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Subsecretaría de Trabajo
HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO - UNIDAD DE PAGO DE
SERVICIOS (UPASER)
Resolución (SST) 20/23. Del 20/7/2023. B.O.: 4/8/2023. Trabajo.
Higiene y Seguridad en el Trabajo. Fija el valor de la Unidad de Pago de
Servicios (UPASER) períodos Julio, Agosto y Septiembre de 2023.
Neuquén, 20 de julio de 2023.
VISTO Y CONSIDERANDO...
Por ello;
EL SUBSECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
Artículo 1°: FÍJASE el valor de la Unidad de Pago de Servicios (UPASER)
que presta la Subsecretaría de Trabajo en la suma de pesos MIL CINCUENTA
Y CINCO ($1.055) a partir de la publicación de la presente norma legal
en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme lo establecido en la Ley
2044, Ley 2243, Decreto Nº 0992/94, Decreto Nº 1025/00 y Resolución N°
10/2023 del CNEPSMVM.
Artículo 2°: FÍJASE el valor de la Unidad de Pago de Servicios (UPASER)
que presta la Subsecretaría de Trabajo en la suma de pesos MIL CIENTO
VEINTICINCO ($1.125) a partir del 01 de Agosto de 2023 conforme lo
establecido en la Ley 2044, Ley 2243, Decreto Nº 0992/94, Decreto Nº
1025/00 y Resolución N° 10/2023 del CNEPSMVM.
Artículo 3°: FÍJASE el valor de la Unidad de Pago de Servicios (UPASER)
que presta la Subsecretaría de Trabajo en la suma de pesos MIL CIENTO
OCHENTA ($1180) a partir del 01 de Septiembre de 2023 conforme lo
establecido en la Ley 2044, Ley 2243, Decreto Nº 0992/94, Decreto Nº
1025/00 y Resolución N° 10/2023 del CNEPSMVM.
Artículo 4º: ESTABLÉZCASE que a partir de la notificación de la presente
norma legal, todo servicio arancelado que preste la Subsecretaría de
Trabajo se deberá ajustar al detalle de montos actualizados que figura
como Anexo Único a la presente norma legal.
Artículo 5º: NOTIFÍQUESE lo dispuesto en la presente norma legal, a las
distintas Delegaciones Regionales de Trabajo, dependientes de la
Subsecretaría de Trabajo, del Ministerio de Desarrollo social y Trabajo.
Artículo 6º: EFECTÚESE la Publicación de estilo en el Boletín Oficial
Provincial y en la página web de la Subsecretaría de Trabajo.
Artículo 7º: ESTABLÉZCASE que por la Dirección de Despacho de la
Subsecretaría de Trabajo, se efectúen las notificaciones de rigor.
Artículo 8º: Regístrese, comuníquese, y cumplido, Archívese. |