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Registro Nacional de Armas
ARMAS Y EXPLOSIVOS -
INSTRUCTIVO PARA TODO TIPO DE
TRAMITE – APROBACIÓN
Disposición (RENAR) 35/14. Del 17/2/2014. B.O.:
21/2/2014. Armas y Explosivos. Se aprueba el Instructivo para todo tipo
de trámite a ser presentado por Usuarios Colectivos inscriptos como
Agencias de Seguridad. Se deroga la Disposición 247/05 RENAR.
Bs. As., 17/2/2014
VISTO lo normado por la Ley Nacional de Armas y
Explosivos Nº 20.429, lo dispuesto por el Decreto Nº 395 del 20 de
febrero de 1975, las Disposiciones Nros. 247 del 26 de octubre de 2005,
520 del 21 de agosto de 2012 del registro de esta DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429
establece al Registro Nacional de Armas como unidad responsable de
registrar, dentro del territorio nacional, las armas de guerra,
pólvoras, explosivos, blindajes y demás materiales controlados y que la
Ley 24.492 amplía las facultades del organismo en materia de
registración y fiscalización de todo tipo de armas.
Que mediante Disposición RENAR Nº 247 del 26 de octubre
de 2005, se aprobó el Instructivo para todo tipo de trámite a ser
presentado por Usuarios Colectivos Agencias de Seguridad,
Transportadoras de Caudales, Entidades Financieras e Instituciones
Oficiales que tramitan por ante la División Grandes Usuarios del
Departamento Usuarios Colectivos de la Coordinación de Operaciones.
Que con el dictado de la Disposición RENAR Nº 520 del 21
de agosto de 2012, se aprobó el diseño y formato de la “Plantilla de
Solicitudes Electrónicas”, los “Lineamientos Generales de la Plantilla
de Solicitudes Electrónicas”.
Que efectuado un análisis de la actual metodología en
que se encuentran organizadas las diferentes solicitudes efectuadas por
los Usuarios Colectivos en los rubros Agencias de Seguridad y
Transportadores de Caudales, se concluye que resulta necesario
introducir algunas adecuaciones que permitan optimizar los
procedimientos de control y fiscalización efectuados por este Organismo
al momento de emitir las correspondientes autorizaciones.
Que el objetivo de dichas adecuaciones es brindar a los
usuarios pautas claras y concretas, mejorando la calidad y los procesos
de las solicitudes que presenten ante este Registro Nacional de Armas.
Que por lo expuesto, resulta necesario incluir las
solicitudes efectuadas por los Usuarios Colectivos inscriptos como
Agencias de Seguridad, Transportadoras de Caudales y Entidades
Financieras, al diseño y formato de la “Plantilla de Solicitudes
Electrónicas”, adaptándose los instructivos pertinentes.
Que la Dirección Técnica Registral y la Coordinación de
Asuntos Jurídicos de este Registro Nacional de Armas han tomado la
intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para el dictado de la
presente en virtud de lo dispuesto en las Leyes Nº 20.429 y 23.979,
los Decretos Nº 395/75 y 1630/13 y demás normativa vigente.
Por ello,
El DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ARMAS
DISPONE:
ARTICULO 1° — Apruébase el Instructivo para todo tipo de
trámite a ser presentado por Usuarios Colectivos inscriptos como
Agencias de Seguridad, que como Anexo I se agrega a la presente formando
parte integrante de esta Disposición.
ARTICULO 2° — Apruébase el Instructivo para todo tipo de
trámite a ser presentado por Usuarios Colectivos inscriptos como
Transportadoras de Caudales y Entidades Financieras, que como Anexo II
se agrega a la presente formando parte integrante de esta Disposición.
ARTICULO 3° — Apruébanse las Solicitudes Electrónicas
para los trámites a ser presentados por Usuarios Colectivos inscriptos
como Agencias de Seguridad Transportadoras de Caudales y Entidades
Financieras, cuyo contenido, actualizaciones y nuevas versiones serán
incluidos en el portal www.renar.gob.ar.
ARTICULO 4° — Derógase la Disposición 247 del 26 de
octubre de 2005 del registro de esta DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO
NACIONAL DE ARMAS.
ARTICULO 5° — Establézcase que la presente Disposición
entrará en vigencia a los VEINTE (20) días hábiles de su publicación en
el Boletín Oficial.
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial, incorpórese al Banco Nacional
Informatizado de Datos RENAR y archívese.
ANEXO I
A) INSCRIPCIÓN/REINSCRIPCIÓN:
• Nota de presentación extendida en papel membrete de la
entidad, explicando los motivos de la solicitud, actos y tipo de
material que peticiona, con firma y aclaración del representante legal o
titular de la empresa, debidamente certificada, debiendo consignar si
posee o no sucursales e identificar al Director Técnico, Jefe de
Seguridad o Responsable del material controlado ante este organismo,
quien deberá contar con credencial de Legítimo Usuario de Armas de uso
Civil Condicional vigente.
• El titular del usuario colectivo o los representantes
legales deberán acreditar su condición de legítimo usuario, o bien,
presentar el certificado de antecedentes penales que emite el Registro
Nacional de Reincidencias, donde se deje constancia que no se registra
antecedentes penales.
• (punto sustituido por
resolución 1/26 RENAR)
Adecuar las condiciones de seguridad para la guarda de los materiales
controlados, conforme lo establecido en la RESOLUCIÓN ANMAC N° 119/18.
• La solicitud de inscripción o reinscripción se
solicita a través de las solicitudes electrónicas, desde el sitio
oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la normativa
vigente.
• (punto suprimido por
resolución 1/26 RENAR) La solicitud de Pago de Tasa Anual se solicita a
través de las solicitudes electrónicas, desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la normativa vigente. Se
presenta anualmente en el mes inmediato anterior al del vencimiento de
la misma, debiendo en esa oportunidad denunciarse toda modificación de
los estatutos o contrato social o designación de autoridades.
FOTOCOPIAS CERTIFICADAS:
• Instrumento constitutivo de la sociedad y sus
modificaciones, con la constancia de su inscripción en el Registro
Público de Comercio, la Inspección General de Justicia, el INAC, según
corresponda.
• Instrumentos que acrediten la representación legal de
la sociedad.
• Inscripción ante la AFIP, constancia actualizada del
mismo y último pago del tributo correspondiente (Impuesto a las
Ganancias, I.V.A. y aportes y contribuciones al S.U.S.S.).
• Fotocopia certificada de la habilitación ante la
Autoridad Jurisdiccional competente, con expresa mención de los rubros
autorizados especificando que se lo habilita “con uso de armas de
fuego”, domicilio de la sede y designación del Director Técnico o Jefe
de Seguridad quien deberá poseer la categoría de Legítimo Usuario de
Armas de Uso Civil Condicional vigente.
B) SOLICITUD DE AUTORIZACION CERTIFICANTE:
• Se solicita a través de las solicitudes electrónicas,
desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la
normativa vigente.
• La solicitud deberá ser avalada por el representante
legal, siendo que tal facultad lo autoriza exclusivamente a certificar
firmas y/o copias presentadas por sus dependientes, debiendo acreditar
ser integrante o dependiente del Usuario Colectivo.
• Acreditar su condición de legítimo usuario, o bien,
presentar el certificado de antecedentes penales que emite el Registro
Nacional de Reincidencias, donde se deje constancia que no registra
antecedentes penales.
C) TENENCIA DE ARMA Y TARJETA DE CONTROL DE CONSUMO DE
MUNICION:
• La solicitud de tenencia de arma y la tarjeta de
control de consumo de munición deberán efectuarse a través de las
solicitudes electrónicas, de acuerdo a las instrucciones que figuran en
el Manual de Solicitudes Electrónicas, valorizadas según lo estipulado
en la normativa vigente.
D) SOLICITUD DE LEGITIMO USUARIO INDIVIDUAL:
• La solicitud de legítimo usuario deberá efectuarse a
través de las solicitudes electrónicas de Credencial de Legítimo Usuario
Individual, de acuerdo a las instrucciones que figuran en el Manual de
Solicitudes Electrónicas, valorizada según lo estipulado en la normativa
vigente.
• Las aptitudes psicológicas/psiquiátricas, físicas y de
idoneidad en el manejo de armas de fuego, deberán certificarse en el
formulario impreso emitido por medio de la solicitud electrónica de
credencial de Legítimo Usuario.
• Fotocopia certificada del Documento Nacional de
Identidad.
• Certificado de Antecedentes Judiciales: Certificado de
antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencias,
donde se deje constancia que no registra antecedentes penales.
• Acreditación de medio lícito de vida: Copia
certificada del último recibo de sueldo percibido por el usuario
Colectivo, o en su defecto, la Constancia de Alta Temprana.
• Acreditación de domicilio real: Fotocopia certificada
del documento de identidad en el que conste su domicilio actual. De lo
contrario, se deberá presentar una constancia de domicilio emitida por
la autoridad competente.
_______
Nota: De registrar o peticionar armas de fuego de uso
civil condicional, la totalidad de los legítimos usuarios dependientes
del Usuario Colectivo deberán poseer la categoría de Legítimo Usuario de
armas de Uso Civil Condicional.
E) SOLICITUD DE PORTACION:
• Se solicita a través de las solicitudes electrónicas,
desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la
normativa vigente.
• Los solicitantes deberán poseer la condición de
Legítimo Usuario individual vigente.
• Nota de solicitud firmada por el representante legal o
titular del usuario colectivo, consignando los datos del personal,
apellido, nombre y número de documento de identidad.
• Las aptitudes psicológicas/psiquiátricas, físicas y de
idoneidad en el manejo de armas de fuego, deberán presentarse y
certificarse en el Anexo I (Certificación Psicológica/Psiquiátrica y
Física para Portación de Armas) y Anexo II (Certificación de Aptitud en
el Manejo de Armas para Portadores) que regula la Disposición RENAR
311/13.
• Certificado de antecedentes penales emitido por el
Registro Nacional de Reincidencias, donde se deje constancia que no
registra antecedentes penales.
• Copia certificada del último recibo de sueldo
percibido por el usuario Colectivo, o en su defecto, la Constancia de
Alta Temprana.
• (punto sustituido por
resolución 1/26 RENAR)
Constancia de ALTA como vigilador con uso de armas de fuego emitida por
la Autoridad Jurisdiccional correspondiente
• No revistar como personal en actividad en alguna
fuerza armada, policial, de seguridad, organismos de información e
inteligencia y/o de los servicios penitenciarios.
______
Nota: Sólo en el caso donde se presente en el mismo acto
solicitudes de portaciones de un vigilador para distintas
jurisdicciones, se le validarán los requisitos para ambas
presentaciones, abonando el arancel correspondiente en cada solicitud.
F) SOLICITUD DE TENENCIA DE VEHICULOS BLINDADOS:
• Se solicita a través de las solicitudes electrónicas,
desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la
normativa vigente.
• Nota de presentación extendida en papel membrete de la
firma, explicando los motivos de la solicitud, con firma y aclaración
del representante legal o titular del usuario colectivo.
• Fotocopia certificada del título del vehículo.
• Certificado de fabricación del blindaje, con los datos
completos del vehículo emitido por el Usuario Comercial interviniente y
con el Código de Identificación de Blindaje, con firma certificada. En
caso de ser una transferencia entre particulares se deberá presentará la
credencial de tenencia original.
G) SOLICITUD DE TENENCIA DE CHALECOS ANTIBALAS:
• Se solicita a través de las solicitudes electrónicas,
desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la
normativa vigente.
• Copia certificada de la factura de compra en la que
deberá consignarse marca, modelo, nivel, número de certificación RENAR
MA.01-A1 y número de serie del chaleco. En caso de ser una transferencia
entre particulares se deberá presentar la credencial de tenencia
original.
H) SOLICITUD DE AMPLIACIONES QUE REQUIERAN EVALUACION:
• Se solicita a través de las solicitudes electrónicas,
desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la
normativa vigente.
• De ámbito: cuando se efectúen custodias de mercaderías
en tránsito por el territorio nacional se deberá declarar la
jurisdicción que solicita, adjuntando documentación respaldatoria de la
actividad con las firmas certificadas de los representantes legales de
las distintas empresas a las que se le efectúe el servicio.
• De tipo de material: acreditando las razones por las
cuales requiere tipo de material distinto al acordado originariamente.
I) SOLICITUD DE INSCRIPCION DE SUCURSALES:
• Nota de presentación extendida en papel membrete de la
empresa, solicitando la inscripción o reinscripción de la sucursal, con
firma certificada y aclaración del representante legal o titular.
• Se solicita a través de las solicitudes electrónicas,
desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la
normativa vigente para las Inscripciones de las Agencias de seguridad.
• Formulario de libre reproducción sobre Condiciones de
Seguridad del lugar de guarda del material cuando el mismo no se utilice
en los objetivos, debidamente intervenido por la Autoridad Local de
Fiscalización.
• Constancia de la habilitación extendida por la
autoridad jurisdiccional competente, especificando domicilio de la
sucursal, que se lo habilita con uso de armas de fuego, y la designación
del Director Técnico o Jefe de Seguridad quien deberá poseer la
categoría de Legítimo Usuario de Uso Civil Condicional vigente.
______
Nota: Todo traslado de armamento en guarda a otras
dependencias del Usuario Colectivo deberá ser informado en un plazo no
mayor de 48 hs de producido.
J) (apartado sustituido por resolución 12/26
RENAR) SOLICITUD DE PRÓRROGA DE HABILITACIÓN:
• constancia de la prórroga de la habilitación
otorgada por la autoridad jurisdiccional competente. La misma será valorizada
según lo estipulado en la normativa vigente.
K) SOLICITUD DE ESTADO REGISTRAL DE LEGAJO:
• Nota firmada por el representante legal o titular del
usuario colectivo, acompañando un Formulario Ley Tipo 44 hasta una
cantidad de CIEN (100) armas registradas; superando esta cantidad, se
presentará un Formulario Ley Tipo 43, debiendo hacer constar claramente
los datos del usuario colectivo y el número de legajo.
L) SOLICITUD DE CAMBIO DE DENOMINACION (En caso de ser
continuadora):
• Se solicita a través de las solicitudes electrónicas,
desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la
normativa vigente.
• Nota firmada por el representante legal o titular del
usuario colectivo solicitando el cambio de denominación, la misma será
valorizada según lo estipulado en la normativa vigente.
• Fotocopia certificada de la modificación del contrato
social, con su debida inscripción ante la Inspección General de Justicia
o Registro Público de Comercio, Inscripción ante la AFIP.
• Solicitar el cambio de todas las credenciales de
tenencias, tarjetas de control de consumo de municiones y portaciones
vigentes registradas en el legajo,
M) SOLICITUD DE CAMBIO DE DOMICILIO:
• Se solicita a través de las solicitudes electrónicas,
desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la
normativa vigente.
• Nota firmada por el representante legal o titular del
usuario colectivo solicitando el cambio de domicilio.
• Constancia de la habilitación extendida por la
autoridad jurisdiccional competente, especificando el domicilio, que se
lo habilita con uso de armas de fuego, como así también la designación
del Director Técnico o Jefe de Seguridad quien deberá poseer la
categoría de Legítimo Usuario de Uso Civil Condicional vigente.
• De corresponder, deberá acompañarse un Formulario de
libre reproducción sobre Condiciones de Seguridad del lugar de guarda
del material cuando el mismo no se utilice en los objetivos, debidamente
intervenido por la Autoridad Local de Fiscalización.
ANEXO II
A) DOCUMENTACION:
• Nota de presentación extendida en papel membrete de la
entidad, explicando los motivos de la solicitud, actos y tipo de
material que peticiona, con firma y aclaración del representante legal o
titular de la empresa, debidamente certificada, debiendo consignar si
posee o no sucursales e identificar al Director Técnico, Jefe de
Seguridad o Responsable del material controlado ante este organismo,
quien deberá contar con credencial de Legítimo Usuario de Armas de uso
Civil Condicional vigente.
• El titular del usuario colectivo o los representantes
legales deberán acreditar su condición de legítimo usuario, o bien,
presentar el certificado de antecedentes penales que emite el Registro
Nacional de Reincidencias, donde se deje constancia que no se registra
antecedentes penales.
• (punto sustituido por
resolución 1/26 RENAR) Adecuar las condiciones de
seguridad para la guarda de los materiales controlados, conforme lo
establecido en la RESOLUCIÓN ANMAC N° 119/18.
• La solicitud de inscripción o reinscripción se
solicita a través de las solicitudes electrónicas, desde el sitio
oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la normativa
vigente.
• (punto suprimido por
resolución 1/26 RENAR) La solicitud de Pago de Tasa Anual se solicita a
través de las solicitudes electrónicas, desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la normativa vigente. Se
presenta anualmente en el mes inmediato anterior al del vencimiento de
la misma, debiendo en esa oportunidad denunciarse toda modificación de
los estatutos o contrato social o designación de autoridades.
• Las Entidades Financieras deberán presentar un
certificado otorgado por el Banco Central de la República Argentina,
donde se lo autoriza a funcionar como Entidad Financiera.
FOTOCOPIAS CERTIFICADAS:
• Instrumento constitutivo de la sociedad y sus
modificaciones, con la constancia de su inscripción en el Registro
Público de Comercio, la Inspección General de Justicia, el INAC, según
corresponda.
• Instrumentos que acrediten la representación legal de
la sociedad.
• Inscripción ante la AFIP, constancia actualizada del
mismo y último pago del tributo correspondiente (Impuesto a las
Ganancias, I.V.A. y aportes y contribuciones al S.U.S.S.).
B) SOLICITUD DE AUTORIZACION CERTIFICANTE:
• Se solicita a través de las solicitudes electrónicas,
desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la
normativa vigente.
• La solicitud deberá ser avalada por el representante
legal, siendo que tal facultad lo autoriza exclusivamente a certificar
firmas y/o copias presentadas por sus dependientes, debiendo acreditar
ser integrante o dependiente del Usuario Colectivo.
• Acreditar su condición de legítimo usuario, o bien,
presentar el certificado de antecedentes penales que emite el Registro
Nacional de Reincidencias, donde se deje constancia que no registra
antecedentes penales.
C) TENENCIA DE ARMA Y TARJETA DE CONTROL DE CONSUMO DE
MUNICION:
• La solicitud de tenencia de arma y la tarjeta de
control de consumo de munición deberán efectuarse a través de las
solicitudes electrónicas, de acuerdo a las instrucciones que figuran en
el Manual de Solicitudes Electrónicas, valorizadas según lo estipulado
en la normativa vigente.
D) SOLICITUD DE LEGITIMO USUARIO INDIVIDUAL:
• La solicitud de legítimo usuario deberá efectuarse a
través de las solicitudes electrónicas de Credencial de Legítimo Usuario
Individual, de acuerdo a las instrucciones que figuran en el Manual de
Solicitudes Electrónicas, valorizada según lo estipulado en la normativa
vigente.
• Las aptitudes psicológicas/psiquiátricas, físicas y de
idoneidad en el manejo de armas de fuego, deberán certificarse en el
formulario impreso emitido por medio de la solicitud electrónica de
credencial de Legítimo Usuario.
• Fotocopia certificada del Documento Nacional de
Identidad.
• Certificado de Antecedentes Judiciales: Certificado de
antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencias,
donde se deje constancia que no registra antecedentes penales.
• Acreditación de medio lícito de vida: Copia
certificada del último recibo de sueldo percibido por el usuario
Colectivo, o en su defecto, la Constancia de Alta Temprana.
• Acreditación de domicilio real: Fotocopia certificada
del documento de identidad en el que conste su domicilio actual. De lo
contrario, se deberá presentar una constancia de domicilio emitida por
la autoridad competente.
______
Nota: De registrar o peticionar armas de fuego de uso
civil condicional, la totalidad de los legítimos usuarios dependientes
del Usuario Colectivo deberán poseer la categoría de Legitimo Usuario de
armas de Uso Civil Condicional.
E) SOLICITUD DE PORTACION:
• Se solicita a través de las solicitudes electrónicas,
desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la
normativa vigente.
• Los solicitantes deberán poseer la condición de
Legítimo Usuario individual vigente.
• Nota de solicitud firmada por el representante legal o
titular del usuario colectivo, consignando los datos del personal,
apellido, nombre y número de documento de identidad.
• Las aptitudes psicológicas/psiquiátricas, físicas y de
idoneidad en el manejo de armas de fuego, deberán presentarse y
certificarse en el Anexo I (Certificación Psicológica/Psiquiátrica y
Física para Portación de Armas) y Anexo II (Certificación de Aptitud en
el Manejo de Armas para Portadores) que regula la Disposición RENAR
311/13.
• Certificado de antecedentes penales emitido por el
Registro Nacional de Reincidencias, donde se deje constancia que no
registra antecedentes penales.
• Copia certificada del último recibo de sueldo
percibido por el usuario Colectivo, o en su defecto, la Constancia de
Alta Temprana.
F) SOLICITUD DE TENENCIA DE VEHICULOS BLINDADOS:
• Se solicita a través de las solicitudes electrónicas,
desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la
normativa vigente.
• Nota de presentación extendida en papel membrete de la
firma, explicando los motivos de la solicitud, con firma y aclaración
del representante legal o titular del usuario colectivo.
• Fotocopia certificada del título del vehículo.
• Certificado de fabricación del blindaje, con los datos
completos del vehículo emitido por el Usuario Comercial interviniente y
con el Código de Identificación de Blindaje, con firma certificada. En
caso de ser una transferencia entre particulares se deberá presentar la
credencial de tenencia original.
G) SOLICITUD DE TENENCIA DE CHALECOS ANTIBALAS:
• Se solicita a través de las solicitudes electrónicas,
desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la
normativa vigente.
• Copia certificada de la factura de compra en la que
deberá consignarse marca, modelo, nivel, número de certificación RENAR
MA.01-A1 y número de serie del chaleco. En caso de ser una transferencia
entre particulares se deberá presentar la credencial de tenencia
original.
H) SOLICITUD DE AMPLIACIONES QUE REQUIERAN EVALUACION:
• Se solicita a través de las solicitudes electrónicas,
desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la
normativa vigente.
• De ámbito: cuando se efectúen custodias de mercaderías
en tránsito por el territorio nacional se deberá declarar la
jurisdicción que solicita, adjuntando documentación respaldatoria de la
actividad con las firmas certificadas de los representantes legales de
las distintas empresas a las que se le efectúe el servicio.
• De tipo de material: acreditando las razones por las
cuales requiere tipo de material distinto al acordado originariamente.
I) SOLICITUD DE INSCRIPCION DE SUCURSALES:
• Nota de presentación extendida en papel membrete de la
empresa, solicitando la inscripción o reinscripción de la sucursal, con
firma certificada y aclaración del representante legal o titular.
• Se solicita a través de las solicitudes electrónicas,
desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la
normativa vigente para las Inscripciones de las Transportadoras de
Caudales y Entidades Financieras.
• Formulario de libre reproducción sobre Condiciones de
Seguridad del lugar de guarda del material cuando el mismo no se utilice
en los objetivos, debidamente intervenido por la Autoridad Local de
Fiscalización.
Nota: Todo traslado de armamento en guarda a otras
dependencias del Usuario Colectivo deberá ser informado en un plazo no
mayor de 48 hs de producido.
J) SOLICITUD DE ESTADO REGISTRAL DE LEGAJO:
• Nota firmada por el representante legal o titular del
usuario colectivo, acompañando un Formulario Ley Tipo 44 hasta una
cantidad de CIEN (100) armas registradas; superando esta cantidad, se
presentará un Formulario Ley Tipo 43, debiendo hacer constar claramente
los datos del usuario colectivo y el número de legajo.
K) SOLICITUD DE CAMBIO DE DENOMINACION (En caso de ser
continuadora):
• Se solicita a través de las solicitudes electrónicas,
desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la
normativa vigente.
• Nota firmada por el representante legal o titular del
usuario colectivo solicitando el cambio de denominación, la misma será
valorizada según lo estipulado en la normativa vigente.
• Fotocopia certificada de la modificación del contrato
social, con su debida inscripción ante la Inspección General de Justicia
o Registro Público de Comercio, Inscripción ante la AFIP.
• Solicitar el cambio de todas las credenciales de
tenencias, tarjetas de control de consumo de municiones y portaciones
vigentes registradas en el legajo.
L) (apartado suprimido por
resolución 12/26 RENAR) SOLICITUD DE CAMBIO DE DOMICILIO:
• Se solicita a través de las solicitudes electrónicas,
desde el sitio oficial del RENAR, valorizada según lo estipulado en la
normativa vigente.
• Nota firmada por el representante legal o titular del
usuario colectivo solicitando el cambio de domicilio.
• Constancia de la habilitación extendida por la
autoridad jurisdiccional competente, especificando el domicilio, que se
lo habilita con uso de armas de fuego, como así también la designación
del Director Técnico o Jefe de Seguridad quien deberá poseer la
categoría de Legítimo Usuario de Uso Civil Condicional vigente.
• De corresponder, deberá acompañarse un Formulario de
libre reproducción sobre Condiciones de Seguridad del lugar de guarda
del material cuando el mismo no se utilice en los objetivos, debidamente
intervenido por la Autoridad Local de Fiscalización. |