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Argentina,
Metrología Legal |
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- modifica y/o complementa a:
ley 19511,
decreto 788/03 PEN.
- modificada y/o complementada por:
resolución 144/12 SECI,
resolución 166/14 SECI,
resolución 90/15 SC,
resolución 421/15 SC,
resolución 38/18 SC,
resolución 69/19 SECI, derogada
por resolución 247/19 SECI. |
Secretaría de Comercio Interior
METROLOGIA LEGAL - REGLAMENTO TECNICO Y METROLOGICO PARA LOS MEDIDORES DE ENERGIA
ELECTRICA ACTIVA EN CORRIENTE ALTERNA
Resolución (SECI) 90/12. Del 10/9/12.
B.O.: 13/9/2012. Metrología Legal. Apruébase el Reglamento Técnico y
Metrológico para
los medidores de energía eléctrica activa en corriente alterna.
Bs. As., 10/9/2012
VISTO el Expediente Nº S01:0080899/2006 del Registro del ex -
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que resulta conveniente la intervención del Estado Nacional en el
control del parque de instrumentos de medición que intervienen en la
cuantificación de los bienes que son objeto de transacciones
comerciales, así como en la preservación de la salud, la seguridad y
el medio ambiente.
Que el artículo 7º de la Ley Nº 19.511 faculta al Poder Ejecutivo
Nacional para dictar la reglamentación de especificaciones y
tolerancias para los instrumentos de medición alcanzados por la
misma.
Que el Decreto Nº 788 del 18 de septiembre de 2003, reglamentario de
la Ley Nº 19.511, dispone en su artículo 2º, inciso a) que es
función de la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, hoy SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, establecer el reglamento
de aprobación de modelos, verificación primitiva, verificación
periódica y vigilancia de uso de instrumentos de medición.
Que asimismo, el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI),
organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA,
en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3º,
incisos e) y f) del Decreto Nº 788/03, ha propuesto un Reglamento
técnico y metrológico para los medidores de energía eléctrica activa
en corriente alterna.
Que la Dirección de Legales del Area de Comercio Interior
dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades
otorgadas por el artículo 2º, incisos a), h) e i) del Decreto Nº
788/03.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase el Reglamento técnico y metrológico para los
medidores de energía eléctrica activa en corriente alterna que como
Anexo en SETENTA Y SIETE (77) fojas, forma parte integrante de la
presente resolución.
Art. 2º — (texto s/resolución
421/15 SC) Los medidores de energía eléctrica activa en
corriente alterna, que se fabriquen, comercialicen e importen en el
país deberán cumplir con el Reglamento Técnico y Metrológico para
los Medidores de Energía Eléctrica Activa en Corriente Alterna
aprobado por el Artículo 1° de la presente resolución, a partir del
día 31 de marzo de 2016.
Art. 3º — (texto s/resolución 144/12
SECI) El reglamento aprobado por la presente Resolución no será
de aplicación a los instrumentos de medición que se encuentren
instalados en el país con anterioridad a la fecha de entrada en
vigencia de la presente resolución.
Art. 4º — (texto s/resolución 144/12
SECI) Los instrumentos de medición alcanzados por la presente
resolución deberán efectuar la verificación periódica establecida en
el artículo 9º de la Ley Nº 19.511 con la periodicidad establecida
en el punto B.11 del Anexo de la presente resolución. El INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado
en la órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA, podrá actuar
concurrentemente con esta Autoridad de Aplicación tanto en las
verificaciones periódicas como en la vigilancia de uso de dichos
instrumentos de medición.
El personal técnico del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL
(INTI), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, podrá realizar los ensayos necesarios para la Aprobación
de Modelo, Verificación Primitiva y Verificación Periódica de los
instrumentos alcanzados por el Reglamento Técnico y Metrológico para
los Medidores de Energía Eléctrica Activa en Corriente Alterna,
tanto en los laboratorios del propio instituto como en laboratorios
de las distribuidoras de energía eléctrica o en laboratorios
pertenecientes a Universidades Nacionales, que el Instituto Nacional
de Tecnología Industrial (INTI) considere adecuados para tal fin.
Art. 5º — (texto s/resolución
421/15
SC)
La tasa cuyo cobro se encuentra a cargo de la
SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS se fija en PESOS TRES MIL ($ 3.000.-) para la Aprobación de
Modelo y para la Verificación Primitiva y la Declaración de
Conformidad, según lo señalado en la siguiente tabla, conforme la
complejidad del instrumento de medición:
|
Monofásicos de única tarifa
|
$ 11.-
|
|
Trifásicos de única tarifa
|
$ 100.-
|
|
Monofásicos multitarifa
|
$ 17.-
|
|
Trifásicos multitarifa
|
$ 200
|
|
Monofásicos prepagos
|
$ 110.-
|
|
Trifásicos alta exactitud multitarifa
|
$ 400.-
|
|
Trifásicos alta gama
|
$ 450.-
|
Art. 6º — Las infracciones a lo dispuesto por la presente resolución
serán sancionadas de acuerdo a lo previsto por la Ley Nº 19.511 de
Metrología Legal.
Art. 7º — La presente resolución comenzará a regir a partir de la
fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese.
ANEXO
REGLAMENTO TECNICO Y METROLOGICO PARA
LOS MEDIDORES DE ENERGIA ELECTRICA ACTIVA EN CORRIENTE ALTERNA
1 Campo de aplicación.
Esta reglamentación especifica los requerimientos que deberán
satisfacer los medidores de energía eléctrica activa en corriente
alterna, destinados al uso en mediciones sujetas a transacciones
comerciales.
Se aplica exclusivamente a la parte de medición de medidores
electromecánicos y estáticos para uso interior e intemperie, de las
clases de exactitud 2, 1, 0,5, 0,5S y 0,2S.
2 Definiciones.
2.1 Definiciones generales.
2.1.1 Medidor de energía eléctrica activa.
Instrumento destinado a medir la energía activa continuamente por
integración de la potencia respecto al tiempo y que indica y
almacena los valores de energía medida.
2.1.2 Medidor de inducción.
Medidor en el cual las corrientes circulantes en bobinas fijas
reaccionan con las corrientes inducidas en un elemento móvil,
generalmente un (unos) disco(s), produciendo un movimiento
proporcional a la energía a ser medida.
2.1.3 Medidor estático.
Medidor en el cual la corriente y la tensión eléctrica actúan sobre
elementos (electrónicos) de estado sólido para producir una salida
de pulsos proporcional a la energía activa.
2.1.4 Medidor prepago.
Medidor destinado a permitir la entrega de una predeterminada
cantidad de energía eléctrica. Tal instrumento mide continuamente la
energía y puede indicar y almacenar la energía medida.
2.1.5 Medidor de simple tarifa.
Medidor destinado a la medición de energía eléctrica activa en forma
continua y a indicar y almacenar la energía asignada a una única
tarifa.
2.1.6 Medidor de tarifas múltiples.
Medidor de energía eléctrica activa equipado con dispositivos
indicadores que hacen operativos registros distintos a intervalos de
tiempo especificados asignados a tarifas diferentes.
2.1.7 Medidor para conexión directa.
Medidor destinado a ser usado con conexión directa al circuito a ser
medido.
2.1.8 Medidor para conexión indirecta.
Medidor destinado a ser usado alimentado por uno o más
transformadores de medición.
2.1.9 Medidor para uso interior.
Medidor con un grado de protección a la penetración de polvo, agua y
radiación solar que lo hacen apto exclusivamente para uso interior.
2.1.10 Medidor para uso intemperie.
Medidor con un grado de protección a la penetración de polvo, agua y
radiación solar que lo hacen apto para uso a la intemperie.
2.1.11 Modelo de un medidor.
Se consideran de un mismo modelo los medidores construidos por un
mismo fabricante, con idéntica designación, que tengan las mismas
características metrológicas y que respondan a un mismo proyecto
básico de módulos y partes que determinen esas características
metrológicas.
Los medidores hechos por distintos fabricantes, aunque presenten el
mismo proyecto básico y características comunes, deberán tener
designación diferente.
2.2 Definiciones relativas a elementos funcionales.
2.2.1 Elemento de medición.
Parte del medidor que produce una salida proporcional a la energía.
2.2.2 Dispositivo de ensayo.
Dispositivo que se puede usar para determinar la exactitud del
medidor. En la práctica consiste en una marca sobre el disco en
medidores de inducción y un LED de luz visible o infrarroja en los
de estado sólido.
2.2.3 Indicador de funcionamiento.
Dispositivo que da una señal visible de que el medidor está
funcionando.
2.2.4 Pulso.
Variación eléctrica que cambia desde un nivel inicial por un tiempo
determinado y finalmente retorna al valor original.
2.2.5 Dispositivo emisor de pulsos.
Unidad funcional para emisión, transmisión, retransmisión o
recepción de pulsos eléctricos, representando éstos cantidades
definidas tales como energía transmitidas normalmente desde el
medidor de electricidad a la unidad receptora.
2.2.6 Memoria
Elemento que almacena las informaciones digitales (registros
numéricos).
2.2.7 Memoria no volátil.
Dispositivo de almacenamiento que puede retener información en caso
de ausencia de tensión de cualquier tipo.
2.2.8 Dispositivo indicador.
Dispositivo indicador (registro) mecánico electromecánico o
electrónico que comprende la memoria que almacena la información y
el visor que la hace visible.
Un solo visor se puede utilizar con múltiples memorias electrónicas
para formar un dispositivo indicador de tarifas múltiples.
2.2.9 Visor (“display”).
Dispositivo que hace visible el o parte del contenido de la o las
memorias.
2.2.10 Circuito de corriente.
Conexiones internas del medidor y parte del elemento de medición, a
través de las cuales circula la corriente del circuito al cual el
medidor está conectado.
2.2.11 Circuito de tensión.
Conexiones internas del medidor que forman parte del elemento de
medición, y en el caso de medidores estáticos parte de la fuente de
alimentación, alimentadas por el circuito al cual el medidor está
conectado.
2.2.12 Circuito auxiliar.
Elementos (lámparas, contactos, etc.) y conexiones de un dispositivo
auxiliar en el interior del medidor, destinados a conectarse a un
dispositivo exterior, por ejemplo un reloj, un relevador, un
contador de pulsos.
2.3 Definiciones relativas a los elementos mecánicos.
2.3.1 Base.
Parte trasera del medidor por la cual generalmente está fijado y en
la que se monta el elemento de medición, los bornes o la bornera y
la tapa.
En un medidor para embutir, la base del medidor puede incluir los
laterales de la caja.
2.3.2 Zócalo.
Base con mordazas para alojar los bornes de un medidor desmontable y
que tiene bornes para la conexión al circuito de alimentación. Puede
ser para uno o varios medidores.
2.3.3 Tapa.
Parte delantera de la caja del medidor, constituida ya sea
enteramente por un material transparente o bien opaco, provista con
ventanas transparentes lo que permite la observación del indicador
de funcionamiento y la lectura del visor.
2.3.4 Caja.
Comprende la base y la tapa.
2.3.5 Parte conductora accesible.
Parte conductora que puede ser tocada con el dedo de prueba
normalizado, cuando el medidor está instalado y listo para ser
utilizado.
2.3.6 Borne de tierra de protección.
Borne conectado a las partes conductoras accesibles de un medidor
por razones de seguridad.
2.3.7 Bornera.
Soporte de material aislante donde se agrupan algunos o todos los
bornes del medidor.
2.3.8 Tapa de bornera.
Tapa que cubre los bornes del medidor, generalmente, los extremos de
los alambres o cables externos conectados a los bornes.
2.3.9 Distancia en aire.
La menor distancia medida en el aire entre dos partes conductoras.
2.3.10 Longitud de contorneo.
La menor distancia medida sobre la superficie de la aislación entre
dos partes conductoras.
2.4 Definiciones relativas a las aislaciones.
2.4.1 Aislación básica.
Aislación aplicada a las partes activas destinadas a asegurar la
protección principal contra los contactos eléctricos.
La aislación básica no necesariamente incluye la aislación utilizada
exclusivamente por razones funcionales.
2.4.2 Aislación suplementaria.
Aislación independiente prevista además de la aislación básica, a
fin de proporcionar protección contra los contactos eléctricos en
caso de falla de la aislación básica.
2.4.3 Aislación doble.
Aislación que comprende tanto la aislación básica como la aislación
suplementaria.
2.4.4 Aislación reforzada.
Sistema de aislación único aplicado a las partes activas, que
asegura un grado de protección contra las descargas eléctricas
equivalente a la aislación doble.
El término “sistema de aislación” no implica que la aislación deba
ser una pieza homogénea. Puede comprender varias capas las que no se
pueden ensayar en forma separada como aislación básica o
suplementaria.
2.4.5 Medidor con caja aislante de clase de protección I.
Medidor en el que la protección contra las descargas eléctricas no
depende solamente de la aislación básica, sino que incluye una
medida de seguridad adicional, en la que las partes conductoras
accesibles están conectadas al conductor de tierra de protección del
cableado fijo de la instalación de forma tal que, las partes
conductoras accesibles no queden sometidas a tensión en caso de
falla de la aislación básica.
2.4.6 Medidor con caja aislante de clase de protección II.
Medidor con caja de material aislante en el que la protección contra
las descargas eléctricas no depende solo de la aislación básica,
sino que comprende medidas de seguridad adicionales, como ser la
aislación doble o la aislación reforzada. Dichas medidas no incluyen
la puesta a tierra de protección y no dependen de las condiciones de
instalación.
2.5 Definiciones de términos relativos al medidor.
2.5.1 Corriente de referencia.
Valor de la corriente en función del cual se fijan algunas
características del medidor.
2.5.2 Corriente de arranque.
El menor valor de la corriente para el cual el medidor arranca y
continúa registrando.
2.5.3 Corriente de base (Ib).
Valor de la corriente de referencia para medidores de conexión
directa.
2.5.4 Corriente nominal (In).
Valor de la corriente de referencia para medidores alimentados por
transformadores.
2.5.5 Corriente máxima (Imax).
Mayor valor de la corriente para el cual el fabricante declara que
se satisfacen las prescripciones de exactitud del presente
reglamento.
2.5.6 Tensión de referencia.
Es el valor de la tensión en función del cual se fijan algunas
características del medidor.
Los términos “tensión” y “corriente” indican valores eficaces salvo
especificación en contrario.
2.5.7 Frecuencia nominal (fn).
Valor de la frecuencia en función del cual se fijan algunas
características del medidor.
2.5.8 Constante (para medidores de inducción).
Valor que expresa la relación entre la energía registrada por el
medidor y el correspondiente número de revoluciones del disco
expresado en revoluciones por kilowatt-hora (rev/kWh) o bien el
número de watt-horas por revolución (Wh/rev).
2.5.9 Constante (para medidores de estado sólido).
Valor que expresa la relación entre la energía registrada por el
medidor y el valor correspondiente del dispositivo de ensayo. Si
dicho valor es un número de pulsos, entonces la constante debe ser
el número de pulsos por kilowatt-hora (pulso/kWh) o bien el número
de watt-hora por pulso (Wh/pulso).
2.5.10 Indice de clase.
Número que da los límites de error en porciento, para todos los
valores de la corriente entre 0,1 Ib e Imáx, o entre 0,05 In e Imáx,
para un factor de potencia igual a la unidad (y en el caso de los
medidores trifásicos con cargas equilibradas), cuando el medidor se
ensaya en condiciones de referencia incluyendo las tolerancias
admisibles sobre los valores de referencia tal como se define en el
presente reglamento.
2.5.11 Error de indicación.
Valor expresado por la diferencia: energía indicada menos energía
verdadera
2.5.12 Error en porciento.
El error en porciento está dado por la fórmula siguiente.

Dado que el valor verdadero no se puede determinar, se toma un valor
aproximado con una exactitud que se pueda trazar a los patrones
nacionales.
2.5.13 Temperatura de referencia
Temperatura ambiente especificada para las condiciones de
referencia.
2.5.14 Coeficiente medio de temperatura.
Relación entre la variación del error en porciento y el cambio de
temperatura que produce dicha variación.
2.5.15 Condiciones nominales de funcionamiento.
Conjunto de los rangos de medición especificados para las
características funcionales y de los rangos de funcionamiento
especificados para las magnitudes de influencia, dentro de las
cuales se especifican y determinan las variaciones o los errores de
funcionamiento del medidor.
2.5.16 Rango de medición especificado.
Conjunto de valores de una magnitud medida, para la cual el error
debe mantenerse dentro de los límites especificados.
2.5.17 Rango de funcionamiento especificado.
Conjunto de valores de una sola magnitud de influencia que forma
parte de las condiciones de funcionamiento nominales.
2.5.18 Límite de funcionamiento.
Condiciones extremas que un medidor puede soportar en servicio sin
daño ni degradación de sus características metrológicas cuando, a
continuación, se lo utiliza en sus condiciones nominales de
funcionamiento.
2.5.19 Condiciones de almacenamiento y transporte.
Condiciones extremas que un medidor fuera de servicio puede soportar
sin daño ni degradación de sus características metrológicas cuando,
a continuación, se lo utiliza en sus condiciones nominales de
funcionamiento.
2.5.20 Posición normal de utilización.
Posición del medidor definida por el fabricante como la posición
normal de servicio.
2.5.21 Estabilidad térmica.
Se considera que se alcanza la estabilidad térmica cuando la
variación del error como consecuencia de los efectos térmicos,
durante 20 min es menor que 0,1 veces el error máximo permitido para
la medición considerada.
2.6 Definiciones de las magnitudes de influencia.
2.6.1 Magnitudes de influencia.
Cualquier magnitud generalmente exterior al medidor, que pueda
afectar su comportamiento o características funcionales.
2.6.2 Condiciones de referencia.
Conjunto de magnitudes de influencia y de condiciones de
funcionamiento, con valores de referencia, sus tolerancias y rangos
de referencia, con respecto al cual se especifica el error.
2.6.3 Variación del error debido a una magnitud de influencia.
Diferencia entre los errores en porciento del medidor cuando sólo
una magnitud de influencia asume sucesivamente dos valores
especificados, siendo uno de ellos el valor de referencia.
2.6.4 Condición de funcionamiento correcto de un medidor.
Se considera que un medidor funciona correctamente cuando previo y
posterior a la solicitud de alguno de los ensayos previstos en los
apartados 9.3 a 9.7 inclusive, cumple con las condiciones generales
para los ensayos relativos a los requisitos de exactitud previstos
en el presente reglamento.
2.6.5 Armónica.
Una parte de una señal cuya frecuencia es un número entero múltiplo
de la frecuencia fundamental de la señal. La frecuencia fundamental
es habitualmente la frecuencia nominal.
2.6.6 Número de armónica.
Es el número entero especificado para identificar una armónica. Es
el cociente entre la frecuencia de la armónica y la frecuencia
fundamental de la señal.
2.6.7 Factor de distorsión.
Relación entre el valor eficaz del contenido armónico (obtenido
restando de una magnitud alterna no senoidal su término fundamental)
y el valor eficaz de la magnitud no senoidal. El factor de
distorsión se expresa habitualmente en porciento.
2.6.8 Factor de potencia (FP).
Es el cociente entre la potencia activa y la potencia aparente. En
sistemas monofásicos y trifásicos equilibrados con onda senoidal, el
factor de potencia FP = cos f = coseno de la diferencia de fase
entre la tensión U y la corriente I.
2.6.9 Perturbaciones electromagnéticas.
Perturbaciones electromagnéticas conducidas o radiadas que pueden
afectar en forma funcional o metrológica el funcionamiento del
medidor.
3 Requisitos mecánicos.
3.1 Requisitos mecánicos generales.
Los medidores deben estar previstos y construidos de manera que no
presenten ningún peligro en servicio normal y en condiciones usuales
de empleo, a fin de asegurar especialmente:
La seguridad de las personas contra las descargas eléctricas.
La seguridad de las personas contra los efectos de una temperatura
excesiva.
La protección contra la propagación del fuego.
La protección contra la penetración de objetos sólidos, insectos,
polvo y agua.
Los medidores para uso intemperie, o los de uso interior, deben ser
resistentes a las radiaciones solares en las partes que pudieran
estar expuestas a ellas. El aspecto del equipo en especial la
legibilidad de las inscripciones debe mantenerse inalterado.
3.2 Caja y tapa.
Las partes internas del medidor no deben ser accesibles. En caso de
contar con una tapa removible, ésta será precintable no pudiendo
accederse a las partes internas sin producir un daño permanente y
visible en los precintos.
Si la caja está total o parcialmente hecha de metal, deberá estar
provista de un borne de tierra de protección claramente
identificado.
Si la tapa del medidor no es transparente deberá tener una o varias
ventanas de material translúcido para la lectura de los registros e
indicadores de funcionamiento.
La tapa no debe poder retirarse sin el auxilio de una herramienta.
La caja y tapa deben estar diseñadas y construidas de modo que
ninguna deformación no permanente altere el normal funcionamiento
del medidor. En tal sentido debe ser capaz de soportar
satisfactoriamente (inclusive en la ventana) solicitaciones por
impactos con martillo a resorte, impacto mecánico y vibraciones bajo
las condiciones estipuladas en apartados 9.7.1, 9.7.2, y 9.7.3.
3.3 Bornes/Bornera(s).
Los bornes se pueden agrupar en una o varias borneras que posean
propiedades aislantes y una resistencia mecánica apropiada.
Los orificios que, en el material aislante, forman una prolongación
de los orificios de los bornes deben tener dimensiones suficientes
como para permitir la introducción fácil de la aislación de los
conductores.
Cuando la forma de fijación sea mediante tornillos que transmiten la
presión de contacto y que se pueden apretar y aflojar varias veces
durante la vida útil del medidor deben atornillarse en una rosca
metálica perteneciente al borne.
A los fines de los ensayos pertinentes, el potencial de los
circuitos de corriente se considera igual al del circuito de tensión
correspondiente. Los bornes de un mismo circuito de corriente se
considera que están a un mismo potencial.
3.4 Tapa de la caja de bornes.
Cubrirá la caja de bornes y los tornillos de fijación de los
conductores externos y será precintable e independiente de la caja
del medidor.
3.5 Distancias en aire y longitudes de contorneo.
Las distancias en aire y las longitudes de contorneo entre:
a) un borne de un circuito con una tensión nominal mayor que 40 V, y
b) la tierra unida a los bornes de los circuitos auxiliares con una
tensión nominal menor o igual que 40 V.
No deben ser menores que los valores indicados en:
- la tabla I para los medidores con caja aislante de clase de
protección I.
- la tabla II para medidores con caja aislante de clase de
protección II.
Las distancias en aire y las líneas de fuga entre los bornes de los
circuitos con tensiones nominales mayores de 40 V no deben ser
menores que los valores indicados en la tabla I.
Tabla I
Distancias en el aire y longitudes de
contorneo para medidores con caja aislante de clase de protección I
|
Tensión
entre fases y tierra derivada de la tensión nominal de red
(V) |
Tensión de
impulso nominal (V) |
Distancias
en aire mínimas |
Longitudes
de contorneo |
|
Medidores
para uso interior (mm) |
Medidores
para uso intemperie (mm) |
Medidores
para uso interior (mm) |
Medidores
para uso intemperie (mm) |
|
= 100 |
1500 |
0,5 |
1,0 |
1,4 |
2,2 |
|
= 150 |
2500 |
1,5 |
1,5 |
1,6 |
2,5 |
|
= 300 |
4000 |
3,0 |
3,0 |
3,2 |
5,0 |
|
= 600 |
6000 |
5,5 |
5,5 |
6,3 |
10,0 |
Tabla II
Distancias en el aire y longitudes de
contorneo para medidores con caja aislante de clase de protección II
|
Tensión
entre fases y tierra derivada de la tensión nominal de red
(V) |
Tensión de
impulso nominal (V) |
Distancias
en aire mínimas |
Longitudes
de contorneo |
|
Medidores
para uso interior (mm) |
Medidores
para uso intemperie (mm) |
Medidores
para uso interior (mm) |
Medidores
para uso intemperie (mm) |
|
= 100 |
2500 |
1,5 |
1,5 |
2,0 |
3,2 |
|
= 150 |
4500 |
3,5 |
3,0 |
3,2 |
5,0 |
|
= 300 |
6000 |
5,5 |
5,5 |
6,3 |
10,0 |
|
= 600 |
8000 |
8,0 |
8,0 |
12,5 |
20,0 |
También se debe satisfacer la exigencia del ensayo con tensión de
impulso.
3.6 Resistencia al calor y el fuego.
La bornera, la tapa de bornera y la caja del medidor deben proveer
una seguridad razonable contra la propagación del fuego. No se deben
poder inflamar debido a un calentamiento excesivo de las partes
activas en contacto con ellas. Para esto dichas partes deben
satisfacer las condiciones de temperatura y ensayos especificados en
el apartado 9.7.4.
3.7 Protección contra la penetración de polvo y agua.
El medidor debe satisfacer el grado de protección que le
corresponde, a saber:
- Medidor para uso interior: IP51, pero sin aspiración en el
interior del medidor.
- Medidor para uso intemperie: IP54.
3.8 Comportamiento frente a las influencias climáticas.
El comportamiento del medidor frente a las influencias climáticas
debe evidenciarse por medio de los ensayos indicados en los
apartados 9.6.1 (ensayo de calor seco), 9.6.2 (ensayo de frío),
9.6.3 (ensayo cíclico de calor húmedo), y 9.6.4 (ensayo de radiación
solar). Después de estos ensayos el medidor no debe presentar ningún
deterioro ni cambio en la información almacenada y debe funcionar
correctamente.
3.9 Comportamiento frente a las solicitaciones mecánicas.
La resistencia mecánica de la caja del medidor debe superar
satisfactoriamente las exigencias del:
Impacto con martillo a resorte: El resultado será satisfactorio si
después de la solicitud mecánica, la caja del medidor y la tapa de
la bornera no han sufrido daño alguno que pudiera afectar el buen
funcionamiento y si no es posible tocar las partes activas. Se
consideran aceptables los deterioros superficiales que no afectan la
protección contra el contacto directo o la penetración de objetos
sólidos, de agua y de polvo (para ensayo referirse al apartado
9.7.1).
Impacto y resistencia a las vibraciones: El resultado será
satisfactorio si después de estas solicitudes mecánicas, el medidor
no presenta ningún deterioro ni cambio en la información y funciona
correctamente conforme a los requisitos de la presente
reglamentación (para los respectivos ensayos referirse a los
apartados 9.7.2 y 9.7.3).
3.10 Indicación de los valores medidos.
La información puede ser indicada o bien por un dispositivo
indicador mecánico, por uno electromecánico, o bien por un visor
electrónico.
En caso de tratarse de un visor electrónico, la correspondiente
memoria no volátil debe ser capaz de mantener la lectura por un
tiempo mínimo de cuatro meses.
En el caso de varios valores presentados por un visor único se
deberá poder visualizar el contenido de todas las memorias
correspondientes. Al visualizar la memoria se deberá poder
identificar cada tarifa aplicada. En caso de visor con secuencia
automática, cada registro con fines de facturación debe permanecer
retenido por lo menos durante 5 segundos.
Cuando el medidor no está bajo tensión no necesita ser visible la
indicación del visor electrónico.
La unidad principal para los valores medidos debe ser el kilowatt-hora
(kWh) o el megawatt-hora (MWh).
La marcación de los dispositivos indicadores mecánicos y
electromecánicos debe ser indeleble y de fácil lectura. La medida
mínima de los números no debe ser inferior que 2,2 mm x 4 mm. Los
tambores de rotación continua que indican los valores menores deben
estar graduados y numerados en diez divisiones, subdividiéndose cada
división en diez partes o bien con algún otro dispositivo que
asegure la misma exactitud de lectura. Los tambores que indican una
fracción decimal deben estar visiblemente diferenciados,
preferentemente con un color diferente.
La altura mínima de los números de los indicadores de los medidores
de estado sólido no debe ser inferior a 4,5 mm.
Cada elemento del visor debe poder mostrar todos los números desde
el “cero” hasta el “nueve”.
El dispositivo indicador debe poder registrar y mostrar, partiendo
desde cero, durante un mínimo de 1500 h sin completar su ciclo, la
energía correspondiente a su corriente máxima, tensión nominal y
factor de potencia correspondiente a la unidad.
3.11
“3.11 Dispositivos para ensayo e
indicadores de funcionamiento.
El medidor debe disponer de algún dispositivo accesible desde el
frente que permita controlarlo con un equipo de ensayo apropiado.
De tratarse de medidores de inducción, el canto y la parte superior
del disco deben llevar una marca principal de color negro y de ancho
suficiente que permita contar el número de vueltas. Además sobre la
parte superior deberá tener 100 divisiones o ranuras numeradas de 10
en 10.
El sentido de rotación del disco será de izquierda a derecha del
medidor, visto de frente, y estará indicado con una flecha indeleble
claramente visible.
Los medidores estáticos deberán contar con emisor(es) de pulsos
óptico(s) con indicación del sentido de la energía, entrante o
saliente, si correspondiere. El fabricante deberá indicar el número
de pulsos necesario para asegurar una exactitud de medida de al
menos 1/10 de la clase del medidor en los puntos de ensayo.
Si el dispositivo de salida para ensayo es del tipo óptico debe
cumplir con los siguientes requisitos:
- Debe ser visible y accesible desde el frente del medidor.
- La máxima frecuencia de los pulsos de salida no debe exceder 2,5
kHz.
- Son permitidos pulsos modulados y no modulados.
- La salida óptica de pulsos debe estar lo suficientemente separada
de cualquier otra salida y del visor óptico de estados, de manera
que la transmisión no sea afectada por emisiones adyacentes.
- En condiciones de ensayo, deben producirse pulsos correctos de
transmisión, cuando el cabezal receptor está alineado con el eje
óptico del dispositivo de salida.
Características ópticas.
La longitud de onda de la señal radiada por el dispositivo emisor
debe estar comprendida entre 550 nm y 1000 nm.
El dispositivo de salida del medidor debe generar una señal con una
irradiancia ET sobre una superficie de referencia definida (área
ópticamente activa) a una distancia de a1 = 10 mm ± 1 mm desde la
superficie del medidor con los valores límites siguientes:
|
En
condición encendido |
50
µW / cm2 = ET = 1000 µW / cm2 |
|
En
condición apagado |
ET
= 2 µW / cm2”. |
3.12 Identificación del medidor.
3.12.1 Placa de características.
Cada medidor debe llevar una placa de características que lo
acompañe con indicaciones indelebles y fácilmente legibles en las
que debe constar:
a) El nombre del fabricante o la marca registrada y el país de
fabricación.
b) La impresión del código alfanumérico de aprobación de modelo.
c) El número de fases y de hilos para el cual el medidor está
diseñado.
d) El número de serie y el año de fabricación. Si el número de serie
está marcado sobre una placa fijada en la tapa, dicho número también
deberá marcarse en la base del medidor o en el interior del medidor
o estar grabado en una memoria no volátil solo grabable por el
fabricante.
e) La o las tensiones nominales en una de las formas siguientes:
- El número de elementos, si fuera más de uno, y la tensión en los
bornes del o de los circuitos del medidor.
- La tensión nominal de red o la tensión del secundario del
transformador de medición a la cual el medidor está destinado a ser
conectado.
f) La corriente de base y la máxima para medidores de conexión
directa. Para medidores alimentados por transformadores además de la
corriente nominal y máxima deberá indicarse la corriente secundaria
nominal del o de los transformadores al cual se conectará el
medidor.
g) La frecuencia nominal, 50 Hertz.
h) La constante del medidor, por ejemplo en la forma de: x rev/kWh,
x Wh/rev para los de inducción, y x Wh/pulso o por x pulso/kWh para
los estáticos.
i) La clase del medidor.
j) La temperatura de referencia si fuera diferente de 23 ºC.
k) El signo de doble cuadrado ? para los medidores con caja aislante
de clase de protección II.
l) El valor de la tensión auxiliar de alimentación si ésta es
independiente.
m) El símbolo del sentido de circulación de la energía:
- en caso de ser bidireccional

- en caso de ser bidireccional con registro siempre positivo

n) El esquema de conexiones.
3.12.2 Modos de conexión, número de fases y elementos de medición.
El fabricante debe especificar el modo de conexión, el número de
elementos de medición, el número de fases del sistema eléctrico y la
secuencia de fases para el cual el medidor está destinado.
Si los bornes del medidor están identificados, dicha identificación
debe aparecer en el esquema.
El fabricante debe especificar si el medidor está destinado para
conexión directa, alimentado a través de transformadores de
corriente, o alimentado a través de transformadores de corriente y
tensión.
Un medidor activo de acuerdo con esta reglamentación debe ser de
alguno de los siguientes tipos:
- Para un circuito monofásico 2 conductores.
- Para un circuito trifásico 3 conductores y dos elementos.
- Para un circuito trifásico 4 conductores y tres elementos.
4 Condiciones nominales de funcionamiento.
El fabricante debe especificar la tensión nominal Un y el rango de
corriente Ib (In) a Imáx.
4.1 Valores de tensión nominal.
La tensión nominal debe coincidir con la tensión nominal del sistema
de potencia al que el medidor está destinado, o la del secundario de
los transformadores de tensión correspondientes.
Tabla III
Valores de tensión nominales normales
|
Medidores |
Valores
normales (V) |
|
De conexión
directa |
220-380 |
|
Alimentados
por transformadores de tensión |
57,7-63,5-100-110 |
4.2 Valores de corriente normales.
Tabla IV
Valores de corriente (base o nominal)
normales
|
Medidores |
Valores
normales (A) |
|
De conexión
directa, (Ib) |
5- 10- 15-
20 |
|
Alimentados
por transformadores de corriente, (In) |
1- 1,5- 2,5-
5 |
La corriente máxima para un medidor de conexión directa debe ser un
número entero de la corriente de base.
La corriente de máxima para un medidor de conexión indirecta debe
ser 1,2 In, 1,5 In, 2 In o número entero de veces In mayor.
4.3 Valor de frecuencia nominal.
El valor de frecuencia nominal de referencia será de 50 Hz.
4.4 Factores de potencia normales.
Las condiciones nominales para el factor de potencia deben ser 0.5
inductivo, 1 y 0,8 capacitivo. Para medidores bidireccionales esta
condición es válida en ambos sentidos del flujo de energía.
4.5 Límites superiores e inferiores de temperatura.
Los límites superiores e inferiores de temperatura para la
utilización del medidor serán algunas de los rangos de temperatura
normalizadas en la tabla V.
Tabla V
Temperaturas normalizadas
|
Medidores
para uso interior |
Medidores
para uso intemperie |
|
Rango de
funcionamiento especificado |
-10 ºC a 45
ºC |
-25 ºC a 55
ºC |
|
Rango límite
de funcionamiento |
-20 ºC a 55
ºC |
-25 ºC a 60
ºC |
|
Rango para
el almacenamiento y transporte |
-25 ºC a 70
ºC |
-25 ºC a 70
ºC |
Ref IEC 60721-3-3, tabla 1
4.6 Humedad relativa.
El medidor debe satisfacer las exigencias de los ensayos en las
condiciones de humedad relativa de la tabla VI.
Tabla VI
Humedad relativa
|
Media anual |
= 75% |
|
Durante 30 días repartidos naturalmente
durante un año |
95% |
|
Ocasionalmente en otros días |
85% |
Ver punto 9.6 (ensayos de influencias climáticas).
4.7 Otras condiciones climáticas.
El fabricante debe especificar si el medidor está diseñado para
soportar condiciones de condensación o no condensación de humedad,
así como la probable ubicación del instrumento, por ejemplo
ambientes abiertos o protegidos (contra la lluvia).
5 Requisitos de exactitud.
5.1 Errores máximos permitidos en condiciones de funcionamiento de
referencia.
Cuando el medidor está funcionando en las condiciones de referencia,
los errores en porciento debidos a la variación de la corriente y el
factor de potencia, no deben superar los límites para la clase de
exactitud correspondientes dados en las tablas siguientes.
5.1.1 Límites de error debidos a la variación de la corriente.
Tabla VII
Límites de errores en porciento para
medidores de inducción clases 0,5; 1, y 2.
(Medidores monofásicos y medidores
trifásicos con carga equilibrada)
|
Valor de la
corriente para medidores |
Factor de
potencia |
Límites de
errores en porciento para los medidores de clase |
|
De conexión
directa |
Conectados a
transformadores |
0,5 |
1 |
2 |
|
0,05 Ib = I
< 0,1 Ib |
0,02 In = I
< 0,05 In |
1 |
± 1,0 |
± 1,5 |
± 2,5 |
|
0,1 Ib = I =
Imáx |
0,05 In = I
= Imáx |
1 |
± 0,5 |
± 1,0 |
± 2,0 |
|
0,1 Ib = I <
0,2 Ib |
0,05 In = I
< 0,1 In |
0,5 ind. |
± 1,3 |
± 1,5 |
± 2,5 |
|
0,8 cap. |
± 1,3 |
± 1,5 |
- |
|
0,2 Ib = I =
Imáx |
0,1 In = I =
Imáx |
0,5 ind. |
± 0,8 |
± 1,0 |
± 2,0 |
|
0,8 cap. |
± 0,8 |
± 1,0 |
± 2,0 |
Tabla VIII
Límites de errores en porciento para medidores de inducción clases
0,5; 1 y 2.
(Medidores trifásicos con carga monofásica, pero con tensiones
simétricas aplicadas al circuito de tensión).
|
Valor de la
corriente para medidores |
Factor de
potencia |
Límites de
errores en porciento para los medidores de clase |
|
De conexión
directa |
Conectados a
transformadores |
0,5 |
1 |
2 |
|
0,2 Ib = I =
Ib |
0,1 In = I =
In |
1 |
± 1,5 |
± 2 |
± 3 |
|
0,5 Ib |
0,2 In |
0,5 ind. |
± 1,5 |
± 2 |
- |
|
Ib |
In |
0,5 ind. |
± 1,5 |
± 2 |
± 3 |
|
Ib = I =
Imáx |
In = I =
Imáx |
1 |
- |
- |
± 4 |
A la corriente de base Ib para medidores directos o a la corriente
nominal In para medidores alimentados por transformador con un
factor de potencia igual a 1, la diferencia entre el error del
medidor con una sola carga monofásica y el error del medidor con
carga trifásica equilibrada no debe exceder el 1%, 1,5% y 2,5% para
medidores de clases 0,5, 1 y 2 respectivamente. El ensayo de
conformidad con la tabla debe repetirse sucesivamente para cada uno
de los elementos de medición.
Tabla IX
Límites de errores en porciento para medidores estáticos clases 1 y
2
(Medidores monofásicos y medidores trifásicos con carga equilibrada)
|
Valor de la
corriente para medidores |
Factor de
potencia |
Límites de
errores en porciento para los medidores de clase |
|
De conexión
directa |
Conectados a
transformadores |
1 |
2 |
|
0,05 Ib = I
< 0,1 Ib |
0,02 In = I
< 0,05 In |
1 |
± 1,5 |
± 2,5 |
|
0,1 Ib = I =
Imáx |
0,05 In = I
= Imáx |
1 |
± 1,0 |
± 2,0 |
|
0,1 Ib = I <
0,2 Ib |
0,05 In = I
< 0,1 In |
0,5 ind. |
± 1,5 |
± 2,5 |
|
0,8 cap. |
± 1,5 |
- |
|
0,2 Ib = I =
Imáx |
0,1 In = I =
Imáx |
0,5 ind. |
± 1,0 |
± 2,0 |
|
0,8 cap. |
± 1,0 |
± 2,0 |
Tabla X
Límites de errores en porciento para medidores estáticos clases 1 y
2
(Medidores trifásicos con carga monofásica, pero con tensiones
simétricas aplicadas al circuito de tensión)
|
Valor de la
corriente para medidores |
Factor de
potencia |
Límites de
errores en porciento para los medidores de clase |
|
De conexión
directa |
Conectados a
transformadores |
1 |
2 |
|
0,1 Ib = I =
Imáx |
0,05 In = I
= Imáx |
1 |
± 2,0 |
± 3,0 |
|
0,2 Ib = I =
Imáx |
0,1 In = I =
Imáx |
0,5 ind. |
± 2,0 |
± 3,0 |
A la corriente de base Ib para medidores directos o a la corriente
nominal In para medidores alimentados por transformador con un
factor de potencia igual a 1, la diferencia entre el error del
medidor con una sola carga monofásica y el error del medidor con
carga trifásica equilibrada no debe exceder el 1,5% y 2,5% para
medidores de clases 1 y 2 respectivamente. El ensayo de conformidad
con la tabla debe repetirse sucesivamente para cada uno de los
elementos de medición.
Si el medidor está previsto para la medida de la energía en los dos
sentidos, los valores de la tabla deben aplicarse para cada sentido.
Tabla XI
Límites de errores en porciento para
medidores estáticos clases 0,2S y 0,5S
(Medidores monofásicos y medidores
trifásicos con carga equilibrada)
|
Valor de la
corriente para medidores conectados a transformadores |
Factor de
potencia |
Límites de
errores en porciento para los medidores de clase |
|
0,2S |
0,5S |
|
0,01 In = I
< 0,05 In |
1 |
0,4 |
± 1,0 |
|
0,05 In = I
= Imáx |
1 |
0,2 |
± 0,5 |
|
0,02 In = I
< 0,1 In |
0,5 ind. |
0,5 |
± 1,0 |
|
0,8 cap. |
0,5 |
± 1,0 |
|
0,1 In = I =
Imáx |
0,5 ind. |
0,3 |
± 0,6 |
Tabla XII
Límites de errores en porciento para medidores estáticos clases 0,2S
y 0,5S
(Medidores trifásicos con carga monofásica, pero con tensiones
simétricas aplicadas al circuito de tensión)
|
Valor de la
corriente para medidores conectados a transformadores |
Factor de
potencia |
Límites de
errores en porciento para los medidores de clase |
|
0,2S |
0,5S |
|
0,05 In = I
= Imáx |
1 |
± 0,3 |
± 0,6 |
|
0,1 In = I =
Imáx |
0,5 ind. |
± 0,4 |
± 1,0 |
A la corriente nominal In con factor de potencia igual a 1, la
diferencia entre el error del medidor con una sola carga monofásica
y el error del medidor con carga trifásica equilibrada no debe
exceder el 0,4% y el 1,0% para medidores de clases 0,2S y 0,5S
respectivamente. El ensayo de conformidad con la tabla debe
repetirse sucesivamente para cada uno de los elementos de medición.
Si el medidor está previsto para la medida de la energía en los dos
sentidos, los valores de la tabla deben aplicarse para cada sentido.
5.2 Otras condiciones de funcionamiento.
5.2.1 Carga desequilibrada.
El error de un medidor trifásico debe estar dentro del error máximo
permitido cuando la carga se varía desde condiciones totalmente
equilibradas a condiciones donde una de las corrientes de fase es
cero.
5.2.2 Distorsión armónica.
El error del medidor debe estar comprendido dentro del error máximo
permitido cuando la distorsión armónica de la tensión o de la
corriente sea menor que la especificada en las tablas de magnitudes
de influencia correspondiente a su clase de exactitud.
5.2.3 Límites de error debidos a otras magnitudes de influencia.
El error en porciento adicional debido al cambio de las magnitudes
de influencia con respecto a las condiciones de referencia no debe
superar los límites para cada una de las clases de exactitud
correspondientes dadas en las tablas siguientes.
Tabla XIII
Magnitudes de influencia para medidores de inducción clases 0,5; 1 y
2
|
Magnitudes
de influencia |
Valor de la
corriente (equilibrada salvo indicación contraria) |
Factor de
potencia |
Coeficiente
medio de temperatura. %/K para medidores clase |
|
Para
medidores directos |
Para
medidores alimentados por transformadores |
|
0,5 |
1 |
2 |
|
Variación de
la temperatura ambiente 6) |
0,1 Ib = I =
Imáx |
0,05 In = I
= Imáx |
1 |
0,03 |
0,05 |
0,1 |
|
0,2 Ib = I =
Imáx |
0,1 = I =
Imáx |
0,5 ind. |
0,05 |
0,07 |
0,15 |
|
|
|
|
Límites de
variación del error en tanto por ciento para medidores clase |
|
0,5 |
1 |
2 |
|
Variación de
la tensión ± 10% 1) |
0,1 Ib |
0,1 In |
1 |
0,8 |
1,0 |
1,5 |
|
0,5 Imáx |
0,5 Imáx |
1 |
0,5 |
0,7 |
1,0 |
|
0,5 Imax |
0,5 Imax |
0,5 ind. |
0,7 |
1,0 |
1,5 |
|
Variación de
la frecuencia ± 2% |
0,1 Ib |
0,1 In |
1 |
0,7 |
1,0 |
1,5 |
|
0,5 Imáx |
0,5 Imáx |
1 |
0,6 |
0,8 |
1,3 |
|
0,5 Imax |
0,5 Imax |
0,5 ind. |
0,8 |
1,0 |
1,5 |
|
Orden de
fases inversa |
0,5 Ib = I =
Imáx |
0,5 In = I =
Imáx |
1 |
1,5 |
1,5 |
1,5 |
|
0,5 Ib
(carga monofásica) |
0,5 In
(carga monofásica) |
1 |
2,0 |
2,0 |
2,0 |
|
Forma de
onda: 10% del 3er armónico de la corriente 2) |
Ib |
In |
1 |
0,5 |
0,6 |
0,8 |
|
Inducción
magnética de origen externo 0,5 mT 3) |
Ib |
In |
1 |
1,5 |
2,0 |
3,0 |
|
Funcionamiento de accesorios 4) |
0,05 Ib |
0,02 In |
1 |
0,3 |
0,5 |
1,0 |
|
Carga
mecánica del integrador de simple tarifa o de tarifas
múltiples 5) |
0,05 Ib |
0,02 In |
1 |
0,8 |
1,5 |
2,0 |
|
Posición
oblicua 3º |
0,05 Ib |
0,02 In |
1 |
1,5 |
2,0 |
3,0 |
|
Ib e Imáx |
In e Imáx |
1 |
0,3 |
0,4 |
0,5 |
|
1) Para las
rangos de variación de tensión desde –20% a –10% y de +10% a
+15%, los límites de variación de los errores en porciento
son tres veces el valor indicado en esta tabla. Por debajo
de 0,8 Un el error del medidor puede variar entre +10% y
–100%. |
|
2) El factor
de distorsión de la tensión debe ser menor que 1%. |
|
La variación
en porciento del error debe medirse en las condiciones más
desfavorables de desfase del 3er armónico de la corriente
comparada con la fundamental de corriente. |
|
3) Una
inducción magnética de origen externo de 0,5 mT producida
por una corriente de la misma frecuencia que la tensión
aplicada al medidor, en las condiciones más desfavorables de
fase y de dirección, no debe provocar una variación del
error en porciento del medidor mayor que los indicados en
esta tabla. |
|
La inducción
magnética requerida se debe obtener ubicando el medidor en
el centro de una bobina circular de 1 m de diámetro, sección
cuadrada, de espesor radial pequeño con relación al diámetro
y cuyo arrollamiento corresponda a 400 Ampere-vuelta. |
|
4) Se trata
de un accesorio ubicado en el interior del medidor
alimentado en forma intermitente, como por ejemplo el
electroimán de un elemento indicador de tarifas múltiples. |
|
Es
conveniente que la conexión al (los) dispositivo(s) auxiliar
tengan marcado el método de conexión correcto. Si estas
conexiones se hacen por medio de fichas y zócalos no deben
ser permutables. |
|
Sin embargo
en ausencia de conexiones irreversibles, las variaciones de
los errores no deben, medidos en las condiciones de conexión
más desfavorables, exceder las que figuran en esta tabla. |
|
5) La
influencia se compensa cuando se calibra al contador. |
|
6) El
coeficiente medio de temperatura se debe determinar para el
intervalo completo de funcionamiento. El intervalo de
temperatura de funcionamiento se debe dividir en intervalos
de 20 K. El coeficiente medio de temperatura se debe
determinar entonces por esos intervalos, 10 K por encima y
10 K por debajo de la mitad del intervalo. Durante el
ensayo, la temperatura en ningún caso se encontrará fuera
del intervalo de temperatura de funcionamiento especificado. |
Tabla XIV -
(s/resolución
144/12 SECI)
Magnitudes de influencia para medidores estáticos
clases 1 y 2
|
Magnitudes de influencia
|
Valor de la corriente (equilibrada salvo
indicación contraria)
|
Factor de potencia
|
Coeficiente medio de temperatura. %/K para
medidores clase
|
|
Para medidores directos |
Para medidores alimentados por
transformadores |
1 |
2 |
|
Variación de la temperatura ambiente 8)
|
0,1 Ib = I = Imáx |
0,05 In = I = Imáx |
1 0,5 ind.
|
0,05 |
0,10 |
|
0,2 Ib = I = Imáx |
0,1 In= I = Imáx |
0,07 |
0,15 |
|
|
|
|
Límites de variación del error en tanto por
ciento para medidores clase
|
|
1 |
2 |
|
Variación de la tensión ± 10% 1) |
0,05 Ib = I = Imáx |
0,02 In = I = Imáx |
1 0,5 ind. |
0,7 |
1,0 |
|
0,1 Ib = I = Imáx |
0,05 In= I = Imáx |
|
1,0 |
1,5 |
|
Variación de la frecuencia ± 2% |
0,05 Ib = I = Imáx |
0,02 In = I = Imáx |
1 0,5 ind. |
0,5 |
0,8 |
|
0,1 Ib = I = Imáx |
0,05 In= I = Imáx |
|
0,7 |
1,0 |
|
Secuencia de fase inversa |
0,1 Ib |
0,1 In |
1 |
1,5 |
1,5 |
|
Desequilibrio de tensiones 3) |
Ib |
In |
1 |
2,0 |
4,0 |
|
Componentes armónicos en los circuitos de
corriente y tensión 5) |
0,5 Imáx |
0,5 Imáx |
1 |
0,8 |
1,0 |
|
Componente continua y armónicas pares dentro
del circuito de corriente alterna 2) 4) |
Imáx 2½ |
- |
1 |
3,0 |
6,0 |
|
Armónicas impares en los circuitos de
corriente alterna 2) 5) |
0,5 Ib |
0,5 In |
1 |
3,0 |
6,0 |
|
Subarmónicas en los circuitos de corriente
alterna 2) |
Ib |
In |
1 |
2,0 |
3,0 |
|
Inducción magnética continua de origen
externo |
Ib |
In |
1 |
2,0 |
3,0 |
|
Inducción magnética de origen externo de 0,5
mT 6) |
Ib |
In |
1 |
2,0 |
3,0 |
|
Campos electromagnéticos RF 10) |
Ib |
In |
1 |
2,0 |
3,0 |
|
Influencia de los accesorios 7) |
0,05 Ib |
0,05 In |
1 |
0,5 |
1,0 |
|
Perturbaciones conducidas, inducidas por
campos de RF |
Ib |
In |
1 |
2,0 |
3,0 |
|
Transitorios eléctricos rápidos en salvas |
Ib |
In |
1 |
4,0 |
6,0 |
|
Inmunidad a las ondas oscilatorias
amortiguadas 9) |
Ib |
In |
1 |
2,0 |
3,0 |
|
1) Para los rangos de variación de tensión
desde –20 % a –10% y de +10 % a +15 %, los límites de
variación de los errores en porciento son tres veces el
valor indicado en esta tabla. Por debajo de 0,8 Un el error
del medidor puede variar entre +10 % y –100 %.
2) El factor de distorsión de la tensión debe ser menor que
1%. Para ensayos ver apartados 9.3.8 y 9.3.9.
3) Los medidores trifásicos con tres elementos de medición
deben medir y registrar dentro de los límites de las
variaciones en el error en porciento indicados en esta
tabla, cuando se interrumpen las fases siguientes:
- En una red trifásica de cuatro hilos:
a) Una o dos fases.
b) El neutro
- En una red trifásica de tres hilos (si el medidor está
diseñado para este tipo de servicio) una de las tres fases.
Los medidores trifásicos con dos elementos de medición deben
medir y registrar dentro de los límites de las variaciones
de error en porciento indicados en esta tabla si las fases
U1 o U3 de la red trifásica se interrumpen.
Lo anterior sólo cubre interrupciones en las fases del
sistema pero no contempla aspectos tales como fallas en los
fusibles de los transformadores
4) Este ensayo no se aplica a medidores alimentados por
transformadores. Las condiciones del ensayo se especifican
en el apartado 9.3.8.
5) Las condiciones de ensayo se especifican en apartados
9.3.6, 9.3.8 y 9.3.9
6) Una inducción magnética de origen externo de 0,5 mT
producida por una corriente de la misma frecuencia que la
tensión aplicada al medidor, en las condiciones más
desfavorables de fase y de dirección, no debe provocar una
variación del error en porciento del medidor mayor que los
indicados en esta tabla.
La inducción magnética requerida se debe obtener ubicando el
medidor en el centro de una bobina circular de 1 m de
diámetro, sección cuadrada, de espesor radial pequeño con
relación al diámetro y cuyo arrollamiento corresponda a 400
Ampere-vuelta.
7) Se trata de un accesorio ubicado en el interior del
medidor alimentado en forma intermitente, como por ejemplo
el electroimán de un elemento indicador de tarifas
múltiples.
Es conveniente que la conexión al (los) dispositivo(s)
auxiliar tengan marcado el método de conexión correcto.
Si estas conexiones se hacen por medio de fichas y zócalos
no deben ser permutables.Sin embargo en ausencia de
conexiones irreversibles, las variaciones de los errores no
deben, medidos en las condiciones de conexión más
desfavorables, exceder las que figuran en esta tabla.
8) El coeficiente medio de temperatura se debe determinar
para el intervalo completo de funcionamiento. El intervalo
de temperatura de funcionamiento se debe dividir en
intervalos de 20 K. El coeficiente medio de temperatura se
debe determinar entonces por esos intervalos, 10 K por
encima y 10 K por debajo de la mitad del intervalo. Durante
el ensayo, la temperatura en ningún caso se encontrará fuera
del intervalo de temperatura de funcionamiento especificado.
9) Este ensayo se aplica solamente a los medidores
alimentados por transformadores de corriente.
10) Las condiciones de ensayo se especifican en apartado
9.5.4. |
6.1 Potencia absorbida por los circuitos
de tensión.
La potencia activa y aparente absorbida por cada circuito de tensión
a la tensión de referencia, temperatura de referencia y frecuencia
de referencia no debe exceder de los valores indicados en tabla XVIa
y XVIb.Tabla XVIa - Potencia absorbida en los circuitos de tensión
|
Medidores |
Clase |
|
0.2S y 0,5S |
0,5 |
1 |
2 |
|
De inducción, monofásicos y trifásicos |
|
3,0 W y 12 VA |
3,0 W y 12 VA |
2,0 W y 10 VA |
|
Estáticos, monofásicos y trifásicos,
incluyendo la alimentación de los circuitos auxiliares |
2,0 W y 10 VA |
|
2,0 W y 10 VA |
2,0 W y 10 VA |
|
Nota 1 - Para medir los consumos en un
medidor trifásico, las restantes fases deberán estar
conectadas a su tensión nominal
Nota 2 - Para asociar los transformadores de tensión a los
medidores, el fabricante debe indicar si la carga es
inductiva o capacitiva (únicamente para medidores conectados
a transformadores de tensión)
Nota 3 - Los valores más arriba indicados para medidores
estáticos son valores medios. Se permiten fuentes de tensión
conmutables con valores de cresta que excedan los de la
tabla, pero se debe tener en cuenta la potencia de los
transformadores de tensión asociados.
Nota 4 - Para medidores estáticos que miden y registran
diferentes tipos de energía y para medidores multifunción,
los límites de potencia absorbida son los indicados en la
tabla XVI b. |
Tabla XVI b
|
Tipo de medidor |
Monofásico |
Trifásico por
fase1 |
|
Medidor de múltiple energía |
3 W y 15 VA |
2 W y 10 VA |
|
Medidor multifunción |
5 W y 25 VA |
3 W y 15 VA |
|
Dispositivos de comunicación (es decir.
Teléfonos y radios receptores y transmisores, PLC, etc).
Funciones no relacionadas con la medición y la facturación
(curvas de carga, medición de tensión y corriente, análisis
de red, análisis de armónicas, etc.) |
La potencia total requerida para medidores
que posean estas funciones adicionales puede ser acordada
entre el fabricante y el usuario. |
|
1 Para medidores polifásicos la carga se
supone equitativamente distribuida en las tres fases. En el
caso de que una de las fases sea interrumpida, se admite que
el consumo máximo sea superior al especificado. Sin embargo
el medidor debe continuar funcionando correctamente. |
6.2 Potencia absorbida por los circuitos de corriente.
La potencia aparente de cada circuito de corriente de un medidor de
conexión directa, a la corriente de base, a la frecuencia nominal y
a la temperatura de referencia no debe ser mayor que los valores
indicados en la tabla XVII.
La potencia aparente de cada circuito de corriente de un medidor
alimentado por un transformador de corriente no debe exceder el
valor indicado en la tabla XVII, para un valor de la corriente igual
a la corriente secundaria nominal del transformador correspondiente.
Tabla XVII
Potencia absorbida por los circuitos de corriente
|
Medidores |
Clase |
|
0.2S y 0,5S |
0,5 |
1 |
2 |
|
De
inducción, monofásicos y trifásicos |
Ib < 30 A |
|
6,0 VA |
4,0 VA |
2,5 VA |
|
Ib = 30 A |
|
10 VA |
6,0 VA |
4,0 VA |
|
Estáticos,
monofásicos y trifásicos |
|
|
|
4,0 VA |
2,5 VA |
|
Estáticos |
|
1 VA |
|
|
|
|
Nota 1 - La corriente secundaria
nominal es el valor de la corriente secundaria de un
transformador de corriente sobre la cual se determinan las
condiciones de funcionamiento del transformador. Los valores
normales de la corriente secundaria máxima son 120%, 150% y
200% de la corriente secundaria nominal.
Nota 2 - Para asociar los transformadores de corriente a los
medidores, el fabricante debe indicar si la carga es
inductiva o capacitiva (únicamente para medidores conectados
a transformadores de corriente). |
6.3 Influencia de la tensión de alimentación.
Tabla XVIII
Rango de tensión
|
Rango de
funcionamiento especificada |
Desde 0,9 a
1,1 Un |
|
Rango límite
de funcionamiento |
Desde 0,0 *
a 1,15 Un |
* Ver nota 1 de las tablas XIII, XIV y XV
6.4 Caídas de tensión e interrupciones breves (estáticos).
Las caídas e interrupciones breves no deben producir ningún cambio
en el elemento indicador mayor que x kWh y el dispositivo de ensayo
no debe emitir pulsos que representen más que x kWh.
El valor de x se obtiene de la fórmula siguiente:
x = 10-6 m Un Imáx
donde:
m es el número de elementos de medición
Un es la tensión nominal en volt
Imáx es la corriente máxima en ampere
El medidor no debe presentar cambios en la información almacenada,
salvo lo indicado anteriormente y debe seguir funcionando
correctamente. Las condiciones para el ensayo se detallan en 9.3.1.
6.5 Influencia de las sobrecorrientes de corta duración.
Las sobrecorrientes de corta duración no deben dañar al medidor. El
medidor sometido a las sobrecorrientes prescritas en tabla XIX debe
funcionar correctamente cuando vuelve a sus condiciones nominales y
las variaciones de error no deben ser mayores que las indicadas en
la tabla XX.
Tabla XIX
Condiciones para la aplicación de sobrecorrientes de corta duración
|
Medidores de
inducción Clases 0,5, 1 y 2 |
Conexión
directa |
Deben ser
capaces de soportar una sobrecorriente de corta duración
cuyo valor de cresta sea igual a 50 veces la Imáx con una
tolerancia relativa de +0% a –10% (o 7000 A, la que sea
menor) y permanecer sobre 25 Imáx con una tolerancia
relativa de +0% a –10% (o 3500 A, la que sea menor) durante
1 ms. |
|
Alimentados
por transformadores de corriente |
Deben ser
capaces de soportar durante 0,5 s una corriente igual a 20
Imáx con una tolerancia relativa del +0% al –10% |
|
Medidores
estáticos clases 1 y 2 |
Conexión
directa |
Deben ser
capaces de soportar durante medio ciclo a frecuencia nominal
una sobrecorriente de corta duración de 30 Imáx con una
tolerancia relativa de +0% a –10%. |
|
Alimentados
por transformadores de corriente |
Deben ser
capaces de soportar durante 0,5 s una corriente igual a 20
Imáx con una tolerancia relativa del +0% al –10% |
|
Medidores
estáticos clases 0,2S y 0,5S |
Alimentados
por transformadores de corriente |
Deben ser
capaces de soportar durante 0,5 s una corriente igual a 20
Imáx con una tolerancia relativa del +0% al –10% |
Tabla XX
Variaciones ocasionadas por sobrecorrientes de corta duración
|
Medidores |
Valores de
corriente |
Factor de
potencia |
Límite de
variación de error en porciento para los medidores de la
clase |
|
0,2S |
0,5S |
0,5 |
1 |
2 |
|
Para
conexión directa |
Ib |
1 |
- |
- |
- |
1,5 |
1,5 |
|
Alimentados
por transformadores de corriente |
In |
1 |
0,05 |
0,05 |
0,3 |
0,5 |
1,0 |
6.6 Influencia del autocalentamiento.
La variación del error ocasionada por el autocalentamiento originado
al someter al medidor a la corriente máxima en las condiciones
estipuladas en el punto 9.3.3 no debe superar los límites de la
tabla XXI.
Tabla XXI
Variaciones ocasionadas por el
autocalentamiento
|
Valor de la
corriente |
Factor de
potencia |
Límite de
variación del error en porciento para los medidores clase |
|
0,2S |
0,5S |
0,5 |
1 |
2 |
|
Imáx |
1 |
0,1 |
0,2 |
0,5 |
0,7 |
1,0 |
|
0,5
inductivo |
0,1 |
0,2 |
0,7 |
1,0 |
1,5 |
Para ensayos ver punto 9.3.3
6.7 Influencia del calentamiento.
En las condiciones normales de funcionamiento los circuitos
eléctricos y la aislación no deben alcanzar una sobrelevación de
temperatura en cualquier punto de la superficie exterior de la caja
superior a 25 K con una temperatura ambiente de 40 ºC. Los efectos
del calentamiento no deben afectar al medidor de manera que no
supere las exigencias de los ensayos dieléctricos prescritos en
apartado 9.4. Para ensayos de calentamiento ver punto 9.3.4.
6.8 Aislación.
El medidor y sus dispositivos auxiliares incorporados, si los
hubiere, en las condiciones normales de uso, deben conservar sus
cualidades dieléctricas, teniendo en cuenta las influencias
atmosféricas ambientales y las diferentes tensiones a las cuales se
someten los circuitos en dichas condiciones.
El medidor debe soportar el ensayo de impulso y el de tensión
resistida a frecuencia nominal especificados más adelante en los
apartados 9.4.2 y 9.4.3 que establecen las condiciones de los
ensayos para la aprobación de modelo.
Durante estos ensayos no debe producirse ningún contorneo, cebado o
perforación.
Después de estos ensayos, realizados en las condiciones de
referencia, no debe haber ningún cambio del error en porciento del
medidor mayor que la incertidumbre de la medición y no debe haber
ningún daño mecánico en el equipo.
6.9 Inmunidad contra las fallas a tierra (Solamente para medidores
utilizados en redes equipadas con neutralizadores de fallas a
tierra).
Los medidores alimentados por transformadores de medición en redes
trifásicas de 4 hilos, conectados a redes de distribución equipadas
con neutralizadores de fallas a tierra o en las cuales el neutro
está aislado deben ser sometidos a las exigencias del ensayo de
simulación de falla a tierra descrito en el apartado 9.3.5.
Después del ensayo, el medidor no debe presentar ningún daño y
funcionar correctamente.
La variación del error medida cuando el medidor es vuelto a la
temperatura nominal de funcionamiento no debe exceder los límites
dados en la tabla XXII.
Tabla XXII
Variación del error debido a
fallas a tierra.
|
Valor de la
corriente |
Factor de potencia |
Límite de
variación del error porcentual para medidores clase |
|
0,2S |
0,5S |
0,5 |
1 |
2 |
|
In |
1 |
0,1 |
0,3 |
0,3 |
0,7 |
1,0 |
6.10 Compatibilidad electromagnética (estáticos).
6.10.1 Inmunidad a las perturbaciones electromagnéticas.
El medidor debe estar construido de manera tal que las
perturbaciones electromagnéticas conducidas o radiadas y las
descargas electrostáticas no dañen ni afecten sustancialmente su
funcionamiento.
Las perturbaciones a considerar son las siguientes:
- Las descargas electrostáticas (ver ensayos en 9.5.1).
- Los campos electromagnéticos de RF (ver ensayos en 9.5.4).
- Las perturbaciones conducidas inducidas por campos de RF (ver
ensayos en 9.5.3).
- Los transitorios eléctricos rápidos en salvas (impulsos
repetitivos) (ensayos en 9.5.2).
La aplicación de descargas electrostáticas, campos electromagnéticos
HF y transitorios eléctricos rápidos en salvas, no deben producir
ningún cambio en el elemento indicador de más de x kWh y el
dispositivo de ensayo no debe producir una señal equivalente a más
de x kWh. Para determinar el valor de variación utilizar la fórmula
del apartado 6.4.
6.10.2 Supresión de perturbaciones radioeléctricas.
El medidor no debe producir ruido conducido radiado que pudiera
interferir con otros equipos (ver ensayos en apartado 9.5.7).
6.10.3 Inmunidad a las ondas oscilatorias amortiguadas.
Aplicable solo para medidores alimentados por transformadores de
medidas. Durante el ensayo el funcionamiento del medidor no debe ser
afectado y la variación del error debe estar dentro de los límites
establecidos en tablas XIV y XV. Los métodos de ensayo se
especifican en 9.5.5.
6.10.4 Inmunidad a las sobretensiones superpuestas sobre la tensión
de red.
El medidor, cuando corresponda, debe ser inmune a las sobretensiones
superpuestas a la tensión de red sobre los puertos de comunicación
de entrada/salida. Las condiciones de ensayo se indican en el
apartado 9.5.6.
7 Requisitos adicionales.
7.1 Protección del software.
Todo software o firmware que pudiere afectar las características
metrológicas y/o registros debe estar protegido de modo tal que
quede claramente puesto en evidencia cualquier intento de cambio no
autorizado.
Los parámetros que intervienen en la determinación de los resultados
de la medición deben estar protegidos por sellos mecánicos o por
otros medios. Estos deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Ninguna modificación de los parámetros de la medición podrá ser
efectuada sin acceso autorizado, por ejemplo por medio de un código
(clave) o mediante un dispositivo especial (llave, etc.).
b) El registro que almacena la energía total no podrá ser puesto a
cero sin acceso autorizado, por ejemplo por medio de un código
(clave) o mediante un dispositivo especial (llave, etc.).
c) En el caso que un código (clave) se use para la protección arriba
indicada, éste debe tener la posibilidad de ser modificable, al
igual que si se trata de dispositivos especiales tales como llaves,
etc.
d) Durante el proceso de cambio de parámetros el medidor debe
indicar claramente que se halla en el modo de configuración (fuera
de control metrológico legal), o no debe medir energía mientras no
salga de ese modo.
e) Si fuera posible el cambio de los parámetros del registro que
almacena la energía total mediante acceso remoto, debe quedar
memorizada toda intervención en un registro de eventos, que debe
incluir al menos fecha y hora del cambio y el anterior y nuevo valor
del parámetro. La trazabilidad de la última intervención debe estar
asegurada.
f) Del mismo modo, sobre aquellos medidores en los que sea factible
el ajuste de sus errores por medio de software específico, debe
quedar grabada toda intervención en un registro de eventos.
8 Aprobación de modelo.
La aprobación de modelo tiene por objeto reconocer que el modelo de
medidor presentado a aprobación, se ajusta a lo prescrito en el
presente reglamento.
8.1 Procedimiento y documentación para la aprobación de modelo.
Los fabricantes, importadores o representantes deberán solicitar los
ensayos correspondientes a la aprobación de modelo al INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, acompañando dos ejemplares
(original y copia) de la documentación, firmados con aclaración de
firma por el responsable ante Metrología Legal, de la documentación,
correspondiente al modelo que se desea aprobar, establecida por el
punto 3. del ANEXO de la Resolución ex - S.C.T. Nº 49/2003.
8.2 (apartado sustituido por
resolución 421/15 SC) Documentación técnica.
La documentación técnica requerida debe contener básicamente la
siguiente información:
a) Identificación del modelo, incluyendo:
1) Marca de fábrica y designación de modelo.
2) Versión del hardware, software y firmware.
3) Dibujo de la placa de características.
b) Características metrológicas del medidor, incluyendo:
1) Una descripción del principio de medición.
2) Las características metrológicas del medidor.
3) Descripción y ubicación de los ajustes.
c) La especificación técnica del medidor, incluyendo:
1) Un diagrama en bloques con una descripción funcional de
componentes y dispositivos.
2) Dibujos, diagramas explicación de la construcción y operación,
información general del software y firmware.
3) Ubicación y descripción de los precintos.
4) Toda documentación que evidencie que el diseño y construcción del
medidor cumple con los requisitos de esta reglamentación.
d) El manual de uso.
e) El manual de instalación.
La solicitud de ensayos para la Aprobación de Modelo, encuadrada
dentro de las prescripciones de este Reglamento debe ir acompañada
de la entrega de CINCO (5) medidores. En caso de ser necesarios más
medidores para efectuar los ensayos, el INSTITUTO NACIONAL DE
TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI) documentará dicho requerimiento al
solicitante, fundamentando tal necesidad.
Uno de los aparatos que sirvan de base para la Aprobación de Modelo
quedará en depósito en el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA
INDUSTRIAL (INTI) en carácter de unidad testigo, mientras los
restantes serán devueltos al interesado una vez realizados los
ensayos aquí prescritos”.
8.3 Solicitud de aprobación de modelo.
Una vez obtenidos los protocolos con los resultados de la totalidad
de los ensayos establecidos por esta reglamentación emitidos por el
INTI, y la devolución por parte del original presentado
oportunamente con todas las actuaciones realizadas durante el
análisis y ensayo de los modelos a aprobar (la copia quedará en
poder del INTI), el fabricante o importador, adjuntando el resto de
la documentación que exige la Resolución ex-S.C.T Nº 49/2003 y
manifestando con carácter de declaración jurada que el medidor,
grupos funcionales dispositivos complementarios o variante de los
mismos se ajustan a este reglamento, podrá presentar una solicitud
de aprobación de modelo ante la Dirección Nacional de Comercio
Interior de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR dependiente de la
SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, acompañada de la entrega de uno de los medidores
ensayados por el INTI.
8.4 Modificación de un modelo aprobado.
Las modificaciones sobre un modelo aprobado deberán ser presentadas
al INTI, el que se expedirá en forma preliminar acerca de si
constituyen variantes del mismo modelo, o bien un modelo nuevo; y,
en el primer caso, si su aprobación requiere o no nuevos ensayos. El
dictamen del INTI acompañará la solicitud que corresponda ante la
Dirección Nacional de Comercio Interior de la SUBSECRETARIA DE
COMERCIO INTERIOR dependiente de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la que se expedirá
en forma definitiva.
9 Ensayos de aprobación de modelo.
9.1 Condiciones de referencia.
A los fines de asegurar la reproducibilidad de ensayos entre
laboratorios, todas las magnitudes de influencia con excepción de la
que está siendo ensayada deben ser mantenidas en las condiciones de
referencia dadas por las tablas XXIII, XXIV y XXV, durante los
ensayos de aprobación de modelo.
Tabla XXIII
Condiciones de referencia para medidores de inducción
|
Magnitudes
de influencia |
Valor de
referencia |
Tolerancias
admisibles para los medidores de clase |
|
|
|
|
0,5 |
1 |
2 |
|
Temperatura
ambiente |
Temperatura
de referencia o en su ausencia, 23 ºC 1) |
± 1 ºC |
± 2 ºC |
± 2 ºC |
|
Tensión |
Tensión
nominal |
± 0,5% |
± 1% |
± 1% |
|
Frecuencia |
Frecuencia
nominal |
± 0,2% |
± 0,3% |
± 0,5% |
|
Orden de
fases |
La indicada
en el esquema de conexiones |
- |
- |
- |
|
Desequilibrio de tensiones |
Todas las
fases conectadas |
- |
- |
- |
|
Forma de
onda |
Tensiones y
corrientes senoidales |
Factor de
distorsión inferior a |
|
|
|
|
2% |
2% |
3% |
|
Inducción
magnética a la frecuencia nominal |
Inducción
magnética igual a cero |
Valor de
inducción que provoca una variación de error no mayor que 3) |
|
|
|
|
± 0,1% |
± 0,2% |
± 0,3% |
|
Funcionamiento de los accesorios |
Sin accionar
los accesorios |
- |
- |
- |
|
Posición de
funcionamiento |
Trabajo en
posición vertical 2) |
± 0,5º |
± 0,5º |
± 0,5º |
|
1) Si los
ensayos se realizan a una temperatura diferente de la
temperatura de referencia, incluyendo las tolerancias
admisibles, los resultados se deben corregir aplicando el
coeficiente de temperatura correspondiente al medidor. |
|
2) La
posición del medidor no se desviará más de 0,5º en todas las
direcciones desde la posición de funcionamiento definida por
el fabricante.
La construcción y el montaje del medidor deben ser tales que
la posición correcta esté asegurada (en los dos planos
verticales perpendiculares “delante-detrás” e
“izquierda-derecha” cuando:
- El zócalo del medidor está apoyado contra una pared
vertical y;
- Una arista de referencia (como la arista inferior de la
caja de bornes) o una línea de referencia marcada sobre el
medidor en horizontal. |
|
3) El método
de ensayo consiste en: |
|
a) Para un
medidor monofásico, determinando primero los errores con el
medidor normalmente conectado a la red y luego, con las
conexiones del circuito de corriente y del circuito de
tensión invertidas. La mitad de la diferencia entre los dos
errores es el valor de la variación del error. Dado que la
fase del campo externo no es conocida, se debe efectuar el
ensayo a 0,1 Ib 0 0,05 In con un factor de potencia igual a
la unidad y con 0,2 Ib o 0,1 In con un factor de potencia
igual a 0,5.
b) Para un medidor trifásico: se deben hacer tres mediciones
a 0,1 Ib o 0,5 In con un factor de potencia igual a la
unidad; después de cada una de estas mediciones las
conexiones de los circuitos de corriente y los circuitos de
tensión se deben permutar 120º, mientras que la secuencia de
las fases no se altera. La diferencia mayor entre cada uno
de los errores así determinados y su valor promedio es el
valor de la variación del error. |
Tabla XXIV
Condiciones de referencia para medidores estáticos clase 1 y 2
|
Magnitudes
de influencia |
Valor de
referencia |
Tolerancias
admisibles para los medidores de clase |
|
1 |
2 |
|
Temperatura
ambiente |
Temperatura
de referencia o en su ausencia, 23 ºC 1) |
± 2 ºC |
± 2 ºC |
|
Tensión |
Tensión
nominal |
± 1% |
± 1% |
|
Frecuencia |
Frecuencia
nominal |
± 0,3% |
± 0,5% |
|
Orden de
fases |
La indicada
en el esquema de conexiones |
- |
- |
|
Desequilibrio de tensiones |
Todas las
fases conectadas |
- |
- |
|
Forma de
onda (componente continua, armónicas pares e impares y
subarmónicas) |
Tensiones y
corrientes senoidales |
Factor de
distorsión inferior a |
|
2% |
3% |
|
Inducción
magnética continua de origen externo |
Inducción
magnética igual a cero |
- |
- |
|
Inducción
magnética a la frecuencia nominal |
Igual a cero |
Valor de la
inducción que provoca una variación de error no mayor que |
|
± 0,2% |
± 0,3%
|
|
pero debe
ser en todos los casos menor que 0,05 mT 2) |
|
Campos
electromagnéticos de HF, de 30 kHz a 2 GHz |
Igual a cero |
<1 V/m |
<1 V/m
|
|
- |
-
|
|
Funcionamiento de los accesorios |
Sin accionar
los accesorios |
- |
-
|
|
Perturbaciones conducidas, inducidas por campos de
radiofrecuencia de 150 kHz a 80 MHz |
Igual a cero |
<1 V |
<1 V
|
|
1) Si los
ensayos se realizan a una temperatura diferente de la
temperatura de referencia, incluyendo las tolerancias
admisibles, los resultados se deben corregir aplicando el
coeficiente de temperatura correspondiente al medidor. |
|
2) El método
de ensayo consiste en: |
|
a) Para un
medidor monofásico, determinando primero los errores con el
medidor normalmente conectado a la red y luego, con las
conexiones del circuito de corriente y del circuito de
tensión invertidas. La mitad de la diferencia entre los dos
errores es el valor de la variación del error. Dado que la
fase del campo externo no es conocida, se debe efectuar el
ensayo a 0,1 Ib o 0,05 In con un factor de potencia igual a
la unidad y con 0,2 Ib o 0,1 In con un factor de potencia
igual a 0,5. |
|
b) Para un
medidor trifásico: se deben hacer tres mediciones a 0,1 Ib o
0,05 In con un factor de potencia igual a la unidad; después
de cada una de estas mediciones las conexiones de los
circuitos de corriente y los circuitos de tensión se deben
permutar 120º, mientras que la secuencia de las fases no se
altera. La diferencia mayor entre cada uno de los errores
así determinados y su valor promedio es el valor de la
variación del error. |
Tabla XXV
Condiciones de referencia para medidores
estáticos clase 0,2S y 0,5S
|
Magnitudes
de influencia |
Valor de
referencia |
Tolerancias
admisibles para los medidores de clase |
|
0,2S |
0,5S |
|
Temperatura
ambiente |
Temperatura
de referencia o en su ausencia, 23 ºC 1) |
± 2 ºC |
± 2 ºC |
|
Tensión |
Tensión
nominal |
± 1% |
± 1% |
|
Frecuencia |
Frecuencia
nominal |
± 0,3% |
± 0,3% |
|
Orden de
fases |
La indicada
en el esquema de conexiones |
- |
- |
|
Desequilibrio de tensiones |
Todas las
fases conectadas |
- |
- |
|
Forma de
onda |
Tensiones y
corrientes senoidales |
Factor de
distorsión inferior a |
|
2% |
2% |
|
Inducción
magnética continua de origen externo |
Igual a cero |
- |
- |
|
Inducción
magnética a la frecuencia nominal |
Inducción
magnética igual a cero |
Valor de
inducción que provoca una variación de error no mayor que 2) |
|
± 0,1% |
± 0,1% |
|
Campos
electromagnéticos de HF, de 30 kHz a 2 GHz |
Igual a cero |
<1 V/m |
<1 V/m |
|
Funcionamiento de los accesorios |
Sin accionar
los accesorios |
- |
- |
|
Perturbaciones conducidas, inducidas por campos de
radiofrecuencia de 150 kHz a 80 MHz |
Igual a cero |
<1 V |
<1 V |
|
1) Si los
ensayos se realizan a una temperatura diferente de la
temperatura de referencia, incluyendo las tolerancias
admisibles, los resultados se deben corregir aplicando el
coeficiente de temperatura correspondiente al medidor. |
|
2) El método
de ensayo consiste en: |
|
c) Para un
medidor monofásico, determinando primero los errores con el
medidor normalmente conectado a la red y luego, con las
conexiones del circuito de corriente y del circuito de
tensión invertidas. La mitad de la diferencia entre los dos
errores es el valor de la variación del error. Dado que la
fase del campo externo no es conocida, se debe efectuar el
ensayo a 0,05 In con un factor de potencia igual a la unidad
y con 0,1 In con un factor de potencia igual a 0,5. |
|
d) Para un
medidor trifásico: se deben hacer tres mediciones 0,05 In
con un factor de potencia igual a la unidad; después de cada
una de estas mediciones las conexiones de los circuitos de
corriente y los circuitos de tensión se deben permutar 120º,
mientras que la secuencia de las fases no se altera. La
diferencia mayor entre cada uno de los errores así
determinados y su valor promedio es el valor de la variación
del error. |
9.2 Condiciones generales para los ensayos relativos a los
requisitos de exactitud.
Para verificar los requisitos de exactitud definidos en tablas VII a
XII se deben respetar las condiciones de ensayo siguientes:
a) El medidor se debe ensayar en su caja, con la tapa en su lugar y
todas las partes destinadas a ser puestas a tierra deben estar
conectadas a tierra.
b) Antes de efectuar cualquier ensayo se deben alimentar los
circuitos de tensión y auxiliares durante al menos:
- 4 h los medidores de inducción de clase 0,5
- 2 h los medidores de inducción de clase 1
- 1 h los medidores de inducción de clase 2
- El tiempo necesario para alcanzar la estabilidad térmica para
medidores estáticos.
c) Además para medidores trifásicos:
- la secuencia de fases debe ser indicada en el esquema de
conexiones.
- Las tensiones y las corrientes deben ser prácticamente
equilibradas. Las desviaciones admisibles deben encuadrarse dentro
de los límites de tabla XXVI.
Tabla XXVI
Equilibrio de tensiones y corrientes
|
Medidores
trifásicos |
Clase del
medidor |
|
0,2S |
0,5S |
0,5 |
1 |
2 |
|
Cada una de las tensiones simples
y/o compuestas no deberá diferir respecto a la media de las
tensiones correspondientes en más de: |
± 1% |
± 1% |
± 0,5% |
± 1% |
± 1% |
|
Cada una de las corrientes en los
conductores no debe diferir del promedio de las corrientes
en más de: |
± 1% |
± 1% |
± 1% |
± 2% |
± 2% |
|
Los desfasajes entre cada una de
las corrientes y su correspondiente tensión simple, para
cualquier factor de potencia, no deben diferir entre sí, en
más de: |
2º |
2º |
2º |
2º |
2º |
9.2.1 Ensayo de los límites de los errores debidos a la variación de
la corriente.
Estando el medidor en las condiciones de referencia indicadas en el
apartado 9.1 los errores en porciento no deben sobrepasar los
límites indicados en las tablas VII a XII para las correspondientes
clases de exactitud.
9.2.2 Ensayo de los límites de errores debidos a las magnitudes de
influencia.
El error adicional en porciento debido al cambio de las magnitudes
de influencia respecto a las condiciones de referencia dadas en el
apartado 9.1, no debe exceder los límites de variación de error para
cada una de las clases indicadas en las tablas XIII a XV.
9.2.3 Ensayo de corriente de arranque.
El medidor debe arrancar (girar o emitir pulsos) y seguir
registrando para los valores de corriente de arranque (y en el caso
de medidores trifásicos con carga equilibrada) indicados en la tabla
XXVII.
Tabla XXVII
Corrientes de arranque
|
Medidores
para conexión |
Clase del
medidor |
Factor de
potencia |
|
0,2 S |
0,5 S |
0,5 |
1 |
2 |
1 |
|
Directa |
- |
- |
- |
0,004 Ib |
0,005 Ib |
1 |
|
Alimentados por transformadores
de corriente |
0,001 In |
0,001 In |
0,002 In |
0,002 In |
0,003 In |
1 |
Si el medidor está previsto para la medición de la energía en los
dos sentidos los valores de la tabla XXVII son aplicables para la
energía que circule en cada sentido. Los efectos de demoras
intencionales en la medición después de una inversión de la
dirección del flujo de energía deben ser tenidos en cuenta cuando se
realice este ensayo.
9.2.4 Ensayo de marcha en vacío.
Medidores de inducción: Cuando se aplique tensión, sin pasar
corriente por los circuitos de corriente (deben estar abiertos),
para una tensión comprendida entre el 80% y el 110% de la tensión
nominal, el sistema móvil del medidor no debe dar una vuelta
completa. Para elementos indicadores a tambor, estas condiciones se
aplicarán a un solo tambor en movimiento.
Medidores estáticos: Cuando se aplique tensión, sin pasar corriente
por los circuitos de corriente el dispositivo de salida del contador
no debe emitir más de un pulso.
Para este ensayo los circuitos de corriente deben estar abiertos y
se debe aplicar una tensión del 115% de la tensión nominal a los
circuitos de tensión.
La duración mínima del ensayo debe ser:
Tabla XXVIII
Duración mínima del ensayo en vacío para medidores estáticos

Donde
k es la constante del medidor en pulsos/ kWh.
m es el número de elementos de medida.
Un es la tensión de referencia en volt.
Imáx es la corriente máxima en ampere.
Para medidores conectados a través de transformadores de tensión y
de corriente o de corriente solamente, la constante k se
corresponderá a los valores secundarios.
9.2.5 Verificación de la constante del medidor.
Debe comprobarse que la relación entre el número de revoluciones del
equipo móvil (o bien los pulsos emitidos por el dispositivo emisor
de pulsos) y la indicación correspondiente de la energía del
dispositivo indicador, coincide con la constante que figura en la
placa de características.
9.3 Ensayos de los requisitos eléctricos (estáticos).
9.3.1 Ensayos de influencia de las caídas de tensión y de las
interrupciones breves (microcortes).
Los ensayos se deben realizar en las siguientes condiciones:
- Circuitos de tensión y circuitos auxiliares alimentados con la
tensión nominal sin ninguna corriente en los circuitos de corriente.
a) Interrupciones de tensión de ΔU = 100%
- Duración de la interrupción: 1 s;
- Cantidad de interrupciones: 3;
- Duración entre interrupciones: 50 ms.
b) Interrupciones de tensión de ΔU = 100%
- Duración de la interrupción: 20 ms;
- Cantidad de interrupciones: 1;
c) Caída de tensión de ΔU = 50%
- Duración de la caída: 1 min.
- Cantidad de caídas: 1.
9.3.2 Ensayo de influencia de las sobrecorrientes de corta duración.
El circuito debe ser prácticamente no inductivo y el ensayo para
medidores trifásicos debe ser realizado fase por fase.
Después de la aplicación de la sobrecorriente de corta duración, de
acuerdo a los requisitos metrológicos, con la tensión mantenida en
los bornes, se debe permitir que el medidor vuelva a la temperatura
inicial con el (los) circuito(s) de tensión alimentados
(aproximadamente 1 h).
Norma de referencia: IEC 62053-11 / 21/ 22.
9.3.3 Ensayo de influencia del autocalentamiento.
El ensayo se debe efectuar de la manera siguiente: Los circuitos de
tensión conectados a la tensión nominal durante al menos:
- 4 h para medidores de inducción clase 0,5.
- 2 h para medidores de inducción clase 1 y estáticos clase 0,2S,
0,5S y 1
- 1 h para medidores de inducción y estáticos clase 2
sin que los circuitos de corriente estén alimentados. Luego se debe
aplicar la corriente máxima a los circuitos de corriente.
El error del medidor se debe medir con un factor de potencia igual a
la unidad inmediatamente después de aplicar la corriente y luego a
intervalos lo suficientemente cortos como para permitir un trazado
correcto de la curva de variación del error en función del tiempo.
El ensayo se debe realizar durante al menos 1 h hasta que la
variación del error durante 20 m no exceda el 0,2% (0,05% para
clases 0,2S y 0,5S).
El mismo ensayo se debe efectuar luego con un factor de potencia 0.5
inductivo.
La variación del error, medido tal como se indicó arriba no debe
exceder los valores indicados en los requisitos, tabla XXI.
9.3.4 Ensayo de influencia del calentamiento.
El medidor se coloca en una cámara térmica o en un ambiente a 40 ºC.
El ensayo comienza cuando el medidor haya alcanzado dicha
temperatura ambiente.
Se energiza el medidor con cada circuito de corriente con la
corriente máxima y con cada circuito de tensión (incluyendo aquellos
circuitos de tensión auxiliares que son alimentados durante períodos
de una duración mayor que sus constantes de tiempo térmico)
alimentados con una tensión 115% la tensión nominal.
Durante el ensayo, cuya duración debe ser de 2 h, el medidor no debe
quedar expuesto a las corrientes de aire ni radiación solar directa.
Se debe verificar el cumplimiento del requisito de sobreelevación de
temperatura.
Después del ensayo, el medidor no debe presentar ningún deterioro y
debe satisfacer los requisitos de ensayos de rigidez dieléctrica.
9.3.5 Ensayo de inmunidad contra las fallas a tierra.
Debe simularse una condición de falla a tierra en una de las tres
fases. Todas las tensiones deben incrementarse al 110% de las
tensiones nominales durante 4 h. El borne de neutro del medidor
ensayado se desconecta del borne de tierra del equipo de ensayo de
medidores (EEM) y se conecta al borne de la fase del EEM en la cual
se ha simulado la falla a tierra (ver adjunto 6). De esta manera,
los dos bornes de tensión del medidor en ensayo que no fueron
afectados por la falla a tierra quedan sometidos a 1,9 veces la
tensión nominal de las fases. Durante este ensayo se hace circular
por los circuitos de corriente el 50% de la corriente nominal In,
con un factor de potencia igual a 1 y carga simétrica.
9.3.6 Ensayo de exactitud en presencia de armónicas (estáticos).
Se debe realizar en las siguientes condiciones:
- Corriente a la frecuencia fundamental: I1 = 0,5 Imáx.
- Tensión a la frecuencia fundamental: U1 = Un.
- Factor de potencia a la frecuencia fundamental: 1.
- Nivel de armónica 5 en tensión: U5 = 10% de Un.
- Nivel de armónica 5 en corriente: I5 = 40% de la corriente
fundamental
- Factor de potencia de la armónica: 1.
- Las tensiones fundamentales y armónicas en fase en el cruce por
cero con pendiente positiva.
La potencia armónica resultante debida al armónico 5 es: P5 = 0,1 U1
x 0,04 I1 = 0,4 P1 de donde, la potencia activa total = 1,04 P1
(fundamental + armónica).
Los medidores ensayados bajo estas condiciones deben cumplir los
requisitos indicados en las tablas de magnitudes de influencia XIV y
XV.
9.3.7 Ensayos en presencia de subarmónicas (estáticos clase 0,2S y
0,5S).
Los ensayos de influencia de las subarmónicas se deben efectuar
según el circuito de la figura 2.4 del adjunto 2 o con otros equipos
capaces de producir la forma de onda requerida, y las formas de onda
de la corriente deben corresponder a la figura 2.7 del adjunto 2.
La variación del error en porciento cuando el medidor está sometido
a la forma de onda del ensayo según la figura 2.7 del adjunto 2, y
cuando está sometido a la forma de onda de referencia no deben
exceder los límites de variación de error indicados en la tabla XV.
9.3.8 Ensayo de las influencias de las armónicas impares y de las
subarmónicas (estáticos clase 1 y 2).
Los ensayos de influencia de las subarmónicas se deben efectuar
según el circuito de la figura 2.4 del adjunto 2, o con otros
equipos capaces de producir la forma de onda requerida, y las formas
de onda de la corriente deben corresponder a la figuras 2.5 y 2.7
del adjunto 2.
La variación del error en porciento cuando el medidor está sometido
a la forma de onda del ensayo según la figuras 2.5 y 2.7, y cuando
está sometido a la forma de onda de referencia no deben exceder los
límites de variación de error indicados en la tabla XIV.
Normas de aplicación: IEC 62053-21; IEC 62053- 22.
9.3.9 Ensayo de las influencias a la componente continua y de las
armónicas pares (estáticos clase 1 y 2).
Los ensayos de influencia de las subarmónicas se deben efectuar
según el circuito de la figura 2.1 del adjunto 2, o con otros
equipos capaces de producir la forma de onda requerida, y las formas
de onda de la corriente deben corresponder a la figura 2.2 del
adjunto 2.
La variación del error en porciento cuando el medidor está sometido
a la forma de onda del ensayo según la figura 2.2 del adjunto, y
cuando está sometido a la forma de onda de referencia no deben
exceder los límites de variación de error indicados en la tabla XIV.
Normas de aplicación: IEC 62053-21; IEC 62053- 22.
9.3.10 Ensayo de la influencia de la inducción magnética continua de
origen externo (estáticos).
La inducción magnética continua se puede obtener utilizando un
electroimán excitado con corriente continua como se muestra en el
adjunto 4. Este campo magnético debe ser aplicado a todas las
superficies accesibles del medidor en su posición normal de
funcionamiento. El valor de la inducción magnética continua a
aplicar debe ser de 1000 Av (ampere-vuelta).
Los medidores expuestos al campo magnético así generado deben
cumplir los requisitos específicos indicados en las tablas de
magnitudes de influencia XIV y XV.
9.4 Ensayos dieléctricos.
9.4.1 Condiciones generales de los ensayos.
Los ensayos se deben realizar solo en medidores completos, con su
tapa (con excepción de los casos indicados más adelante) y la tapa
de la bornera colocadas y los tornillos de los bornes ajustados al
conductor de la mayor sección posible posicionado en los bornes.
Primero se deben efectuar los ensayos con tensión de impulso y luego
los ensayos a frecuencia nominal.
Se consideran válidos los ensayos de modelo dieléctricos sólo para
la disposición de los bornes que ha soportado el ensayo. Para
disposiciones de los bornes diferentes se deben efectuar todos los
ensayos dieléctricos, para cada disposición.
Para los fines de estos ensayos, el término “tierra” tiene el
significado siguiente:
a) Cuando la caja del medidor es completamente metálica, se
considera como “tierra” a la misma caja colocada sobre una
superficie plana conductora, en particular el borne de tierra de
protección.
b) Cuando la caja del medidor o solo una parte de ella es de
material aislante, se considera como “tierra” a una lámina
conductora que envuelve al medidor, tocando todas las partes
accesibles y conectada a una superficie conductora sobre la cual se
coloca la base del medidor. Cuando la tapa de
la bornera lo permite, la lámina conductora debe quedar a una
distancia de no más de 2 cm alrededor de los bornes y de los
orificios de paso de los conductores.
Durante los ensayos con tensión de impulso y de tensión a frecuencia
nominal, los circuitos que no se someten a ensayo se conectan a
tierra tal como se indica de ahora en más.
En este apartado, la expresión “todos los bornes” significa el
conjunto completo de los bornes de los circuitos de corriente, de
los circuitos de tensión y, si los hubiere, de los circuitos
auxiliares cuya tensión nominal es mayor que 40 V.
Estos ensayos se deben realizar en condiciones normales de uso.
Durante el ensayo, la calidad de la aislación no debe ser alterada
por la presencia anormal de polvo o de humedad.
Salvo especificación en contrario, las condiciones normales para los
ensayos de aislación son:
- Temperatura ambiente: 15 a 25 ºC.
- Humedad relativa: 45% a 75%.
- Presión atmosférica: 86 kPa a 106 kPa.
9.4.2 Ensayo con tensión de impulso.
El ensayo se debe realizar en las condiciones siguientes:
- Forma de la onda de impulso: 1,2/50 µs.
- Tolerancia del tiempo de crecimiento de la tensión: ± 30%.
- Tolerancia del tiempo de decrecimiento de la tensión: ± 20%.
- Impedancia de la fuente: 500 O ± 50 O:
- Energía de la fuente: 0,5 J ± 0,05 J:
- Tensión de ensayo: de acuerdo con la tabla I o II
- Tolerancia de la tensión de ensayo: +0 - 10%.
La forma de onda de acuerdo a la especificada en IRAM 2280 o IEC
60060-1.
Para cada ensayo la tensión de impulso se aplicará 10 veces con una
polaridad y luego se repite con la otra polaridad. El tiempo mínimo
de los impulsos debe ser de 3 s.
Durante estos ensayos no debe producirse ningún contorneo, cebado o
perforación, y posterior a ellos no debe haber ningún cambio del
error en porciento del medidor mayor que la incertidumbre de la
medición y no debe haber ningún daño mecánico en el equipo.
9.4.2.1 Ensayo con tensión de impulso para circuitos y entre
circuitos.
El ensayo se debe realizar en forma independiente en cada circuito
(o conjunto de circuitos) que, en servicio normal, está aislado con
relación a los otros circuitos del medidor. Los bornes de los
circuitos que no se someten a la tensión de impulso se deben
conectar a tierra.
Así, cuando en servicio normal los circuitos de tensión y de
corriente de un elemento de medición se conectan juntos, el ensayo
debe efectuarse en conjunto. En este caso el otro extremo del
circuito de tensión se debe conectar a tierra y la tensión de
impulso se debe aplicar entre el borne del circuito de corriente y
tierra.
Cuando varios circuitos de tensión de un medidor tienen un punto en
común, dicho punto debe conectarse a tierra y la tensión de impulso
debe aplicarse sucesivamente entre cada uno de los extremos libres
de las conexiones (o el circuito de corriente conectado a éstos) y
tierra.
Por el contrario, cuando en servicio normal, el circuito de tensión
y el circuito de corriente del mismo elemento de medición están
separados y convenientemente aislados (por ej. cada circuito
alimentado por un transformador de medición), el ensayo se debe
efectuar separadamente en cada circuito.
Durante el ensayo de un circuito de corriente, los bornes de los
otros circuitos deben estar conectados a tierra y la tensión de
impulso debe ser aplicada entre uno de los bornes del circuito de
corriente y tierra.
Durante el ensayo de un circuito de tensión, los bornes de los otros
circuitos y uno de los bornes del circuito de tensión bajo ensayo,
deben estar conectados a tierra y la tensión de impulso debe ser
aplicada entre el otro borne del circuito de tensión y tierra.
Los circuitos auxiliares que serán alimentados directamente de la
red o de los mismos transformadores de tensión que los circuitos del
medidor y cuya tensión nominal es mayor que 40 V, deben ser
sometidos al ensayo con tensión de impulso en las mismas condiciones
ya indicadas para los circuitos de tensión. Los otros circuitos
auxiliares no se deben ensayar.
Durante estos ensayos no debe producirse ningún contorneo, cebado o
perforación, y posterior a ellos no debe haber ningún cambio del
error en porciento del medidor mayor que la incertidumbre de la
medición y no debe haber ningún daño mecánico en el equipo.
9.4.2.2 Ensayo con tensión de impulso de los circuitos eléctricos
contra tierra.
Todos los bornes de los circuitos eléctricos del medidor, incluyendo
aquellos de los circuitos auxiliares cuya tensión nominal es mayor
que 40 V, deben conectarse entre sí.
Los circuitos auxiliares cuya tensión es menor o igual que 40 V
deben estar conectados a tierra. La tensión de impulso debe
aplicarse entre todos los circuitos eléctricos y tierra.
Durante estos ensayos no debe producirse ningún contorneo, cebado o
perforación, y posterior a ellos no debe haber ningún cambio del
error en porciento del medidor mayor que la incertidumbre de la
medición y no debe haber ningún daño mecánico en el equipo.
9.4.3 Ensayo de tensión resistida a frecuencia nominal.
La tensión de ensayo, suministrada por un equipo de por lo menos 500
VA, prácticamente senoidal, con una frecuencia comprendida entre 45
Hz y 65 Hz debe ser aplicada durante 1 minuto.
Durante los ensayos contra tierra, los circuitos auxiliares cuya
tensión nominal es menor o igual que 40 V deben estar conectados a
tierra.
El ensayo debe efectuarse de acuerdo a las siguientes tablas:
Tabla XXIX
Ensayos de tensión resistida a frecuencia nominal - medidores de
inducción
|
Ensayo |
Valor eficaz
de la tensión de ensayo |
Puntos de
aplicación de la tensión de ensayo |
|
|
A) |
2 kV (para
los ensayos a), b), c) y d))
500 V para los ensayos e) |
Ensayos a efectuarse con el
medidor cerrado, con su tapa y con la tapa de bornes en su
lugar entre, por una parte, la caja y, por otra parte: |
|
|
a) Cada circuito de corriente,
que en servicio normal, está separado y convenientemente
aislado de los otros circuitos, 1); |
|
|
b) Cada circuito de tensión o
conjunto de circuitos de tensión unidos, que, en servicio
normal están separados y convenientemente aislados de los
otros circuitos 1); |
|
|
c) Cada circuito auxiliar, o
entre los circuitos auxiliares conectados entre sí cuya
tensión de referencia es superior a 40 V: |
|
|
d) Cada conjunto de bobinas
corriente-tensión de un mismo elemento motor que, en
servicio normal están conectados juntos, pero estando
separados y convenientemente aislados de los otros circuitos
2): |
|
|
e) Cada circuito auxiliar cuya
tensión de referencia sea inferior o igual a 40 V. |
|
|
B) |
600 V o dos veces la tensión
aplicada a los arrollamientos de tensión en las condiciones
de referencia cuando la tensión es superior a 300 V (la más
elevada de las dos). |
Los ensayos pueden realizarse sin
la tapa de bornes. La tapa del medidor debe estar colocada
si es metálica. |
|
|
Entre los circuitos de corriente
y tensión de cada elemento motor, normalmente conectados
entre sí, esta conexión será temporalmente abierta para el
ensayo 3). |
|
|
C) |
2 kV |
Ensayos a efectuarse con el
medidor cerrado, con su tapa y con la tapa de bornes en su
lugar. |
|
|
Entre todos los circuitos de
corriente y tensión (y los circuitos auxiliares cuya tensión
nominal sea superior a 40 V), conectados juntos y tierra. |
|
|
D) |
4 kV (para el ensayo a))
2 kV (para el ensayo b))
40 V (para el ensayo d)) |
Ensayos suplementarios para el
caso de los medidores con caja aislante de la clase de
protección II. |
|
|
a) Entre todos los circuitos de
corriente y tensión (y los circuitos auxiliares cuya tensión
nominal sea superior a 40 V), conectados juntos y tierra: |
|
|
b) Entre la caja del medidor y
tierra: |
|
|
c) Control visual de que se
cumplen los requisitos de apartado 6.8. |
|
|
d) Entre por una parte, el
conjunto de las partes conductoras internas a la caja,
unidas entre sí y, por otra parte el conjunto de partes
conductoras de la caja del medidor que son accesibles con el
dedo de prueba normalizado, conectadas juntas. |
|
|
1) El simple
hecho de abrir la conexión, previsto normalmente, entre los
arrollamientos de corriente y tensión no basta generalmente
para asegurar un aislamiento conveniente, capaz de soportar
una tensión de ensayo de 2 kV. |
|
|
Los ensayos
de la parte A) puntos a) y b) corresponden generalmente a
medidores alimentados por transformadores de medidas y
también a ciertos medidores especiales que tienen los
arrollamientos de corriente y tensión separados. |
|
|
2) Los
circuitos que han soportado los ensayos de la parte A)
puntos a) y b) no se someterán al ensayo del punto d).
Cuando los circuitos de tensión de un medidor trifásico
tienen un punto en común en servicio normal, este punto
común debe mantenerse para los ensayos y, en este caso, el
conjunto de los circuitos de los elementos motores del
medidor se someterá a un solo ensayo. |
|
|
3) No se
trata de un ensayo de rigidez dieléctrica, sino de verificar
que las distancias de aislamiento son suficientes cuando el
dispositivo de conexión está abierto. |
|
|
No es
necesario realizar el punto d) de la parte D) si el control
visual del punto c) no deja dudas. |
Los resultados han de evaluarse visualmente y se ha de comprobar que
no existe contorneo cebado o perforación.
Tabla XXX
Ensayos de tensión resistida a frecuencia nominal - medidores
estáticos
|
Ensayo |
Aplicable a |
Valor eficaz
de la tensión de ensayo |
Puntos de
aplicación de la tensión de ensayo. |
|
A |
Medidores de clase de protección
I |
2 kV |
a) Entre todos los circuitos de
corriente y tensión (y los auxiliares cuya tensión nominal
es mayor que 40 V) conectados juntos y tierra. |
|
2 kV |
b) Entre los circuitos no
destinados a estar conectados entre sí en servicio. |
|
B |
Medidores de clase de protección
II |
4 kV |
a) Entre todos los circuitos de
corriente y tensión (y los auxiliares cuya tensión nominal
es mayor que 40 V) conectados juntos y tierra. |
|
2 kV |
b) Entre los circuitos no
destinados a estar conectados entre sí en servicio. |
|
- |
Un control visual que permita
asegurar que se cumplen las condiciones del apartado 6.8 |
|
1) El ensayo de la parte B) punto
a) se debe efectuar con la caja cerrada, con su tapa y la
tapa de bornes en su lugar. |
|
2) El ensayo de la parte B) punto
c) no es necesario si el ensayo en el punto b) no deja
dudas. |
Los resultados han de evaluarse visualmente y se ha de comprobar que
no existe contorneo cebado o perforación.
9.5 Ensayos de compatibilidad electromagnética (estáticos).
9.5.1 Ensayo de inmunidad a las descargas electrostáticas.
Deben realizarse de acuerdo con las siguientes condiciones:
- Descarga de contacto.
- Nivel de severidad del ensayo: 4.
- Tensión de ensayo: 8 kV.
- Cantidad de descargas: 10.
a) Medidor en condiciones de no funcionamiento:
- Los circuitos de tensión, corriente y auxiliares no deben estar
alimentados.
- Todos los bornes de tensión y auxiliares deben estar conectados
juntos y los bornes del circuito de corriente deberán estar
desconectados.
Después de la aplicación de las descargas electrostáticas el medidor
no deberá presentar daños o cambios de la información y deberá
conservar sus características metrológicas de acuerdo al presente
reglamento.
b) Medidor en condiciones de funcionamiento:
- Circuitos de tensión y auxiliares alimentados con la tensión
nominal.
- Sin corriente en los circuitos de corriente y con los bornes de
tensión desconectados.
La aplicación de las descargas electrostáticas no debe producir
ningún cambio en el elemento indicador de más de x kWh y el
dispositivo de ensayo no debe producir una señal equivalente a más
de x kWh. Para fórmula de x ver apartado 6.4.
Normas de referencia: IRAM 2491-4-2; IEC 61000-4-2.
9.5.2 Ensayo con transitorios eléctricos rápidos en salvas.
Se debe realizar en las siguientes condiciones:
Medidor en condiciones de funcionamiento con:
a) Circuitos de tensión y circuitos auxiliares con la tensión de
servicio normal.
b) Con una corriente de base Ib, o una corriente nominal In según
corresponda, y un factor de potencia igual a 1.
c) Longitud del cable entre el dispositivo de acoplamiento y el
medidor bajo ensayo 1m.
d) La tensión de ensayo se debe aplicar en modo común entre tierra
y:
- Los circuitos de tensión.
- Los circuitos de corriente, si están separados de los circuitos de
tensión en servicio normal.
- Los circuitos auxiliares, si están separados de los circuitos de
tensión en servicio normal.
Tensión de ensayo en los circuitos de corriente y tensión: 4 kV.
Tensión de ensayo en los circuitos auxiliares con tensión nominal
mayor que 40 V: 2 kV.
Duración del ensayo: 60 s con cada polaridad.
Es aceptable que durante el ensayo se produzca una degradación o
pérdida temporaria en el funcionamiento del medidor, no obstante la
variación del error no deberá superar los límites estipulados en la
tabla de magnitud de influencia correspondiente a la clase del
medidor bajo ensayo.
Norma de referencia: IEC 61000-4-4.
9.5.3 Ensayo de perturbaciones conducidas inducidas por campos de RF.
El ensayo debe realizarse de acuerdo a las siguientes condiciones:
El medidor debe encontrarse en su posición normal de funcionamiento
con su tapa y la tapa de bornera en su lugar. Todas las partes
destinadas a ser puestas a tierra deben estar conectadas a tierra.
Deberá estar en condiciones de funcionamiento con:
- Los circuitos de tensión y auxiliares energizados con la tensión
de nominal;
- Los circuitos de corriente con corriente Ib o In según corresponda
y factor de potencia igual a 1.
Rango de frecuencia: 150 kHz hasta 80 MHz.
Nivel de tensión: 10 V.
Durante el ensayo no debe producirse ningún cambio en el
funcionamiento del medidor y la variación del error debe estar
dentro de los límites especificados en la tabla de magnitudes de
influencia correspondiente a su clase correspondiente.
Norma de referencia: IEC 61000-4-6.
9.5.4 Ensayo de inmunidad a campos electromagnéticos de RF.
El ensayo se debe realizar bajo las siguientes condiciones:
- El medidor debe encontrarse en su posición normal de
funcionamiento con su tapa y la tapa de bornera en su lugar. Todas
las partes destinadas a ser puestas a tierra deben estar conectadas
a tierra.
- Longitud del cable expuesto al campo: 1 m.
- Rango de frecuencia: 80 MHz a 2000 MHz.
- Portadora modulada al 80% en amplitud con onda senoidal de 1 kHz.
a) ensayo con corriente.
El medidor deberá estar en condiciones de funcionamiento con:
- Los circuitos de tensión y auxiliares energizados con la tensión
de nominal;
- Los circuitos de corriente con corriente Ib o In según corresponda
y factor de potencia igual a 1.
- Intensidad de campo de ensayo en ausencia de modulación: 10 V/m.
Durante el ensayo no debe producirse ningún cambio en el
funcionamiento del medidor y la variación del error debe estar
dentro de los límites especificados en la tabla de magnitudes de
influencia correspondiente a su clase correspondiente.
b) ensayo sin corriente.
El medidor deberá estar en condiciones de funcionamiento con:
- Los circuitos de tensión y auxiliares energizados con la tensión
de nominal.
- Los circuitos de corriente abiertos.
- Intensidad de campo de ensayo sin modulación: 30 V/m.
La aplicación del campo de RF no debe producir ningún cambio en el
elemento indicador de más de x unidades y el dispositivo de ensayo
no debe producir una señal equivalente a más de x unidades. Para
fórmula ver apartado 6.4.
Es aceptable que durante el ensayo se produzca una degradación o
pérdida temporaria en el funcionamiento del medidor.
Norma de aplicación: IEC 61000-4-3.
9.5.5 Ensayo de inmunidad a las ondas oscilatorias amortiguadas.
El ensayo solo es aplicable a medidores alimentados por
transformadores.
Debe realizarse de acuerdo a las siguientes condiciones:
- El medidor debe encontrarse en su posición normal de
funcionamiento con su tapa y la tapa de bornera en su lugar. Todas
las partes destinadas a ser puestas a tierra deben estar conectadas
a tierra.
El medidor deberá estar en condiciones de funcionamiento con:
- Los circuitos de tensión y auxiliares energizados con la tensión
de nominal.
- Los circuitos de corriente con corriente In y factor de potencia
igual a 1.
La tensión de prueba para circuitos de tensión y circuitos
auxiliares con una tensión de referencia mayor a 40 V, debe ser:
- En modo común: 2,5 kV.
- En modo diferencial: 1,0 kV.
Las frecuencias de ensayo deben ser:
- 100 kHz con una razón de repetición de 40 Hz.
- 1 MHz con una razón de repetición de 400 Hz.
- Duración del ensayo: 60 s (15 ciclos con 2 s conectado y 2 s
desconectado para cada frecuencia).
Durante el ensayo no debe producirse ningún cambio en el
funcionamiento del medidor y la variación del error debe estar
dentro de los límites especificados en la tabla de magnitudes de
influencia correspondiente a su clase correspondiente.
Norma de aplicación: IEC 61000-4-12
9.5.6 Ensayo de inmunidad a las sobretensiones superpuestas sobre la
tensión de red.
El ensayo debe realizarse de acuerdo a las siguientes condiciones:
El medidor deberá estar en condiciones de funcionamiento y:
- Los circuitos de tensión y auxiliares energizados con la tensión
de nominal.
- Sin ninguna corriente en los circuitos de corriente y con sus
terminales en circuito abierto.
- La longitud del conductor entre el generador de sobretensiones y
el medidor: 1 m.
El ensayo se debe realizar en modo diferencial (entre fases).
Angulo de fase: Los pulsos deben ser aplicados a 60º y 240º
referidos al cruce por cero de la tensión de alimentación de
corriente alterna.
Tensión de ensayo sobre los circuitos de tensión y corriente
principales: 4 kV. Impedancia de salida del generador: 2 Ω.
Tensión de ensayo sobre los circuitos auxiliares con tensión mayor a
40 V: 1 kV Impedancia de salida del generador: 42 Ω.
Número de ensayos: 5 positivos y 5 negativos.
Razón de repetición: máximo 1/min.
El ensayo de inmunidad a las sobretensiones superpuestas sobre la
tensión de red no debe producir ningún cambio en el elemento
indicador de más de x unidades y el dispositivo de ensayo no debe
producir una señal equivalente a más de x unidades. Para la
determinación del valor de la variación utilizar la fórmula del
apartado 6.4.
Es aceptable que durante el ensayo se produzca una degradación o
pérdida temporaria en el funcionamiento del medidor.
Norma de aplicación: IEC 61000-4-5.
9.5.7 Medición de las perturbaciones radioeléctricas
(radiointerferencias).
El ensayo debe realizarse de acuerdo a las siguientes condiciones:
Se aplica sólo a equipos clase B.
- El medidor debe encontrarse en su posición normal de
funcionamiento con su tapa y la tapa de bornera en su lugar. Todas
las partes destinadas a ser puestas a tierra deben estar conectadas
a tierra.
- El medidor deberá estar en condiciones de funcionamiento con los
circuitos de tensión y circuitos auxiliares alimentados con la
tensión nominal.
- Los circuitos de corriente con una corriente entre 0,1 Ib y 0,2 Ib
o 0,1 In y 0,2 In según corresponda, tomados por carga lineal y
conectados mediante un cable no apantallado de 1m de longitud.
Los resultados del ensayo deben cumplir con los requerimientos de la
norma de aplicación.
IEC/ CISPR 22.
9.6 Ensayos de influencias climáticas.
9.6.1 Ensayo de calor seco.
El ensayo debe realizarse según las siguientes condiciones:
- Medidor no alimentado.
- Temperatura: 70 ºC ± 2 ºC.
- Duración del ensayo: 72 h.
Normas para el ensayo: IRAM 4202; IEC 60068-2-2.
9.6.2 Ensayo de frío.
El ensayo debe realizarse de según las siguientes condiciones:
- Medidor no alimentado.
- Temperatura: - 25 ºC ± 3 ºC.
- Duración del ensayo: 72 h.
Norma para el ensayo: IEC 60068-2-1.
9.6.3 Ensayo cíclico de calor húmedo. Ensayo de corrosión.
El ensayo debe realizarse de según las siguientes condiciones:
- Circuitos de tensión y circuitos auxiliares alimentados con la
tensión nominal.
- Sin ninguna corriente en los circuitos de corriente.
- Variante 1.
- Temperatura superior:
40 ºC ± 2 ºC para medidores para uso interior.
55 ºC ± 2 ºC para medidores para uso intemperie.
- No se deben tomar precauciones especiales para secar la humedad de
la superficie.
- Duración del ensayo: 6 ciclos.
24 h después de haber finalizado el ensayo se debe someter al
medidor a los ensayos siguientes:
a) Un ensayo de aislación según apartado 9.4 pero con la tensión de
impulso multiplicada por el factor 0,8.
b) Un ensayo funcional. El medidor no debe presentar ningún
deterioro ni cambio en la información almacenada y debe funcionar
correctamente.
El ensayo también es válido como ensayo de corrosión. El resultado
se evalúa visualmente. No debe ser visible ningún rastro de
corrosión susceptible de afectar las propiedades funcionales del
medidor.
Norma para el ensayo: IEC 60068 –2- 30.
“9.6.4 Ensayo de radiación solar.
El ensayo debe realizarse según las siguientes condiciones:
Equipamiento: QUV Panel
Fuente de radiación UV: Tubos UVB 313
Radiación emitida: 0,60 W/m2
Ciclos de simulación climática:
- 4 h de radiación ultravioleta a 60 °C;
- 4 h de condensación de vapor de agua a 40 °C.
Tiempo de exposición: mayor a 1000 h con una extracción parcial a
las 500 h.
Ensayo de seguimiento: tensión y elongación a la rotura, exigiendo
un porcentaje retenido de ambas propiedades al finalizar ambas
propiedades no menor que 50%.
En todos los casos el material a exponer consistirá en placas
cortadas a partir de la caja del medidor.
Después del ensayo se debe examinar el medidor en forma visual.
El aspecto general y la legibilidad de las inscripciones, en
particular, no deben alterarse. El medidor debe continuar
funcionando correctamente.
Para uso de aplicación: ASTM G154 - Práctica para la aplicación de
luz y exposición al agua. Aparato (UV fluorescente - Tipo
condensación) para la exposición de materiales no metálicos y ASTM
D4329 - Norma práctica para la exposición de plásticos a los UV
fluorescentes.”
9.7.2 Ensayo de impacto.
El ensayo debe efectuarse de acuerdo a las siguientes condiciones:
- Medidor no alimentado, sin embalaje.
- Impulso semi-senoidal.
- Aceleración de cresta: 30 gn (300 m/s2).
- Duración del impulso: 18 ms.
Norma para el ensayo: IEC 60068.
9.7.3 Ensayo de resistencia a las vibraciones.
El ensayo se debe efectuar de acuerdo a las condiciones siguientes:
- Medidor no alimentado, sin embalaje.
- Método de ensayo A.
- Rango de frecuencias: 10 Hz a 150 Hz.
- Frecuencia de transición: 60 Hz.
- f < 60 Hz, amplitud constante del movimiento 0,075 mm.
- f > 60 Hz , aceleración constante 9,8 m/s2 (1 g).
- Un solo punto de comando.
- Número de ciclos de barrido por eje: 10.
Nota: 10 ciclos de barrido = 75 min.
Norma para el ensayo: IRAM 4217 IEC 60068-2-6.
9.7.4 Ensayo de resistencia al calor y al fuego.
El ensayo se debe efectuar de acuerdo a las siguientes condiciones:
Temperaturas de ensayo.
- Bornera 960 ºC ± 15 ºC.
- Tapa de bornera y caja del medidor 650 ºC ± 10 ºC.
- Duración de la aplicación: 30 s ± 1 s.
El contacto con el filamento incandescente puede producirse en
cualquier lugar de los elementos ensayados. Si la bornera forma
parte integrante de la base es suficiente efectuar el ensayo solo en
la bornera.
Normas para el ensayo: IRAM 2378-1 IEC 60695-2-11.
9.7.5 Ensayo de protección contra la penetración de polvo y agua.
El ensayo se debe efectuar de acuerdo a las siguientes condiciones:
a) Protección contra la penetración de polvo:
- El medidor no alimentado, se coloca sobre un soporte vertical en
su posición normal de funcionamiento.
- El ensayo se debe efectuar después de conectar en la bornera
cables de las secciones especificadas por el fabricante (extremos
expuestos sellados).
- Sólo para medidores de uso interior, se mantiene la presión
atmosférica en el interior como en el exterior del medidor (sin
depresión ni sobrepresión).
- Primera cifra característica: 5 (IP5X).
Cualquier ingreso de polvo debe ser solo en una cantidad tal que no
afecte el funcionamiento del medidor, ni su rigidez dieléctrica
(resistencia de aislación).
b) Protección contra la penetración de agua.
- Medidor no alimentado.
- Segunda cifra característica:
1 (IPX1) para medidores de uso interior.
4 (IPX4) para medidores para uso intemperie.
La penetración de agua debe ser solo en una cantidad tal que no
afecte el funcionamiento del medidor, ni su rigidez dieléctrica
(resistencia de aislación).
Norma a consultar: IRAM 2444 IEC 60529.
9.8 Ensayo del dispositivo óptico de salida.
Para el ensayo del dispositivo óptico de salida debe verificar:
- La forma de los pulsos.
- El tiempo de transición del pulso (tiempo de subida y tiempo de
caída) o tiempo de transición de un estado al otro estado no debe
superar los 20 µs.
Para las formas de onda ver figura 5.1 del adjunto 2, y las
condiciones de ensayo consultar norma IEC 62053-31.
Anexo A
Procedimiento y ensayos para la Verificación Primitiva
A.1 Objeto.
La verificación primitiva tiene por objeto comprobar que los lotes
de medidores presentados se ajustan a lo prescrito en el presente
reglamento, y que coinciden con el respectivo modelo aprobado.
A.2 Procedimiento para la solicitud de verificación primitiva
Los ensayos correspondientes a la verificación primitiva deberán
solicitarse al INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL por el
fabricante, importador o representante, quien manifestará, con
carácter de declaración jurada, que los medidores se encuentran en
perfecto estado de funcionamiento y concuerdan con el modelo
aprobado.
La solicitud correspondiente deberá estar acompañada de la
documentación establecida en el punto 7. del Anexo de la Resolución
ex - S.C.T. Nº 49/2003.
A.2.1 Documentación para la verificación primitiva
La presentación mencionada en el punto anterior estará acompañada
por la siguiente información:
a) Identidad del responsable;
b) Fecha de la solicitud o declaración;
c) Marca y modelo del medidor;
d) País de origen;
e) Código de aprobación de modelo;
f) Cantidad;
g) Características metrológicas;
h) Números de serie discriminados por alcances de tensión y/o
corrientes;
i) Toda otra indicación metrológica establecida por este reglamento.
A.2.2 Solicitud de Certificado de verificación primitiva
Una vez obtenidos los protocolos de la totalidad de los ensayos
establecidos por el presente Reglamento para la Verificación
Primitiva y el correspondiente informe de ensayo del Programa de
Metrología Legal, emitidos por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA
INDUSTRIAL, el fabricante o importador, deberá presentar la
correspondiente solicitud de certificado de verificación primitiva
en la Dirección Nacional de Comercio Interior de la SUBSECRETARIA DE
COMERCIO INTERIOR dependiente de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS conforme lo
establecido en el punto 6 y 7 del Anexo de la Resolución ex – S.C.T.
Nº 49/2003, antes del plazo de QUINCE (15) días, vencido el cual
carecerán de validez los mismos, a estos efectos, debiendo realizar
los ensayos nuevamente; manifestando con carácter de declaración
jurada que los instrumentos presentados dan cumplimiento a la
totalidad de los requisitos establecidos en el presente, y que
coinciden con el respectivo modelo aprobado. Deberán acompañarse la
presentación con fotografías donde se aprecien una vista general del
instrumento el área de indicación, los comandos del instrumento y
las indicaciones obligatorias y las marcas o etiquetas de
verificación.
A.2.3 Declaración de Conformidad.
Podrá darse cumplimiento a la Verificación Primitiva de los lotes de
medidores, por medio de la emisión, por parte del fabricante,
importador, o representante, de una Declaración de Conformidad que
acredite que los mismos satisfacen los requisitos establecidos por
el presente Reglamento y coinciden con el respectivo modelo
aprobado.
Los fabricantes e importadores, podrán solicitar al INTI la
auditoría para emitir sus propias declaraciones de conformidad, en
lugar del correspondiente certificado de verificación primitiva.
Para estar en condiciones de emitir la mencionada Declaración de
Conformidad, el fabricante o importador, deberá contar con la
autorización de la Dirección Nacional de Comercio Interior de la
SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR dependiente de la SECRETARIA DE
COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
previa presentación de la auditoría realizada por el INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, de acuerdo a lo establecido por
la Resolución ex-S.C.T. Nº 19/2004.
La declaración de conformidad deberá ser comunicada por el titular
del modelo aprobado a la DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR,
con carácter de declaración jurada, dentro de los DIEZ (10) días
hábiles de producida la misma, en caso contrario deberá efectuar la
correspondiente Verificación Primitiva conforme lo dispuesto en los
puntos A.2.1. y A.2.2.
La presentación de la Declaración de Conformidad ante la Dirección
Nacional de Comercio Interior deberá ser acompañada del comprobante
de pago de la tasa establecida en el artículo 5º de la presente
resolución.
A.3 Ensayos para la Verificación Primitiva y Declaración de
Conformidad.
Los ensayos correspondientes a la verificación primitiva de los
medidores reglamentados, así como las auditorías a realizar sobre
los fabricantes, importadores, o representantes de los mismos,
quienes estarán obligados a facilitar todas las operaciones o
gestiones necesarias para llevar a cabo esta verificación, estarán a
cargo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.
La verificación primitiva exige que cada medidor cumpla con los
requisitos establecidos por el presente Reglamento para los ensayos
que se especifican a continuación:
- Ensayo de tensión resistida a frecuencia nominal.
- Ensayo de marcha en vacío.
- Ensayo de arranque.
- Ensayo de la influencia de la variación de la corriente.
- Verificación de la constante.
- Examen de la placa de características.
- Verificación general.
Los ensayos se realizarán preferentemente en el orden enunciado.
A.3.1 Condiciones para los ensayos de verificación primitiva.
Los ensayos correspondientes a la verificación primitiva deberán
realizarse en el INTI, o bien en un laboratorio técnicamente idóneo,
designado por la Dirección Nacional de Comercio Interior de la
SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR dependiente de la SECRETARIA DE
COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS,
previa presentación de la auditoría realizada por el INSTITUTO
NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, de acuerdo a lo establecido en el
punto 6 del Anexo II de la Resolución ex-S.C.T. Nº 48/2003.
Tal designación será otorgada en función de los resultados de una o
más auditorías de verificación del cumplimiento de las normas IRAM
2414, IRAM 301, de su competencia técnica para la ejecución de los
mismos, y de la acreditación como Laboratorios de tercer parte.
A.3.2 Magnitudes de influencia.
Las condiciones para la realización de los ensayos se resumen en la
siguiente tabla.
Tabla A.I
Magnitudes de influencia para los ensayos
de verificación primitiva
|
Magnitud de
influencia |
Valor de
referencia |
Tolerancia
admisibles para las clases |
|
0,2S |
0,5S |
0,5 |
1 |
2 |
|
Temperatura
ambiente 1) |
23 º C |
± 2 ºC |
±2 ºC |
± 2 ºC |
± 5 ºC |
± 5 ºC |
|
Posición (sólo
inducción) |
Vertical |
- |
- |
± 1º |
± 1º |
± 1º |
|
Tensión |
Tensión de
referencia |
± 1,5% |
± 1,5% |
± 1,5% |
± 1,5% |
± 1,5% |
|
Frecuencia |
50 Hz |
± 0,5% |
± 0,5% |
± 0,5% |
± 0,5% |
± 0,5% |
|
Inducción
magnética de origen externo a frecuencia nominal |
Inducción igual a
cero |
Valor de la
inducción que no provoca una variación de error no mayor que
2) |
|
± 0,1% |
± 0,1% |
± 0,1% |
± 0,3% |
± 0,3% |
|
Distorsión de las
ondas de tensión y corriente |
Senoidal |
± 5% |
± 5% |
± 5% |
± 5% |
± 5% |
|
Secuencia |
Directa |
- |
- |
- |
- |
- |
|
Equilibrio de
tensiones y corrientes |
Equilibrio |
Referirse a tabla
XXVI |
|
1) Para cualquier
valor de la temperatura ambiente fuera del intervalo de 21
ºC a 25 ºC, pero dentro del intervalo de 15 ºC a 30 ºC, se
admite efectuar una corrección con relación a la temperatura
de referencia de 23 ºC, utilizando el coeficiente de
temperatura determinado en la aprobación de modelo. |
|
2) El método de
ensayo para verificar esta condición es el establecido en
las tablas XXIII, XXIV y XXV. |
Los controles eléctricos deben efectuarse sobre cada uno de los
medidores que integran el lote, con la tapa del medidor colocada,
salvo para verificación de ciertos atributos mecánicos, verificación
del indicador electromecánico (inducción), apertura de puentes
internos, operación de interruptores de ensayo internos (estáticos).
No obstante, cuando los controles no sean posibles de realizar con
la tapa colocada se debe comprobar que la influencia de dicha tapa
es despreciable.
Una vez concluido satisfactoriamente el ensayo de tensión resistida,
a los fines de proveer una adecuada estabilidad térmica, previo a la
realización de cualquier otro ensayo que pudiera ser afectado por
ésta, los medidores deberán permanecer conectados a tensión y
frecuencia nominales durante un tiempo suficiente como para que se
alcance la estabilidad térmica.
A.4 Ensayos.
A.4.1 Verificación general.
Se verificará visualmente y, si es necesario, con la tapa del
medidor retirada, si existen defectos de fabricación o de montaje en
las diversas partes o piezas que componen el medidor, que permitan
presuponer que pueden afectar su vida útil, exigir mayor
mantenimiento, o acarrear daños físicos a personas o bienes
materiales.
A.4.2 Ensayos de tensión resistida a frecuencia nominal.
La aplicación de ensayo se debe realizar en un todo de acuerdo con
lo especificado en el apartado 9.4.3 y tablas XXIX y XXX del
presente Reglamento, de acuerdo al tipo constructivo del medidor.
A.4.3 Ensayo de marcha en vacío.
El sistema móvil de los medidores de inducción no debe dar una
vuelta en un tiempo menor a los 20 minutos cuando se aplique la
tensión nominal sin pasar corriente por los circuitos de corriente.
Para medidores de estado sólido valen las condiciones establecidas
en el apartado 9.2.4.
A.4.4 Ensayo de arranque.
Estando el medidor conectado según el esquema de conexiones indicado
por el fabricante, alimentado con la tensión de referencia debe
arrancar (girar o emitir pulsos) y seguir registrando para los
valores de corriente indicados en la tabla XXVII según el apartado
9.2.3.
A.4.5 Ensayo de la influencia de la variación de la corriente.
Los ensayos de la influencia de la variación de la corriente deben
efectuarse a los valores de corriente y factor de potencia de las
tablas A.II, A.III y A.IV sin que sea necesario esperar que el
equilibrio térmico se alcance completamente.
Los errores del conjunto de medidores no deberán tener
sistemáticamente el mismo sentido. Debe verificarse que los valores
de calibración queden estadísticamente centrados con respecto al eje
de cero de la curva de error.
Tabla A.II
Influencia de la variación de la corriente en medidores de inducción
|
Valor de la
corriente 1) |
Factor de
potencia |
Número de
fases del medidor |
Equilibrio
de la carga para medidores trifásicos |
Límites de
errores en porciento para medidores clase |
|
0,5 |
1 |
2 |
|
0,05 Ib |
1 |
Monofásico y
trifásico |
Equilibrada |
± 1,0 |
± 1,5 |
± 3,0 |
|
0,2 Ib |
0,5 ind. |
Monofásico y
trifásico |
Equilibrada |
± 0,8 |
± 1,0 |
± 2,5 |
|
Ib |
1 |
Monofásico y
trifásico |
Equilibrada |
± 0,5 |
± 1,0 |
± 2,0 |
|
Ib |
0,5 ind. |
Monofásico y
trifásico |
Equilibrada |
± 0,5 |
± 1,0 |
± 2,0 |
|
Ib. |
1 |
Monofásico y
trifásico |
Equilibrada |
± 0,8 |
± 1,0 |
± 2,5 |
|
Imáx |
1 |
Trifásico |
Solo una
fase cargada 2) |
± 0,8 |
± 1,5 |
± 2,5 |
|
1) Ib o In
según corresponda.
2) Este ensayo se realiza sobre cada una de las tres fases.
Los errores deben medirse con un solo tambor en movimiento. |
Para los medidores de múltiples tarifas con dispositivo indicador
del tipo electromecánico, los ensayos de la tabla A.II deben
realizarse para cada tarifa.
Los ensayos se han de realizar en el orden descendente de la tabla.
Tabla A.III
Influencia de la variación de la
corriente en medidores de estado sólido clases 1 y 2
|
Valor de la
corriente |
Factor de
potencia |
Número de
fases del medidor |
Equilibrio
de la carga para medidores trifásicos |
Límites de
errores en porciento para medidores clase |
|
1 |
2 |
|
0,05 Ib |
1 |
Monofásico y trifásico |
Equilibrada |
± 1,5 |
± 3,0 |
|
Ib |
1 |
Monofásico y trifásico |
Equilibrada |
± 1,0 |
± 2,0 |
|
Ib |
0,5 ind |
Monofásico y trifásico |
Equilibrada |
± 1,0 |
± 2,0 |
|
Ib |
1 |
Trifásico |
Solo una fase cargada |
± 1,0 |
± 2,5 |
|
Ib |
1 |
Trifásico |
Solo una fase cargada (diferente)
del ensayo precedente |
± 1,0 |
± 2,5 |
|
Imáx |
1 |
Monofásico y trifásico |
Equilibrada |
± 1,5 |
± 2,5 |
|
1) Ib o In
según corresponda |
Los ensayos se han de realizar en el orden descendente de la tabla.
Tabla A.IV
Influencia de la variación de corriente en medidores de estado
sólido clases 0,2S y 0,5S
|
Valor de la
corriente |
Factor de
potencia |
Número de
fases del medidor |
Equilibrio
de la carga para medidores trifásicos |
Límites de
errores en porciento para medidores clase |
|
0,2S |
0,5S |
|
0,01 In |
1 |
Monofásico y trifásico |
Equilibrada |
± 0,4 |
± 1,0 |
|
In |
1 |
Monofásico y trifásico |
Equilibrada |
± 0,2 |
± 0,5 |
|
In |
0,5 ind |
Monofásico y trifásico |
Equilibrada |
± 0,3 |
± 0,6 |
|
In |
1 |
Trifásico |
Solo una fase cargada |
± 0,3 |
± 0,6 |
|
In |
1 |
Trifásico |
Solo una fase cargada (diferente)
del ensayo precedente |
± 0,3 |
± 0,6 |
|
Imáx |
1 |
Monofásico y trifásico |
Equilibrada |
± 0,3 |
± 0,6 |
Los ensayos se han de realizar en el orden descendente de la tabla.
A.4.6 Verificación de la constante del medidor.
Debe comprobarse que la relación entre el número de revoluciones de
equipo móvil (o bien los pulsos emitidos por el dispositivo emisor
de pulsos) y la indicación correspondiente de la energía del
dispositivo indicador, coincide con la constante que figura en la
placa de características.
En los medidores de estado sólido, cuando se mide cierta cantidad de
energía, el incremento en el dispositivo indicador y la energía
calculada a partir del número de pulsos emitidos durante este ensayo
desde la salida de control, no deben diferir en mas de ± 0,2%.
El ensayo debe efectuarse sobre cada medidor al menos sobre un
indicador de tarifa.
La cantidad de energía empleada durante este ensayo debe ser lo
suficientemente alta como para que sea posible detectar una
diferencia del 0,2%.
A.4.7 Examen de la placa de características.
Se efectuará una inspección ocular para verificar el buen
posicionamiento de la placa de características así como comprobar
que contiene todas las inscripciones especificadas en el apartado
3.12.1.
A.5 Precintado del medidor.
Concluidos y cumplidos exitosamente los ensayos, el medidor deberá
ser precintado por el INTI o, en el caso de la Declaración de
Conformidad, por el fabricante, en los lugares previstos en el
Certificado de Aprobación de Modelo, con el fin de asegurar la
inviolabilidad de sus características metrológicas.
A.6 Medidores dañados.
Aquellos medidores que sufran la rotura de sus precintos, mecánicos
o electrónicos, destinados a proteger los elementos de ajuste de sus
errores de indicación, deberán ser sometidos a una nueva
verificación primitiva.
A.7 (apartado sustituido por
resolución 421/15 SC) Oblea de verificación.
A solicitud del interesado, el INTI emitirá una oblea autoadhesiva
inalterable que se fijará en forma permanente sobre todos los
medidores que cumplan los requisitos del presente reglamento, en
lugar visible, y cuyos requisitos referentes a características
formato y contenido son:
Debe estar fabricada con un material resistente a la acción de
agentes externos, tanto de origen atmosférico como los producidos
por la abrasión e impactos.
Será del tipo autoadhesivo con el objeto de poder fijarla en lugar
visible sobre la superficie frontal o lateral del medidor.
En caso de que se produzca su desprendimiento por causas naturales o
intencionales deben producirse alteraciones irreversibles sobre ella
que adviertan visualmente de todo intento de adhesión sobre el mismo
medidor o sobre otro.
Sus dimensiones serán como mínimo de 30 mm x 45 mm de forma
rectangular y con el contenido siguiente:
Año;
Sello o logo METROLOGÍA LEGAL S.C.- INTI;
N° de Certificado de Verificación Primitiva o Declaración de
Conformidad, y
Código de Barras, con información codificada establecida por INTI
Anexo B
Reglamento de verificación periódica de medidores de energía
eléctrica
B.1 Ambito de aplicación.
Esta reglamentación estipula las normas y procedimientos sobre
operaciones de control metrológico a cumplirse para la verificación
periódica de los medidores de energía eléctrica.
Los aspectos contenidos en el presente reglamento serán de
aplicación para todos los medidores que las empresas distribuidoras
de energía eléctrica instalen a su red a partir de la vigencia del
presente reglamento, sean o no de su propiedad, y que sirvan de base
para la facturación de la energía eléctrica suministrada.
El presente reglamento involucra a todos los medidores de energía
activa, a los que estén afectados a una medición directa como a
aquellos que formen parte de un equipo de medición.
B.2 Plan de muestreo estadístico.
A los efectos de la verificación de la adecuada medición de energía
las empresas distribuidoras deberán:
a) Mantener un registro actualizado de los medidores en servicio que
incluya marca, modelo, número de fabricación, código de aprobación
de modelo, fecha y número de certificado de verificación primitiva,
fecha y número de certificado de la última verificación periódica
(si correspondiere) y domicilio del punto de suministro en que se
encuentra instalado;
b) Presentar al INTI una Solicitud de Verificación Periódica de los
medidores instalados, la cual deberá incluir una nómina de los
mismos, clasificados por lotes que se ajusten a lo establecido en el
presente reglamento, detallando la conformación, denominación y
características de cada lote y número de los medidores que lo
componen, indicando lo siguiente:
- marca del medidor
- modelo o tipo
- clase
- corriente de referencia
- corriente máxima
- constante
- tensión de referencia
- año de fabricación o de verificación primitiva de cada medidor;
- año de la última verificación periódica de cada medidor,
- número de fabricación, y
- Nº de Cuenta o de Suministro al cual se encuentra afectado cada
medidor.
Las empresas distribuidoras podrán optar por efectuar el control de
la totalidad de las unidades que componen cada uno de los lotes, o
aplicar el método estadístico que se establece en el presente
reglamento.
B.3 Conformación y características de los lotes.
Los medidores deberán agruparse en lotes conformados sobre la base
de la uniformidad en cuanto a:
País de origen
Año de fabricación o verificación primitiva
Marca del medidor
Modelo o tipo
Clase
Corriente de referencia
Corriente máxima
Constante
Tensión de referencia
Dichos lotes serán conformados por única vez. Los elementos del lote
deberán estar identificados y asociados al mismo mientras se lo
mantenga en servicio. Se vinculará el Nº de cuenta o suministro con
el medidor correspondiente.
Se admitirán en un mismo lote los medidores fabricados o verificados
primitivamente en hasta dos años consecutivos. El tamaño de los
lotes no debe superar las 50.000 unidades.
B.4 Conformación y características de las muestras.
La determinación del tamaño y composición de las muestras la
efectuará el INTI, en función de lo establecido por la Tabla B.I y
B.II de tal forma que garanticen un límite aceptable de calidad AQL
del 10% durante la primera verificación periódica en aplicación del
presente Reglamento, y un AQL del 6,5% para los períodos siguientes.
La selección de los medidores que formen parte de la muestra será
efectuada por el INTI, aleatoriamente, admitiéndose la existencia de
un número de unidades alternativas, para eventuales reemplazos, de
acuerdo a lo establecido por las tablas mencionadas.
A cada medidor seleccionado en el sorteo deberá asignársele un
número correlativo que deberá mantenerse hasta la finalización del
control.
Tabla B.I
Tamaño y composición de muestras para un
AQL del 10%
|
Tamaño del
Lote |
Tamaño de la
muestra (n) |
Muestra
alternativa |
Constante de
aceptación para ensayos de errores (k) |
Número de
aceptación para marcha en vacío (c) |
|
9 a 15 |
3 |
3 |
0,526 |
0 |
|
16 a 25 |
4 |
4 |
0,580 |
0 |
|
26 a 50 |
6 |
5 |
0,587 |
0 |
|
51 a 90 |
9 |
5 |
0,597 |
0 |
|
91 a 150 |
13 |
5 |
0,614 |
1 |
|
151 a 280 |
18 |
5 |
0,718 |
1 |
|
281 a 500 |
25 |
5 |
0,809 |
1 |
|
501 a 1200 |
35 |
7 |
0,912 |
1 |
|
1201 a 50000 |
50 |
10 |
0,947 |
2 |
Tabla B.II
Tamaño y composición de muestras para un AQL del 6,5%
|
Tamaño del
Lote |
Tamaño de la
muestra (n) |
Muestra
alternativa |
Constante de
aceptación para ensayos de errores (k) |
Número de
aceptación para marcha en vacío (c) |
|
9 a 15 |
3 |
3 |
0,818 |
0 |
|
16 a 25 |
4 |
3 |
0,853 |
0 |
|
26 a 50 |
6 |
4 |
0,902 |
0 |
|
51 a 90 |
9 |
5 |
0,907 |
0 |
|
91 a 150 |
13 |
5 |
0,938 |
1 |
|
151 a 280 |
18 |
5 |
0,944 |
1 |
|
281 a 500 |
25 |
5 |
1,035 |
1 |
|
501 a 1200 |
35 |
7 |
1,118 |
1 |
|
1201 a 3200 |
50 |
10 |
1,193 |
2 |
|
3201 a 50000 |
70 |
14 |
1,238 |
3 |
En los casos en que el lote no alcance las NUEVE (9) unidades, se
procederá a ensayar el 100% de las unidades que lo componen.
Dentro de los VEINTE (20) días de presentada la solicitud de
Verificación Periódica prevista en el punto B.2. apartado b) del
presente reglamento, el INTI, procederá a notificar a la
solicitante, lo siguiente:
- nómina de los medidores que componen la muestra, incluyendo sus
alternativos y detalle de la numeración asignada a cada uno.
- domicilio de los puntos de suministro, de acuerdo al registro
suministrado por la solicitante.
- indicación de los laboratorios designados a los que podrá
remitirse la totalidad de la muestra para proceder a su ensayo.
- plazo de remisión al laboratorio de las unidades integrantes de la
muestra.
B.5 Verificación de las muestras.
B.5.1 Estado general.
La empresa solicitante de la verificación periódica, verificará que
cada medidor que compone la muestra se corresponde con el instalado
en el punto de suministro declarado, y procederá a retirarlo y
remitirlo, conjuntamente con las restantes unidades de la muestra, a
un laboratorio designado por la Dirección Nacional de Comercio
Interior.
El laboratorio designado procederá en primer lugar a verificar en
forma documental la legalidad de los medidores en cuanto a su
aprobación de modelo y verificación primitiva. Las anomalías
detectadas en este aspecto, serán inmediatamente informadas a la
Dirección Nacional de Comercio Interior y al INTI, para permitir la
iniciación de las actuaciones legales que correspondan.
A continuación, se procederá a efectuar una inspección visual
preliminar, con el objeto de detectar daños físicos o eléctricos
evidentes, así como roturas o signos de posible adulteración, que
invaliden su ensayo metrológico.
Aquel medidor que sea retirado de la muestra por no cumplir con
estas verificaciones, deberá quedar perfectamente individualizado
indicándose la causa o motivo observado, procediéndose a
reemplazarlo por uno alternativo, proveniente de la misma muestra.
A los efectos de lo enunciado precedentemente, cuando por
anormalidades en su legalidad, por descarte por fallas físicas, o
bien debido a falta de homogeneidad del lote (B.7.3), el número de
medidores alternativos necesario supera los indicados en tablas B.I
o B.II, el INTI procederá a comunicar la composición de una nueva
muestra.
De no cumplir dicha muestra, por la causa que fuere, con las
condiciones estipuladas para la primera, el lote quedará rechazado.
B.6 Ensayos a realizar sobre las muestras.
B.6.1 Influencia de la variación de la corriente.
De acuerdo a su clasificación por clase, los medidores que componen
la muestra deberán ser sometidos a los ensayos de variación de la
corriente en los puntos de carga estipulados en tabla B.III.
Tabla B.III
Tabla de tolerancias extendidas
|
ENSAYOS |
Clase |
|
0,2S |
0,5S |
0,5 |
1 |
2 |
|
5%Iref ; Fp
= 1 |
±0,4% |
±1% |
±1 |
------- |
------- |
|
10%Iref ; Fp
= 1 |
±0,2% |
±0,5% |
±0,5% |
±1,5% |
±3,5% |
|
100%Iref; Fp
= 1 |
±0,2% |
±0,5% |
±0,5% |
±1,5% |
±3% |
|
100%Iref; Fp
= 0,5 ind |
±0,3% |
±0,6% |
±0,8% |
±1,5% |
±3% |
|
Imáx ; Fp =
1 |
±0,2% |
±0,5% |
±0,5% |
±1,5% |
±3% |
B.6.2 Marcha en vacío.
Medidores de inducción: Con el medidor conectado a su tensión de
referencial y sin carga, se deberá comprobar que el disco no gire
más de una vuelta durante veinte minutos.
Medidores estáticos: Conectados a su tensión de referencia y sin
carga, se deberá comprobar que el medidor no emita más de un pulso
durante un tiempo en minutos mínimo de:
Tabla B.IV
Duración mínima del ensayo en vacío

Donde:
k es la constante del medidor en imp/kWh.
m es el número de elementos de medida.
Un es la tensión de referencia en volt.
Imáx es la corriente máxima en ampere.
B.7 Criterios de aceptación de lotes.
Realizados los ensayos, para el caso de medidores monofásicos, se
determinará el promedio e– de los resultados de la muestra para cada
una de las condiciones de carga establecidas en tabla B.III.
Para medidores trifásicos se procederá de idéntica manera pero con
carga trifásica equilibrada, adicionando además una prueba para cada
una de las fases en forma individual, realizada al 100% de Iref y
factor de potencia unitario con los mismos límites de error máximo
permitidos definidos en tabla B.III.
También se calculará para cada condición de carga la desviación
estándar s como:

En la expresión anterior ei representa a los errores obtenidos en
cada uno de los medidores, e– representa al promedio de estos y n es
el número de medidores ensayados según la segunda columna de la
tabla B.I o B.II según corresponda
B.7.1 Criterio de clase.
El valor absoluto del error promedio debe caer dentro de los límites
de clase que más abajo se indican.

Donde L.C. es 2%, 1%, 0,5% ó 0,2% de acuerdo a la clase del lote.
B.7.2 Criterio de la tolerancia extendida.
El valor absoluto del error promedio de la muestra no debe superar
las tolerancias extendidas de la tabla B.III, habiendo restado a
éstas el producto de la desviación estándar s por la constante k
obtenida de la tabla B.I o B.II (según el AQL correspondiente). En
símbolos:

B.7.3 Control de homogeneidad.
Dado que los criterios de control y aprobación descriptos en los
puntos B.7.1, y B.7.2 requieren que los lotes (y por lo tanto las
muestras de ellos extraídas) sean estadísticamente homogéneos,
se deberán descartar todas las unidades que, como resultados de los
ensayos de B.6.1 y B.6.2, arrojen errores de indicación superiores a
+30%, siendo reemplazadas por otras provenientes de la muestra de
reserva.
B.7.4 Marcha en vacío.
El número de medidores que no satisfaga las exigencias del ensayo de
marcha en vacío, no debe superar la cantidad indicada en la última
columna de la tabla B.I o B.II.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas por
el criterio de clase, criterio de la tolerancia extendida, o ensayo
de marcha en vacío, implicará el rechazo del lote.
B.8 Requisitos para la verificación de las muestras.
La verificación deberá realizarse en un laboratorio técnicamente
idóneo, debiendo estar designado por la Dirección Nacional de
Comercio Interior de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
dependiente de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, previa presentación de la auditoría
realizada por el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, de
acuerdo a lo establecido en el punto 6 del Anexo II de la Resolución
ex-S.C.T. Nº 48/2003. Tal designación será otorgada en función de
los resultados de una o más auditorías de verificación del
cumplimiento de las normas IRAM 2414, IRAM 301, de su competencia
técnica para la ejecución de los mismos, y de la acreditación como
Laboratorios de tercer parte.
En todos los casos, el procedimiento de verificación podrá contar
con la presencia de un funcionario del INTI, según este determine.
B.9 Comunicación de los resultados
El laboratorio designado actuante procederá a presentar al INTI, en
medio informático e impreso, los resultados de la verificación
metrológica de cada muestra, haciendo constar los siguientes datos:
- Número o identificación de lote al que pertenece la muestra
ensayada;
- Número de ensayos del lote desde su conformación;
- Número o identificación de la muestra ensayada;
- Resultados numéricos de los ensayos individuales por medidor;
- Motivos justificados por cada reemplazo de un medidor de la
muestra por otro alternativo, incluyendo los resultados numéricos de
aquellos que no cumplan con el punto B.7.3, y;
- Resultado obtenido por el lote, de acuerdo con lo establecido en
el presente Reglamento.
Recibida la información mencionada, el INTI procederá a ponerla en
conocimiento de la Dirección Nacional de Comercio Interior.
B.10 Acciones sobre los medidores rechazados
Para todos los casos en los cuales los lotes hayan sido rechazados,
la empresa solicitante deberá notificar a la Dirección Nacional de
Comercio Interior y al INTI, su decisión de optar por reemplazarlos
por medidores nuevos o bien proceder a realizar una inspección del
100% de las restantes unidades que componen el lote dentro de los
plazos establecidos a la Dirección Nacional de Comercio Interior y
al INTI, debiendo para su reinstalación cumplir con los requisitos
establecidos por el presente reglamento para la verificación
primitiva.
Si el lote resultara aprobado, los medidores de la muestra
encontrados como defectuosos y que no superen la antigüedad
indicada, podrán ser reintegrados al servicio previa reparación a
nuevo y restablecimiento de los requisitos de su Verificación
Primitiva.
Será obligatorio el reemplazo de los lotes de medidores que resulten
defectuosos en exceso.
B.11 Periodicidad de la verificación.
El plantel general de medidores de la distribuidora subdividido en
lotes de acuerdo al presente Reglamento, deberá ser verificado en
cuanto a su aptitud técnica con la periodicidad siguiente:
Tabla B.V
Periodicidad de la verificación
|
Medidores de
inducción clase 2 |
Medidores de
inducción clase 1 y 0,5 |
Medidores de
estado sólido |
|
Primera
revisión de medidores nuevos a partir de su instalación |
12 años |
5 años |
5 años |
|
Revisiones
posteriores |
6 años |
5 años |
5 años |
|
|
-o-
arriba
|
|