ECOFIELD - Materiales Controlados - Resolución (ANMaC) 204/22.

 

 

Argentina, Armas y Explosivos

- modifica y/o complementa a: ley 20429, deroga resolución 3/17 ANMaC, decreto 395/75 PEN, decreto 302/83 PEN.

- modificada y/o complementada por: resolución 1383/25 MSG.

Agencia Nacional de Materiales Controlados

AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS - ARANCELES

Resolución (ANMaC) 204/22. Del 19/12/2022. B.O.: 22/12/2022. Agencia Nacional de Materiales Controlados. Aprueba actualización de aranceles de trámites. Establece multas. Aprueba Instructivo de Sanciones Pecuniarias. Aprueba especificaciones técnicas, el modelo de diseño y formato de las estampillas.

Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2022

VISTO Y CONSIDERANDO…

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- (art. derogado por resolución 1383/25 MSG) Aprobar la actualización de aranceles de los trámites relacionados con materiales del Decreto Nº 395/75, que identificado como IF-2022-135479478-APN-ANMAC#MJ, que como Anexo I forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- (art. derogado por resolución 1383/25 MSG) Aprobar la actualización de aranceles de los trámites relacionados con materiales del Decreto Nº 302/83, identificada como IF-2022-135479786-APN-ANMAC#MJ, que como Anexo II forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3º-. (art. derogado por resolución 1383/25 MSG) Establecer en PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000) el monto máximo de la multa establecida por el artículo 36, inciso 2º de la Ley N° 20.429, para los supuestos de particulares o responsables individuales.

ARTÍCULO 4º-. (art. derogado por resolución 1383/25 MSG) Establecer en PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000) el monto máximo de la multa prevista por el artículo 36, inciso 3º de la Ley N° 20.429, para aquellos casos de usuarios comerciales, industrias, fábricas, entidades financieras, empresas de transporte y logística, minas, obras, importadores, exportadores o responsables comerciales o colectivos y toda otra persona humana o de existencia ideal alcanzada por la competencia de las normas enunciadas en el artículo 5, inciso 17 de la Ley N° 27.192.

ARTÍCULO 5º.- (art. derogado por resolución 1383/25 MSG) Instituir la Unidad ANMaC, con un valor base inicial de PESOS MIL ($1.000) para la determinación de los valores de los formularios, trámites y multas de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, la cual deberá ser actualizada anualmente por ésta, observando los Índices de Precios al Consumidor que aporta en Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC).

ARTÍCULO 6º.- Aprobar el “INSTRUCTIVO DE SANCIONES PECUNIARIAS DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS”, identificado como IF-2022-135479158-APN-ANMAC#MJ, que como Anexo III forma parte integrante de la presente, el cual deberá ser aplicado por la Comisión de Evaluación Permanente en Materia de Portaciones y Sanciones en ejercicio de sus funciones.

ARTÍCULO 7°. - Aprobar las especificaciones técnicas, el modelo de diseño y formato de las estampillas designados como Formulario Leyes N° 23.283 y 23.412, identificado como IF-2022-134868231-APN-DA#ANMAC, que como Anexo IV forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 8º.- Derogar la Resolución ANMaC Nº 3/2017.

ARTÍCULO 9º.- La presente medida entrará en vigencia el día 01 febrero de 2023.

ARTÍCULO 10º.- Comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar.

ANEXO I (formato PDF) - Aranceles de los trámites relacionados con materiales del Decreto Nº 395/75.

ANEXO II (formato PDF) - Aranceles de los trámites relacionados con materiales del Decreto Nº 302/83.

ANEXO III (formato PDF) – Instructivo para la aplicación de sanciones.

ANEXO IV (formato PDF) - Formularios.

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