Instituto Nacional de Vitivinicultura
VITIVINICULTURA –
METODOS DE DETERMINACIÓN DE
MATERIAS COLORANTES NO PERMITIDAS EN VINO
Resolución (INV) E 19/17. Del 17/1/2017. B.O.: 19/1/2017.
Vitivinicultura. Se sustituye en la Resolución (INV) 10/17 en su Anexo N° IF-2016-04809345-
APN-SIF#INV la Figura Nº 6.
Mendoza, 2A. Sección, 17/01/2017
VISTO el Expediente S93:0011755/2016 del Registro del
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Ley General de Vinos N° 14.878,
las Resoluciones Nros. C.23 de fecha 23 de octubre de 2006, C.23 de fecha 23
de octubre de 2006, RESOL-2017-10-APN-INV#MA de fecha 11 de enero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente citado en el Visto se tramitó la
oficialización del Método de Determinación de Materias Colorantes No
Permitidas en Vinos, por Cromografía Liquida de Alta Eficiencia (HPLC) y
Detección Ultravioleta-Visible.
Que la RESOL-2017-10-APN-INV#MA de fecha 11 de enero de
2017, con su Anexo N° IF-2016-04809345-APN-SIF#INV, oficializó el Método
precedentemente citado.
Que en el citado Anexo fue erróneamente duplicada la Figura
N° 5, repitiéndose en la Figura N° 6 del Punto 6.2.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde modificar la
citada resolución en su Anexo N° IF-2016-04809345-APN-SIF#INV, Figura N° 6.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las
Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el Decreto N° 155/16,
EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Sustitúyase en la RESOL-2017-10-APN-INV#MA, en
su Anexo N° IF-2016-04809345- APN-SIF#INV la Figura Nº 6 por la siguiente:

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la
Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido,
archívese. |