Consejo de Ecología y Medio Ambiente
IMPACTO AMBIENTAL - DDJJ - TASAS
Resolución (CEyMA) 433/08. Del 30/12/2008. B.O.: 26/1/2009. Medio
ambiente. Tasas. Estudio del impacto ambiental. Declaración jurada
ambiental. Actualizaciones bianuales.
Visto: La Ley M N° 3266, Decreto N° 663/03, Decreto N° 656/04 y;
Considerando:
Que, por ley M N° 3266, es el Consejo de Ecología. y Medio Ambiente, la
Autoridad Provincial de Aplicación de la problemática ambiental dentro
de la provincia de Río Negro;
Que en ese carácter es la encargada de la implementación del
Procedimiento Administrativo de las presentaciones que se efectúan en
virtud de la Ley M N° 3266 ante esta Autoridad de Aplicación;
Que, la Ley M N° 3266, en su Título VI. Fondos Presupuestarios, artículo
36 establece que "La autoridad de aplicación provincial y municipal de
la ley, quedan facultadas para aplicar tasas en concepto de retribución
por: a) Declaración Jurada; b) Estudios de Impacto Ambiental; c)
Resolución Ambiental; d) Renovación de Resolución Ambiental periódica de
acuerdo a los parámetros que fije la reglamentación; e) Por habilitación
de consultores para realizar Declaraciones Juradas y Estudios de Impacto
Ambiental en forma anual...."
Que, atento la voluminosidad y cantidad de los proyectos que se
presentan anualmente ante este Consejo de Ecología y Medio Ambiente
resulta imprescindible para el cumplimiento eficiente del cometido de la
Ley de Evaluación de Impacto Ambiental y la complejidad que las
mencionadas tareas alcanzan, fijar los montos de las Tasas establecidas
por la presentación de las Declaraciones Juradas, los Estudios de
Impacto Ambiental, y las Renovaciones Periódicas conforme normativa
vigente;
Que, todo ello es en pos de facilitar una mejor y mayor eficiencia de la
actividad desplegada por el Consejo de Ecología y Medio Ambiente y con
ello afianzar los ejes sustantivos de gobierno en materia de
transparencia, celeridad, eficacia y eficiencia de la gestión;
Que, el suscripto es competente para el dictado de la presente
Resolución en virtud de la Ley M N° 3266, (Art. 22 y 23) y Decreto
663/03 mediante los cuales el Gobierno de la Provincia de Río Negro
designa al Consejo de Ecología y Medio Ambiente (CODEMA) como autoridad
de aplicación de la Ley M N° 3266.
Por ello: El Presidente del Consejo de Ecología y Medio Ambiente
resuelve:
Art. 1° - Fijar la Tasa en concepto de retribución establecida en el
artículo 36 incisos a), b) y d) de la Ley M N° 3266, conforme los montos
y conceptos que a continuación se exponen:
- Estudio de Impacto Ambiental: Pesos quinientos ($ 500)
- Declaración Jurada Ambiental: Pesos quinientos ($ 500)
- Actualizaciones Bianuales: Pesos quinientos ($ 500).
Art. 2° - Las tasas fijadas en el artículo precedente conforme Art. 36
de la Ley M N° 3266 deben pagarse mediante depósito en la Cuenta N°
900001994 -Protección Ambiental - Tesorería General de la Provincia de
Río Negro, y acreditar de manera fehaciente el mismo, acompañando copia
de la constancia de pago al Consejo de Ecología y Medio Ambiente
juntamente con la presentación a efectuar.
Art. 3° - Se hace saber que a partir de la publicación de la presente en
el Boletín Oficial, no se dará trámite a las presentaciones que se
efectúen sin acreditar el pago de la tasa correspondiente.
Art. 4° - De forma. |