ECOFIELD - Provincias - Río Negro, Argentina - Resolución (SMA) 998/12.

 

 

Provincias / Río Negro (Argentina)

- modifica y/o complementa a: ley 3266, ley 4741, resolución 433/09 CEyMA.

- modificada y/o complementada por:

Secretaría de Medio Ambiente

CONTAMINACION AMBIENTAL - IMPACTO AMBIENTAL - TASA

Resolución (SMA) 998/12. Del 19/9/2012. B.O.: 27/9/2012. Evaluación del impacto ambiental. Tasas. Actualización.

Visto: El Expediente N° 165.103-SMA-2012 del Registro de la Secretaría de Medio Ambiente caratulado "S/Actualización de Tasas Ambientales - Ley N° 3266", la Ley M N° 3.266, Ley 4741, la Resolución N° 433/COD/08, y;

Considerando:

Que por Ley M N° 3266, la Secretaría de Medio Ambiente es la Máxima Autoridad de Aplicación de la problemática ambiental dentro de la jurisdicción de la Provincia de Río Negro;

Que en ese carácter, es la encargada de la implementación del Procedimiento Administrativo de las presentaciones que se efectúan en virtud de la Ley M N° 3266 ante esta Autoridad de Aplicación (conf. Art. 22 de la Ley M N° 3266);

Que, la Ley M N° 3266, en su título VI. Fondos Presupuestarios, artículo 36 establece que "La autoridad de aplicación provincial y municipal de la ley, quedan facultadas para aplicar tasas en concepto de retribución por: a) Declaración Jurada., b) Estudios de Impacto Ambiental., c) Resolución Ambiental., d) Renovación de Resolución Ambiental periódica de acuerdo a los parámetros que fije la reglamentación., e) Por habilitación de Consultores para realizar Declaraciones Juradas y Estudios de Impacto Ambiental en forma anual...";

Que en el año 2008 mediante Resolución N° 433/COD/2008 se fijaron las tasas en concepto de retribución establecida en el artículo 36 incisos a), b) y d) de la Ley M N° 3266, en la suma de pesos Quinientos ($ 500);

Que, a fin de dar cumplimento eficiente a las facultades procedimentales de este organismo, se hace necesario actualizar las tasas ambientales oportunamente establecidas;

Que la Secretaría de Medio Ambiente es competente para el dictado de la presente en función de la Ley de Ministerios N° 4712, por medio de la cual se crea la Secretaría de Medio Ambiente de Río Negro y por la Ley N° 4741 que establece sus deberes y atribuciones, en el carácter de máxima autoridad ambiental de la provincia;

Por ello: La Secretaría de Medio Ambiente resuelve:

Art. 1° - Actualizar las tasas en concepto de retribución establecida en el artículo 36 incisos a), b) y d) de la Ley M N° 3266, fijándose los siguientes montos:

- Declaración Jurada Ambiental: Pesos Setecientos ($ 700).

- Estudio de Impacto Ambiental: Pesos Setecientos ($ 700).

- Actualizaciones Bianuales: Pesos Setecientos ($ 700).

Art. 2° - Las tasas fijadas en el artículo precedente deben pagarse mediante depósito en la Cuenta N° 900001994 - Protección Ambiental - Tesorería General de la Provincia de Río Negro, y acreditar de manera fehaciente el mismo, acompañando copia de la constancia de pago a esta Secretaría de Medio Ambiente juntamente con la presentación a efectuar.

Art. 3° - Se hace saber que a partir de la publicación de la presente en el Boletín Oficial, no se darán trámite a las presentaciones que se efectúen sin acreditar el pago de la tasa correspondiente.

Art. 4° - De forma.

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