Organismo de Control de Energía
Eléctrica
ENERGIA ELECTRICA -
REGLAMENTO DE ACOMETIDAS USUARIOS DE
GRANDES DEMANDAS EN BAJA TENSION
Resolución (OCEBA) 93/14. Del
23/6/2014. B.O.: 14/10/2014. Aprobar el Reglamento de Acometidas
para usuarios de Tarifa 3 –Grandes Demandas en Baja Tensión - el
que, como Anexo, forma parte integrante de la presente.
La Plata, 23 de
julio de 2014.
VISTO el Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica de la
Provincia de Buenos Aires, conformado por la Ley 11.769 (T.O.
Decreto Nº 1.868/04), su Decreto Reglamentario Nº 2.479/04, lo
actuado en el expediente Nº 2429-4391/2007, alcance Nº 2/2013, y
CONSIDERANDO:
Que los Contratos de Concesión Provincial y Municipal
establecen, en el Subanexo E -Reglamento de Suministro y
Conexión-, Artículo 1º, las Condiciones Generales para el
Suministro de energía eléctrica;
Que el inciso g) del artículo antes citado determina los
lineamientos básicos que deben observarse en la instalación de
nuevos suministros, sea a través de centros de transformación
y/o maniobra o, toma primaria;
Que cuando la alimentación se efectúe directamente desde la red
de distribución (toma primaria) la norma indicada determina que
“el titular del suministro debe respetar las normas de
instalación vigentes en la oportunidad, según sea en cada caso,
indicadas por el DISTRIBUIDOR y aprobado por el ORGANISMO DE
CONTROL”;
Que el avance tecnológico amerita actualizar las
especificaciones contenidas en los contratos y adoptar el empleo
de nuevos materiales sintéticos, tanto para equipamientos como
para recubrimiento dieléctrico de materiales conductores, dadas
las excelentes características de aislación, resistencia
mecánica, autoextinguibilidad y resistencia a los agentes
climáticos que los mismos ofrecen;
Que frente a ello, OCEBA elaboró una nueva normativa para la
ejecución de nuevas obras de acometidas para Usuarios de Tarifa
T3 -Grandes Demandas en Baja Tensión-;
Que en dicha normativa se establecen los requisitos técnicos que
deberán satisfacer las instalaciones de acometidas para la
provisión del servicio eléctrico en el área de concesión de las
Distribuidoras Provinciales y Municipales de la provincia de
Buenos Aires;
Que el objetivo de la presente reglamentación apunta a mejorar
la seguridad de las personas, animales y cosas como, asimismo,
preservar el medio ambiente;
Que su alcance comprende a las instalaciones de la red de
distribución, aéreas y subterráneas, destinadas al suministro de
energía eléctrica con tensiones nominales de hasta 1.000 V en
corriente alterna de 50Hz., emplazadas en la vía pública y
comprendidas entre el punto de vinculación con la red y los
bornes de entrada al dispositivo de protección y maniobra
principal del usuario;
Que a partir de dicho punto, en lo que respecta a instalaciones
internas del cliente, regirá la “Reglamentación para la
ejecución de Instalaciones eléctricas en Inmuebles” de la
Asociación Electrotécnica Argentina o la que corresponda para el
tipo de instalación adecuada a la actividad específica que se
realice en el suministro;
Que la norma proyectada ha sido glosada a fojas 14/25 y contiene
las especificaciones técnicas para los nuevos suministros
individuales de baja tensión trifásicos (3 x 380/220 V) de
clientes con demandas iguales o superiores a los 50 kW (Tarifa
3);
Que dicha norma contempla las previsiones que deberán ser
observadas respecto a la red de Distribución que atiende al
nuevo suministro que puede ser de tipo aérea o subterránea,
contemplándose la posibilidad de que, para el caso de redes
aéreas y valores de demanda de hasta 100 kW, la Distribuidora
podrá permitir acometida del mismo tipo, en tanto que para
valores superiores, la acometida deberá ser subterránea, para lo
cual el cliente deberá completar la instalación conforme a lo
especificado para dicha instalación;
Que la aplicación de la normativa indicada deberá ser precedida
por acciones de difusión tendientes a poner en conocimiento de
la población de la provincia de Buenos Aires en general y de los
futuros usuarios de nuevos suministros, Colegios Profesionales e
Instaladores en particular, las nuevas exigencias establecidas
en el reglamento;
Que en tal inteligencia, también deberán articularse las medidas
pertinentes para colocar a los fabricantes y proveedores de
materiales eléctricos en un pie de igualdad a fin de permitir,
en un tiempo razonable, la adecuación de los materiales e
instrumental requerido en la instalación de nuevos suministros a
las nuevas previsiones técnicas que se establecen;
Que lo expuesto amerita fijar un plazo prudencial para la
vigencia efectiva de la nueva reglamentación;
Que, finalmente es dable señalar que conforme las constancias
obrantes en las presentes actuaciones, el Proyecto de Reglamento
de Acometidas para Suministro de Tarifa T3 Grandes Demandas en
Baja Tensión, fue elaborado por OCEBA y posteriormente analizado
y consensuado por las Distribuidoras con Concesión Provincial,
juntamente con las Federaciones y Asociaciones de Cooperativas
de la Provincia de Buenos Aires (APEBA, FEDECOBA, FACE y FICE);
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por la Ley 11.769 y su Decreto Reglamentario Nº
2.479/04;
Por ello,
EL DIRECTORIO
DEL ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar el Reglamento de Acometidas para usuarios
de Tarifa 3 –Grandes Demandas en Baja Tensión - el que, como
Anexo, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º. Establecer que el Reglamento aprobado por el
Artículo precedente comenzará a regir a partir de los ciento
ochenta (180) días contados a partir de la publicación de la
presente en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º. Determinar que será responsabilidad de las
Distribuidoras verificar que los materiales a utilizar en las
nuevas obras de instalaciones de acometidas cumplan con los
requisitos establecidos en el presente reglamento y publicitar
el mismo entre los futuros nuevos usuarios y Colegios
Profesionales e Instaladores.
ARTÍCULO 4º. Registrar. Publicar. Dar al Boletín Oficial y al
SINBA. Notificar a la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA
SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEA S. A.), a la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE
ENERGÍA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDEN S. A.), a la EMPRESA
DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDES S.A.), a la
EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA (EDELAP S.A.), a la FEDERACIÓN DE
COOPERATIVAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (FEDECOBA), a la
ASOCIACIÓN PRESTADORES ELÉCTRICOS BUENOS AIRES (APEBA), a la
FEDERACIÓN ARGENTINA DE COOPERATIVAS ELÉCTRICAS (FACE), a la
FEDERACIÓN INTERREGIONAL DE COOPERATIVAS ELÉCTRICAS (FICE) y a
COOPERATIVAS RURALES ELÉCTRICAS (CRECES). Pasar a conocimiento
de la Gerencia de Control de Concesiones. Cumplido, archivar.
ACTA Nº 822
ANEXO
REGLAMENTO DE ACOMETIDAS
SUMINISTROS EN TARIFA T3
BAJA TENSIÓN
ÍNDICE
Objeto 3
Alcance 3
Partes integrantes de la instalación 4
Solicitud de suministro 5
Suministros desde red aérea 5
Suministros desde red subterránea 6
Consideraciones Técnicas 7
Caja de toma trifásica 7
Caja para transformadores de intensidad 8
Gabinete para equipo de medición 8
Caja para toma y medidor 9
Gabinete buzón con toma y medición indirecta 9
Elección e instalación de conductores 9
Caños de conexión 10
Tablero principal del cliente 11
Esquemas 12
OBJETO
La presente especificación establece los requisitos técnicos que
deberán satisfacer las instalaciones de acometidas, para la
provisión del servicio eléctrico en el área de concesión de las
Distribuidoras Provinciales y Municipales de la Provincia de
Buenos Aires, en adelante Distribuidoras.
Su objetivo propende a mejorar la seguridad de las personas,
animales y cosas, como asimismo a preservar el medio ambiente.
ALCANCE
Comprende a todas las instalaciones de red de distribución,
aérea y subterránea, de la Distribuidora, destinadas al
suministro de energía eléctrica, con tensiones nominales para
suministros de (3x380/220V) en corriente alterna de 50 Hz.,
emplazadas en la vía pública, o ante situaciones técnicas que lo
ameriten dentro del predio del cliente. Esta integrada desde el
punto de vinculación con la red hasta los bornes de entrada al
dispositivo de protección y maniobra principal del usuario.
En su elaboración se han tenido en cuenta el empleo de nuevos
materiales sintéticos, tanto para equipamientos como para
recubrimiento dieléctrico de materiales conductores, los cuales
presentan excelentes características de aislación, resistencia
mecánica, autoextinguibilidad y resistencia a los agentes
climáticos.
La validez de esta especificación se restringe a los nuevos
suministros de baja tensión (380/220 V) para clientes con
demandas iguales o mayores a 50 kW. (Tarifa 3 BT). Su aplicación
comprende también aquellos suministros existentes que adopten la
presente tarifa por reencuadre tarifario.
La red de suministro de las Distribuidoras podrá ser aérea o
subterránea. El tipo de red disponible será determinante de la
instalación que el cliente preparará para recibir servicio.
En todos los casos las instalaciones requeridas para recibir el
suministro se emplazarán sobre la línea municipal. En caso que
por razones técnicas se deban emplazar dentro del predio del
cliente, éste deberá asegurar el acceso a las mismas desde la
vía pública las 24 hs, sin necesidad de recurrir a terceros, a
los efectos de realizar tanto la tarea de estado del medidor
como las operaciones de mantenimiento y control.
En suministros ubicados en zonas rurales, la Distribuidora luego
de un análisis particular, podrá disponer la ubicación del pilar
con apartamiento de la línea municipal, debiendo igualmente
estar garantizado el libre acceso de su personal para efectuar
las tareas de lectura y control. Al efecto se constituirá una
servidumbre de paso, previo a la energización efectiva, en
concordancia con el Contrato de Servidumbre de electroducto que
se rubricará por el uso del espacio privado con instalaciones
propiedad de la Distribuidora.
1. Partes integrantes de las instalaciones
Están compuestas por:
* La línea de alimentación (acometida, que es propiedad de la
Distribuidora), es la instalación comprendida entre el punto de
vinculación con la red de distribución y los bornes de entrada
al elemento de protección (toma primaria).
* El equipo de medición (propiedad de la Distribuidora).
* Los elementos de protección y seccionamiento.
* Los alojamientos de los elementos de medición, protección y
seccionamiento.
* Los cables y canalizaciones de vinculación entre las
diferentes partes de la instalación.
2. Solicitud de suministro
A fin de dar curso a las solicitudes de suministro se requerirá:
* Presentación de un censo de cargas, donde conste la Potencia
Máxima Simultánea (en adelante PMS) del total del suministro a
abastecer, al efecto de determinar la factibilidad técnica de
provisión del servicio en las condiciones adecuadas de calidad y
seguridad.
* La finalización del montaje de las instalaciones civiles y
electromecánicas respetando las normas y especificaciones
establecidas en el presente reglamento y/o lo dispuesto
oportunamente por la Inspección de la Distribuidora.
* La presentación de Plano de Instalación Eléctrica Conforme a
Obra, rubricado por profesional interviniente con categoría
habilitante y en caso de corresponder, autoridad competente.
Debiendo constar fecha de recepción definitiva de la obra.
* El solicitante cederá en forma gratuita, el uso de un local
destinado a alojar la medición y/o centros de transformación, en
caso de ser menester. El recinto de este último, será de
dimensiones adecuadas a la capacidad de trasformación a
instalar. La Distribuidora realizará la operación y
mantenimiento de la estación trasformadora, pudiendo la misma
alimentar sus redes de distribución y/o realizar ampliaciones y
modificaciones que a su criterio fueran convenientes.
2.1. Suministros desde red aérea
En los casos en que la red de suministro de la Distribuidora sea
aérea, el cliente podrá optar según el tipo de edificación, por
la construcción de un pilar de mampostería, o por la instalación
del punto de medición sobre la fachada de la propiedad (en caso
de coincidir ésta con la línea municipal).
Si la potencia solicitada es de hasta 100 kW, la acometida podrá
ser, al solo criterio de la Distribuidora, en forma aérea o
subterránea.
Para potencias mayores, por razones de seguridad, será
subterránea.
Para la instalación sobre pilar de mampostería o fachada, el
cliente deberá disponer la provisión y montaje de los siguientes
elementos:
* Caja de toma trifásica con bases portafusibles NH tamaño 3
* Caja para equipo de medición.
* Conductores. (excepto desde la red de distribución hasta la
caja de toma que será provisto y montado por la Distribuidora).
* Caño de acero galvanizado, de diámetro interior mínimo de 90
mm, aislado interior y exteriormente para el pasaje de los
conductores de acometida, desde la red hasta la caja de toma
trifásica.
* Pipeta desarmable correspondiente a 180º grados, de
policarbonato
* Caño de PVC semipesado para el pasaje de los conductores de
interconexión, entre la caja de toma a equipo de medición y del
equipo de medición a tablero principal del cliente. El tablero
principal del cliente deberá estar instalado a no más de 1 metro
de la caja del medidor.
2.2. Suministros desde red subterránea
En los casos en que la red de suministro de la Distribuidora sea
subterránea, el cliente podrá optar, según el tipo de
edificación, por la construcción de un pilar de mampostería, o
por la instalación de la acometida sobre la fachada de la
propiedad.
Según el nivel de potencia solicitada es recomendable, desde el
punto de vista técnico, dividir los suministros en:
1. Suministros de 50 a 220 kW.
2. Suministros mayores a 220 kW., la Distribuidora realizará un
proyecto adecuado para cada caso.
El cliente deberá disponer la provisión y montaje de los
siguientes elementos:
* Caja de toma trifásica con bases portafusibles NH tamaño 3.
* Caja para equipo de medición.
* Conductores (excepto desde la red de distribución hasta la
caja de toma que será provisto y montado por la Distribuidora).
* Caños de PVC semipesado para el pasaje de los conductores de
interconexión, entre la caja de toma o buzón a la caja del
medidor y de ésta al tablero principal del cliente, (ver
dimensiones en el Anexo I).
* Caño de PVC semipesado de 101,6 mm (4”) para el pasaje de los
conductores de acometida. La longitud del mismo será tal que su
extremo inferior estará a un mínimo de 500 mm por debajo del
nivel de vereda.
3. Consideraciones técnicas
3.1. Caja de toma trifásica.
Se instalará sobre el frente del pilar o edificación en línea
municipal, cercana a la caja del medidor, respetando las alturas
mínimas y máximas establecidas por el presente Reglamento. La
Distribuidora podrá autorizar a su exclusivo criterio la
instalación en otra ubicación, en espacio público abierto
siempre que permita el libre acceso de su personal para efectuar
las tareas de lectura y control. Se deja constancia que ante
modificaciones edilicias que restrinjan o impidan en el futuro
el libre acceso al gabinete de medición, la Distribuidora podrá
exigir el traslado del mismo a exclusivo cargo del cliente.
En los casos en que la Distribuidora haya previsto en una zona
determinada la próxima reconversión de la red aérea a
subterránea, podrá exigir que la caja de toma se coloque
inmediatamente debajo de la caja del medidor.
La caja de toma deberá ser ubicada con una separación de por lo
menos 300 mm del gabinete de medición de gas con ventilación y
de 500 mm. si no la hubiere.
Deberá reunir las siguientes características:
- Construida de material aislante no higroscópico y
autoextinguible, con alta rigidez dieléctrica.
- Tendrá un grado de protección mínimo IP 54 (IEC 529).
- Resistente a impactos, esfuerzos mecánicos y agentes
atmosféricos, especialmente a la radiación ultravioleta.
Hasta 400 A, las dimensiones aproximadas serán:
Alto: 520 mm
Ancho: 420 mm
Profundidad: 210 mm
* Tanto la caja de toma, como su tapa, deberán estar empotradas
de manera tal que en ningún caso sobresalgan de la línea
municipal.
* Tendrá un cierre que garantice adecuada resistencia mecánica.
* Dentro de la caja de toma se instalarán bases portafusibles,
NH.
* La Distribuidora acometerá sobre los bornes inferiores de la
base porta fusible.
* La caja de toma deberá ser instalada con una separación mínima
de 300 mm del gabinete de medición de gas con ventilación y de
500 mm. si no la hubiere.
3.2 Caja para transformadores de intensidad.
Contará con los correspondientes soportes para alojar los TI.
Sus dimensiones y características serán las mismas que las
correspondientes a la caja de toma trifásica, permitiendo además
el precintado de la puerta o contratapa.
3.3. Gabinete para equipo de medición.
Estará integrado por el medidor y los transformadores de
intensidad, deberá reunir las siguientes características:
* Construida de material aislante no higroscópico y
autoextinguible, con alta rigidez dieléctrica. Tendrá un grado
de protección mínimo IP 54 (IEC 529).
* Resistente a impactos, esfuerzos mecánicos y agentes
atmosféricos, especialmente a la radiación ultravioleta.
* Deberá ser instalado con una separación mínima de 300 mm. del
gabinete
* Deberá permitir el precintado de la puerta o contratapa
* Las dimensiones aproximadas serán:
Alto: 650 mm
Ancho: 530 mm
Profundidad: 230 mm
3.4 Caja para toma y medidor
Estará integrado por los TI y la toma trifásica.
Sus dimensiones y características serán las mismas que las
descriptas para el gabinete de medición.
3.5 Gabinete buzón con toma y medición indirecta
Estará integrado por los TI, la toma trifásica y el medidor.
Sus dimensiones aproximadas serán de 785 mm de ancho y 1220 mm
de alto. Será de acero inoxidable, antivandálico, con envoltura
clase 2 (doblemente aislado) y con cierre precintable.
Se empleará en zonas con corrosión salina.
3.6 Elección e instalación de conductores
* El cliente deberá realizar el cableado, entre el gabinete de
medición y el tablero principal, dejando los extremos sin
conectar en la primera, conectando el aparato de protección y
maniobra en el segundo. Se utilizarán conductores unipolares de
Cu aislado en PVC fabricados bajo norma IRAM NM 247-3, no
propagante de llama, tensión nominal 1,1 kV.
* En todos los casos, en el gabinete de medición se dejará una
reserva de 800 mm para todos los cables que accedan a la misma.
* Se respetará el código de colores que indica la Asociación
Electrotécnica Argentina en su Reglamentación para la Ejecución
de las Instalaciones Eléctricas en Inmuebles y que especifica:
Neutro: Celeste
Fase R: Marrón
Fase T: Rojo
En caso de inexistencia de conductores de los colores
requeridos, se admitirá un único color de los tres mencionados
para fases, con la condición que los extremos se identifiquen
con sistema de anillos, u otro aprobado por la Distribuidora,
con las siguientes inscripciones en los extremos de la caja del
medidor:
N: Neutro entrada O: Neutro salida
R: Fase 1 entrada U: Fase 1 salida
S: Fase 2 entrada V: Fase 2 salida
T: Fase 3 entrada W: Fase 3 salida
Bajo ningún concepto se admitirán empalmes de cables.
La sección de los conductores será la siguiente:
Potencia límite (KW) Sección de conductor (mm2)
60 35
70 50
85 70
100 95
120 120
140 150
170 185
200 240
> 200 A determinar por la Distribuidora
3.7. Caños de conexión
* En el caso de suministro aéreo, será de acero galvanizado
(Normas IRAM 2502 y 60712), aislado interior y exteriormente con
PVC de 1mm de espesor, de diámetro no menor a 101,6 mm (4”), de
3 mts. de longitud. En su extremo superior llevará instalada una
pipeta desarmable correspondiente a 180º grados, de
policarbonato. No se admitirán curvas de este caño a excepción
de las curvas de acceso a la caja de toma trifásica que podrá
ser lateral o inferior.
* En el caso de suministro subterráneo, el caño que vincula la
caja de toma trifásica con la red será de PVC semipesado de
diámetro libre no menor a 4”.
* La disposición y longitud de este caño serán tales que el
extremo inferior del mismo se ubique entre 500 y 600 mm. por
debajo del nivel de vereda. El extremo inferior presentará una
boca que sobrepase levemente la submuración existente hacia el
lado vereda, no admitiéndose curvas en su parte inferior. Las
pequeñas conformaciones que se deban realizar al caño no
generarán disminuciones de su sección efectiva.
* Todos los caños que vinculan la caja de medidor con la caja de
toma trifásica, y la caja de medidor con el tablero principal
del cliente, deberán ser de PVC semipesado, cuyo diámetro
interior mínimo se especifica para cada caso en los esquemas del
ANEXO I.
* Los caños accederán a las correspondientes cajas por los
laterales de la misma de forma tal que faciliten las tareas de
mantenimiento e instalación de los elementos que se alojen en
las mismas.
3.8. Tablero principal del cliente
* Su diseño y protecciones responderán a los requisitos del
“Reglamento para Instalaciones Eléctricas en Inmuebles”, de la
AEA.
* Serán construidos en material sintético aislante,
autoextinguible. Tendrán un grado de protección mínimo IP 54
(IEC 60529).
* Se exigirá protección termomagnética, tetrapolar contemplando
accionamiento de neutro solidariamente con las fases.
* Este se ubicará a no más de 1 metro de separación de la caja
de medidor, de acuerdo a las recomendaciones de la Asociación
Electrotécnica Argentina.
* Los conductores de salida deberán ser instalados
independientemente de la acometida, no pudiendo pasar por las
cajas de toma, caja de medidor, o caño de bajada, o
interconexión entre cajas
ANEXO I
ESQUEMAS
Nota: En los esquemas, por razones de seguridad de las
mediciones, se sugiere instalarla dentro del predio del cliente,
no obstante será potestad del Distribuidor ubicarlas del lado
calle.
ACOMETIDA AÉREA T3 S/ PILAR PARA SUMINISTROS DE 50 A 100 kW

Nota: Cota expresada en mm.
* El ramal de caja de toma a tablero del cliente deberá ser con
conductores unipolares de Cu aislado en PVC de 50 mm2 de sección
mínima según Norma IRAM NM 247-3.
* El espesor mínimo de la mampostería, entre el borde de la
pared y los caños será de 5 cm.
* La distancia máxima entre la caja de toma y el tablero
principal del cliente, medida en longitud de cables, no será
mayor a 2 metros.
* Las estructuras metálicas que forman parte del frente de la
propiedad sobre la línea municipal, tales como caños, rejas,
etc. deberán conectarse a una puesta a tierra independiente de
la instalación eléctrica del cliente.
* En ningún caso debe conectarse la puesta a tierra al conductor
neutro.
ACOMETIDA AÉREA T3 S/ PILAR PARA SUMINISTROS DE 50 A 100 kW
LISTADO DE MATERIALES
ITEM DESCRIPCION
A Gabinete de medición de T3.
B Caja de toma T3 con 3 bases portafusibles NH tamaño3.
C Caja para T3, con soportes para transformadores de intensidad
D Caño semipesado de PVC de 32 mm de diámetro interno mínimo.
E Caño de PVC semipesado de 75 mm de diámetro interior mínimo
F Caño de acero cincado tipo pesado, aislado interior y
exteriormente en PVC, con un diámetro interior min. de 90 mm.
G Pipeta de policarbonato negra.
ACOMETIDA AÉREA T3 S/ FRENTE PARA SUMINISTROS DE 50 A 100 kW

Nota: Cota expresada en mm.
* El ramal de caja de toma a tablero del cliente deberá ser con
conductores unipolares de Cu aislado en PVC de 50 mm2 de sección
mínima según Norma IRAM NM 247-3.
* El cable de acometida de red deberá ingresar sin empalmes a la
caja de toma.
* El espesor mínimo de la mampostería, entre el borde de la
pared y los caños será de 5 cm.
* La distancia máxima entre la caja de toma y el tablero
principal del cliente, medida en longitud de cables, no será
mayor a 2 metros.
* Las estructuras metálicas que forman parte del frente de la
propiedad sobre la línea municipal, tales como caños, rejas,
etc. deberán conectarse a una puesta a tierra independiente de
la instalación eléctrica del cliente.
* En ningún caso debe conectarse la puesta a tierra al conductor
neutro.
ACOMETIDA AÉREA T3 S/ FRENTE PARA SUMINISTROS DE 50 A 100 kW
LISTADO DE MATERIALES
ITEM DESCRIPCION
A Gabinete de medición de T3.
B Caja de toma T3 con 3 bases portafusibles NH tamaño3.
C Caja para T3, con soportes para transformadores de intensidad
D Caño semipesado de PVC de 75 mm de diámetro interno mínimo.
E Caño de PVC semipesado de 32 mm de diámetro interior mínimo
F Caño de acero cincado tipo pesado, aislado interior y
exteriormente en
PVC, con un diámetro interior min. de 90 mm.
G Pipeta de policarbonato negra.
PILAR P/ ACOMETIDA SUBTERRÁNEA-SUMINISTROS EN T3 DE 50 A 220 kW

Nota: Cota expresada en mm.
* El ramal de caja de toma a tablero del cliente deberá ser con
conductores unipolares de Cu aislado en PVC de 50 mm2 de sección
mínima según Norma IRAM NM 247-3.
* El espesor mínimo de la mampostería, entre el borde de la
pared y los caños será de 5 cm.
* La distancia máxima entre la caja de toma y el tablero
principal del cliente, medida en longitud de cables, no será
mayor a 2 metros.
* Las estructuras metálicas que forman parte del frente de la
propiedad sobre la línea municipal, tales como caños, rejas,
etc. deberán conectarse a una puesta a tierra independiente de
la instalación eléctrica del cliente.
PILAR P/ ACOMETIDA SUBTERRÁNEA - SUMINISTROS EN T3 DE 50 A 220
kW
MATERIALES
ITEM DESCRIPCION
A Gabinete de medición de T3.
B Caja de toma T3 con 3 bases portafusibles NH tamaño3.
C Caja de T3 con soportes para transformadores de intensidad.
D Conducto para cables de acometida a la red, o caño de PVC
semipesado de diámetro no menor a 4”.
E Caño semipesado de PVC de 32 mm de diámetro interno mínimo.
F Caño de PVC semipesado de 75 mm de diámetro interior mínimo
ACOMETIDA SUBTERRÁNEA S/ FRENTE P/SUMINISTROS EN T3 DE 50 A 220
kW

Nota: Cota expresada en mm.
* El ramal de caja de toma a tablero del cliente deberá ser con
conductores unipolares de Cu aislado en PVC de 50 mm2 de sección
mínima según Norma IRAM NM 247-3.
* El cable de acometida de red deberá ingresar sin empalmes a la
caja de toma.
* El espesor mínimo de la mampostería, entre el borde de la
pared y los caños será de 5 cm.
* La distancia máxima entre la caja de toma y el tablero
principal del cliente, medida en longitud de cables, no será
mayor a 5 metros.
* Las estructuras metálicas que forman parte del frente de la
propiedad sobre la línea municipal, tales como caños, rejas,
etc. deberán conectarse a una puesta a tierra independiente de
la instalación eléctrica del cliente.
ACOMETIDA SUBTERRÁNEA S/ FRENTE P/SUMINISTROS EN T3 DE 50 A 220
kW
MATERIALES
DESCRIPCION
1 Gabinete de medición de T3.
2 Caja de toma T3 con 3 bases portafusibles NH tamaño3.
3 Caja de T3 con soportes para transformadores de intensidad.
4 Conducto para cables de acometida a la red, o caño de PVC
semipesado de diámetro no menor a 4”.
5 Caño semipesado de PVC de 32 mm de diámetro interno mínimo.
6 Caño de PVC semipesado de 75 mm de diámetro interior mínimo
ACOMETIDA SUBTERRÁNEA S/ PARED LATERAL P/SUM. EN T3 DE 50 A 220
kW

Nota: Cota expresada en mm.
* El ramal de caja de toma a tablero del cliente deberá ser con
conductores unipolares de Cu aislado en PVC de 50 mm2 de sección
mínima según Norma IRAM NM 247-3.
* El cable de acometida de red deberá ingresar sin empalmes a la
caja de toma.
* El espesor mínimo de la mampostería, entre el borde de la
pared y los caños será de 5 cm.
* La distancia máxima entre la caja de toma y el tablero
principal del cliente, medida en longitud de cables, no será
mayor a 5 metros.
* Las estructuras metálicas que forman parte del frente de la
propiedad sobre la línea municipal, tales como caños, rejas,
etc. deberán conectarse a una puesta a tierra independiente de
la instalación eléctrica del cliente.
ACOMETIDA SUBTERRÁNEA S/ PARED LATERAL P/SUM. EN T3 DE 50 A 220
kW
MATERIALES
ITEM DESCRIPCION
1 Gabinete de medición de T3.
2 Caja de toma de T3 con 3 bases portafusibles NH tamaño3.
3 Caja de T3 con soportes para transformadores de intensidad.
4 Conducto para cables de acometida a la red, o caño de PVC
semipesado de diámetro no menor a 4”.
5 Caño semipesado de PVC de 32 mm de diámetro interno mínimo.
6 Caño de PVC semipesado de 75 mm de diámetro interior mínimo

1 Se entiende por vía pública a lugares como veredas, solados,
parques, plazas, barrios cerrados, clubes de campo y todo otro
lugar con acceso libre o restringido. No incluye a los
inmuebles.