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Poder Ejecutivo Nacional
TRABAJO - FERIADOS - DÍAS NO LABORABLES
Decreto DNU (PEN) 1027/24. Del 20/11/2024. B.O.: 21/11/2024. Trabajo.
Feriados. Establece como días no laborables con fines turísticos para el
Año 2025 los siguientes: 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre.
Ciudad de Buenos Aires, 20/11/2024
VISTO Y CONSIDERANDO...
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Establécense como días no laborables con fines turísticos,
previstos en el artículo 7° de la Ley N° 27.399, las siguientes fechas:
AÑO 2025:
2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día
siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. |