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Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos
POLITICA AMBIENTAL -
CALIDAD DE AIRE
Resolución (MAAySP) 105/17. Del 28/6/2017. B.O.: 4/7/2017. Política Ambiental. Aprueba
los “Estándares de Aire de la Provincia de Córdoba”.
Córdoba, 28 de junio de 2017
VISTO: el Expediente N° 0416-010916/2017.
Y CONSIDERANDO:
Que el artículo 51 de la Ley Provincial de Política Ambiental N° 10.208
establece estándares ambientales, de efluentes y emisión y estándares
tecnológicos y el Decreto Provincial N° 247/15 establece los Planes de
Gestión Ambiental y sus correspondientes Auditorías Ambientales.
Que entre los instrumentos prioritarios de política y de gestión
ambiental establecidos en el artículo 8, inciso g de la citada ley se
establece la fijación de estándares y normas.
Que existen un conjunto de actividades que realizan las personas
físicas o jurídicas que deben ajustarse a nuevos estándares y normas
que fijan reglas técnicas para evitar efectos perjudiciales sobre el
ambiente como consecuencia de su actividad de conformidad a prescripto
por el artículo 51 supra referenciado.
Que en materia de calidad del aire, la provincia no cuenta con normas
propias que establezcan valores de emisión, ambientales o tecnológicos,
teniendo que recurrir para el control y fiscalización a normas de
referencia, criterios y datos, discrepantes en ocasiones y con
imprecisiones en otras. Ello hace necesario especificar los Planes de
Gestión Ambiental de las emisiones al aire, que en definitiva se
conviertan en la herramienta común que sirva para unificar criterios en
todo el territorio.
Que este Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos, en carácter
de Autoridad de Aplicación de la Ley Provincial de Política Ambiental N°
10.208, es competente para fijar e implementar dichos estándares, los
que se controlarán a través del sistema de Planes de Gestión Ambiental y
sus correspondientes Auditorías Ambientales.
Que para el desarrollo de una gestión ambiental adecuada de las
empresas y para el control y fiscalización de actividades que emiten al
aire es importante la formulación de los Planes de Gestión Ambiental,
que son exigibles para las actividades existentes y futuras, y han sido
reglamentados con el Decreto Provincial N° 247.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada lo dispuesto por la
Ley Provincial N° 10.337 y lo dictaminado por el Departamento Jurídico
de este Ministerio con el Nº 137/2017;
EL MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E
Artículo 1º APROBAR los “Estándares de Aire de la Provincia de Córdoba”,
los que como Anexo forman parte integrante de la presente.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial
y archívese.
ANEXO (formato PDF) |