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Organo
de Control de Concesiones Viales
TRÁNSITO
Y SEGURIDAD VIAL - MANUAL DE CONTROL Y
SEÑALIZACION DEL TRANSITO...
Resolución
(OCCV) 217/01. Del 14/8/2001. B.O.: 21/8/2001. Modifícase
el título del Manual aprobado por Resolución Nº 165/01
que en adelante se denominará "Manual de Señalización Vial
Transitoria para Rutas y Caminos Concesionados".
Bs.
As., 14/8/2001
VISTO
los Expedientes Nº 3157/2001 y 4190/2001 del Registro de este ORGANO DE
CONTROL DE CONCESIONES VIALES, y
CONSIDERANDO:
Que
mediante la Resolución Nº 165 de fecha 25/06/2001 se ha aprobado el
"MANUAL DE CONTROL Y SEÑALIZACION DEL TRANSITO DURANTE LOS TRABAJOS
DE CONSTRUCCION, MANTENIMIENTO Y EMERGENCIAS EN AUTOPISTAS Y SUS
COLECTORAS" con un ámbito de aplicación que alcanza a los contratos
de Concesión controlados por este ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES
VIALES.
Que
los temas que trata el citado MANUAL comprenden tanto a los trabajos de
señalamiento que se requieren para atender situaciones de construcción,
mantenimiento y emergencia de autopistas y colectoras como de otras Rutas
o Caminos concesionados bajo la jurisdicción del Estado Nacional.
Que
el título del citado MANUAL alude exclusivamente a las autopistas y
colectoras como ámbito de aplicación, por lo que aparentemente limita su
aplicación a este tipo de obras viales, excluyendo a otras Rutas o
Caminos concesionados que no están comprendidos en la definición de
autopistas y sus colectoras.
Que
se han presentado pedidos de aclaración por parte de Concesionarios de
Rutas o Corredores Viales en la inteligencia que el contenido de la
Resolución 165 no les resulta aplicable.
Que,
por todo lo expuesto, resulta oportuno titular al MANUAL recientemente
aprobado con la denominación: "MANUAL DE SEÑALIZACION VIAL
TRANSITORIA PARA RUTAS Y CAMINOS CONCESIONADOS", aclarando que el
ámbito de aplicación del citado MANUAL alcanza a todas las Rutas y
Caminos Concesionados en jurisdicción del Estado Nacional.
Que
se ha expedido en este mismo sentido la Gerencia Técnica de este ORGANO
DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES.
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los
artículos 2 y 26 inciso a) de la Ley 24.449, los artículos 4 y 16 del
Decreto Nº 1994 de fecha 23/09/1993 y el Decreto Nº 87 de fecha
25/01/2001.
Por
ello,
EL
DIRECTOR EJECUTIVO DEL ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES
RESUELVE:
Artículo
1º — Modificar el título del Manual aprobado por Resolución N° 165 de fecha 25/06/ 2001 que en adelante se denominará:
"MANUAL DE SEÑALIZACION VIAL TRANSITORIA PARA RUTAS Y CAMINOS
CONCESIONADOS", aclarando que su ámbito de aplicación alcanza a
todos los contratos de concesión vial suscritos por el Estado Nacional,
sujetos a la competencia del ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES en
virtud de lo dispuesto en los Decretos Nº 1994/1993 y Nº 87/2001.
Art.
2º — Instrúyese a la Secretaría General de Atención al Usuario para
que notifique a las empresas Concesionarias por alguno de los medios
previstos en el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Procedimientos
Administrativos y ejecute la publicación ordenada en el artículo 3º,
informando a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS y a todas las Gerencias de
este ORGANO DE CONTROL el dictado de la presente Resolución.
Art.
5º — De forma.
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