Secretaría de
Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el
Narcotráfico de la Presidencia de la Nación
PRECURSORES
QUIMICOS - MANUAL DE PROCEDIMIENTOS - DEROGASE RESOLUCION
1572/10
Resolución (SEDRONAR)
1797/11. Del 2/12/2011. B.O.: 13/2/2012. Derógase la Resolución SEDRONAR
Nº 1572/10. Apruébase el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS del REGISTRO NACIONAL
DE PRECURSORES QUIMICOS.
Bs. As., 2/12/2011
VISTO las Leyes Nº
23.737 y Nº 26.045, los Decretos Nº 1095/96, Nº 1161/00 y Nº 1256/07,
las Resoluciones SE.DRO.NAR. Nº 883/03, Nº 13/04, Nº 342/07, Nº 979/08,
Nº 216/10, Nº 294/10, Nº 611/10, Nº 1227/10 y Nº 1572/10, la Resolución
Conjunta SE.DRO.NAR. Nº 313/07 - INV Nº C.4/07, la Resolución Conjunta
MINISTERLO DE SALUD Y AMBIENTE Nº 932/08 - MINISTERIO DE JUSTICIA,
SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS Nº 2529/08 y SE.DRO.NAR. Nº 851/08, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 16 de
diciembre de 2010 se dictó la Resolución SE.DRO.NAR. Nº 1572 que aprobó
el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS del REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES
QUIMICOS.
Que a partir de la
implementación del MANUAL DE PROCEDIMIENTOS aludido, surgió la necesidad
de suprimir algunos requerimientos que atentan contra la agilidad de las
presentaciones que deben efectuarse por ante el REGISTRO NACIONAL DE
PRECURSORES QUIMICOS.
Que, por otra
parte, resulta necesario otorgar mayor precisión y efectuar un
exhaustivo detalle de los requisitos que deben cumplirse en cada
trámite, especificando estrictamente la documentación que corresponda
presentar en cada uno de ellos, a fin de evitar dilaciones y demoras
innecesarias.
Que también deviene
imperioso regular los trámites necesarios para diversas situaciones
societarias, tales como fusiones, transformaciones, escisiones, como así
también la incorporación de la figura de transferencia de fondo de
comercio.
Que, asimismo,
deben adaptarse los requisitos de las planillas de los informes de
movimiento de sustancias a que se refiere el artículo 7º, inciso 1), de
la Ley Nº 26.045, teniendo en cuenta los nuevos requerimientos que
contempla la Resolución SE.DRO.NAR. Nº 1137/11, dictada con
posterioridad a la aprobación del MANUAL DE PROCEDIMIENTOS.
Que por todo lo
expuesto en los párrafos precedentes resulta necesario derogar la
antigua versión del MANUAL DE PROCEDIMIENTOS del REGISTRO NACIONAL DE
PRECURSORES QUIMICOS oportunamente aprobado, reemplazándola por una
nueva versión actualizada del mismo.
Que la DIRECCION DE
ASUNTOS JURIDICOS de esta Secretaría de Estado ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la presente
medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Nº
26.045 y los Decretos Nº 1256/07 y Nº 18/07.
Por ello,
EL SECRETARIO DE
PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL
NARCOTRAFICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º —
Derógase la Resolución SE.DRO.NAR. Nº 1572 de fecha 16 de diciembre de
2010 por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente
Resolución.
ARTICULO 2º —
Apruébase el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS del REGISTRO NACIONAL DE
PRECURSORES QUIMICOS que obra adjunto a la presente.
ARTICULO 3º —
Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese.
ANEXOS – MANUAL DE
PROCEDIMIENTOS del REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS
Anexo 1 -
FORMA DE ADQUISICIÓN DE FORMULARIOS
Anexo 2 -
DECLARACIÓN JURADA SOBRE DATOS FILIATORIOS DE LAS AUTORIDADES DE LA
EMPRESA
Anexo 3 -
SUSTANCIAS QUÍMICA CONTROLADAS –DECRETO 1095/96, MODIFICADO POR DECRETO
1161/00
Anexo 4 -
PLANILLA PARA INFORMAR MEZCLAS
Anexo 5 -
SUSTANCIAS INCLUIDAS EN LAS LISTAS I Y II DESTINADAS A SER UTILIZADAS
POR PEQUEÑOS OPERADORES QUE SE ENCUENTREN COMPRENDIDOS DENTRO DE LA
RESOLUCIÓN SEDRONAR 1227/10
Anexo 6 -
NOTIFICACION DE OPERACIÓN DE TRANSPORTE ANTE EL REGISTRO NACIONAL DE
PRECURSORES QUIMICOS
Anexo 7 -
SUSTANCIAS INCLUIDAS DENTRO DE LA SUBCATEGORÍA “INGREDIENTES
FARMACEUTICOS ACTIVOS (IFA)”
Anexo 8 -
REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA RESOLUCIÓN SEDRONAR 979/08 Y DISPOSICIÓN
ANMAT 5260/08 (PARTE PERTINENTE) PARA LA INSCRIPCION EN LA SUBCATEGORÍA
“IFA”
Anexo 9 -
DECLARACIÓN JURADA DE ESTABLECIMIENTO AUTORIZADO PARA OPERAR CON
SUSTANCIAS ”IFA”.
Anexo 10 -
FORMULARIO DE CONTROL PREVIO AL OTORGAMIENTO DE LA INSCRIPCIÓN
Anexo 11 -
FORMULARIO DE CONTROL PREVIO A LA BAJA
Anexo 12 -
FORMULARIO DE SOLICITUD DE CONTROL PREVIO
Anexo 13
- PLANILLA DE INFORME TRIMESTRAL PARA EMPRESAS DE DEPÓSITO
Anexo 14 -
PLANILLA DE INFORME TRIMESTRAL O ANUAL PARA EMPRESAS EN GENERAL
Anexo 15 -
PLANILLA DE INFORME TRIMESTRAL PARA EMPRESAS TRANSPORTISTAS
Anexo 16 -
REQUISITOS A OBSERVAR PARA LA PRESENTACIÓN DE UN “ACTA DE CONSTATACIÓN
DE DOMICILIO”
Anexo 17
- CARTA PODER
Anexo 18
- CODIGO DE PAÍS
Anexo 19 -
Declaración Jurada sobre Importación/Exportación
Anexo 20 -
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DE LOS FORMULARIOS LEY 25.363 - FORMULARIOS
F.01 y F.02
Anexo 21 -
Nota Ecofield:
resolución 649/18 MSG,
el apartado 2), a), del inciso b), del punto 6, quedará redactado de la
siguiente manera:
“De acuerdo a lo determinado en el artículo 4º del
Decreto 1095/96 y la Resolución SEDRONAR N° 294/10, el Certificado de
Inscripción de los operadores tiene una vigencia de un (1) año contado
desde la fecha de su emisión. Cumplido el mismo, el operador deberá
renovarlo, caso contrario, transcurridos SESENTA (60) días hábiles de su
vencimiento se producirá, sin más trámite, la baja automática de oficio
del operador ante el registro”.
1. INTRODUCCIÓN
2. OBJETIVOS DEL MANUAL DE
PROCEDIMIENTOS
3. INSCRIPCIÓN.
4. REINSCRIPCIÓN.
5. PRÓRROGA
6. BAJA
7. EXTRAVÍO, ROBO, HURTO O
ANULACIÓN DE DOCUMENTOS
8. INFORMES DE TRANSACCIONES
(incorporado Anexo de la resolución 727/12
RNPQ)
9. AUTORIZACIÓN DE IMPORTACIÓN
10. AUTORIZACIÓN DE EXPORTACIÓN
11. ANULACIÓN DE CERTIFICADOS DE
IMPORTACIÓN/ EXPORTACIÓN
12. CAMBIO DE TITULARIDAD /
DENOMINACIÓN DE LA RAZÓN SOCIAL, DE DOMICILIO SOCIAL O DE DOMICILIO
REAL.
13. CAMBIO DE SUSTANCIAS
QUÍMICAS O PRODUCTOS (MEZCLAS - RESOLUCIÓN SEDRONAR 764/11) CON LOS QUE
OPERA UNA EMPRESA U OPERADOR.
14. CAMBIO DE CUALQUIER DATO QUE
NO IMPLIQUE UNA NUEVA EMISIÓN DEL CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN.
15. PEQUEÑOS OPERADORES DE
PRECURSORES QUIMICOS.
16. AUTORIZACIÓN PARA
SUBCONTRATAR CON TERCEROS, OPERACIONES DE TRANSPORTE
17. SUBCATEGORÍA “INGREDIENTES
FARMACEUTICOS ACTIVOS (IFA)”
18. CONTROL PREVIO DE EMPRESAS U
OPERADORES
19. ARANCELAMIENTO
20. DECLARACIÓN DE LA CONDICION
DE IMPORTADOR / EXPORTADOR
21. DECLARACIÓN DE TRÁNSITO
INTERNACIONAL POR TERRITORIO NACIONAL
22. INSCRIPCIÓN DE EMPRESA
TRANSPORTISTA EXTRANJERA, NO RADICADA EN EL PAÍS, PARA OPERAR EN
TERRITORIO NACIONAL.
23. CONVENIO CON EL INSTITUTO
NACIONAL DE VITIVINICULTURA.
24. INSCRIPCIÓN DE EMPRESA
DEDICADA AL DEPÓSITO DE PRECURSORES QUÍMICOS.
25. RENOVACIÓN DE CREDENCIAL DE
TRANSPORTISTA.
26. REIMPRESIÓN DE CERTIFICADOS
O CREDENCIALES DE TRANSPORTISTAS.
27. PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES
TRIMESTRALES / ANUALES – RECTIFICATIVOS / PROPORCIONALES.
28. SOLICITUD DE REGULARIZACIÓN
DE INFORMES TRIMESTRALES / ANUALES.
29. ANULACIÓN CREDENCIALES DE
TRANSPORTISTAS.
30. TRANSFERENCIA DE FONDO DE
COMERCIO.