ECOFIELD - Provincias - Neuquén, Argentina - Disposición (SSRH) 352/16.


 

Provincias, Neuquén (Argentina)

- modifica y/o complementa a: disposición 459/14 DPRH.

- modificada y/o complementada por: disposición 260/26 SSRH.

Subsecretaría de Recursos Hídricos

RECURSOS HIDRICOS – USO INDUSTRIAL DE AGUAS PUBLICAS

Disposición (SSRH) 352/16. Del 14/12/2016. B.O.: 23/12/2016. Recursos Hídricos. Se fija el Valor del Canon Básico para el Uso y Aprovechamiento de las Aguas Públicas con Fines Industriales, a partir del 1º del mes de enero del año 2017, en la suma de pesos dos con dieciséis centavos ($2,16) por metro cúbico (m3) extraído o concesionado. Se aprueba el Formulario de Declaración Jurada de consumo de agua del año 2016.

Neuquén, 14 de diciembre de 2016.

Visto: … Considerando: …

Por ello:

EL SUBSECRETARIO DE RECURSOS HÍDRICOS

DISPONE:

Artículo 1°: Fíjase el Valor del Canon Básico para el Uso y Aprovechamiento de las Aguas Públicas con Fines Industriales, a partir del 1º del mes de enero del año 2017, en la suma de pesos dos con dieciséis centavos ($2,16) por metro cúbico (m3) extraído o concesionado.

Artículo 2º: Apruébase el Formulario de Declaración Jurada de consumo de agua del año 2016, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Disposición y el Formulario de Declaración Jurada de consumo de agua del año 2016 destinada a la exploración y explotación de reservorios no convencionales que como Anexo II, forma parte integrante de la presente norma legal.

Artículo 3º: Impóngase la carga de presentar la Declaración Jurada del volumen consumido durante el año 2016 a los usuarios, sean o no titulares de concesiones, mediante Formularios Anexo I y Anexo II, bajo apercibimiento de tener por efectivamente utilizado el volumen determinado por este Organismo.

Artículo 4º: Establézcase la fecha de vencimiento de presentación de los Formularios Anexo I y Anexo II, para el día 13 de febrero de 2017.

Artículo 5º: Establézcase la fecha de vencimiento de la obligación de pago del canon por Uso y Aprovechamiento de Aguas Públicas con Fines Industriales, correspondientes al período 2016, para el día 05 de abril de 2017.

Artículo 6º: Reemplázase el Anexo I de la Disposición DPRH Nº 495/14 “Clasificación de los Usos Industriales, por el “Nomenclador de Usos Industriales” que como Anexo III, forma parte de la presente norma legal, con vigencia para los consumos realizados a partir del 1º de enero del corriente año.

Artículo 7°: Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y Cumplido, Archívese.

ANEXO I (formato PDF)

ANEXO II (formato PDF)

ANEXO III (formato PDF)

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