Registro Nacional de Armas
ARMAR Y EXPLOSIVOS -
MANUAL ENTIDADES DE TIRO REMAR
(MET) – APROBACION
Disposición (RENAR) 315/07. Del 17/8/2007. B.O.:
22/8/2007. Armas y Explosivos. Se aprueba el Manual de Entidades de Tiro
RENAR (MET), edición 2007.
Bs. As., 17/8/2007
VISTO lo normado por la Ley Nacional de Armas y
Explosivos Nº 20.429, las Leyes Nros. 23.979 y 24.492, los Decretos
Nros. 395/75, 73/88 y 252/94, y la Disposición RENAR Nº 104/99, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 73/88, transfirió al Registro Nacional
de Armas las funciones asignadas a la desaparecida Dirección General de
Tiro, dependiente del Comando General del Ejército.
Que con el objeto de unificar la normativa vigente, se
confeccionó el Manual de Entidades de Tiro (M.E.T.), el cual fue
aprobado por la Disposición RENAR Nº 104/99.
Que dado el tiempo transcurrido resulta necesario
efectuar una actualización del Manual de mención.
Que, en consecuencia, dicha tarea ha sido cumplida en
forma mancomunada por integrantes de este Registro Nacional de Armas,
junto a técnicos, tiradores, representantes de las Entidades de Tiro,
autoridades de la Federación Argentina de Tiro, la Federación Argentina
de Tiro al Vuelo y la Federación de Tiro Práctico de la República
Argentina, convocadas al efecto, realizando así, un invalorable aporte
de sus conocimientos y experiencias, tanto a nivel nacional como
internacional.
Que han tomado la intervención de su competencia las
Coordinaciones de Autorizaciones Especiales y de Asuntos Jurídicos de
este Registro Nacional de Armas.
Que el suscripto es competente para adoptar la presente
medida en virtud de lo dispuesto por las Leyes Nros. 20.429, 23.979 y
24.492 y por los Decretos Nros. 395/75, 252/94, 1023/06 y 1024/06.
Por ello,
EL DIRECTOR DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
DISPONE:
Artículo 1º — Aprobar el "Manual Entidades de Tiro RENAR
(MET) - edición 2007", que como Anexo I se agrega a la presente
Disposición y forma parte integrante de la misma.
Art. 2º — Aprobar el "Acta de Evaluación de Entidad de
Tiro", que como Anexo II se agrega a la presente Disposición y forma
parte integrante de la misma.
Art. 3º — Aprobar el "Acta de Inspección para Entidades
de Tiro", que como Anexo III se agrega a la presente Disposición y forma
parte integrante de la misma.
Art. 4º — Aprobar el "Acta de Certificación para
Instructores de Tiro", que como Anexo IV se agrega a la presente
Disposición y forma parte integrante de la misma.
Art. 5º — Establecer en noventa (90) días corridos,
contados a partir de la sanción de la presente, el plazo de entrada en
vigencia de los requisitos y procedimientos incorporados al Manual
referido en el artículo 1º.
Art. 6º — Derogar la Disposición RENAR Nº 104/99 y toda
otra norma administrativa dictada por el Organismo en oposición a los
procedimientos establecidos en el Manual referido en el artículo 1º de
la presente Disposición.
Art. 7º — Comuníquese, regístrese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial, incorpórese al Banco Nacional
Informatizado de Datos RENAR y cumplido, archívese.
ANEXO I (formato PDF)
ANEXO II (formato PDF)
ANEXO III (formato PDF)
ANEXO IV (formato PDF) |