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Ministerio de Ambiente y Economía Circular
POLÍTICA AMBIENTAL - LICENCIA AMBIENTAL
Resolución (MAyEC) 95/24. Del 15/5/2024. B.O.: 17/5/2024. Política
Ambiental. Dispone, con relación a los proyectos aprobados en los
términos de la Ley 7343 y su Dto. Reglamentario 2131/00, que el
Certificado Ambiental – Anexo A constituye el instrumento que acredita
la presentación del pertinente Plan de Gestión Ambiental como asimismo
el cumplimiento de todos los condicionamientos se hayan impuesto en la
Resolución ambiental oportunamente emitida en relación al Aviso de
Proyecto y/o Estudio de Impacto Ambiental, por lo que no resulta
pertinente ni necesaria la emisión de una Licencia Ambiental en los
términos de la Ley N° 10.208.
Córdoba, 15 de mayo de 2024 VISTO:
VISTO Y CONSIDERANDO…
Por todo ello, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el
Decreto N° 2206/2023, ratificado por Ley Provincial N° 10956, que
establece la Estructura Orgánica del Poder Ejecutivo, vigente.
LA MINISTRA DE AMBIENTE Y ECONOMIA CIRCULAR
RESUELVE:
Artículo 1°: DISPÓNGASE, con relación a los proyectos aprobados en los
términos de la Ley 7343 y su Dto. Reglamentario 2131/00, que el
Certificado Ambiental – Anexo A emitido por la Autoridad de Aplicación
de la Ley 10208, constituye el instrumento que acredita la presentación
del pertinente Plan de Gestión Ambiental como asimismo el cumplimiento
de todos los condicionamientos se hayan impuesto en la Resolución
ambiental oportunamente emitida en relación al Aviso de Proyecto y/o
Estudio de Impacto Ambiental, por lo que no resulta pertinente ni
necesaria la emisión de una Licencia Ambiental en los términos de la Ley
N° 10.208.
Artículo 2°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese y archívese. |