Provincias, Santa Fe (Argentina)

- derogada por resolución 40/14 SMA.

Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable

RESIDUOS PELIGROSOS - MANIFIESTO

Resolución (SEMAyDS) 50/06. Del 27 de abril de 2006. Aprobar el modelo de Manifiesto de residuos peligrosos y su respectivo Instructivo que como Anexo I y Anexo II respectivamente, se agregan formando parte integrante de la presente Resolución.

SANTA FE,27 de abril de 2006.

VISTO:

El expediente N° 00101-0131348-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 0592/02 rectificado y sustituido por su similar Nº 1.844/02, reglamentario de los artículos 22º y 23º de la Ley Nº 11.717, establece en su artículo 14º el uso de un documento denominado Manifiesto donde se volcarán los datos e información relevante del residuo peligroso generado, sus cuidados en el manipuleo, almacenamiento y transporte, así como durante su eliminación;

Que el artículo 42º del Decreto Nº 1.844/02 que rectifica y sustituye su similar Nº 0592/02, faculta a la Autoridad de Aplicación a dictar las normas complementarias necesarias para su implementación;

Que a los efectos de propender a un mayor control efectivo en la gestión integral de los residuos peligrosos, resulta indispensable implementar el uso obligatorio del Manifiesto por parte de todos los establecimientos vinculados en las distintas etapas, como su generación, manipulación, almacenamiento, transporte, tratamiento y / o disposición final, detallando el tipo y la cantidad de residuos peligrosos generados, la transferencia del generador al transportista y de éste al operador, y de todo otro dato que se estime procedente a los fines antes mencionados;

Que por lo establecido por el artículo 16º del Decreto mencionado en los considerandos que anteceden, se considerarán homologados automáticamente los Manifiestos de otras jurisdicciones, siempre y cuando cumplan con los presupuestos mínimos de protección ambiental establecidos por la legislación nacional y provincial;

Que la competencia en la materia surge de lo establecido en la Ley Nº 11.717, Decreto Nº 1.292/04;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE

Y DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Aprobar el modelo de Manifiesto de residuos peligrosos y su respectivo Instructivo que como Anexo I y Anexo II respectivamente, se agregan formando parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2º.- El uso del Manifiesto tiene carácter obligatorio y acompañará todo movimiento del residuo peligroso fuera del establecimiento del generador.

ARTICULO 3º.- El generador de los residuos peligrosos tiene la obligación de completar el formulario del Manifiesto, en original y tres copias. Todas las partes intervinientes, al momento de recibir el residuo, firmaran donde les corresponda.

ARTICULO 4º.- Los Manifiestos mencionados serán suministrados por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable y estarán disponibles dentro del portal http://www.santafe.gov.ar, reteniendo este Organismo la copia N° 3, la que deberá ser entregada por el Generador dentro de los tres (3) meses de producido el despacho correspondiente.

ARTICULO 5º.- Se considerarán válidos los Manifiestos de otras jurisdicciones siempre que hayan sido aprobados por la Autoridad Ambiental Nacional.

ARTICULO 6º.- De forma.

Anexo I - Formulario (formato PDF)

Anexo II - Instructivo (formato PDF)

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