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Autoridad
del Agua
EFLUENTES LIQUIDOS –
GESTION DE PERMISOS -
CERTIFICADOS DE APTITUD
HIDRAULICA
Resolución (ADA) 135/16. Del 6/9/2016. B.O.: 22/9/2016. Efluentes
Líquidos. Procedimiento para la obtención de permisos indicados por la
Autoridad del Agua con anterioridad al día 15 de Octubre de 2014.
Certificados de Aptitud Hidráulica de prefactibilidad técnica y
factibilidad hidráulica.
La Plata, 6
de septiembre de 2016.
VISTO el
expediente 2436-18425/2016 en el que la Dirección de Usos y
Aprovechamiento del Recurso Hídrico y Coordinación Regional manifiesta
la necesidad de restablecer el procedimiento administrativo para las
actuaciones que promuevan la obtención de Permisos ante este Organismo
y;
CONSIDERANDO:
Que en pos
de una mejora en la eficiencia de las gestiones que se desarrollan en el
marco de la Administración Pública, esta Autoridad considera adecuado
asumir los compromisos que fueran necesarios para materializar aquella
finalidad;
Que a la
luz de los hechos, la Resolución ADA Nº 734/14 no ha alcanzado la
consistencia necesaria para cumplir con los principios de celeridad,
economía y eficacia que deben servir de guía para todos aquellos
trámites que se generen en el marco de la Administración
Pública (previstos en el art. 7° del Decreto-Ley Nº 7.647/70);
Que en
virtud de ello, es necesario limitar los alcances de la Resolución ut-supra
mencionada;
Que la
modificación que se plantea tiende a cumplimentar de manera acabada con
los principios antes señalados;
Que a tal
fin es necesario efectuar una simplificación de aquellos trámites de
Permisos iniciados antes de la entrada en vigencia de la Resolución
ADA N° 734/14, y que en lam actualidad se encuentren pendientes de
resolución;
Que la
medida a adoptar responde a criterios de índole práctico en tanto
concede a aquellos Establecimientos que iniciaron sus trámites de
Permisos antes de la vigencia de la Resolución Nº 734/14 la posibilidad
de una readecuación procedimental tendiente a la supresión de ciertos
requisitos que, a la luz de los hechos acaecidos, han generado serios
inconvenientes impidiendo el otorgamiento normal y ordinario de
Permisos;
Que es
menester poner de relieve que las dificultades señaladas sólo han
repercutido en aquellos Establecimientos que iniciaron trámites antes de
la entrada en vigencia de la Resolución ADA Nº 734/14 en tanto que –a
esa fecha- aquellos sujetos disponían de una metodología de trámite
sustancialmente diversa e incompatible con las exigencias que prevé la
normativa actual;
Que en
consecuencia, y atendiendo a las razones antes señaladas, resulta
pertinente no aplicar la referida Resolución a aquellos Establecimientos
que hayan iniciado actuaciones técnicas antes de su entrada en vigencia
y que a la fecha se encuentren pendientes de resolución;
Que en esta
instancia corresponde el dictado del acto administrativo en virtud de
las facultades conferidas en la Ley 12.257 (Código de Agua de la
Provincia de Buenos Aires);
Por ello;
EL
DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD DEL AGUA DE LA
PROVINCIA
DE BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º. Establecer que los trámites tendientes a la obtención de Permisos
iniciados por Establecimientos ante esta Autoridad del Agua con
anterioridad al día 15 de octubre de 2014 – fecha de entrada en vigencia
de la Resolución Nº 734/14 – que se encuentren pendientes de resolución
y no se hayan readecuado a la exigencias previstas en la aludida
normativa, no estarán sujetos al régimen establecido en la misma.
Se aplicará
a dichos trámites la normativa existente anterior a la entrada en vigor
de la Resolución mencionada, a saber: Certificados de Aptitud
Hidráulica, de Prefactibilidad Técnica y Factibilidad Hidráulica aplican
las Resoluciones ADA 04/04, 234/10, 1.033/10, 660/11, 465/13,
Ministerial 589/10 y Decreto 3.686/06. Para los Permisos de Captación y
Vuelco aplican las resoluciones 660/11, 465/13, 289/08, 517/12, 519/12,
636/14, 336/03 (aplica solo a los vuelcos) y 355/15.
ARTÍCULO
2º. Registrar, publicar en el Boletín Oficial, al SINBA en la página Web
de ADA. Cumplido, pasar a conocimiento de las Direcciones de
Administración, Finanzas y Recursos Humanos y Planificación, Control y
Preservación de los Recursos Hídricos. Hecho, a la Dirección de Usos y
Aprovechamiento del Recurso Hídrico y Coordinación Regional, para las
notificaciones pertinentes y demás efectos. |