Secretaría de Medio Ambiente
CONTAMINACION AMBIENTAL - IMPACTO AMBIENTAL - TASA
Resolución (SMA) 998/12. Del 19/9/2012. B.O.: 27/9/2012. Evaluación
del impacto ambiental. Tasas. Actualización.
Visto: El Expediente N° 165.103-SMA-2012 del Registro de la Secretaría
de Medio Ambiente caratulado "S/Actualización de Tasas Ambientales - Ley
N° 3266", la Ley M N° 3.266, Ley 4741, la Resolución N° 433/COD/08, y;
Considerando:
Que por Ley M N° 3266, la Secretaría de Medio Ambiente es la Máxima
Autoridad de Aplicación de la problemática ambiental dentro de la
jurisdicción de la Provincia de Río Negro;
Que en ese carácter, es la encargada de la implementación del
Procedimiento Administrativo de las presentaciones que se efectúan en
virtud de la Ley M N° 3266 ante esta Autoridad de Aplicación (conf. Art.
22 de la Ley M N° 3266);
Que, la Ley M N° 3266, en su título VI. Fondos Presupuestarios, artículo
36 establece que "La autoridad de aplicación provincial y municipal de
la ley, quedan facultadas para aplicar tasas en concepto de retribución
por: a) Declaración Jurada., b) Estudios de Impacto Ambiental., c)
Resolución Ambiental., d) Renovación de Resolución Ambiental periódica
de acuerdo a los parámetros que fije la reglamentación., e) Por
habilitación de Consultores para realizar Declaraciones Juradas y
Estudios de Impacto Ambiental en forma anual...";
Que en el año 2008 mediante Resolución N° 433/COD/2008 se fijaron las
tasas en concepto de retribución establecida en el artículo 36 incisos
a), b) y d) de la Ley M N° 3266, en la suma de pesos Quinientos ($ 500);
Que, a fin de dar cumplimento eficiente a las facultades procedimentales
de este organismo, se hace necesario actualizar las tasas ambientales
oportunamente establecidas;
Que la Secretaría de Medio Ambiente es competente para el dictado de la
presente en función de la Ley de Ministerios N° 4712, por medio de la
cual se crea la Secretaría de Medio Ambiente de Río Negro y por la Ley
N° 4741 que establece sus deberes y atribuciones, en el carácter de
máxima autoridad ambiental de la provincia;
Por ello: La Secretaría de Medio Ambiente resuelve:
Art. 1° - Actualizar las tasas en concepto de retribución establecida en
el artículo 36 incisos a), b) y d) de la Ley M N° 3266, fijándose los
siguientes montos:
- Declaración Jurada Ambiental: Pesos Setecientos ($ 700).
- Estudio de Impacto Ambiental: Pesos Setecientos ($ 700).
- Actualizaciones Bianuales: Pesos Setecientos ($ 700).
Art. 2° - Las tasas fijadas en el artículo precedente deben pagarse
mediante depósito en la Cuenta N° 900001994 - Protección Ambiental -
Tesorería General de la Provincia de Río Negro, y acreditar de manera
fehaciente el mismo, acompañando copia de la constancia de pago a esta
Secretaría de Medio Ambiente juntamente con la presentación a efectuar.
Art. 3° - Se hace saber que a partir de la publicación de la presente en
el Boletín Oficial, no se darán trámite a las presentaciones que se
efectúen sin acreditar el pago de la tasa correspondiente.
Art. 4° - De forma.