|
Secretaría de Ambiente y
Desarrollo Sustentable
RESIDUOS PELIGROSOS -
MODELO DE CERTIFICADO AMBIENTAL ANUAL Y MODELO DE TARJETA
DE HABILITACION VEHICULAR - APROBACION
Resolución (SAyDS) 326/08.
Del 14/4/2008. B.O.: 28/4/2008. Apruébanse el Modelo de Certificado
Ambiental Anual (C.A.A.) y el Modelo de Tarjeta de Habilitación
Vehicular.
Bs. As., 14/4/2008
VISTO el Expediente Nº
00559/2008 del Registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Residuos
Peligrosos Nº 24.051, su Decreto Reglamentario Nº 831 del 23 de abril de
1993, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado
en el VISTO, tramita la modificación del Modelo de Certificado Ambiental
Anual, su Anexo I y la Tarjeta de Habilitación Vehicular.
Que es deber de la Autoridad
de Aplicación de la ley dictar todas las normas complementarias que
fueren menester y expedirse para la mejor interpretación y aplicación de
la Ley Nº 24.051 y su Decreto Reglamentario (v. art. 60, Ley Nº 24.051 y
art. 60, ap. 2º, Dto. Nº 831/ 93).
Que el artículo 5º de la Ley
Nº 24.051 al referirse al Certificado Ambiental Anual lo define como el
"instrumento que acredita, en forma exclusiva, la aprobación del sistema
de manipulación, transporte, tratamiento o disposición final que los
inscriptos aplicarán a los residuos peligrosos".
Que corresponde a la
Autoridad de Aplicación de la ley establecer los procedimientos internos
para el otorgamiento del Certificado Ambiental Anual (conf. artículo 7º
del Decreto Reglamentario Nº 831/93), de la cual se desprende la
competencia para establecer el Modelo de Certificado Ambiental Anual.
Que los Certificados
Ambientales Anuales son formularios preimpresos en papel especial, con
marca de agua y numerados en forma correlativa.
Que ante la proximidad de
agotamiento de la actual partida de Certificados, corresponde ordenar
una nueva impresión, la cual deberá adecuarse a los cambios
institucionales y a las actuales necesidades técnicas.
Que asimismo corresponde
readecuar las tarjetas de habilitación vehiculares que se entregan a los
transportistas de residuos peligrosos por cada unidad habilitada.
Que la DELEGACION LEGAL ha
tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es
competente para el dictado del presente acto administrativo en virtud de
lo dispuesto por la Ley Nº 24.051 y el Artículo 60 de la Ley Nº 25.612,
según Decreto de Promulgación Nº 1343, de fecha 25 de julio de 2002 y
los Decretos Nº 828/06, Nº 830/06 y Nº 142/07.
Por ello,
LA SECRETARIA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
Artículo 1º — Aprobar el
Modelo de Certificado Ambiental Anual (C.A.A.) y el Modelo de Anexo I
del mismo, que como Anexo I forman parte integrante de la presente
resolución.
(Nota Ecofield: por
resolución 427/16 MAyDS se establece
a utilización del nuevo Modelo de Certificado Ambiental Anual y su
correspondiente Anexo I aprobados en la norma de referencia, a partir de
la fecha en que se produzca el agotamiento de las existencias con que se
cuenta del modelo aprobado por la presente Resolución, manteniendo en el
futuro la numeración de forma correlativa).
Art. 2º — Aprobar el Modelo
de Tarjeta de Habilitación Vehicular que como Anexo II forma parte
integrante de la presente resolución.
(Nota Ecofield: por
resolución 427/16 MAyDS se deja sin
efecto el uso de la Tarjeta de Habilitación Vehicular que fuera aprobada
por la presente Resolución).
Art. 3º — Establecer la
utilización del nuevo Modelo de Certificado Ambiental Anual (C.A.A.),
Anexo I del mismo y las Tarjetas de Habilitación Vehicular aprobadas, a
partir de la fecha de publicación de la presente.
Art. 4º — Derogar toda
resolución que se oponga a la presente.
Art. 5º — De forma.
ANEXO I
(Nota Ecofield: por
resolución 427/16 MAyDS se establece
a utilización del nuevo Modelo de Certificado Ambiental Anual y su
correspondiente Anexo I aprobados en la norma de referencia, a partir de
la fecha en que se produzca el agotamiento de las existencias con que se
cuenta del modelo aprobado por la presente Resolución, manteniendo en el
futuro la numeración de forma correlativa).

ANEXO II
 |