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Ministerio de Servicios Públicos
POLÍTICA AMBIENTAL - PROGRAMA DE
REDUCCIÓN Y COMPENSACIÓN DE EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO (GEI)
- CREACIÓN
Resolución (MSP) 297/22. Del 5/10/2022. B.O.: 28/10/2022. Política
Ambiental. Crea el Programa de Reducción y Compensación de Emisiones de
Gases de Efecto Invernadero (GEI). Mitigación, y/o compensación de las
emisiones de Gases de Efecto Invernadero asociadas a la transición y
transformación de la matriz energética.
Córdoba, 05 de octubre de 2022
VISTO: el Expediente N° 0632-006952/2022
Y CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial N° 10.572 declaró de interés provincial el “Uso
Racional y Eficiente de la Energía”, con el propósito de fomentar el
desarrollo sustentable logrando mejoras en la competitividad de la
economía, protegiendo y mejorando la calidad de vida de la población y
contribuyendo con el cuidado del medio ambiente, mediante la reducción
de emisiones de Gases de Efecto Invernadero.
Que la Ley Provincial N° 10.573 promovió en la Provincia de Córdoba el
uso de sistemas de captación de energía solar con el propósito de
producir agua caliente de baja temperatura con fines sanitarios y de
calefacción de ambientes, ya sea para uso residencial o comercial, como
así también para calentamiento o precalentamiento de agua en procesos
industriales.
Que mediante la Ley N° 10.604, la Provincia de Córdoba adhirió a la Ley
Nacional N° 27.424 que establece el “Régimen de Fomento a la Generación
Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública”.
Que la Ley Provincial N° 10.721 declaró de interés provincial la “…
Promoción y Desarrollo para la Producción y Consumo de Biocombustibles y
Bioenergía en el marco de la transición energética…”, estableciendo
entre sus objetivos el desarrollo de una política de Estado para
consolidar el proceso de transición energética y migrar a una economía
sustentada en fuentes de energía renovable, disminuyendo así la emisión
de Gases de Efecto Invernadero.
Que por Decreto Provincial N° 918/2020 se designó al Ministerio de
Coordinación como Autoridad de Aplicación de la citada Ley N° 10.721,
quien delegó mediante Resolución N° 37/2021 de la referida cartera en
este Ministerio de Servicios Públicos tal carácter, a los fines de la
intervención de las áreas técnicas correspondientes que guarden
vinculación con el objeto normado.
Que para poder hacer frente a los problemas ambientales de escala
mundial, nuestro país adhirió a diversa normativa internacional y dictó
normas a nivel nacional, con el objetivo de construir soluciones y
estrategias de mediano y largo plazo que permitan disminuir el impacto
de las actividades humanas generadoras de Gases de Efecto Invernadero.
Que en línea con los fines referidos, surgió desde este Ministerio la
iniciativa de crear el “Programa de Reducción y Compensación de
Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI)” en el ámbito del
Ministerio de Servicios Públicos, que persiga promover la ejecución de
acciones y/o inversiones concretas de mitigación o reducción de las
emisiones de Gases de Efecto Invernadero en el marco de esta
repartición.
Que en el mismo orden de ideas, deviene necesaria la creación de un
“Comité de Certificación de Carbono Desplazado” con facultades
suficientes para validar y cuantificar las unidades de reducción y
compensación de emisiones de Gases de Efecto Invernadero a través de
metodologías simplificadas basadas en protocolos y estándares
existentes, así como también estimar las emisiones y huellas de carbono
de personas humanas o jurídicas específicas en el marco del citado
Programa; emitiendo los documentos necesarios para la correspondiente
validación.
Que la referenciada Ley Provincial N° 10.721, en su artículo 13, dispuso
asimismo la creación de un “Consejo Consultivo para la Producción y
Consumo de Biocombustibles y Bioenergía”, con participación de distintos
actores sociales, productivos, de servicios, de investigación,
académicos, financieros y miembros de las fuerzas políticas con
representación en el Poder Legislativo Provincial, y otros sectores que
se estimen pertinentes, como organismo de asesoramiento y planificación
estratégica en la materia referida, con finalidad de abordar eficazmente
los desafíos ambientales, sociales, y económicos que el actual contexto
global exige.
Que el citado Consejo tiene como funciones –entre otras- formular,
implementar y evaluar políticas públicas de mediano y largo plazo, así
como su interrelación y complementación con otros programas de gobierno
que posibiliten el desarrollo de la Política Provincial.
Que como consecuencia de lo expuesto, resulta conveniente y necesario
invitar al referido Consejo Consultivo como órgano asesor en materia de
reducción de Gases de Efecto Invernadero y en el mismo sentido, al
“Consejo Asesor de Políticas Energéticas de Córdoba” (CAPEC). Por ello,
actuaciones cumplidas, normativa citada, y lo dispuesto por Decreto
Provincial N° 1.615/2019 ratificado por Ley N° 10.726; y lo dictaminado
por el Departamento Jurídico de este Ministerio con el N° 317/2022;
EL MINISTRO DE SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1°: CRÉASE el “Programa de Reducción y Compensación de
Emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI)” en el ámbito del
Ministerio de Servicios Públicos, con el objeto de promover la ejecución
de acciones e inversiones concretas de mitigación, y/o compensar las
emisiones de Gases de Efecto Invernadero asociadas a la transición y
transformación de la matriz energética.
Artículo 2º: CONFÓRMASE el “Comité de Certificación de Carbono
Desplazado”, que tendrá facultades suficientes para validar y
cuantificar las unidades de reducción y compensación de emisiones de los
proyectos a través de metodologías simplificadas basadas en protocolos y
estándares existentes, así como también estimar las emisiones y huellas
de carbono de personas humanas o jurídicas específicas en el marco del
Programa creado por el artículo 1° precedente; emitiendo los documentos
necesarios para la correspondiente validación.
Artículo 3°: FACÚLTASE a la Secretaría de Desarrollo Energético
dependiente de este Ministerio de Servicios Públicos, a designar los
integrantes del “Comité de Certificación de Carbono Desplazado” y
determinar los procedimientos específicos necesarios para la correcta
ejecución del Programa.
Artículo 4°: CONVÓCASE al “Consejo Consultivo para la Producción y
Consumo de Biocombustibles y Bioenergía” creado por Ley Provincial N°
10.721 y al “Consejo Asesor de Políticas Energéticas de Córdoba”
(CAPEC), a fin de colaborar con la Autoridad de Aplicación del Programa
previsto en el artículo 1° precedente para su implementación.
Artículo 5°: PROTOCOLÍCESE, notifíquese y archívese. |