR Y NUEVAS
TECNOLOGIAS de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y a la CONABIA.
Firma del responsable de la actividad:
Firma del responsable de la institución donde se alojarán los
animales GM:
En su reunión de fecha..../..../..... la CONABIA SI/NO presentó
objeciones a la presente solicitud.
Firma y sello del funcionario autorizante